Autorización de uso de maquinaria cuyo funcionamiento genere o pueda generar fuego en época de peligro alto, en el monte o a menos de 400 metros de éste | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite solicitar autorización para utilizar maquinaria que pueda generar fuego en zonas forestales o cerca de ellas durante la época de peligro alto de incendios.
¿Quién puede solicitarlo?
Administraciones Públicas, personas físicas con capacidad jurídica y de obrar, y personas jurídicas.
Requisitos principales
- Cumplir las condiciones generales detalladas en el documento de condiciones generales.
- Cumplir las condiciones específicas para la quema que se especifiquen en la autorización.
Plazos
La solicitud debe presentarse durante la Época de Peligro Alto (julio, agosto y septiembre).
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
La autorización solo es necesaria durante la Época de Peligro Alto (julio, agosto y septiembre).
Resumen
Este trámite es necesario para obtener la autorización para el uso de maquinaria que pueda generar fuego en zonas forestales o cerca de ellas durante la época de peligro alto de incendios. Esto ayuda a prevenir incendios forestales.
Quién puede usar este servicio:
- Administraciones Públicas
- Personas Físicas con capacidad jurídica y de obrar
- Personas Jurídicas
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de Autorización Administrativa según modelo normalizado.
- Otras autorizaciones que pueden ser necesarias para realizar esta actividad.
Requisitos previos:
- Cumplir las condiciones generales detalladas en el documento de condiciones generales: CONDICIONES GENERALES (73 kbytes)
- Cumplir las condiciones específicas para la quema que se especifiquen en la autorización.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- La autorización solo es necesaria durante la Época de Peligro Alto (julio, agosto y septiembre).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descargue y complete el modelo de solicitud normalizado.
- Presente la solicitud y la documentación requerida en: Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León. o En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirá una notificación por correo postal en el domicilio indicado en la solicitud.
- El silencio administrativo es desestimatorio.
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales:
- Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
- ORDEN FYM/510/2013, de 25 de junio REGULACIÓN USO FUEGO (BOCyL 27-06-2013) (2.102 kbytes)
- ORDEN MAV/527/2024, de 5 de junio, por la que se fija la época de peligro alto de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León - DEL 12 DE JUNIO AL 12 DE OCTUBRE DE 2024 (BOCyL 07-06-2024) (711 kbytes)
Legislación aplicable: