Subvenciones para financiación de unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo (código 1995)
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012 y 968 362 000
Objeto
Fomentar la modernización de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuya plantilla esté formada, total o parcialmente, por personas con discapacidad de difícil inserción.
Financiar los costes laborales y de Seguridad Social, a cargo del centro especial de empleo, de aquellas personas con contratación indefinida que componen los equipos multiprofesionales que constituyen las unidades de apoyo a la actividad profesional de los Centros Especiales de Empleo, en el marco de los servicios de ajuste personal y social y con el límite del salario establecido en convenio colectivo de Centros de Asistencia, Atención, Diagnóstico, Rehabilitación y Promoción de personas con discapacidad, para cada una de las categorías. Los referidos costes se imputarán por periodos de un año, con el límite del 30 de junio del año siguiente al de la convocatoria.
La cuantía de estas subvenciones se establece en 1.200 euros anuales por cada trabajador con el tipo y grado de discapacidad indicados en el artículo 5, apartado 1 de la Orden de bases, contratado por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.
La subvención anual de 1.200 euros, se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos de los trabajadores con discapacidad a los que se refiere el apartado anterior, así como en función de la duración de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial. Estas subvenciones se concederán por periodos de un año, previa solicitud por parte del Centro Especial de Empleo tramitada de acuerdo con el procedimiento establecido.
La actividad a subvencionar deberá desarrollarse, como máximo hasta el 30 de junio del año siguiente al de la convocatoria. En el caso de solicitudes donde se incorporase algún Centro Especial de Empleo que no hubiese dispuesto de Unidades de Apoyo subvencionadas por el SEF, la fecha a considerar para el cálculo de la subvención a otorgar será la del primer día del mes siguiente a la fecha de la convocatoria, y el periodo será de una anualidad, pero sin que se pueda sobrepasar el límite temporal del 30 de junio del año siguiente al de la convocatoria.
Los Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido subvenciones en convocatorias anteriores, podrán solicitar por el periodo comprendido desde el día siguiente al de la finalización del periodo subvencionado de la convocatoria anterior, y, a los efectos de ajustar el periodo subvencionable a lo establecido en la orden de bases, en el caso de que superase la fecha límite establecida en el artículo 8.2 de la Orden de bases, la fecha última será la de 30 de junio del año 2019.
En definitiva, el periodo subvencionable será de un año, siempre que no se supere la fecha de 30 de junio de 2019, en caso contrario, será el que corresponda desde la fecha de inicio prevista y esa fecha (30 de junio de 2019), en este caso y a los efectos del cálculo de la subvención, se realizará de forma que, calculada de como si de una duración de un año fuese, se aplicará una reducción proporcional al periodo por el que se solicita.
En el marco de lo que prevé el artículo 34.2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 serán subvencionables únicamente los costes de empleo del personal exclusivamente durante el tiempo que dedique a asistir a trabajadores con Discapacidad.
El importe de las subvenciones concedidas no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia, con otras subvenciones o ayudas otorgadas para la misma finalidad, por otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad subvencionada.
Estas ayudas también serán incompatibles con las subvenciones que se otorgan destinadas a subvencionar el coste salarial (50% del Salario Mínimo Interprofesional) correspondiente al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo. Subprograma mantenimiento de puestos de trabajo: Subvención de costes salariales.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan, las Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y propios Centros cuando tengan personalidad jurídica propia.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)
Requisitos de solicitud o iniciación
Generales:
No podrán obtener la condición de beneficiarias, aquellas entidades solicitantes que estén incursas en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Ver anexos). En particular, para poder obtener la condición de beneficiario, el solicitante deberá:
a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
Los citados requisitos serán exigibles, tanto en el momento de la propuesta de concesión de la subvención como en la de pago.
Específicos:
a) Figurar inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Región de Murcia.
b) Tener una plantilla formada por trabajadores con el tipo y grado de discapacidad establecido en el apartado 1 del artículo 2 de la Orden de bases, es decir:
1.- Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
2.- Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
c) Tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva, en virtud de la siniestralidad del año anterior, expedido por el servicio de prevención externo que tuviere contratado, o por los técnicos debidamente cualificados si la empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención.
Requisitos posteriores
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los beneficiarios de subvenciones deberán justificar, documentalmente, ante el Servicio Regional de Empleo y Formación, la aplicación de los fondos a la actividad subvencionada y el cumplimiento de los requisitos y condiciones que motivaron la concesión.
SUBVENCIÓN UNIDADES DE APOYO CEE
- Autorización
(Obligatorio / Original)
Calificación/certificación de discapacidad, o la autorización para acceder a los mismos (Anexo V, descargable desde http://www.sefcarm.es), y/o dictamen técnico facultativo, de las personas con discapacidad a atender por la Unidad de Apoyo, - Currículo (currículum)
(Obligatorio / Original)
Para el caso de contrataciones no subvencionadas en el ejercicio anterior, Currículum profesional del personal Técnico (de grado medio o superior) y Encargadosde apoyo a la producción, que vayan a componer la Unidad de Apoyo, firmado por los interesados, así como la documentación acreditativa de su titulación y/o experiencia profesional (contratos, certificados de empresa, titulación académica). - Informe/ Certificación de vida laboral
(Obligatorio / Original)
VILEN (Vida Laboral de la empresa). - Certificado
(Obligatorio / Original)
En el caso de no disponer de personal, certificación del representante legal del centro en el que se detalle la composición de la plantilla que vaya a integrarla Unidad de Apoyo. - Certificación
(Obligatorio / Original)
Anexo IV debidamente cumplimentado:- Acreditación de la plantilla de trabajadores con discapacidad del centro especial de empleo, especificando tipo y grado de discapacidad, y tipo y duración de los contratos laborales de dichas personas.- Acreditación de las contrataciones de las personas que integran las Unidades de Apoyo y descripción de sus funciones.- Relación de trabajadores discapacitados del centro especial de empleo insertados en el mercado ordinario en los dos últimos años- Previsión de costes salariales de los técnicos de la Unidad de Apoyo debidamente cumplimentado.- Relación de personal que componen la UUAA.- Descripción de la funciones del personal de la UUAA. - IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
(Obligatorio / No original)
Documento donde figure el código IBAN (24 dígitos) donde la entidad solicitantequiera domiciliar el abono de la subvención, en el que consten sus datos identificativos y el Código de Identificación Fiscal (CIF). - Certificado Plan Riesgos
(Obligatorio / Original)
Certificado acreditativo de tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva, expedido por el servicio de prevención que tuviere contratado, por los técnicos debidamente cualificados, sila empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención, o por el propioempresario en el supuesto que prevé el artículo 11 del Real Decreto 39/1997, de17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. - Declaración Responsable de representante legal
(Obligatorio / Original)
Declaración responsable según el modelo aprobado al efecto, que se podrá descargar del portal WEB del SEF (Anexo III).
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
- Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
- Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
- Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
- Anexo II.- Solicitud de subvención UUAA, Unidades de Apoyo
- Anexo IV- unidades de Apoyo cee
- Autorización trabajador acceso datos personales Centros Especiales Empleo
- Cuenta justificativa exptes anteriores a 2018
- Declaracion responsable
- Cuenta justificativa UUAA Unidades de Apoyo
- Anexo justificación (Relación de personas con discapacidad atendidas y desglose costes personal UUAA)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Normativa
- Resolución de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa de Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo.
- Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Orden de 29 de enero de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo.
- Orden de 4 de marzo de 2019, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se modifica la Orden de 29 de enero de 2018, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de subvenciones para la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo.
- Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2019 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa de Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.