Sección 1.ª Formas de gestión indirecta
Artículo 113
Los servicios de competencia de las Corporaciones locales podrán prestarse indirectamente con arreglo a las siguientes formas:
a) concesión
b) arrendamiento y
c) concierto.
Los servicios de competencia de las Corporaciones locales podrán prestarse indirectamente con arreglo a las siguientes formas:
a) concesión
b) arrendamiento y
c) concierto.