Registro o comunicación de actividades incluidas en la división A del ...

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Consiste en

Aportar los datos reglamentariamente establecidos, una vez iniciada la actividad, para las empresas incluidas en la división A del Registro Integrado Industrial.

Requisitos

  1. Ejercer una actividad con instalaciones de carácter fijo en el Principado de Asturias incluida en el apartado 1 del artículo 4 del ámbito de aplicación del Real Decreto 559/2010, es decir en la división A del Registro Integrado Industrial.

  2. Disponer de las autorizaciones correspondientes en caso de aquellas actividades sujetas a autorización administrativa, o haber presentado la documentación reglamentariamente establecida para la puesta en servicio de sus instalaciones afectadas por reglamentos de seguridad industrial en el caso de industrias liberalizadas.

Necesitas

  1. Hojas de comunicación de datos de Registro Industrial (división A), debidamente cumplimentado, tanto para el inicio, modificación, traslado e incluso cese total de la actividad industrial. (Se presentarán por triplicado).

  2. Certificado Digital oDNI electrónico

  3. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  4. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

  5. En el caso de persona jurídica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

  6. Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial.

Te interesa saber

  1. DESTINATARIOS

    Dentro del ámbito de aplicación de la división A se integran los siguientes tipos de industrias con instalaciones de carácter fijo:

    • Las actividades destinadas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, el aprovechamiento y eliminación de residuos y subproductos, cualesquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados, y en su caso las instalaciones que éstas precisen.
    • Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos.
    • Las actividades de generación distribución y suministro de la energía y productos energéticos. Entre estas actividades se incluyen el suministro al por menor de productos petrolíferos.
    • Las industrias de fabricación de armas y explosivos y aquellas que se declaren de interés para la defensa nacional.
    • Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.
    • Las actividades industriales relativas al medicamento y a la sanidad así como las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.
  2. COMUNICACIÓN DE DATOS

    • Podrán comunicar los datos necesarios para la inscripción aquellas actividades o instalaciones sujetas a autorización, comunicación o declaración responsable.
    • Las industrias o actividades no sujetas a autorización administrativa, comunicación o declaración responsable podrán comunicar los datos una vez inicien su actividad. En otro caso los datos relativos a las mismas podrán ser obtenidos de oficio a partir de la documentación técnica presentada para la puesta en servicio de sus instalaciones o mediante visita de inspección, con el fin de disponer en el registro de los datos actualizados así como de proceder al devengo de la tasa correspondiente a la tramitación de la puesta en servicio de las instalaciones industriales.
    • En todo caso la diligencia del impreso de comunicación de datos del Registro Industrial por parte del Servicio de Industria acredita la correcta puesta en funcionamiento conforme a los reglamentos de seguridad industrial de todas las instalaciones industriales necesarias para el funcionamiento del establecimiento.

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