CAPÍTULO II · Impulso a la competitividad de la industria financiera

Artículo 13. Cédulas territoriales

Artículo 13 bis. Cédulas de internacionalización

Artículo 14. Cuotas participativas

Primero. Se da nueva redacción al artículo 7 de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y Obligaciones de Información de los Intermediarios Financieros, que tendrá el carácter de disposición básica, en los siguientes términos:

Artículo 15. Préstamos de valores por instituciones de inversión colectiva

Se modifica el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, quedando redactado como sigue:

Artículo 16. Flexibilización del régimen de garantías

Primero. Se modifica la disposición adicional décima de la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que pasa a tener el siguiente tenor literal: