CAPÍTULO II · Impulso a la competitividad de la industria financiera
Artículo 13. Cédulas territoriales
Artículo 13 bis. Cédulas de internacionalización
Artículo 14. Cuotas participativas
Primero. Se da nueva redacción al artículo 7 de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y Obligaciones de Información de los Intermediarios Financieros, que tendrá el carácter de disposición básica, en los siguientes términos:
Artículo 15. Préstamos de valores por instituciones de inversión colectiva
Se modifica el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, quedando redactado como sigue:
Artículo 16. Flexibilización del régimen de garantías
Primero. Se modifica la disposición adicional décima de la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que pasa a tener el siguiente tenor literal: