Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas (código 1288)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Conceder una ayuda a los ganaderos que mantengan vacas nodrizas con el fin de garantizar su viabilidad económica y reducir el riesgo de abandono de esta actividad productiva.
Se crean dos regiones:
España peninsular y región insular
En los casos en que la explotación se componga de más de una unidad de producción situada en distintas regiones, para determinar la región en la que se ubica la explotación del solicitante, se atenderá al número de animales elegibles en cada una de las unidades de producción. La explotación se entenderá ubicada en la región donde radiquen las unidades de producción. La explotación se entenderá ubicada en la región donde radiquen las unidades de producción que sumen mayor número de animales elegibles.
Destinatarios
Ciudadanía.
Productores que mantengan vacas nodrizas.
Las ayudas se concederán por animal elegible y año.
Serán animales elegibles las vacas nodrizas que se encuentren inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales(RIIA)
Tramitación inmediata
No
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)
Requisitos de solicitud o iniciación
Las ayudas se concederán por animal elegible y año.
Serán animales elegibles las vacas nodrizas que se encuentren inscritas en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA).
Sólo se considerarán elegibles, las vacas que hayan parido en los 20 meses previos a la fecha final de solicitud anual, que pertenezcan a una raza cárnica o procedan de un cruce con una de estas razas y que formen parte de un rebaño destinado a la cría de terneros para la producción de carne.
Para determinar los animales con derecho a cobro de esta ayuda se hará una comprobación de los animales presentes en la explotación a 1 de enero, otra a 30 de abril y dos comprobaciones más en fechas intermedias a determinar, en el período comprendido entre estas dos fechas.
Los animales a computar serán aquellos presentes en las cuatro comprobaciones realizadas.
Las explotaciones donde deberán ubicarse los animales elegibles deberán estar inscritas en el rgistro general de explotaciones ganaderas (REGA)
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, establecerá anualmente el importe unitario para las vacas nodrizas en cada una de las regiones creadas.
En ningún caso el importe unitario de este pago podrá superar los 400 euros por animal elegible.
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Si desea realizar consulta al personal técnico, puede dirigirse al siguiente correo electrónico: dg.fondosagrarios@carm.es
También puede solicitar cita previa para consulta presencial, llamando al 968 36 20 00 ó 012. El horario de consulta será de 9 a 12 h. de lunes a viernes.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |