Registro y expedición de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones ...

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Tramita por Internet

Consiste en

El Certificado de Profesionalidad acredita en toda España que una persona está capacitada para realizar todas las funciones de un puesto de trabajo. Este “saber hacer” de una determinada ocupación laboral se denomina cualificación profesional y se subdivide en conjuntos de habilidades y conocimientos denominados Unidades de competencia, que pueden acreditarse también de manera independiente. Los conocimientos y habilidades necesarios pueden adquirirse a través de formación, o bien a través de la experiencia laboral.

Requisitos

  1. Para solicitar la expedición de un Certificado de Profesionalidad debes estar en alguna de las situaciones siguientes:

    • Haber superado con calificación de Apto un curso completo conducente a Certificado de Profesionalidad.
    • Estar en posesión de las acreditaciones parciales de todas las Unidades de competencia que componen un Certificado de Profesionalidad y justificar haber realizado el correspondiente módulo de prácticas o estar exento de realizarlo(*) o tenerlo convalidado por haber realizado una FCT en Ciclo de Formación Profesional.

    (*)Ver: Más información - Exención del módulo de prácticas

  2. Para solicitar Acreditaciones Parciales de Unidades de competencia debes estar en alguna de las situaciones siguientes:

    • Haber superado con calificación de Apto uno o varios módulos formativos asociados a unidades de competencia de un Certificado de Profesionalidad.
    • Haber obtenido el reconocimiento de la unidad o unidades de competencia solicitadas a través de un procedimiento de reconocimiento de la experiencia laboral.

Necesitas

  1. Justificante de abono de la tasa correspondiente (modelo 046), si se está obligado al pago.

  2. Certificado de empresa en la que se ha realizado el módulo de prácticas, acreditando que se han superado.

  3. Para cursos anteriores a octubre de 2013:

    • Copia compulsada por ambas caras del diploma del curso superado en el que se reflejen los módulos formativos aprobados.
  4. Para cursos posteriores a octubre de 2013:

    • La certificación de oficio recibida de la Administración tras superar el curso completo o los módulos formativos que hayas cursado.
  5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  6. Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

Te interesa saber

  1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

    De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las personas físicas, podrán elegir entre la presentación presencial o por medios electrónicos. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:
         *   En la sede electrónica del Principado de Asturias a través de la presente ficha de servicio, como medio preferente
         *   En el Registro Electrónico General de la AGE o también a través del Punto de Acceso General (ver "Más información").
         *   Utilizando cualquier otra plataforma a la que estén adheridos.

     

  2. TASAS

    En la solicitud se indicará si se solicita la exención o la bonificación de la tasa y se declarará responsablemente estar en condiciones de su reconocimiento. El Servicio Público de Empleo podrá comprobar, mediante consulta a sus propias bases de datos o las bases de datos de terceros, si dichas condiciones existen realmente.

    En caso de estar obligado al pago, el justificante del pago de las tasas deberá presentarse junto con la solicitud si el curso realizado es posterior a octubre de 2013 o se trata de un procedimiento de reconocimiento de la experiencia. En cursos anteriores a dicha fecha, no deberá abonarse hasta que se haya recibido la resolución en la que se reconoce el derecho a la expedición.

  3. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 046 DE TASAS EN EL CASO DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

    • Fecha de devengo: fecha en la que se realiza el ingreso.
    • Código 329.003.
    • Ejercicio: el año en curso 
    • Declarante/sujeto pasivo: datos de la persona que solicita el certificado.
    • Descripción: Tasa por expedición de Certificado de Profesionalidad o Acreditación Parcial Acumulable, según sea el caso.
    • Detalle de la liquidación:
      • Tarifa: 329.003.
      • Descripción del concepto: expedición de Certificado de Profesionalidad o Acreditación Parcial Acumulable. 
      • Importe por documento solicitado (elegir uno de ellos):
        • para Certificado de Profesionalidad, 14.14 €
        • para Acreditación Parcial Acumulable, 11.11 €
        • para duplicado, 11.11 €
      • En caso de bonificación:
        • para Certificado de Profesionalidad, 7.07 €
        • para Acreditación Parcial Acumulable, 5.56 €
        • para duplicado, 5.56 €

    (Ver: Más información - Información sobre la nueva tasa).

  4. EXPEDICIÓN Y REGISTRO DEL CERTIFICADO

    Una vez tramitada tu solicitud, tus datos serán introducidos en el Registro Nacional de Certificados y se dará orden para la expedición del título oficial del Certificado. La expedición tarda unos 3 meses aproximadamente desde la presentación de la solicitud. Transcurrido ese plazo, deberás ponerte en contacto con los siguientes centros para su recogida, dependiendo del municipio donde residas. (Consulta la tabla adjunta. Ver: Más información - Municipios con centros propios).

    (Ver: Más información - Centros de formación del Servicio Público de Empleo).

Plazo de solicitud

Todo el año Si el real decreto que regula el certificado que se solicita ha sido derogado, podrá solicitarse la expedición en un plazo de 5 años desde la derogación si en la nueva norma no se señalase otro plazo diferente.

Cómo solicitarlo

Paso 1:
Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Mediante entrega en acto públicoLos títulos oficiales de los certificados, una vez expedidos, serán enviados a los Centros Públicos de Formación para el Empleo de Avilés, Gijón, Langreo y Oviedo. En tres meses desde la solicitud, deberás ponerte en contacto con dichos centros para su recogida.
En el plazo de 24 semanas.

Recursos

1.Recurso de alzada

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Programación, Gestión y Seguimiento de la Formación para el Empleo

Tu solicitud será resuelta por

Servicio Público de Empleo

Código201153821


Oficinas de la administración

Instituto Nacional de Silicosis

Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana

Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.