## Resumen Este trámite permite inscribir la disolución y baja de una asociación en el Registro de Asociaciones de Extremadura, cancelando los asientos registrales correspondientes. ### Quién puede usar este servicio Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones que han decidido disolverse. ### Antes de empezar Es importante tener en cuenta que la disolución debe estar justificada y cumplir con los requisitos legales y estatutarios. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Solicitud de disolución y baja registral. * Cese de los titulares de los órganos de gobierno y representación. * Documentación acreditativa de la situación patrimonial de la asociación. * Datos identificativos de las personas encargadas de la liquidación. * Destino que se va a dar al patrimonio de acuerdo con los Estatutos. * Si la disolución ha tenido lugar por las causas previstas en los Estatutos, referencia a los artículos en los que se recojan dichas causas y documento acreditativo de la fecha en que se han producido. * Si la disolución es consecuencia de la voluntad de los asociados expresada en Asamblea General convocada al efecto, el Acta de la reunión de la Asamblea General o certificado de ésta expedido por las personas o cargos con facultad para certificarla. * Documento acreditativo de haber concurrido las circunstancias que han dado lugar a la disolución de la asociación, y del escrito firmado por todos los liquidadores en el que se haga constar que se ha dado al patrimonio resultante el destino previsto en sus Estatutos. ### Requisitos previos * La asociación debe estar inscrita en el Registro de Asociaciones. * La disolución debe haber sido acordada según los Estatutos o por la Asamblea General. * No se inscribirá la disolución de una asociación con deudas. ### Costes y plazos * Este trámite es gratuito. * El plazo para presentar la solicitud es de un mes desde que se produzca la causa de disolución. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Completa la solicitud de disolución y baja registral. 3. Presenta la solicitud y la documentación a través del registro electrónico de la Junta de Extremadura o del Estado. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud:** Debe ser firmada por el representante de la entidad y contener los datos de identificación del solicitante y de la asociación. * **Documentación:** Debe ser completa y actualizada. * **Presentación:** Se debe realizar de forma electrónica con firma electrónica. ### Tiempos de espera El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, el Registro de Asociaciones revisará la documentación y, si es correcta, procederá a la inscripción de la disolución y baja de la asociación. ### Plazos de resolución El plazo máximo para resolver es de 3 meses. El silencio administrativo es desestimatorio. ### Siguiente pasos Una vez inscrita la disolución, la asociación queda formalmente disuelta y dada de baja en el Registro. ## Ayuda ### Contacto Para cualquier duda o consulta, puedes dirigirte a: VICEPRESIDENCIA PRIMERA Y CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. SECRETARIA GENERAL. SERVICIO DE ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y COLEGIOS PROFESIONALES. AVDA. DE VALHONDO S/N. III MILENIO. MÓDULO I 4ª PLANTA. 06800 MÉRIDA (Badajoz). ### Recursos adicionales * Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación * Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre * Delegación de firma * http://www.juntaex.es/ser01/24 * Protección de datos de carácter personal ### Preguntas frecuentes (Ver sección FAQ en la tarjeta administrativa)
## Resumen Este trámite permite a los agricultores solicitar un documento de acompañamiento necesario para el control y la trazabilidad de uvas y aceitunas, según lo establecido en el Decreto 171/2016. **Quién puede usar este servicio:** Agricultores. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Acceder a la sede electrónica de la Junta de Extremadura a través del enlace: [Tramitar en línea](https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO). 2. Completar la solicitud con la información requerida. 3. Enviar la solicitud. ## Información Adicional * **Representación voluntaria por medios electrónicos:** * [Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.](/documents/77055/1467403/OtorgamientoRep_6139.pdf/a47703cc-566c-34e5-9db3-dd2f88822a9c?t=1707909922256) * [Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.](/documents/77055/1467403/RevocacionRep_6139.pdf/9df15027-4eda-95de-d115-b632a3930cec?t=1707909921904) * **Más información:** * [ANEXO I DECRETO TRAZABILIDAD](/documents/77055/1467403/ANEXO+I+DECRETO+TRAZABILIDAD.pdf/7247f1ef-ce26-91b9-689d-9664bbcd3e3f?t=1699984748736) * [PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES-CLÁUSULA INFORMATIVA](/documents/77055/1467403/ClausulasPDN2_0613922.pdf/986cf073-5abf-41ca-6abf-a8a3eb4b421e?t=1699984748839) ## Ayuda **Órgano gestor:** Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Agricultura y Ganadería Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria Avenida Luis Ramallo, S/N 06800, Mérida
## Resumen Este trámite permite solicitar un duplicado de la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) si la original se ha perdido o está deteriorada. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de vehículos. * Representantes autorizados. ## Lo que necesitas **Documentación:** * Solicitud. * Modelo 050 abonado. * Permiso de circulación o documento equivalente. * Identificación del interesado. * ITV en vigor. **Costes:** * Abono de la tasa a través del Modelo 50. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Paga la tasa correspondiente. 3. Presenta la solicitud y la documentación: * En línea: A través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura. * Presencialmente: En las oficinas habilitadas. **Plazo de presentación:** * Durante todo el año. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se emitirá un duplicado de la tarjeta de inspección técnica del vehículo. **Plazos de resolución:** * 3 meses. **Efecto silencio administrativo:** * No aplica. **Fin vía administrativa:** * No. **Impugnación vía administrativa:** * Sí. **Recursos:** * Recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda en el plazo de UN MES. ## Ayuda **Más información:** * Cita previa ITV: * Internet: http://itvcitaprevia.juntaex.es/ * Teléfono: 927090482 (Lunes a Viernes de 7:30 a 21:30). * Pago telemático del modelo 050: https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050 **Órgano gestor:** Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Dirección General de Movilidad y Transportes Servicio de Inspección Técnica de Vehículos Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida
1) La obtención de los Documentos de Identificación Bovina por parte del titular de los animales, ya sea por nacimiento de los bovinos en su explotación o por movimiento de entrada en la misma. Este procedimiento puede ser gestionado de dos formas:
-Por el propio titular de los animales, mediante la impresión del DI Bovino a través de la aplicación OVZnet (CAÑADA), tras notificar el alta por nacimiento o realizar la confirmación del movimiento de entrada. El titular puede elegir entre imprimir los DI en su propio equipo informático o solicitar a la OVZ la impresión de los mismos.
-A través de la OVZ correspondiente, mediante la presentación en la misma del modelo Documento de Notificaciones a la base de datos BADIGEX. Tras su presentación debidamente cumplimentado, en función de que se trate de una notificación de nacimiento o de una confirmación de un movimiento de entrada, se procederá por parte del personal de la OVZ a la expedición de los DI Bovinos.
2) La obtención de un nuevo Documento de Identificación Bovino, por parte del titular del animal, por modificación de los datos básicos del animal, como pueden ser el sexo, la raza o la fecha de nacimiento. Este trámite será gestionado en la OVZ correspondiente.
Personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
Durante todo el año.
Documento de Notificaciones a la base de datos BADIGEX.
Ser titular de una explotación bovina y cumplir la normativa vigente en materia de Sanidad e Identificación Animal.
Los costes generados por estas actuaciones serán abonados a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio mediante las tasas que estén en vigor en el momento de realizar la citada actuación, mediante Modelo 50. La presentación del justificante ante los Servicios Veterinarios Oficiales será condición indispensable para la expedición de los DI Bovinos en los casos en los que dicha expedición conlleve el pago de tasas.
a) En el caso de expedición de DI por nacimiento realizando la gestión a través de la OVZ:
-Documento de Notificaciones a la base de datos BADIGEX.
-Documento de notificación de nacimiento de bovinos.
b) En el caso de expedición de DI por confirmación de movimiento de entrada realizandola gestión a través de la OVZ:
-Documento de Notificaciones a la base de datos BADIGEX.
-Certificado Sanitario Oficial que ampara el movimiento de los bovinos (guía, TRACES, etc.).
-DI o Pasaportes Bovinos de los animales incluidos en el movimiento y en los que figura la explotación de procedencia como titular de los mismos.
-Justificante del pago de la tasa correspondiente.
c) En el caso de expedición de DI por modificación de los datos básicos del animal, el titular de los animales solicitará la expedición del nuevo DI Bovino en la OVZ correspondiente, mediante la presentación de la siguiente documentación:
-Documento de Notificaciones a la base de datos BADIGEX.
-Certificado Veterinario o copia de Acta de Incidencias en Identificación, donde se ponga de manifiesto el cambio en los datos básicos del animal.
-DI Bovinos con los datos incorrectos.
-Justificante del pago de la tasa correspondiente.
Formularios de solicitud
Documento de Notificaciones a la base de datos BADIGEX.
La expedición de los DI Bovinos será aprobada por los veterinarios oficiales de las Oficinas Veterinarias de Zona.
Obtener un duplicado del Documento de Identificación Bovino por la pérdida, deterioro o extravío del original. Este procedimiento puede ser gestionado de dos formas:
Personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
Durante todo el año.
Ser titular de una explotación bovina y cumplir la normativa vigente en materia de Sanidad e Identificación Animal.
En los casos en que el titular de los animales realice este trámite a través de una OVZ, los costes generados por estas actuaciones serán abonados a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio en función de las tasas que estén en vigor en el momento de realizar la citada actuación, mediante Modelo 50. La presentación del justificante del pago ante los Servicios Veterinarios Oficiales será condición indispensable para la expedición de los duplicados de DI Bovinos
En caso de pérdida, deterioro o extravío de los Documentos de Identificación Bovinos, en los casos en los que el titular de los animales solicite los duplicados en la OVZ correspondiente, deberá presentar el justificante de pago de la tasa.
La expedición de los duplicados de DI Bovinos será aprobada por los veterinarios oficiales de las Oficinas Veterinarias de Zona.
El objeto de la Licencia de Pesca es regular ésta práctica deportiva. Además de la Licencia ordinaria, en Extremadura existe una Licencia de pesca sin muerte, incompatible con otras licencias de pesca y que obliga a su titular a la suelta inmediata en las aguas de origen de todos los peces de las categorías de interés regional y natural capturados.Los Guías de Pesca inscritos en el Registro de Guías de Pesca de Extremadura podrán solicitar autorizaciones para pescadores no residentes en Extremadura que quieran pescar en periodos inferiores a 1 mes, en tramos determinados.
Personas físicas.
Durante todo el año.
Modelo de solicitud de licencia de pesca para mayores de 65 años con vecindad en Extremadura
Solicitud para mayores de 65 años
Plazo normativo para resolver
Seis meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
La licencia de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura se solicita y obtiene mediante el abono de la correspondiente tasa con el modelo oficial de pago de tasas a la Junta de Extremadura (Modelo 50).
Vigencia:
El periodo de vigencia por el que se pueden solicitar las licencias de pesca es de 1 a 5 años.
Tasas de Licencia de Pesca Sin Muerte: 50% de los importes y recargos del resto de licencias.
Los menores de 14 años que dispongan de DNI propio podrán pescar con licencia propia o con la licencia de un adulto cuando éste lo haya incluido en la misma. El menor que no disponga aún de DNI propio deberá de estar incluido en la licencia de un adulto para pescar. La tasa de las Licencias de Pesca que incluyan a menores de 14 años será la suma resultante de la tasa correspondiente a la licencia de un adulto más la tasa reducida de un menor.
Los mayores de 65 años de edad con vecindad administrativa en Extremadura tienen derecho a la obtención de la licencia de pesca de forma gratuita, solicitándola mediante el impreso correspondiente.
La licencia de pesca será gratuita además para los hijos terceros y posteriores dependientes de sus padres y con domicilio familiar en Extremadura desde al menos dos años de edad antes de la solicitud. Para ello las rentas de la unidad familiar deben ser menores de cinco veces el salario mínimo interprofesional.
Enlace al Modelo 50 del Portal Tributario para el abono de la tasa correspondiente.
1. Con carácter general: Modelo 50. Este impreso se puede rellenar on-line desde el Portal Tributario: http://portaltributario.juntaextremadura.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050
2. Mayores de 65 años con vecindad en Extremadura: Modelo específico para licencia gratuita.
3. Fotocopia de DNI o autorización a la consulta de datos del interesado de conformidad con lo previsto en el Decreto 184/2008 de 12 de diciembre.
4. La vecindad administrativa en Extremadura deberá acreditarse mediante fotocopia del DNI, autorización a la consulta de datos del interesado o mediante certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento correspondiente.
Una vez cumplimentado y abonado el Modelo 50, debe enviarse el ejemplar blanco del mismo, junto con una copia del DNI, a
Licencias de Caza y Pesca.
Apartado de Correos 254.
06800 MÉRIDA
Formularios de solicitud
Modelo de solicitud de licencia de pesca para mayores de 65 años con vecindad en Extremadura
Solicitud para mayores de 65 años
Jefe/a del Servicio
Plazo normativo para resolver
Seis meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
http://extremambiente.gobex.es/index.php
http://extremambiente.gobex.es/index.php?option=com_content&view=article&id=480&Itemid=322
Teléfonos: 924008410, 924008411 y 924008412 Fax: 924008419
Email: licencias.cazaypesca@gobex.es
Correo postal: Licencias de Caza y Pesca. Apartado de Correos 254. 06800 MÉRIDA
Obtención de la licencia de caza.
Cazadores/as.
Durante todo el año.
Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura. (D.O.E. Nº 239, DE 15-12-10)
Plazo normativo para resolver
Seis meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Tasas:
Los códigos del modelo 50 y tasas actualizados están en el Portal Tributario: http://portaltributario.juntaextremadura.es/PortalTributario/web/guest/modelo-050
Clases de licencias:
A: armas de fuego.
- Recargo Am: caza mayor y ojeo de perdiz
B: medios auxiliares que no sean animales, armas que no sean de fuego y otros medios empleados para la caza.
- Recargo Bt: control de predadores
C: medios auxiliares que sean animales.
Cg: galgos y otros perros de persecución.
Cc: cetrería.
Cr: conductor de rehalas.
Cp: reclamo de perdiz macho.
El carné de cazador o documento equivalente, junto con el resguardo acreditativo de abono de la tasa correspondiente según el tipo de licencia, autoriza para la práctica de la caza durante tres meses desde la fecha de pago de la tasa.
Formularios de solicitud
Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura. (D.O.E. Nº 239, DE 15-12-10)
Dirección General de Medio Ambiente.
Plazo normativo para resolver
Seis meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
La tramitación se lleva a cabo en el Servicio de Recursos Cinegéticos y Piscícolas, Negociado de Licencias de Caza y Pesca, Avda. Luis Ramallo, s/n 06800 Mérida. Tfnos.: 924 008 410 / 924 008 412 / 924 008 414 / 924 008 415 / 924 008 416.
Más información en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio: http://extremambiente.gobex.es/
Bonificación: 10% para cazadores federados en la Federación Extremeña de Caza.
Exenciones: personas mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura.
Procedimiento de reconocimiento y pérdida de la condición de Familia Numerosa, otorgando el título que la contemple, en el marco de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre así como la aprobación y regulación de la de la Tarjeta Individual de Familia Numerosa, que acreditan la existencia y vigencia del título de familia numerosa en todo el territorio nacional.
Familias numerosas. Podrá solicitarse por cualquiera de los ascendientes, tutor, acogedor, guardador, u otro miembro de la unidad familiar con capacidad legal
Durante todo el año.
La solicitud de renovación o modificación deberá presentarse en el plazo de tres meses siguientes a la fecha en que se modifiquen las circunstancias.
LEY 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas (B.O.E. 277, de 19-05-03)
Plazo normativo para resolver
Plazo máximo de resolución de un mes a contar desde la entrada de la solicitud en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
CONCEPTO DE FAMILIA NUMEROSA:
- Solicitud de reconocimiento de la condición de familia numerosa (Anexo I), a la que deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) Copia del Libro de Familia o documento análogo.
Para el supuesto de solicitantes que no ostenten la nacionalidad española se presentará documento análogo al Libro de Familia y, en su defecto, certificados de nacimiento de los hijos e hijas, o documentación acreditativa de la adopción, así como certificado de matrimonio.
b) En el caso de solicitantes nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de algunos de los restantes Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo residentes en territorio español, deberán presentar una copia del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, expresando el Número de Identificación de Extranjero (NIE), que acredita la autorización de residencia.
c) En el caso de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de algunos de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y no residentes en el territorio español, deberá acreditarse que, al menos, uno de los ascendientes de la unidad familiar ejerce una actividad por cuenta ajena o cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) En el caso de miembros de la unidad familiar que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea ni de algunos de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, copia de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) donde se acredite la autorización de residencia.
e) En el supuesto de separación legal, divorcio o nulidad matrimonial, copia de la resolución judicial firme que así lo haya declarado.
f) En el caso de que el progenitor o la progenitora separado o divorciado solicite el reconocimiento de la condición de familia numerosa y pretenda incluir a hijos e hijas, que no convivan con él, copia de la resolución judicial firme en la que se declare su obligación de prestarles alimentos.
g) En el caso de personas que tengan la tutela, la guarda o el acogimiento permanente o preadoptivo legalmente constituido, documento acreditativo de tales extremos.
h) En el caso de hijos e hijas, que hayan obtenido ingresos en el año natural anterior a la solicitud, derivados tanto del trabajo como del capital, o naturaleza prestacional, certificado de la empresa o entidad de quien provengan o declaración del IRPF.
i) En el caso de hijos e hijas, de 21 a 25 años incluidos que cursen estudios, certificación expedida por el centro académico o justificante de la matrícula.
j) En caso de las unidades familiares con cuatro hijos e hijas, o con tres si uno de ellos tiene discapacidad o minusvalía igual o superior al 33 %, o con dos hijos e hijas, si ambos tienen discapacidad o minusvalía igual o superior al 33 %, a efectos del reconocimiento de la categoría especial por situación económica, acreditación de los ingresos de la unidad familiar del año natural anterior mediante declaración del IRPF.
k) En caso de fallecimiento de uno del progenitor o la progenitora, u orfandad de padre y madre, certificado/s de defunción en caso de no figurar ésta en el libro de familia.
Formularios de solicitud
Anexos
Solicitud de renovación Badajoz
Solicitud de renovación Cáceres
LEY 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas (B.O.E. 277, de 19-05-03)
Dirección General que tenga atribuidas las competencias en materia de familia.
- Negociado de Asuntos Generales y Familias Numerosas.
Servicio Territorial de Cáceres.
Plaza Hernán Cortés, nº 1.
Teléfono 927004350/51.
10001-CÁCERES.
- Negociado de Asuntos Generales y Familias Numerosas.
Servicio Territorial de Badajoz.
Ronda del Pilar, nº 10- 2ª planta.
Teléfono 924010021/23.
06002.-BADAJOZ
Plazo normativo para resolver
Plazo máximo de resolución de un mes a contar desde la entrada de la solicitud en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
http://www.gobex.es/ddgg005/30
Triptico informativo sobre Familias Numerosas
## Resumen La página que intentas visitar no está disponible. Esto puede deberse a que la dirección web ha cambiado o la página ya no existe. ## Qué hacer * **Revisa la dirección:** Asegúrate de que la dirección web en tu navegador sea correcta. * **Utiliza el buscador:** Intenta encontrar la información que buscas utilizando el buscador del sitio web. * **Navega por el portal:** Accede a la página de inicio del portal y busca el contenido a través de los temas y subtemas. * **Notifica el error:** Si crees que es un error del portal, infórmalo a través del botón correspondiente. Disculpa las molestias.