TÍTULO PRELIMINAR · Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Este real decreto desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas para posibilitar el cumplimiento de las misiones que se les encomienden en el marco específico, conjunto y combinado, de forma que se asegure la eficacia en la ejecución de las operaciones militares, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, y en garantía de los derechos y libertades de la ciudadanía.
Artículo 2. Modelo de organización y transformación digital
El modelo de organización estará en línea con el proceso de transformación digital del Ministerio de Defensa, y permitirá una adaptación constante a un entorno en evolución. También reconocerá las tendencias de cambio y será capaz de efectuar ágilmente los ajustes organizativos precisos para poder afrontarlas. Asimismo, fomentará el desarrollo de capacidades, la innovación y el talento en su personal, de forma que se aprovechen al máximo las nuevas tecnologías digitales para poder obtener la superioridad de la información.
Artículo 3. Gestión de la Organización por Procesos de Trabajo
1. La organización se basará en la gestión por procesos como modelo principal a emplear para el desarrollo de la actividad, tanto de carácter específico como conjunto, en el marco del proceso de transformación digital del Ministerio de Defensa. 2. Los procesos de trabajo sistematizarán y normalizarán la actividad de las Fuerzas Armadas, favoreciendo la calidad, la eliminación de duplicidades, la agilidad, el análisis integral y el ahorro de tiempo y personal. 3. Las Fuerzas Armadas analizarán y volcarán su actividad en procesos de trabajo alineados con los troncales que se definan. La definición de dichos procesos determinará la evolución y adaptación orgánica de la estructura. 4. Todos los componentes de las Fuerzas Armadas se integrarán en la gestión por procesos de carácter conjunto, que habrá de ser compatible y convergente con aquellos procesos definidos en el ámbito específico de cada uno.