Participar en la prueba de conocimientos y habilidades para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio o a las actividades de formación deportiva del periodo transitorio de nivel I, correspondiente al año 2017.
Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año de la convocatoria.
No podrán inscribirse en esta prueba aquellas personas que tengan el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o cumplan con alguna de las titulaciones y condiciones declaradas equivalentes a efectos de acceso en la disposición adicional duodécima 1 del real decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Formulario de solicitud.
Si se posee un certificado de profesionalidad:
Quienes soliciten la exención de alguno de los ámbitos por materias aprobadas en la Educación Secundaria Obligatoria:
Para personas asalariadas:
Para personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia:
Para personas trabajadoras voluntarias o becarias:
Copia compulsada del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
En caso de aspirantes con alguna discapacidad que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y medios para la realización de la prueba:
CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA
El jueves día 18 de mayo de 2017.
El calendario y el horario de realización de los distintos ejercicios, está publicado junto con la convocatoria. Las sedes de realización de las pruebas se publicarán en el tablón de anuncios del Instituto de Educación Secundaria La Magdalena de Avilés, el 26 de abril.
Las personas aspirantes deberán ir provistas de:
EXENCIONES
Estarán exentas de realizar estas pruebas, sin que se requiera inscripción previa, las personas que acrediten:
ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
El contenido de esta prueba versará sobre los contenidos del currículo vigente de la Educación Secundaria Obligatoria.
La prueba constará de tres partes, una por cada uno de los ámbitos siguientes:
Dicha prueba será coincidente con la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio de la formación profesional del sistema educativo que se convoque en el ámbito del Principado de Asturias.
CERTIFICADO
Quienes hayan superado la prueba podrán solicitar, en la secretaría del centro docente en el que se haya realizado, la expedición del correspondiente certificado.
En ningún caso se extenderá certificación de haber superado partes de la prueba.
Desde:
29/03/2017Hasta:
11/04/2017Paso 1:
Descarga la solicitud.
Formulario de solicitud en PDF
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Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
IES La Magdalena
Avenida de Leopoldo Alas 1
33402 Avilés
1. Tablón de Anuncios: del IES La Magdalena y centros docentes en los que se realice la prueba.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201300009
Más información
Solicitar la participación en la prueba de madurez para acceder a las enseñanzas artísticas superiores, quienes no estén en posesión del título de Bachiller ni del certificado de superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Para la inscripción será requisito ser mayor de 18 años, o mayor de 16 en el caso de acceso a los estudios superiores de música, o cumplirlos en el año natural de celebración de la prueba.
No estar en posesión del título de Bachiller.
No estar en posesión del certificado de superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Solicitud en modelo normalizado.
Las personas con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de la prueba:
Quienes soliciten la exención recogida en el artículo 5.2 del Anexo IV de la Resolución por la que se convocan las pruebas deberán acompañar a su solicitud la certificación académica correspondiente.
Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, en vigor, que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante.
Las personas con alguna discapacidad , que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de la prueba:
ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
Esta prueba versará sobre los contenidos de las siguientes materias del Bachillerato:
EXENCIONES
1. Estarán exentas de realizar la prueba de madurez de acceso a las enseñanzas artísticas superiores, sin que requiera la inscripción previa, las personas que acrediten la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o de alguna de las siguientes pruebas o parte de prueba convocadas en el ámbito del Principado de Asturias:
a) La prueba de madurez de acceso a Enseñanzas artísticas superiores para quienes no reúnan los requisitos académicos de acceso.
b) La prueba de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior o su parte común.
c) La prueba general de acceso a los Ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño para quienes no reúnan los requisitos académicos de acceso.
d) La prueba de madurez para el acceso a las Enseñanzas deportivas de régimen especial de grado superior para quienes no reúnan los requisitos académicos de acceso.
2. Estarán exentas de realizar la prueba de madurez de acceso a las enseñanzas artísticas superiores, previa inscripción, las personas que acrediten la superación de alguna de las materias de Bachillerato que corresponden a los tres ejercicios de la prueba en el ámbito del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente tabla:
EJERCICIOS | MATERIAS DE BACHILLERATO |
Historia | Historia de España* |
Matemáticas | Matemáticas I* o Matemáticas Aplicadas a las CCSS I* |
Lengua Castellana y Literatura | Lengua Castellana y Literatura II* |
Lengua Extranjera | Primera Lengua Extranjera II* |
*o materia que tenga declarada la correspondencia.
FECHA DE REALIZACIÓN DE LA PRUEBA
El calendario y el horario de realización de los distintos ejercicios están publicados en el anexo V de la convocatoria. Los centros de de realización de las pruebas se publicarán en el tablón de anuncios del Instituto de Educación Secundaria ?La Magdalena? de Avilés, el 26 de abril de 2017.
Las personas aspirantes deberán ir provistas de:
CERTIFICACIÓN
Quienes hayan superado la prueba podrán solicitar, en la secretaría del centro docente en el que se haya realizado, la expedición del correspondiente certificado.
En ningún caso se extenderá certificación de haber superado partes de la prueba.
Desde:
29/03/2017Hasta:
11/04/2017Paso 1:
Descarga la solicitud.
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Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
IES La Magdalena
Avda. de Leopoldo Alas, 1
33402 Avilés
1. Tablón de Anuncios: I.E.S. "La Magdalena" de Avilés y centros docentes en los que se realice la prueba.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201153761
Más información
Participar en la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior o a las actividades de formación deportiva del período transitorio de nivel III, correspondiente al año 2017.
Tener una edad mínima de 19 años en el año de la convocatoria y estar en posesión bien del título de Técnico Deportivo o Técnica Deportiva correspondiente a la modalidad o especialidad deportiva a la que se desea acceder de las enseñanzas deportivas de régimen especial, o acreditar la superación del nivel II de la formación deportiva correspondiente a la modalidad o especialidad deportiva de la actividad de formación deportiva a la que se desea acceder, o bien;
Tener una edad mínima de 18 años en el año de la convocatoria y poseer, además del título de Técnico Deportivo o Técnica Deportiva o superación del nivel II indicados anteriormente, un título de Técnico o Técnica relacionado con aquel al que se desea acceder.
No podrán inscribirse en esta prueba aquellas personas que tengan el título de Bachiller o que tengan o cumplan alguna de las titulaciones o condiciones declaradas equivalentes a efectos de acceso en la disposición adicional duodécima 2 del real decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Formulario de solicitud.
Titulaciones deportivas:
Quienes concurran a la prueba de madurez con 18 años cumplidos en el año en que se realice la prueba, además de lo recogido en el punto anterior:
Las personas con trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH) que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo o medios para la realización de la prueba:
Para aquellas personas que soliciten la exención de la realización de la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior o a las actividades de formación deportiva del periodo transitorio de nivel III, previa inscripción, por acreditar la superación de las materias de Bachillerato que corresponden a los 3 ejercicios de la prueba de acceso en el ámbito del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente relación:
EJERCICIOS | MATERIAS DE BACHILLERATO |
Historia | Historia de España |
Matemáticas | Matemáticas I o Matemáticas Aplicadas a las CCSS I |
Lengua Castellana y Literatura | Lengua Castellana y Literatura II |
Lengua Extranjera | Primera Lengua Extranjera II |
Documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, en vigor, que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante.
Las personas con alguna discapacidad que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo o medios para la realización de la prueba.
CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA
El jueves día 18 de mayo de 2017.
El calendario y el horario de realización de los distintos ejercicios están publicados en el anexo V de la convocatoria. Los centros sede de realización de las pruebas se publicarán en el tablón de anuncios del Instituto de Educación Secundaria La Magdalena de Avilés, el 26 de abril de 2017.
Las personas aspirantes deberán ir provistas de:
EXENCIONES
Estarán exentas de realizar la prueba sin que requiera inscripción previa, las personas que acrediten la superación de alguna de las siguientes partes o pruebas convocadas en el ámbito del Principado de Asturias:
ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
Esta prueba versará sobre los contenidos de las siguientes materias del Bachillerato:
CERTIFICADO
Quienes hayan superado la prueba podrán solicitar, en la secretaría del centro docente en el que se haya realizado, la expedición del correspondiente certificado.
En ningún caso se extenderá certificación de haber superado partes de la prueba.
Desde:
29/03/2017Hasta:
11/04/2017Paso 1:
Descarga la solicitud.
Formulario de solicitud en PDF
(158,19 KB)
Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
IES La Magdalena
Avdenida de Leopoldo Alas 1
33402 Avilés
1. Tablón de Anuncios: IES La Magdalena de Avilés y centros docentes en los que se realice la prueba.
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20051744
Más información
Solicitar la participación en la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño para quienes no estén en posesión del título de Bachiller ni del certificado de superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
1.
Podrán concurrir a la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas de artes plásticas y diseño quienes careciendo de los requisitos académicos de acceso cumplan una de las siguientes condiciones:
a) Tener como mínimo 19 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba.
b) Tener como mínimo 18 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba, y acreditar un título de Técnico relacionado con el ciclo formativo al que se desee acceder.
Solicitud en impreso normalizado.
Quienes concurran a la prueba con 18 años cumplidos en el año en que se realice la prueba:
Las personas que se encuentren matriculadas en algún ciclo formativo de grado medio relacionado con el ciclo formativo al que deseen acceder y estén en condiciones de obtener el título de Técnico o Técnica antes de la realización de la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior:
Quienes soliciten la exención recogida en el artículo 5.2 del Anexo III de la Resolución de convocatoria deberán acompañar a su solicitud la certificación académica correspondiente.
Las personas con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de la prueba:
Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, en vigor, que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante.
Las personas con alguna discapacidad, que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y/o medios para la realización de la prueba:
ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
La prueba constará de tres ejercicios de las siguientes materias:
a) Lengua Castellana y Literatura.
b) Lengua Extranjera (se elegirá entre Inglés o Francés).
c) Matemáticas o Historia (se elegirá una de las dos).
EXENCIONES
1. Estarán exentas de realizar la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño las personas que acrediten la superación de alguna de las siguientes partes o pruebas convocadas en el ámbito del Principado de Asturias:
a) La prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño.
b) La prueba de madurez para el acceso a las Enseñanzas deportivas de régimen especial de grado superior.
c) La prueba de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior o su parte común.
d) La prueba de madurez de acceso a Enseñanzas artísticas superiores, si la persona tiene al menos dicinueve años en el año de la convocatoria o bien si tiene dieciocho años en dicho periodo y además acredita un título de Técnico/a relacionado con el ciclo al que desee acceder.
2. Estarán exentas de realizar la prueba general de acceso a los ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño para quienes no reúnen los requisitos académicos de acceso, previa inscripción, las personas que acrediten la superación de las materias de Bachillerato que corresponden a los tres ejercicios de la prueba en el ámbito del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente relación:
EJERCICIOS | MATERIAS DE BACHILLERATO |
Historia | Historia de España* |
Matemáticas | Matermáticas I* o Matemáticas Aplicadas a las CCSS I* |
Lengua Castellana y Literatura | Lengua Castellana y Literatura II* |
Lengua Extranjera | Primera Lengua Extranjera II* |
*o materia que tenga declarada la correspondencia.
FECHA DE REALIZACIÓN DE LA PRUEBA
El día 26 de abril se publicará en el tablón de anucios del IES La Magdalena (Avilés) el calendario, horario y lugar de realización de los ejercicios.
Las personas aspirantes deberán ir provistas de:
CERTIFICACIÓN
Quienes hayan superado la prueba general de acceso podrán solicitar en la Secretaría del centro de realización, la expedición del certificado acreditativo.
En ningún caso se extenderá certificación de haber superado algún ejercicio de la prueba general de acceso.
Desde:
29/03/2017Hasta:
11/04/2017Paso 1:
Descarga la solicitud.
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Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
Secretaría del IES La Magdalena
C/ Leopoldo Alas 1
33402 Avilés
1. Tablón de Anuncios: IES La MagdalenaC/ Leopoldo Alas 133402 Avilés
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 201700007
Más información
Realizar las pruebas oficiales para demostrar los conocimientos en lengua castellana, matemáticas (y opcionalmente, inglés) que son requeridos para el acceso a los cursos de formación de certificado de profesionalidad de nivel 2 en el caso de que no tengas la titulación académica suficiente.
Estar en edad laboral.
No cumplir el requisito académico exigido para el acceso a la formación asociada a los Certificados de Profesionalidad de nivel 2.
Solicitarlo en tu oficina de empleo.
Formulario de solicitud.
1.
EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS
Paso 1:
Descarga la solicitud.
Formulario de solicitud en PDF
(155,36 KB)
Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
La inscripción se realizará en la oficina de empleo que te corresponda según tu domicilio.
1. Tablón de Anuncios: Se publicarán el tablón de anuncios de cada Centro de Educación de Personas Adultas: 1.- La relación provisional de inscritos 2.- La relación definitiva de inscritos 3.- El calendario, lugar y horario de celebración de cada prueba 4.- Las calificaciones de las pruebas
1.Recurso de alzada
Código: 201600044
Más información
Realizar las pruebas oficiales para demostrar los conocimientos en lengua castellana, matemáticas (y opcionalmente, inglés) que son requeridos para el acceso a los cursos de formación de certificado de profesionalidad de nivel 2 en el caso de que no tengas la titulación académica suficiente.
Estar en edad laboral.
No cumplir el requisito académico exigido para el acceso a la formación asociada a los Certificados de Profesionalidad de nivel 2.
Solicitarlo en tu oficina de empleo.
Formulario de solicitud.
1.
EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS
Paso 1:
Descarga la solicitud.
Formulario de solicitud en PDF
(155,36 KB)
Paso 2:
Cumpliméntala.
Paso 3:
Preséntala en el lugar indicado.
La inscripción se realizará en la oficina de empleo que te corresponda según tu domicilio.
1. Tablón de Anuncios: Se publicarán el tablón de anuncios de cada Centro de Educación de Personas Adultas: 1.- La relación provisional de inscritos2.- La relación definitiva de inscritos3.- El calendario, lugar y horario de celebración de cada prueba4.- Las calificaciones de las pruebas
1.Recurso de alzada
Código: 201600044
Solicitar la participación en las pruebas terminales específicas de certificación del año 2018 de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el Principado de Asturias.
Tener como mínimo 16 años o cumplirlos en el año 2018.
Tener como mínimo 14 años de edad o cumplirlos en el año 2018, en caso de realizar la prueba de certificación de un idioma distinto del cursado en la ESO como primera lengua extranjera.
El alumnado matriculado en una Escuela Oficial de Idiomas podrá inscribirse en las pruebas terminales específicas de certificación.
Para la inscripción en las pruebas terminales específicas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 no será requisito haber cursado enseñanzas en la modalidad presencial de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
No es necesario estar en posesión de un certificado de nivel inferior para inscribirse en el certificado de nivel intermedio,en el de nivel avanzado o en el de nivel C1.
Para efectuar la prueba terminal específica de certificación de cualquier nivel en un idioma de los que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas es necesario acreditar que se posee una nacionalidad que no comporta el conocimiento de dicho idioma.
La inscripción en los niveles básico, intermedio y avanzado del personal que preste servicio en una EOI, se atendrá a lo dispuesto en el artículo 3.5 de la Resolución de 22 de febrero de 2012 y para la inscripción en las pruebas de nivel C1, a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Decreto 59/2014, de 17 de junio.
Solicitud en modelo normalizado.
En caso de realizar la prueba de certificación de un idioma distinto del cursado en la ESO como primera lengua extranjera:
Justificante del abono del precio público.
(Ver: Te interesa saber).
En caso de efectuar la prueba terminal específica de certificación de cualquier nivel en un idioma de los que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas:
Las personas con TDAH que soliciten algún tipo de adaptación de tiempo y/o medios:
Certificado de empadronamiento en vigor a fecha de inscripción.
Certificado acreditativo de discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Certificado acreditativo de estar matriculado en una EOI, y /o en otro centro educativo público o privado autorizado del Principado de Asturias.
Certificado acreditativo de estar prestando servicios como docente en un centro educativo no universitario del Principado de Asturias sostenido con fondos públicos, expedido por la secretaría del centro.
Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI), Pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante en vigor en el momento de la inscripción.
Las personas con alguna discapacidad que soliciten algún tipo de adaptación:
ESTRUCTURA DE LAS PRUEBAS
Las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1 serán comunes para cada uno de los idiomas que se imparten en las EEOOII del Principado de Asturias y constarán de cuatro partes relacionadas con las destrezas comunicativas de:
SUPERACIÓN DE LAS PRUEBAS DE CERTIFICACIÓN
Superar la prueba de certificación de nivel básico permitirá acceder a las enseñanzas en modo presencial de nivel intermedio del idioma correspondiente; la certificación de nivel intermedio permitirá acceder a las enseñanzas de nivel avanzado; la certificación de nivel avanzado permitirá acceder a las enseñanzas de nivel C1.
ABONO DE PRECIO PÚBLICO
A los efectos de bonificaciones y exenciones por la condición de familia numerosa, se aplicará al precio público establecido lo dispuesto en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
Las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos, estarán exentos del pago del precio público de conformidad con la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo. La condición de víctima se acreditará mediante la resolución administrativa correspondiente. En el caso de cónyuge e hijos se adjuntará fotocopia del libro de familia.
El alumnado que presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33% no tendrá obligación de pagar el precio público establecido por la prestación de servicios de enseñanzas de idiomas, debiendo acreditar su condición adecuadamente. Art 4.1 Decreto 51/2016, de 7 de septiembre, de quinta modificación del Decreto 44/2004, de 20 de mayo, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios de enseñanzas de idiomas.
Desde:
27/11/2017Hasta:
23/01/2018 Del 27 de noviembre al 13 de diciembre de 2017, ambos inclusive, primer plazo de inscripción. Alumnado Oficial. Del 10 al 23 de enero de 2018, ambos inclusive, segundo plazo de inscripción. Alumnado Libre.Las solicitudes deberán dirigirse al director o a la directora de la Escuela Oficial de Idiomas correspondiente.
Podrán presentarse en:
Secretarías de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
(EASMU) Edificio Administrativo de Servicios Múltiples
C/ Trece Rosas 2, planta plaza
33005 Oviedo
C/ Alarcón 7
33205 Gijón
o bien a través de cualquiera de las vías establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(En el caso de que la persona solicitante optara por presentar su solicitud en una oficina de Correos, la hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada).
Código: 200750210
Obtener ayudas económicas dirigidas a empresas mercantiles, grupos de empresas, empresarios autónomos y entidades titulares de centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias para la realización de prácticas profesionales de jóvenes de entre 18 y 25 años ( ambos inclusive), que ostenten cualificación profesional, y nula o escasa experiencia laboral.
Ser empresa mercantil, grupo de empresas, empresario autónomo o entidad titular de centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
Realizar previamente la petición de candidatos/as a la oficina del Servicio Público de Empleo, encargada de la preselección de los jóvenes titulados
El número de jóvenes a recibir en prácticas no puede superar al de los/as trabajadores/as en plantilla.
Duración de las prácticas entre 3 y 9 meses
Desarrollar las prácticas en los centros de trabajo bajo la dirección y supervisión de un/a tutor/a designado por la empresa y perteneciente a la plantilla laboral de la misma.
Adquirir previamente el compromiso de contratación laboral del joven, tras el desarrollo de las prácticas, durante un periodo mínimo de 6 meses de jornada completa o equivalente.
NIF de la empresa/ entidad solicitante
Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
Convenio de colaboración y Anexo, cumplimentados, firmados y sellados, por duplicado
Acuerdo Empresa- Joven
Lista de verificación de los requisitos del/ de la joven.
Programa de prácticas en el que se detalle:
Consentimiento para el tratamiento de datos de jóvenes y tutores.
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Plantilla actual de la solicitante: ITA (Informe de trabajadores en alta de un centro de trabajo expedido por la Seguridad Social).
Certificado de empadronamiento
Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias ( Agencia Estatal Tributaria y Hacienda del Principado de Asturias) y Seguridad Social.
Certificado de grado de discapacidad.
Informe de vida laboral
Titulaciones universitarias y no universitarias.
Carnet o libro de familia numerosa.
Datos sobre ayudas económicas derivadas de la situación de desempleo ( Salario social básico u otras rentas de igual naturaleza).
CARACTERÍSTICAS DE LOS JÓVENES
La preselección de los jóvenes corresponde en todo caso al Servicio Público de Empleo atendiendo al perfil formativo solicitado por la empresa, a la cual corresponde llevar a cabo la selección final de entre los candidatos preseleccionados.
La selección última de los/as candidatos/as compete a la empresa/entidad solicitante quién comunicará al Servicio Público de Empleo las personas elegidas, aportando junto con la solicitud, los convenios y anexos cumplimentados por duplicados, así como los acuerdos suscritos con los/as jóvenes seleccionados/as y el consentimiento para el tratamiento de datos de jóvenes y tutores, y el resto de la documentación para la formalización del convenio de colaboración.
DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS
Será de entre 3 y 9 meses. Durante dicho período el/la joven no podrá desarrollar ninguna actividad laboral por cuenta propia o ajena.
Durante ese período la empresa deberá abonar al joven una beca de apoyo de, cuya cuantía será como mínimo, el 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, y deberán ser incluidas en la Seguridad Social conforme al R.D. 1543/2011, de 24 de octubre ( BOE de 18 de noviembre de 2011).
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
Se realizará en régimen de concesión directa, teniendo en cuenta el orden de entrada de la solicitud y la disponibilidad presupuestaria.
El Servicio Público de Empleo podrá denegar la suscripción de este tipo de convenios a aquellos solicitantes que, en el desarrollo de los convenios anteriores hubieran incurrido en incumplimientos graves, tales como:
PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER
6 meses computados desde la fecha de recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
EFECTOS DEL SILENCIO
Desestimatorio.
CONDICIONES PARA TENER DERECHO A LA SUBVENCIÓN
Solo existirá derecho a la percepción de una compensación económica por el desarrollo de las prácticas, en el caso de que se produzca contratación posterior del/la joven por un período mínimo, de 6 meses a jornada completa, o equivalente, y que se realicen tutorías durante todo el período de prácticas y durante los 6 primeros meses siguientes a la suscripción del contrato.
Así mismo, es requisito imprescindible que se haya desarrollado un período de prácticas autorizadas mínimo de 3 meses bajo la supervisión del tutor/a designado/a, y que se presente la solicitud de compensación económica de las prácticas de jóvenes en el modelo normalizado, junto con la documentación justificativa correspondiente, según los plazos y requisitos fijados en el convenio y en la correspondiente información pública. En el supuesto de que la entidad no inste la compensación en plazo, perderá todo derecho a la concesión y cobro de la subvención.
CUANTÍA MÁXIMA DE LA SUBVENCIÓN
Será de 6? por hora de prácticas y joven, siendo subvencionables, únicamente y como máximo, los 6 primeros meses de la etapa de prácticas.
PAGO
El pago se efectuará una vez presentada la documentación justificativa, previa comprobación por parte del servicio gestor de su realidad y adecuación a la finalidad que motiva la concesión de la subvención, siendo necesario que el beneficiario inste el pago en el plazo de 1 mes desde la finalización de las prácticas por el último de los alumnos a los que afecte el convenio.
Desde:
07/03/2017Hasta:
29/12/2017Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso de alzada
Código: 201153823
Más información
Obtener ayudas económicas dirigidas a empresas mercantiles, grupos de empresas, empresarios autónomos y entidades titulares de centros de trabajo para la realización de prácticas profesionales de jóvenes de entre 18 y 25 años, que ostenten cualificación profesional, y nula o escasa experiencia laboral.
Ser empresa mercantil, grupo de empresas, empresario autónomo o entidad titular de centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
El número de jóvenes a recibir en prácticas no puede superar al de los/as trabajadores/as en plantilla.
Copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal (NIF).
Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
Copia de la plantilla actual de la solicitante: ITA (Informe de trabajadores en alta de un centro de trabajo expedido por la Seguridad Social).
Programa de prácticas en el que se detalle:
Consentimiento para el tratamiento de datos de jóvenes y tutores.
Ficha de acreedores.
(Solo en caso de no pertenecer a la base de datos de terceros del Principado de Asturias o pretender un cambio de cuenta bancaria).
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Certificado de empadronamiento.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Certificado de grado de discapacidad.
Informe de vida laboral.
Titulaciones universitarias y no universitarias.
Carnet o libro de familia numerosa.
Datos sobre ayudas económicas derivadas de la situación de desempleo (salario social básico u otras rentas de igual naturaleza).
Plantilla y actividad económica de la entidad.
EXCLUSIONES
Quedan excluidas las prácticas no laborales de jóvenes a realizar por desempleados/as inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil que se suscribirán al amparo de la convocatoria para 2015-2016 con destino a la realización de acciones de formación para el empleo y de prácticas formativas y prácticas no laborales de jóvenes titulados en el marco del sistema de Garantía Juvenil, cofinanciables por el Fondo Social Europeo con cargo al Programa Operativo de Garantía Juvenil.
CARACTERÍSTICAS DE LOS JÓVENES
La preselección de los jóvenes corresponde en todo caso al Servicio Público de Empleo atendiendo al perfil formativo solicitado por la empresa, a la cual corresponde llevar a cabo la selección final de entre los candidatos preseleccionados.
DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS
Será de entre 3 y 9 meses.
Durante ese período la empresa deberá abonar al joven una beca de apoyo de, como mínimo, el 80% del IPREM, e incluirlo en el Régimen General de la Seguridad Social en los términos fijados en el RD 1493/2001 de 24 de octubre.
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
Se realizará en régimen de concesión directa, teniendo en cuenta el orden de entrada de la solicitud y la disponibilidad presupuestaria.
El Servicio Público de Empleo podrá denegar la suscripción de este tipo de convenios a aquellos solicitantes que, en el desarrollo de los convenios anteriores hubieran incurrido en incumplimientos graves, tales como:
PLAZO MÁXIMO PARA RESOLVER
6 meses computados desde la fecha de recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
EFECTOS DEL SILENCIO
Desestimatorio.
CONDICIONES PARA TENER DERECHO A LA SUBVENCIÓN
Solo existirá derecho a la percepción de la ayuda en el caso de que se produzca contratación posterior del/la joven por un período mínimo de 6 meses, a jornada completa o equivalente, y que se realicen tutorías durante todo el período de prácticas y durante los 6 primeros meses siguientes a la suscripción del contrato.
Así mismo, es requisito imprescindible que se haya desarrollado un período de prácticas mínimo de 3 meses y que se presente la solicitud de compensación económica de las prácticas en el modelo normalizado, junto con la documentación justificativa correspondiente, según los plazos y requisitos fijados en el convenio y en la correspondiente información pública. En el supuesto de que la entidad no inste la compensación en plazo, perderá todo derecho a la concesión y cobro de la subvención.
CUANTÍA MÁXIMA DE LA SUBVENCIÓN
Será de 6 por hora de prácticas y joven, siendo subvencionables, únicamente y como máximo, los 6 primeros meses de la etapa de prácticas.
PAGO
El pago se efectuará una vez presentada la documentación justificativa, previa comprobación por parte del servicio gestor de su realidad y adecuación a la finalidad que motiva la concesión de la subvención, siendo necesario que el beneficiario inste el pago en el plazo de 1 mes desde la finalización de las prácticas por el último de los alumnos a los que afecte el convenio.
Desde:
25/02/2016Hasta:
31/12/2016Paso 1:
Iniciar solicitud
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso de alzada
Código: 201153823
Dedicarse exclusivamente a la actividad constitutiva de empresa de trabajo temporal.
Disponer de una estructura organizativa que le permita cumplir las obligaciones que asume como empleador en relación con el objeto social.
Garantizar, el cumplimiento de las obligaciones salariales y para con la Seguridad Social.
Incluir en su denominación los términos "Empresa de Trabajo Temporal".
Para la primera prórroga anual la empresa deberá contar con un número mínimo de doce trabajadores contratados para prestar servicios bajo su dirección con contratos estables o de duración indefinida, a tiempo completo o parcial, por cada mil trabajadores o fracción contratados en el año inmediatamente anterior, computados teniendo en cuenta el número de días totales de puesta a disposición del conjunto de trabajadores, dividido por trescientos sesenta y cinco.
Que se solicite prórroga con una antelación mínima de tres meses a la expiración de la autorización.
Carecer de obligaciones pendientes de carácter fiscal o de Seguridad Social.
No haber sido sancionada con suspensión de actividad en dos o más ocasiones.
Acreditación de que cuenta con un número mínimo de 12 trabajadores, contratados en las condiciones que se indican en los requisitos.
Justificación de haber destinado en el ejercicio económico inmediatamente anterior al que se formula la solicitud de prórroga el 1% de la masa salarial a la formación de los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias.
Declaración de los gastos de personal reflejados en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio económico inmediatamente anterior a formular la solicitd de prórroga, desglosados según la estructura exigida por el Plan General de contabilidad.
Documentación acreditativa de haber actualizado la garantía financiera.
Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
VIGENCIA
La primera autorización tendrá una validez de un año y se podrá prorrogar por dos períodos sucesivos iguales.
GARANTÍA FINANCIERA
Debe alcanzar un importe igual al 10% de la masa salarial del ejercicio económico anterior o al que se hubiera acordado la suspensión de actividades por reincidencia en la comisión de infracciones tipificadas como muy graves en la Ley 14/1994, de 1 de junio, o de la masa salarial del último ejercicio en que tuvo actividad la empresa. En ningún caso dicha cantidad podrá ser inferior a veinticinco veces el salario mínimo interprofesional para los trabajadores desde dieciocho años, vigente en el momento de presentar la solicitud.
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo
Código: 20021578
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