Sección 2.ª Impuestos Especiales

Artículo 68. Impuesto sobre Hidrocarburos

Con efectos a partir del día 1 de enero de 2007, se modifican los epígrafes 1.3 y 1.5 de la tarifa 1.ª del artículo 50.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, que quedan redactados como sigue: Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14,00 euros por tonelada.