Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Trámites de identificación individual y movimientos de bovinos.

    Requisitos

    1. Ser titular de explotación ganadera con ganado bovino

    2. Para realizar el trámite vía web:

      • Estar dado de alta como tramitador en RIIA/REMO a través de internet

    Necesitas

    1.

    Clave SAC

    Te interesa saber

    1. TRÁMITES QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Notificación de alta por nacimiento
      • Comunicación de movimiento sin Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Solicitud de guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Confirmación de Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
    2. CONSULTAS QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Consultas por animales
      • Guías sanitarias disponibles
      • Consultas por explotación
    3. El resto de servicios RIIA/REMO se realizarán presencialmente.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación personal: Oficina Comarcal.

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002279

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Trámites de identificación individual y movimientos de bovinos.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ser titular de explotación ganadera con ganado bovino

    2. Para realizar el trámite vía web:

      • Estar dado de alta como tramitador en RIIA/REMO a través de internet

    Imprimir

    Necesitas

    1.

    Clave SAC

    Te interesa saber

    1. TRÁMITES QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Notificación de alta por nacimiento
      • Comunicación de movimiento sin Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Solicitud de guía de Origen y Sanidad Pecuaria
      • Confirmación de Guía de Origen y Sanidad Pecuaria
    2. CONSULTAS QUE, ACTUALMENTE, PUEDEN REALIZARSE VÍA WEB

      • Consultas por animales
      • Guías sanitarias disponibles
      • Consultas por explotación
    3. El resto de servicios RIIA/REMO se realizarán presencialmente.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación personal: Oficina Comarcal.

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Sanidad y Producción Animal

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 2002279

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Inscribirse en el registro de instalaciones petrolíferas para uso propio anejas a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria (Ver Otros Datos de Interés).

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ser almacenamiento anejo a instalaciones de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    2. Capacidad de almacenamiento superior a los 1.000 litros.

    Imprimir

    Necesitas

    1. En el caso de instalaciones con capacidad entre 1.000 Y 3.000 litros (interior) o entre 1.000 Y 5.000 litros (exterior), memoria técnica suscrita por instalador autorizado de una empresa instaladora.

    2. En el caso de instalaciones con capacidad superior a 3.000 litros (interior) o 5.000 litros (exterior), proyecto de la instalación firmado por técnico titulado competente, en el que se ponga de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas que le correspondan, así como las prescritas por las demás disposiciones legales que le afecten.

    3. MODIFICACIONES SUSTANCIALES DE LAS INSTALACIONES

      Presentar un proyecto o documento indicando las modificaciones a realizar.

    4. PUESTA EN SERVICIO

      Certificado final de obra de almacenamiento, acompañado de otra documentación, según los casos (ver Otros Datos de Interés).

    5. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Titulares de instalaciones de almacenamiento de gasóleo para climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    2. OBJETO

      El registro está incluido en el de instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria (para cuya alimentación se almacena el gasóleo).

      Están exentas de inscripción los almacenamientos en depósitos de capacidad igual o inferior a 1.000 litros. La inscripción en el registro se tramita conjuntamente con el registro de la instalación de climatización, calefacción o agua caliente sanitaria.

    3. CERTIFICADO

      El certificado exigido para la puesta en marcha será extendido por el instalador que haya realizado el montaje, por el director de la obra o por un organismo de control.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021491

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Registrar las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos.

    Requisitos

    1.

    Titulares de instalaciones de almacenamiento de productos químicos incluidas en el ámbito de aplicación de alguno de los siguientes Reales Decretos:

    • Real Decreto 379/2001, de 6 de abril
    • Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre
    • Real Decreto 888/2006, de 21 de julio.
    • Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero.

    Necesitas

    1. Inscripción de instalaciones:

      • Para la instalación, ampliación, modificación o traslado de las instalaciones referidas en el artículo 1, destinadas a contener productos químicos peligrosos, el titular presentará ante el órgano competente de la comunidad autónoma, un proyecto firmado por técnico competente. Si existe instrucción técnica complementaria (ITC), el proyecto se redactará de conformidad a lo previsto en la misma.
      • En los casos de ampliación, modificación o traslado el proyecto se referirá a lo ampliado, modificado o trasladado y a lo que, como consecuencia, resulte afectado.
      • Los documentos mínimos del proyecto podrán disminuirse y simplificarse proporcionalmente al objeto del proyecto, sin detrimento de la seguridad y sin perjuicio de que el órgano competente de la Comunidad Autónoma le requiera documentación complementaria.

      No obstante lo indicado en los párrafos anteriores, el Reglamento o las instrucciones técnicas complementarias podrán establecer la sustitución del proyecto por otro documento más sencillo, en aquellos casos en que la menor peligrosidad y condiciones de dicho almacenamiento así lo aconsejen. También se pondrá de manifiesto el cumplimiento de las especificaciones exigidas por otras disposiciones legales que les afecten.

    2. Puesta en servicio:

      Finalizadas las obras de ejecución de las instalaciones, el titular comunicará la puesta en servicio al órgano competente de la comunidad autónoma presentando además la siguiente documentación:

      • Certificación suscrita por el técnico titulado director de obra, en la que haga constar, bajo su responsabilidad, que las instalaciones se han ejecutado y probado de acuerdo con el proyecto presentado, así como que cumplen las prescripciones contenidas en este Reglamento y, en su caso, en sus instrucciones técnicas complementarias.
      • Para las instalaciones que no precisen proyecto se requerirá un certificado, suscrito por un organismo de control autorizado, en el que se acreditará el cumplimiento de las prescripciones contenidas en este reglamento y, en su caso, en sus correspondientes instrucciones técnicas complementarias.
      • Se acompañarán igualmente los documentos que pongan de manifiesto el cumplimiento de las exigencias formuladas por las demás disposiciones legales que afecten a la instalación.
      • Certificado de construcción de los recipientes extendido por el fabricante, o, si se trata de recipientes móviles, acreditación extendida por los respectivos fabricantes de que los recipientes móviles cumplen con las condiciones constructivas, pruebas y máximas capacidades unitarias establecidas en el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR).
    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    DESTINATARIOS

    Propietarios de establecimientos y almacenes, incluidos los recintos comerciales y de servicios, que precisen instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos, y sus servicios auxiliares.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021488

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Registro de entrada en funcionamiento de instalaciones de protección contra incendios en edificios no industriales proyectadas de acuerdo al real decreto 314/2006, de 17 de marzo (código técnico de la edificación).

    Requisitos

    1.

    La instalación debe haber sido realizada por empresa instaladora habilitada.

    Necesitas

    1. Certificado emitido por empresa instaladora (según modelo).

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    3. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    4. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    5. En el caso de persona juridica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

    6. Copia simple de poderes notariales en caso de representaciónp or poder notarial.

    Te interesa saber

    1.

    ACTO COMUNICADO

    No existe resolución expresa, se trata de un acto comunicado, se emite un documento por escrito haciendo constar que se toma nota de la comunicación.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201053281

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Comunicar la puesta en servicio de la instalación de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos para su distribución a clientes finales. Se procederá asimismo a su anotación o inscripción en el registro de distribuidores al por menor de productos petrolíferos líquidos

    Imprimir

    Requisitos

    1.Tratarse de instalaciones petrolíferas de almacenamiento para distribución posterior a consumidores finales.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Proyecto firmado por técnico titulado competente y visado por el colegio oficial al que pertenezca.

    2. El proyecto se redactará de conformidad a lo previsto en la Instrucción Técnica IP-02 y con él se acreditará el cumplimiento de la misma.

    3. Una vez ejecutado el proyecto, se comunicará la puesta en servicio aportando certificado de dirección de obra, certificado de la empresa instaladora autorizada, así como certificado de pruebas en el lugar del emplazamiento de acuerdo al artículo 26 de la IP-02 emitido por un organismo de control autorizado.

    4. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.Una vez cumplimentados los trámites de la puesta en servicio este tipo de instalaciones se inscriben de oficio en el registro de distribuidores al por menor de productos petrolíferos líquidos.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20022849

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Incluir en este registro, las parcelas agrícolas cuyos titulares, no quieren que se declaren en ningún régimen de ayuda de la Política Agraria Común.

    La superficie de las parcelas aqui incluidas no serán consideradas como superficie admisible para ningún solicitante de la PAC.

    Requisitos

    1.

    Ser el propietario de la parcela agrícola que se introduce en este registro y acreditar la propiedad con los documentos que se exigen.

    Necesitas

      • Salida gráfica visor SIPAC (croquis).

      • Certificación catastral actualizada a nombre de la persona interesada.

        En caso de aparecer a nombre distinto al de la persona interesada, deberá acompañarla del modelo 901-N sobre Declaración Catastral de Alteración de titularidad y variación de la cuota de participación en bienes inmuebles remitido a la Dirección General de Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda debidamente cumplimentado.

      • Nota simple del registro de la propiedad en las que consten las referencias catastrales.

      • Contrato de compraventa con referencias catastrales, liquidado de impuestos y en vigor.

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión de Ayudas a Explotaciones

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201500073

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Inscribirse en el registro los técnicos cualificados o empresas que dispongan de estos técnicos, tal como se indica en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios, de tal forma que el ciudadano disponga de registros actualizados.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Estar en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y, dirección y ejecución de obras de edificación, o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

      O aquellos técnicos o empresas que dispongan de éstos, que acrediten la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según se establezca en la orden prevista en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.

    2. El abono de la tasa se realizará en el último paso del trámite telemático.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    2. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    3. Título académico habilitante para la redacción de proyectos o dirección de obras y, dirección y ejecución de obras de edificación, o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

    Tasas

    El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página

    Te interesa saber

    1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

      • La inscripción en el registro es voluntaria y no condiciona para la realización de la certificación de eficiencia energética de edificios.
      • Cuando se registre una empresa y ésta disponga de más de un técnico cualificado, añadirá tantos técnicos como tenga, completando los datos de cada técnico.
      • Tendrá una validez de 10 años.
    2. RENOVACIONES, MODIFICACIONES Y BAJAS

      Se podrán realizar renovaciones, modificaciones y bajas únicamente de las altas realizadas por medios telemáticos a partir del 5 de enero de 2016.

    3. TASAS

      El coste de la tasa será de 17,90 € para cada inscripción.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Alta

    También puedes

    Modificación

    Renovación

    Subsanación

    Baja

    Consultar

    Te respondemos mediante

    1. Internet: 1. Recibida la documentación presentada electrónicamente por el interesado, el órgano competente en materia de certificación energética la revisará y si dicha documentación fuera completa y correcta, procederá a la inscripción del solicitante en la sección correspondiente. El número de inscripción se comunicará electrónicamente al interesado el cual podrá comprobar los datos inscritos accediendo al apartado "MÁS INFORMACIÓN" de esta ficha.2. Si la documentación presentada electrónicamente fuera insuficiente o no reuniera los requisitos necesarios, deberá subsanarse de forma electrónica por el interesado dentro del plazo de diez días que, a tal efecto, se concederá. Para ello, se notificarán al interesado los defectos observados, sin perjuicio de su comunicación electrónica a la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud para tal fin.
    2. Notificación por correo certificado con acuse de recibo: En caso de detectar deficiencias en la documentación presentada serán comunicadas al solicitante para que proceda a su subsanación en un plazo de diez días. El interesado podrá comprobar los datos inscritos en el portal institucional www.asturias.es, en Industria y Energía, en el apartado "MÁS INFORMACIÓN" de la ficha de servicio del Registro de Técnicos Cualificados para la Certificación de Eficiencia Energética.

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 201300013

  • Información

    Consiste en

    Enviar o recibir solicitudes, escritos o comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias.

    Te interesa saber

    1. ACREDITACIÓN DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, ESCRITOS O COMUNICACIONES

      El sistema emite automáticamente un recibo con los datos de la solicitud, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro.

      Cuando se aporten documentos que acompañen a la solicitud, escrito o documentación, el registro generará un recibo acreditativo de la entrega de esa documentación que garantice la integridad y no repudio de los documentos aportados.

      El acceso al Registro Electrónico del Principado de Asturias se efectúa a través de las fichas de servicio disponibles en la Sede Electrónica: cada servicio prestado por la Administración del Principado de Asturias tiene su propia ficha de servicio y un formulario específico.

    2. CÓMPUTO DE PLAZOS:

      El Registro Electrónico se regirá a efectos de cómputo de plazos por la fecha y hora oficial de la sede electrónica del Principado.

      Se podrán presentar solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año durante las veinticuatro horas del día.

      La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que la norma permita expresamente la recepción en día inhábil.

      A efectos de cómputo de plazos fijados en días hábiles, se considerarán inhábiles para el Registro Electrónico del Principado los días así declarados para todo el territorio de la Comunidad Autónoma en el calendario anual de días inhábiles para el año 2016, aprobado por la Resolución de 19 de noviembre de 2015 (BOPA 18/12/2015), y que son:

      • los domingos
      • las fiestas laborales para el año 2016:
        • 1 de enero, Año Nuevo
        • 6 de enero, Epifanía del Señor
        • 24 de marzo, Jueves Santo
        • 25 de marzo, Viernes Santo
        • 2 de mayo, lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo
        • 15 de agosto, Asunción de la Virgen
        • 8 de septiembre, Día de Asturias
        • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
        • 1 de noviembre, Todos los Santos
        • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
        • 8 de diciembre, La Inmaculada Concepción
        • 26 de diciembre, lunes siguiente a la Natividad del Señor

    Para más información sobre este tema

    Servicio de Atención Ciudadana
    CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

    Código: 20051789

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Aportar los datos reglamentariamente establecidos, una vez iniciada la actividad, para las empresas incluidas en la división A del Registro Integrado Industrial.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Ejercer una actividad con instalaciones de carácter fijo en el Principado de Asturias incluida en el apartado 1 del artículo 4 del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir en la división A del Registro Integrado Industrial.

    2. Disponer de las autorizaciones correspondientes en caso de aquellas actividades sujetas a autorización administrativa, o haber presentado la documentación reglamentariamente establecida para la puesta en servicio de sus instalaciones afectadas por reglamentos de seguridad industrial en el caso de industrias liberalizadas.

    3. DESTINATARIOS

      Dentro del ámbito de aplicación de la división A se integran los siguientes tipos de industrias con instalaciones de carácter fijo:

      • Las actividades destinadas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, el aprovechamiento y eliminación de residuos y subproductos, cualesquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados, y en su caso las instalaciones que éstas precisen.
      • Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos.
      • Las actividades de generación distribución y suministro de la energía y productos energéticos. Entre estas actividades se incluyen el suministro al por menor de productos petrolíferos.
      • Las industrias de fabricación de armas y explosivos y aquellas que se declaren de interés para la defensa nacional.
      • Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.
      • Las actividades industriales relativas al medicamento y a la sanidad así como las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Hojas de comunicación de datos de Registro Industrial (división A), debidamente cumplimentado, tanto para el inicio, modificación, traslado e incluso cese total de la actividad industrial. (Se presentarán por triplicado).

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    COMUNICACIÓN DE DATOS

    • Podrán comunicar los datos necesarios para la inscripción aquellas actividades o instalaciones sujetas a autorización, comunicación o declaración responsable.
    • Las industrias o actividades no sujetas a autorización administrativa, comunicación o declaración responsable podrán comunicar los datos una vez inicien su actividad. En otro caso los datos relativos a las mismas podrán ser obtenidos de oficio a partir de la documentación técnica presentada para la puesta en servicio de sus instalaciones o mediante visita de inspección, con el fin de disponer en el registro de los datos actualizados así como de proceder al devengo de la tasa correspondiente a la tramitación de la puesta en servicio de las instalaciones industriales.
    • En todo caso la diligencia del impreso de comunicación de datos del Registro Industrial por parte del Servicio de Industria acredita la correcta puesta en funcionamiento conforme a los reglamentos de seguridad industrial de todas las instalaciones industriales necesarias para el funcionamiento del establecmiento.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Industria

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021554

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.