Obtener, previo a la puesta en servicio, el registro del certificado de las instalaciones térmicas de los edificios, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del vigente Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.
Se entienden como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria (ACS), destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.
1.
Presentar la documentación indicada en el artículo 24 del vigente Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios y en el artículo 3 del Decreto 11/2015, de 4 de marzo del Principado de Asturias.
Formulario de solicitud.
Certificado de instalación conforme al artículo 23 del RITE (4 ejemplares).
Memoria técnica conforme al artículo 17 del vigente RITE.
Proyecto conforme al artículo 16 del RITE.
Copia del contrato de mantenimiento conforme al artículo 26 del RITE.
Certificado de inspección inicial con calificación aceptable.
Documentación técnica que corresponda por aplicación de los dispuesto en el Reglamento de Seguridad para instalaciones frigoríficas aprobado por el Real Decreto 138/2011 de 4 de febrero.
Memoria técnica reducida.
INFORMACIÓN GENERAL
DOCUMENTACION TÉCNICA
INSPECCIÓN INICIAL
PUESTA EN SERVICIO DE LA INSTALACIÓN
TASAS
USO Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
Paso 1:
Descarga la solicitud.
Descargar formularios de solicitud
Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
Registro de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza de España 1, planta baja
33007 Oviedo
Registro General del Principado de Asturias
EASMU (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples)
C/ Coronel Aranda 2, planta plaza
33005 Oviedo
Registro de la Oficina de Atención Ciudadana - Gijón
C/ Cabrales 39
33201 Gijón
Registro de la Oficina de Atención Ciudadana - Avilés
C/ El Muelle 8
33402 Avilés
Igualmente podrá presentarse la documentación siguiendo cualquiera de los procedimientos regulados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
1. Notificación por correo ordinario
En el plazo de 4 semanas.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021552
Más información
Enviar o recibir solicitudes, escritos o comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias.
ACREDITACIÓN DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, ESCRITOS O COMUNICACIONES
El sistema emite automáticamente un recibo con los datos de la solicitud, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro.
Cuando se aporten documentos que acompañen a la solicitud, escrito o documentación, el registro generará un recibo acreditativo de la entrega de esa documentación que garantice la integridad y no repudio de los documentos aportados.
El acceso al Registro Electrónico del Principado de Asturias se efectúa a través de las fichas de servicio disponibles en la Sede Electrónica: cada servicio prestado por la Administración del Principado de Asturias tiene su propia ficha de servicio y un formulario específico.
CÓMPUTO DE PLAZOS:
El Registro Electrónico se regirá a efectos de cómputo de plazos por la fecha y hora oficial de la sede electrónica del Principado.
Se podrán presentar solicitudes, escritos y comunicaciones todos los días del año durante las veinticuatro horas del día.
La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que la norma permita expresamente la recepción en día inhábil.
A efectos de cómputo de plazos fijados en días hábiles, se considerarán inhábiles para el Registro Electrónico del Principado los días así declarados para todo el territorio de la Comunidad Autónoma en el calendario anual de días inhábiles para el año 2016, aprobado por la Resolución de 19 de noviembre de 2015 (BOPA 18/12/2015), y que son:
Código: 20051789
Aportar los datos reglamentariamente establecidos, una vez iniciada la actividad, para las empresas incluidas en la división A del Registro Integrado Industrial.
Ejercer una actividad con instalaciones de carácter fijo en el Principado de Asturias incluida en el apartado 1 del artículo 4 del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir en la división A del Registro Integrado Industrial.
Disponer de las autorizaciones correspondientes en caso de aquellas actividades sujetas a autorización administrativa, o haber presentado la documentación reglamentariamente establecida para la puesta en servicio de sus instalaciones afectadas por reglamentos de seguridad industrial en el caso de industrias liberalizadas.
Hojas de comunicación de datos de Registro Industrial (división A), debidamente cumplimentado, tanto para el inicio, modificación, traslado e incluso cese total de la actividad industrial. (Se presentarán por triplicado).
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
En el caso de persona jurídica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial.
DESTINATARIOS
Dentro del ámbito de aplicación de la división A se integran los siguientes tipos de industrias con instalaciones de carácter fijo:
COMUNICACIÓN DE DATOS
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021554
Más información
Aportar los datos reglamentariamente establecidos, una vez iniciada la actividad, para las empresas incluidas en la división A del Registro Integrado Industrial.
Ejercer una actividad con instalaciones de carácter fijo en el Principado de Asturias incluida en el apartado 1 del artículo 4 del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir en la división A del Registro Integrado Industrial.
Disponer de las autorizaciones correspondientes en caso de aquellas actividades sujetas a autorización administrativa, o haber presentado la documentación reglamentariamente establecida para la puesta en servicio de sus instalaciones afectadas por reglamentos de seguridad industrial en el caso de industrias liberalizadas.
DESTINATARIOS
Dentro del ámbito de aplicación de la división A se integran los siguientes tipos de industrias con instalaciones de carácter fijo:
Hojas de comunicación de datos de Registro Industrial (división A), debidamente cumplimentado, tanto para el inicio, modificación, traslado e incluso cese total de la actividad industrial. (Se presentarán por triplicado).
1.
COMUNICACIÓN DE DATOS
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo ordinario
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021554
Aportar los datos reglamentariamente establecidos para el Registro de empresas de servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica de carácter industrial de la división B, relacionadas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.
1.
Ejercer una actividad en el Principado de Asturias incluida en el artículo 4.2.a, del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir de la división B del Registro Integrado Industrial.
Manual de instrucciones.
COMUNICACIÓN DE DATOS
Las actividades no sujetas a autorización administrativa, comunicación o declaración responsable podrán comunicar los datos una vez inicien su actividad.
REGISTRO INTEGRADO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
Las empresas que comuniquen al Servicio de Industria sus datos constarán en el registro integrado del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Estas empresas son:
EMPRESAS DE CONSTRUCCIÓN
En el caso de empresas de construcción sus datos se anotarán exclusivamente en la sección de registros industriales de la comunidad autónoma.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo ordinario
Código: 201200029
Más información
Aportar los datos reglamentariamente establecidos para el Registro de empresas de servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica de carácter industrial de la División B, relacionadas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.
1.
Ejercer una actividad en el Principado de Asturias incluida en el artículo 4.2.a, del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir de la División B del Registro Integrado Industrial.
Manual de instrucciones.
Las actividades no sujetas a autorización administrativa, comunicación o declaración responsable podrán comunicar los datos una vez inicien su actividad. Las empresas que comuniquen al servicio de industria sus datos constarán en el registro integrado del Ministerio de industria, energía y turismo. Estas empresas son:
En el caso de empresas de construcción sus datos se anotarán exclusivamente en la sección de registros industriales de la comunidad autónoma.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo ordinario
Código: 201200029
Aportar los datos reglamentariamente establecidos en el Real Decreto 559/2010 por el que se aprueba el reglamento del registro integrado industrial para el registro de entidades de acreditación, organismos de control, laboratorios y otros agentes en materia de seguridad y calidad industrial de la división C.
Ejercer una actividad en el Principado de Asturias incluida en el artículo 4.2.b), del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir en la división C del Registro Integrado Industrial.
Disponer de medios técnicos y humanos y de instalaciones con carácter permanente en Asturias.
Manual de instrucciones.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
En el caso de persona jurídica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial.
COMUNICACIÓN DE DATOS
Deberán comunicar los datos necesarios para la inscripción aquellas actividades o instalaciones sujetas a autorización, comunicación o declaración responsable. En otro caso la comunicación tiene carácter potestativo para el titular de la actividad.
REGISTRO INTEGRADO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
Las empresas que comuniquen al servicio de industria sus datos constarán en el registro integrado del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo ordinario
Código: 201200028
Más información
Aportar los datos reglamentariamente establecidos en el RD 559/2010 por el que se aprueba el reglamento del registro integrado industrial para el registro de entidades de acreditación, organismos de control, laboratorios y otros agentes en materia de seguridad y calidad industrial de la División C.
Ejercer una actividad en el Principado de Asturias incluida en el artículo 4.2.b), del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir en la División C del Registro Integrado Industrial.
Disponer de medios técnicos y humanos y de instalaciones con carácter permanente en Asturias.
Manual de instrucciones.
Deberán comunicar los datos necesarios para la inscripción aquellas actividades o instalaciones sujetas a autorización, comunicación o declaración responsable. En otro caso la comunicación tiene carácter potestativo para el titular de la actividad.
Las empresas que comuniquen al servicio de industria sus datos constarán en el registro integrado del Ministerio de industria, energía y turismo.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo ordinario
Código: 201200028
El Certificado de Profesionalidad acredita en toda España que una persona está capacitada para realizar todas las funciones de un puesto de trabajo. Este saber hacer de una determinada ocupación laboral se denomina cualificación profesional y se subdivide en conjuntos de habilidades y conocimientos denominados Unidades de competencia, que pueden acreditarse también de manera independiente. Los conocimientos y habilidades necesarios pueden adquirirse a través de formación, o bien a través de la experiencia laboral.
Para solicitar la expedición de un Certificado de Profesionalidad debes estar en alguna de las situaciones siguientes:
(*)Ver: Más información - Exención del módulo de prácticas
Para solicitar Acreditaciones Parciales de Unidades de competencia debes estar en alguna de las situaciones siguientes:
Justificante de abono de la tasa correspondiente (modelo 046), si se está obligado al pago.
Certificado de empresa en la que se ha realizado el módulo de prácticas, acreditando que se han superado.
Para cursos anteriores a octubre de 2013:
Para cursos posteriores a octubre de 2013:
Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las personas físicas, podrán elegir entre la presentación presencial o por medios electrónicos. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:
* En la sede electrónica del Principado de Asturias a través de la presente ficha de servicio, como medio preferente
* En el Registro Electrónico General de la AGE o también a través del Punto de Acceso General (ver "Más información").
* Utilizando cualquier otra plataforma a la que estén adheridos.
TASAS
En la solicitud se indicará si se solicita la exención o la bonificación de la tasa y se declarará responsablemente estar en condiciones de su reconocimiento. El Servicio Público de Empleo podrá comprobar, mediante consulta a sus propias bases de datos o las bases de datos de terceros, si dichas condiciones existen realmente.
En caso de estar obligado al pago, el justificante del pago de las tasas deberá presentarse junto con la solicitud si el curso realizado es posterior a octubre de 2013 o se trata de un procedimiento de reconocimiento de la experiencia. En cursos anteriores a dicha fecha, no deberá abonarse hasta que se haya recibido la resolución en la que se reconoce el derecho a la expedición.
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 046 DE TASAS EN EL CASO DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
(Ver: Más información - Información sobre la nueva tasa).
EXPEDICIÓN Y REGISTRO DEL CERTIFICADO
Una vez tramitada tu solicitud, tus datos serán introducidos en el Registro Nacional de Certificados y se dará orden para la expedición del título oficial del Certificado. La expedición tarda unos 3 meses aproximadamente desde la presentación de la solicitud. Transcurrido ese plazo, deberás ponerte en contacto con los siguientes centros para su recogida, dependiendo del municipio donde residas. (Consulta la tabla adjunta. Ver: Más información - Municipios con centros propios).
(Ver: Más información - Centros de formación del Servicio Público de Empleo).
Código: 201153821
El Certificado de Profesionalidad acredita en toda España que una persona está capacitada para realizar todas las funciones de un puesto de trabajo. Este saber hacer de una determinada ocupación laboral se denomina cualificación profesional y se subdivide en conjuntos de habilidades y conocimientos denominados Unidades de competencia, que pueden acreditarse también de manera independiente. Los conocimientos y habilidades necesarios pueden adquirirse a través de formación, o bien a través de la experiencia laboral.
Para solicitar la expedición de un Certificado de Profesionalidad debes estar en alguna de las situaciones siguientes:
(*)Ver: Más información - Exención del módulo de prácticas
Para solicitar Acreditaciones Parciales de Unidades de competencia debes estar en alguna de las situaciones siguientes:
Justificante de abono de la tasa correspondiente (modelo 046), si se está obligado al pago.
Certificado de empresa en la que se ha realizado el módulo de prácticas, acreditando que se han superado.
Para cursos anteriores a octubre de 2013:
Para cursos posteriores a octubre de 2013:
Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
TASAS
En la solicitud se indicará si se solicita la exención o la bonificación de la tasa y se declarará responsablemente estar en condiciones de su reconocimiento. El Servicio Público de Empleo podrá comprobar, mediante consulta a sus propias bases de datos o las bases de datos de terceros, si dichas condiciones existen realmente.
En caso de estar obligado al pago, el justificante del pago de las tasas deberá presentarse junto con la solicitud si el curso realizado es posterior a octubre de 2013 o se trata de un procedimiento de reconocimiento de la experiencia. En cursos anteriores a dicha fecha, no deberá abonarse hasta que se haya recibido la resolución en la que se reconoce el derecho a la expedición.
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 046 DE TASAS EN EL CASO DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
(Ver: Más información - Información sobre la nueva tasa).
EXPEDICIÓN Y REGISTRO DEL CERTIFICADO
Una vez tramitada tu solicitud, tus datos serán introducidos en el Registro Nacional de Certificados y se dará orden para la expedición del título oficial del Certificado. La expedición tarda unos 3 meses aproximadamente desde la presentación de la solicitud. Transcurrido ese plazo, deberás ponerte en contacto con los siguientes centros para su recogida, dependiendo del municipio donde residas. (Consulta la tabla adjunta. Ver: Más información - Municipios con centros propios).
(Ver: Más información - Centros de formación del Servicio Público de Empleo).
Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Mediante entrega en acto público: Los títulos oficiales de los certificados, una vez expedidos, serán enviados a los Centros Públicos de Formación para el Empleo de Avilés, Gijón, Langreo y Oviedo. En tres meses desde la solicitud, deberás ponerte en contacto con dichos centros para su recogida.
En el plazo de 24 semanas.1.Recurso de alzada
Código: 201153821