Sección 2.ª De las Divisiones de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal
Artículo 28. Organización en Divisiones
1. Para el mejor cumplimiento de las funciones atribuidas a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, existirán cuatro Divisiones, que dependerán de manera directa del Presidente: b) La División de Análisis Presupuestario. c) La División de Evaluación del Gasto Público. d) La División Jurídico-Institucional. 3. Las divisiones actuarán de forma coordinada y colaborarán para el ejercicio de sus funciones.
Artículo 29. Directores de División
1. Los Directores de División serán nombrados y cesados por el Consejo de Ministros a propuesta del Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. 2. La selección de las personas que ocupen el cargo de Director de División se realizará de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de entre quienes cuenten con experiencia de al menos diez años en las materias propias de la División a cuya dirección se opta. 3. El currículum vítae de los Directores de División se publicará en la página web de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. 4. Los Directores de División tienen la consideración de personal directivo profesional de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 30. División de Análisis Económico
La División de Análisis Económico se estructura en dos áreas, cuyos responsables tendrán nivel orgánico de subdirector general: b) Endeudamiento público.
Artículo 31. División de Análisis Presupuestario
La División de Análisis Presupuestario se estructura en dos áreas, cuyos responsables tendrán nivel orgánico de subdirector general: b) Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
Artículo 31 bis. División de Evaluación del Gasto Público
La División de Evaluación del Gasto Público se estructura en dos áreas, cuyos responsables tendrán nivel orgánico de subdirector general: b) Análisis Técnico.
Artículo 32. División Jurídico-Institucional
La División Jurídico-Institucional se estructura en una única área, la de gerencia, cuyo responsable tendrá nivel orgánico de subdirector general.