Autorizar la reproducción en tres dimensiones de piezas custodiadas en museos o colecciones museográficas integradas en el sistema de museos de Castilla y León dependientes de la Comunidad.
Cualquier persona física o jurídica.
Presencial:
Electrónico:
Solicitud en modelo normalizado.
DNI / NIE del solicitante o su representante (únicamente en el caso de que no autorice a la Consejería a recabar de otra Administración Pública la información contenida en dicho documento).
TASAS: Si fuera necesario realizar reproducciones fotográficas o filmaciones, hay que liquidar la Tasa por actividades administrativas en materia de museos (Código 307.4 «Por reproducciones fotográficas») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
En el caso de que la reproducción de bienes se realice con fines comerciales o de publicidad deberá formalizarse un acuerdo a través del correspondiente convenio que reflejará los aspectos concretos y las condiciones de realización de las copias, incluyendo los económicos.)
Abierto de forma permanente
Desestimatorio
Servicios Territoriales de Cultura y Turismo
Servicios Territoriales de Cultura y Turismo
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (91 kbytes)
Autorizar la reiteración de prestación de servicios de transporte interurbano en vehículos de turismo dentro de itinerarios preestablecidos y con sujección a calendario y horarios prefijados.
Titulares de Licencias de autotaxi
Acreditar la necesidad de la conveniencia de la autorización.
Pago de la tasa administrativa, conforme a la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
Abierto de forma permanente.
Presencial:
Electrónico:
Dirección General de Transportes
Dirección General de Transportes
Desestimatorio
TASAS: Hay que liquidar la Tasa en materia de transportes por carretera (Código 303.1 «Autorizaciones en vehículos de turismo») recogida en laOrden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
Regular y establecer el procedimiento para autorizar la simultaneidad de especialidades instrumentales en las enseñanzas elementales y profesionales de música reguladas en el Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León.
Alumnos matriculados en los conservatorios y centros autorizados que cursan enseñanzas elementales o profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, que deseen simultanear dos especialidades instrumentales
Presencial:
a) Que el alumno hayan superado las pruebas de acceso de la nueva especialidad.
b) Haber superado, al menos, un curso en una especialidad.
c) Obtener autorización de la simultaneidad por el director/a del centro.
d) Existir plazas vacantes en la enseñanza objeto de simultaneidad tras el proceso de admisión y matriculación, incluida la gestión de las listas de espera, en el centro donde se solicita la simultaneidad.
Solicitud de simultaneidad, en modelo normalizado, que se efectuará por el interesado o, si es menor de edad, por el padre, madre o tutor, mediante la presentación de instancia dirigida al director/a del centro.
15 de mayo de 2013
En los meses de enero y febrero del curso académico en el que debe someterse a la prueba de acceso para la nueva especialidad a cursar.
EXCEPCIONALMENTE el alumnado que quiera simultanear especialidades en el curso 2013/2014, podrán solicitar la autorización de simultaneidad hasta el 31 de mayo de 2013, debiendo concurrir a la prueba de acceso que se realice para el citado curso en la enseñanza objeto de simultaneidad.
Servicio de Enseñanzas Régimen Especial
Conceder autorización de transmisión de instalaciones eléctricas de producción, transporte o distribución.
Persona física o jurídica que pretende adquirir la titularidad de la instalación.
Presencial:
Disponer de capacidad legal, técnica y económica según el art. 121 del Real Decreto 1955/2000.
Solicitud en modelo normalizado dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:
Abierto y permanente.
Desestimatorio
Servicios Territoriales de Economía
Servicios Territoriales de Economía
Obtener la AUTORIZACIÓN administrativa necesaria para la realización del transporte público de viajeros en vehículos turismo (VT). Igualmente se comunicarán las BAJAS o ceses en la actividad, el VISADO periódico de las autorizaciones para comprobar el cumplimiento de las condiciones que inicialmente justificaron el otorgamiento de la autorización y la REHABILITACIÓN de las autorizaciones caducadas por falta de visado.
Electrónico:
Los titulares de las autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículos de turismo deberán cumplir en todo momento los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la UE o de un Estado no miembro con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito, o, en otro caso, contar con la autorización de residencia permanente, o bien con una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia en vigor que no esté limitada a un sector de actividad determinado distinto del de transporte ni a un concreto ámbito geográfico.
b) Cumplir las obligaciones laborales y sociales y de carácter fiscal establecidas en la legislación vigente.
c) Obtener la licencia municipal de autotaxis referida al vehículo del que se trate, otorgada por alguno de los Ayuntamientos de Castilla y León.
d) Los vehículos a los que hayan de referirse las autorizaciones habrán de estar matriculados y habilitados para circular, hallarse vigente la última inspección técnica periódica y no podrán tener una antigüedad superior a dos años desde la fecha de matriculación inicial.
e) Tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte.
Solicitud de autorización, baja y/o visado en modelo normalizado, dirigada al Jefe del Servicio Territorial de Fomento de la provincia correspondiente, acompañada de la documentación a presentar, según proceda.
Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
DOCUMENTACIÓN a presentar (72 kbytes)
Abierto de forma permanente para la autorización.
El visado periódico se realizará cuadrienalmente.
La rehabilitación de autorizaciones se realizará en el plazo de un año contado a partir del vencimiento del plazo que reglamentariamente se encuentre establecido para la realización del visado.
Desestimatorio
Servicios Territoriales de Fomento
Dirección General de Transportes
Obtener la AUTORIZACIÓN administrativa necesaria para la realización del transporte sanitario público (VS). Igualmente se comunicarán las BAJAS o ceses en la actividad y el VISADO periódico de las autorizaciones para comprobar el cumplimiento de las condiciones que inicialmente justificaron el otorgamiento de la autorización.
Electrónico:
Los titulares de las autorizaciones de transporte sanitario público deberán cumplir en todo momento los siguientes requisitos:
REQUISITOS exigidos (96 kbytes)
Solicitud de autorización, baja y/o visado en modelo normalizado, dirigada al Jefe del Servicio Territorial de Fomento de la provincia correspondiente, acompañada de la documentación a presentar, según proceda.
Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
DOCUMENTACIÓN a presentar (105 kbytes)
Abierto de forma permanente para la autorización.
El visado periódico se realizará bienalmente. Las autorizaciones de transporte público caducadas por falta de visado podrán ser rehabilitadas en el plazo de 1 año desde el vencimiento del plazo en que correspondía realizar el visado.
Desestimatorio
Servicios Territoriales de Fomento
Dirección General de Transportes
Las autorizaciones VS se domiciliarán en el lugar donde su titular tenga el domicilio fiscal.
Las empresas que sean titulares de autorizaciones de transporte público sanitario y no dispongan del número mínimo de vehículos y trabajadores podrán seguir prestando sus servicios. No obstante, sólo se le otorgarán nuevas copias cuando alcance el número mínimo de vehículos y de conductores establecidos en la Orden PRE/1435/2013. Para el cumplimiento del número mínimo de conductores y de los requisitos j) y k) del punto 1 del artículo 10 de la citada Orden se establece un plazo de dos años desde el 1 de enero de 2014.
Regular la autorización de uso de la marca «TIERRA DE SABOR» y los productos para los que se conceda dicha autorización en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras con plena capacidad de obrar, que produzcan, elaboren y/o transformen en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, algún producto agroalimentario que cumpla los requisitos establecidos.
Electrónico:
Los establecidos en el Reglamento de Uso de la Marca de Garantía «TIERRA DE SABOR».
Solicitud en modelo normalizado dirigida al Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, acompañada de:
Abierto y permanente.
3 meses.
Desestimatorio
Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria
Director General del Instituto Tecnológico Agrario
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (121 kbytes)
Acceder a la práctica de la pesca en los escenarios deportivo-sociales (EDS) para desarrollar las siguientes actividades:
Electrónico:
Las COMPETICIONES OFICIALES DE PESCA, en ningún caso podrán ocupar, más del 60% del conjunto de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico incluidos en el calendario de pesca de cada escenario deportivo-social. Asimismo, no se podrá superar el 75% de sábados, domingos y festivos de carácter nacional o autonómico, de los meses de mayo, junio y julio en su conjunto en escenarios deportivo-sociales de salmónidos y de los meses de junio, julio y agosto en su conjunto en escenarios deportivo-sociales de ciprínidos.
En los EVENTOS DE PESCA DE CARÁCTER SOCIAL NO COMPETITIVO, cada Asociación colaboradora de pesca promotora de actividades no podrá disfrutar de más de dos jornadas (no pudiéndose repetir jornada en día festivo, teniendo a tales efectos el sábado consideración de día festivo) al año y siempre que estas solicitudes no sean para el mismo escenario. Cada Ayuntamiento no podrá disfrutar de más de una jornada en cada escenario deportivo-social y año.
Solicitud en modelo normalizado.
La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting se identificará a través de su C.I.F. y de una clave alfanumérica que le será proporcionada por la dirección general competente en materia de pesca, presentando una relación cerrada de los pescadores participantes en cada competición además de sus números de D.N.I. y licencia de pesca en vigor válida, con al menos tres días de antelación a la fecha en la que se pretenda celebrar la actividad.
Las Asociaciones colaboradoras de pesca y los Ayuntamientos Ribereños, se identificarán a través de su C.I.F. y de una clave alfanumérica que le será proporcionada por la dirección general competente en materia de pesca previa petición por la asociación colaboradora de pesca o por el ayuntamiento ribereño.
La Federación Castellano Leonesa de Pesca y Casting deberá solicitar la celebración de las COMPETICIONES OFICIALES DE PESCA entre el 1 de enero y el 14 de febrero de cada año, y en todo caso, con, al menos, 1 MES de antelación a la fecha del primer campeonato oficial que pretenda celebrar. Cuando alguno de estos días fuese inhábil, se entenderá que el plazo se prorroga al primer día hábil siguiente.
Las solicitudes para EVENTOS DE PESCA DE CARACTER SOCIAL NO COMPETITIVO, se presentarán desde el 16 de febrero hasta el 31 de diciembre de cada año, y, en todo caso, con al menos 20 DÍAS de antelación a la fecha en la que se pretenda celebrar la actividad.
Servicio Territorial de Medio Ambiente
Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
Gratuidad
Relación de capturas
## Resumen Este trámite es necesario para obtener la autorización para el uso de maquinaria que pueda generar fuego en zonas forestales o cerca de ellas durante la época de peligro alto de incendios. Esto ayuda a prevenir incendios forestales. Quién puede usar este servicio: * Administraciones Públicas * Personas Físicas con capacidad jurídica y de obrar * Personas Jurídicas ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Solicitud de Autorización Administrativa según modelo normalizado. * Otras autorizaciones que pueden ser necesarias para realizar esta actividad. Requisitos previos: * Cumplir las condiciones generales detalladas en el documento de condiciones generales: [CONDICIONES GENERALES (73 kbytes)](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/62/76/IAPA_2111_REQUISITOS,0.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobheadername1=Cache-Control&blobheadername2=Expires&blobheadername3=Site&blobheadervalue1=no-store%2Cno-cache%2Cmust-revalidate&blobheadervalue2=0&blobheadervalue3=Portal_Informador&blobnocache=true) * Cumplir las condiciones específicas para la quema que se especifiquen en la autorización. Costes y plazos: * Este trámite no tiene coste. * La autorización solo es necesaria durante la Época de Peligro Alto (julio, agosto y septiembre). ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Descargue y complete el modelo de solicitud normalizado. 2. Presente la solicitud y la documentación requerida en: [Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.](https://www.jcyl.es/web/jcyl/Portada/es/Plantilla100DirectorioPortada/1248366924958/1279887997704/1144425291523/DirectorioPadre) o [En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/_/1253613443740/Texto) ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Recibirá una notificación por correo postal en el domicilio indicado en la solicitud. * El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda Contacto: * [Servicio Territorial de Medio Ambiente](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/PlantillaSimpleDetalle/1251181053840/Tramite/1200319234088/DirectorioPadre?plantillaObligatoria=PlantillaContenidoDirectorio) Recursos adicionales: * [Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)](https://www.jcyl.es/junta/cp/informacion-general-recursos-administrativos.pdf) * [ORDEN FYM/510/2013, de 25 de junio REGULACIÓN USO FUEGO (BOCyL 27-06-2013) (2.102 kbytes)](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/1012/8/FYM_510_2013,0.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobnocache=true) * [ORDEN MAV/527/2024, de 5 de junio, por la que se fija la época de peligro alto de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León - DEL 12 DE JUNIO AL 12 DE OCTUBRE DE 2024 (BOCyL 07-06-2024) (711 kbytes)](https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/binarios/70/68/MAV_527_2024.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobnocache=true) Legislación aplicable: * [LEY 43/2003, de 21 de noviembre](https://www.boe.es/) * [LEY 3/2009, de 6 de abril](https://www.bocyl.es/) * [ORDEN MAV/527/2024, de 29 de mayo](https://www.bocyl.es/)
Autorización para la obtención de la certificación negativa expedida por el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia establecido en el artículo 13.5 de la L.O. 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por la que se acredita no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionnismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
Electrónico:
Los empleados públicos afectados deberán cumplimentar Declaración Responsable, según modelo normalizado, y prestar consentimiento expreso a la Administración para la consulta telemática de sus datos contenidos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia. La Declaración Responsable se dirigirá al respectivo órgano de personal.
En defecto de consentimiento expreso, se deberá aportar personalmente la preceptiva Certificación Negativa expedida por el Registro Central de delincuentes sexuales. A este respecto, la Administración del Estado pone a disposición de todos los ciudadanos la carpeta ciudadana, donde pueden obtener por vía telemática un justificante de su situación en relación a ese registro. Se puede acceder con certificado digital a través de la dirección http://www.administracion.gob.es
En el caso de extranjeros no comunitarios o que posean otra nacionalidad además de la española de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, además deberán aportar una Certificación negativa de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, acompañada de su traducción oficial al castellano. En el caso de extranjeros cuyos países no dispongan de un Registro de antecedentes penales, deberán aportar una certificación consultar de buena conducta.
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (401 kbytes)