Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la modificación de la autorización de utilización del dominio público marítimo-terrestre en puertos por parte del titular de la misma.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Concurrir alguna de las siguientes causas:

      - Alteración de los supuestos determinantes del otorgamiento de la concesión.

      - Causas de fuerza mayor.

      - Que lo exija su adecuación a los planes o normas correspondientes.

    2. En caso de modificación substancial: La solicitud deberá someterse al procedimiento establecido para el otorgamiento de autorizaciones.

    3. Ser el titular de la autorización.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Documentación que acredite la titularidad.

    2. Justificación de la causa en que se funda la solicitud de modificación.

    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    REQUISITOS. DEFINICIÓN

    Se entenderá como fuerza mayor la regresión no prevista de la costa que no esté originada por las obras objeto de concesión, los movimientos sísmicos o maremotos, los temporales imprevisibles superiores a los de cálculo, los incendios no provocados y cualquier otra causa excepcional similar.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Puertos e Infraestructuras del Transporte

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 20022908

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Autorizar la modificación del cambio de Calificación de Vivienda Protegida en alquiler para venta.

    Requisitos

    1. Las viviendas han de estar calificadas provisional o definitivamente en régimen de alquiler.

    2. Presentar solicitud por el titular de la correspondiente Promoción.

    3. Las personas compradoras deberán estar inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias.

    Necesitas

    1. Calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas en régimen de alquiler.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    Los criterios para autorizar las modificaciones se recogen en la Resolución de 18 de marzo de 2015 de la Consejera de Bienestar Social y Vivienda.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 201500029

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Autorizar la modificación del cambio de Calificación de Vivienda Protegida en alquiler para venta.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Las viviendas han de estar calificadas provisional o definitivamente en régimen de alquiler.

    2. Presentar solicitud por el titular de la correspondiente Promoción.

    3. Las personas compradoras deberán estar inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas en régimen de alquiler.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    Los criterios para autorizar las modificaciones se recogen en la Resolución de 18 de marzo de 2015 de la Consejera de Bienestar Social y Vivienda.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

    Código: 201500029

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la modificación de parcelas o recintos del Sistema de Identificacion Geográfica de Parcelas (SIGPAC).

    Necesitas

    1. Acreditacion de la representación que ostenta.

      • Documentación acreditativa de la condición de interesado.

      • Salida gráfica del visor de parcelas sobre el recinto alegado.

      • Croquis complementario, en su caso.

      • Copia de la solicitud de ayuda de esa parcela en campañas anteriores.

      • Copia del acta de inspección de esa parcela o referencia a la misma.

      • Copia de documentación presentada con anterioridad ante los organismos competentes referidas a la parcela objeto de alegación.

      • Cédula catastral y salida gráfica de catastro de fincas urbanas.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    3. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    4. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

    Te interesa saber

    1. TIPOS DE MODIFICACIONES

      • Tipo 1. Cambio de uso de un recinto completo. El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto.
      • Tipo 2. Cambio de sistema de explotación (Secano/Regadío) para todos los usos SIGPAC excepto los usos no agrarios: (Corrientes y superficies de agua (AG), Viales (CA), Edificaciones(ED), Improductivos (IM) y zonas Urbanas (ZU)). El interesado no está de acuerdo con el sistema de explotación asignado a un recinto.
      • Tipo 3. Partición de un recinto para cambiar el uso de una parte del mismo. El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto debido a que una fracción del mismo tiene diferente uso.
      • Tipo 4. Partición de un recinto para cambiar de sistema de explotación (secano/regadío) de una parte del mismo. El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto, debido a que una fracción del mismo tiene un sistema de explotación diferente.
      • Tipo 5: Existencia de parcela ubicada en zona urbana que tiene uso agrícola. El interesado destina a un uso agrícola parcelas ubicadas en zonas urbanas.
      • Tipo 9: Cambio coeficiente de admisibilidad de un recinto completo de pastos (CAP). El interesado no está de acuerdo con el coeficiente de admisibilidad en pastos (PA y PR) asignado a un recinto.
      • Tipo 11: Elementos del paisaje: Inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o modificación de geometría. El interesado no está de acuerdo con la información grafica o alfanumérica que la capa de elementos del paisaje registra para los recintos que declara.
      • Tipo 12: Reinicio de la actividad agraria en un recinto con Cultivo Abandonado. Incidencia 117. El interesado no está de acuerdo con la consideración de cultivo abandonado del recinto.
      • Tipo 14: Partición de un recinto para cambiar el coeficiente de admisibilidad en una parte del mismo. El interesado no está de acuerdo con el coeficiente de admisibilidad en pastos asignado a un recinto, debido a que una fracción del mismo tiene un coeficiente de admisibilidad en pastos diferente.
    2. SELECCIÓN DEL PORCENTAJE DE REVISIÓN DEL COEFICIENTE DE ADMISIBILIDAD DE PASTOS (CAP) DEL RECINTO DECLARADO CON USO SIGPAC, PASTO ARBUSTIVO (PR), O PASTO CON ARBOLADO (PA)

      PROV MUN ZONA POLIGONO PARCELA RECINTO
    3. A) SUPERFICIE DISPONIBLE PARA APROVECHAMIENTO GANADERO

      La ganadería puede hacer uso de toda la superficie 100 ?
      Existe alguna zona donde el pastoreo es complicado 75 ?
      El ganado puede alimentarse sólo en la mitad de su superficie 50 ?
      Sólo hay una pequeña parte en la que la ganadería podría alimentarse 25 ?
      La ganadería no podría alimentarse en la totalidad del recinto 0 ?
    4. B) ELEMENTOS QUE IMPIDAN EL ACCESO PARA EL GANADO O PARA LA MANO DE OBRA

      En ningún punto del recinto 100 ?
      Existen obstáculos que dificultan el acceso a una parte 75 ?
      Existen elementos que dificultan el acceso en varias zonas del recinto 50 ?
      Existen elementos que imposibilitan el acceso en un elevado porcentaje de la superficie 25 ?
      Existen elementos que imposibilitan el acceso en la totalidad de la superficie 0 ?
    5. C) DENSIDAD ARBÓREA O ARBUSTIVA

      Muy reducida 100 ?
      Escasa (en proporción con la superficie) 75 ?
      Significativa en proporción con la superficie 50 ?
      Muy elevada 25 ?
      Muy elevada en la totalidad del recinto 0 ?
    6. D) ACTIVIDAD GANADERA

      Pruebas fehacientes en la totalidad del recinto 100 ?
      Pruebas fehacientes en gran parte del recinto 75 ?
      Las pruebas de actividad ganadera se pueden localizar con dificultad 50 ?
      Muy difícil localizar las pruebas de actividad ganadera 25 ?
      No se localizan pruebas de actividad ganadera 0 ?
    7. E) MANTENIMIENTO (LABORES)

      El pasto no está degradado ni invadido por matorral 100 ?
      Se evita la degradación del pasto en la mayor parte del recinto 75 ?
      Se evita la degradación del pasto en la mitad de la superficie del recinto 50 ?
      Se realizan en una pequeña parte de la superficie 25 ?
      No se realizan en la totalidad del recinto 0 ?
    8. PORCENTAJE SUPERFICIE ADMISIBLE = (A + B + C + D + E) / 5 = %

      Porcentaje superficie admisible Valor CAP solicitado
      ? 0 y < 20% 0
      ? 20 y < 30% 25
      ? 30 y < 40% 35
      ? 40 y < 50% 45
      ? 50 y < 60% 55
      (? 60 y < 70% 65
      ? 70 y < 80% 75
      ? 80 y < 90% 85
      ? 90 % 100
      CAP SOLICITADO =

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión de Ayudas a Explotaciones

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201300003

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Solicitar la modificación de parcelas o recintos del Sistema de Identificacion Geográfica de Parcelas (SIGPAC).

    Imprimir

    Necesitas

    1. Acreditacion de la representación que ostenta.

      • Documentación acreditativa de la condición de interesado.

      • Salida gráfica del visor de parcelas sobre el recinto alegado.

      • Croquis complementario, en su caso.

      • Copia de la solicitud de ayuda de esa parcela en campañas anteriores.

      • Copia del acta de inspección de esa parcela o referencia a la misma.

      • Copia de documentación presentada con anterioridad ante los organismos competentes referidas a la parcela objeto de alegación.

      • Cédula catastral y salida gráfica de catastro de fincas urbanas.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    3. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
    4. Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español de la persona interesada.

    Te interesa saber

    1. TIPOS DE MODIFICACIONES:

      • Tipo 1. Cambio de uso de un recinto completo. El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto.
      • Tipo 2. Cambio de sistema de explotación (Secano/Regadío) para todos los usos SIGPAC excepto los usos no agrarios: (Corrientes y superficies de agua (AG), Viales (CA), Edificaciones(ED), Improductivos (IM) y zonas Urbanas (ZU)). El interesado no está de acuerdo con el sistema de explotación asignado a un recinto
      • Tipo 3. Partición de un recinto para cambiar el uso de una parte del mismo. El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto debido a que una fracción del mismo tiene diferente uso.
      • Tipo 4. Partición de un recinto para cambiar de sistema de explotación (secano/regadío) de una parte del mismo. El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto, debido a que una fracción del mismo tiene un sistema de explotación diferente.
      • Tipo 5: Existencia de parcela ubicada en zona urbana que tiene uso agrícola. El interesado destina a un uso agrícola parcelas ubicadas en zonas urbanas.
      • Tipo 9: Otras no previstas anteriormente.
      • Tipo 10: Cambio coeficiente de admisibilidad de un recinto completo de pastos (CAP). El interesado no está de acuerdo con el coeficiente de admisibilidad en pastos (PA y PR) asignado a un recinto.
      • Tipo 12: Elementos Estructurales. Inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o modificación de geometría. El interesado no está de acuerdo con la información grafica o alfanumérica que la capa de elementos estructurales registra para los recintos que declara
      • Tipo 13: Reinicio de la actividad agraria en un recinto con Cultivo Abandonado. Incidencia 117. El interesado no está de acuerdo con la consideración de cultivo abandonado del recinto.
    2. SELECCIÓN DEL PORCENTAJE DE REVISIÓN DEL COEFICIENTE DE ADMISIBILIDAD DE PASTOS (CAP) DEL RECINTO DECLARADO CON USO SIGPAC, PASTO ARBUSTIVO (PR), O PASTO CON ARBOLADO (PA)

      PROV MUN ZONA POLIGONO PARCELA RECINTO
    3. A) SUPERFICIE DISPONIBLE PARA APROVECHAMIENTO GANADERO:

      La ganadería puede hacer uso de toda la superficie 100 ?
      Existe alguna zona donde el pastoreo es complicado 75 ?
      El ganado puede alimentarse sólo en la mitad de su superficie 50 ?
      Sólo hay una pequeña parte en la que la ganadería podría alimentarse 25 ?
      La ganadería no podría alimentarse en la totalidad del recinto 0 ?
    4. B) ELEMENTOS QUE IMPIDAN EL ACCESO PARA EL GANADO O PARA LA MANO DE OBRA

      En ningún punto del recinto 100 ?
      Existen obstáculos que dificultan el acceso a una parte 75 ?
      Existen elementos que dificultan el acceso en varias zonas del recinto 50 ?
      Existen elementos que imposibilitan el acceso en un elevado porcentaje de la superficie 25 ?
      Existen elementos que imposibilitan el acceso en la totalidad de la superficie 0 ?
    5. C) DENSIDAD ARBÓREA Y/O ARBUSTIVA

      Muy reducida 100 ?
      Escasa (en proporción con la superficie) 75 ?
      Significativa en proporción con la superficie 50 ?
      Muy elevada 25 ?
      Muy elevada en la totalidad del recinto 0 ?
    6. D) ACTIVIDAD GANADERA

      Pruebas fehacientes en la totalidad del recinto 100 ?
      Pruebas fehacientes en gran parte del recinto 75 ?
      Las pruebas de actividad ganadera se pueden localizar con dificultad 50 ?
      Muy difícil localizar las pruebas de actividad ganadera 25 ?
      No se localizan pruebas de actividad ganadera 0 ?
    7. E) MANTENIMIENTO (LABORES)

      El pasto no está degradado ni invadido por matorral 100 ?
      Se evita la degradación del pasto en la mayor parte del recinto 75 ?
      Se evita la degradación del pasto en la mitad de la superficie del recinto 50 ?
      Se realizan en una pequeña parte de la superficie 25 ?
      No se realizan en la totalidad del recinto 0 ?
    8. PORCENTAJE SUPERFICIE ADMISIBLE = (A + B + C + D + E) / 5 = %

      Porcentaje superficie admisible Valor CAP solicitado
      ? 0 y < 20% 0
      ? 20 y < 30% 25
      ? 30 y < 40% 35
      ? 40 y < 50% 45
      ? 50 y < 60% 55
      (? 60 y < 70% 65
      ? 70 y < 80% 75
      ? 80 y < 90% 85
      ? 90 % 100
      CAP SOLICITADO =

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo ordinario

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión de Ayudas a Explotaciones

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

    Código: 201300003

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Notificar o comunicar, previa o simultáneamente a su comercialización, la puesta en el mercado de los complementos alimenticios.

    Requisitos

    1. Ser titulares de la empresa responsable del complemento alimenticio puesto en el mercado, bien por ser su fabricante o envasador, o bien por ser su distribuidor.

    2. La empresa responsable de la puesta en el mercado debe estar en posesión de Nº RGSEAA de la clave (Clave 26) y actividad específica para este tipo de productos.

    Necesitas

      • Modelo de etiqueta

      • Si se solicita el reconocimiento mutuo al tratarse de un complemento que ya se comercializa en otro país de la UE, además:

        • Etiqueta original con la que se comercializa en ese Estado Miembro.
        • Respuesta de la autoridad competente de ese Estado Miembro a la notificación de puesta en el mercado.
        • Traducción de la documentación.
      • Copia del documento público o privado, firmado por ambas partes, que acredite el cambio de responsable del producto.

      • Modelo de la nueva etiqueta.

      • Modelo de la nueva etiqueta

      • Modelo de la nueva etiqueta

      • Solicitud cubierta sin documentación alguna

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    DESTINATARIOS

    Empresas alimentarias que tengan su sede o domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y sean las responsables de la puesta en el mercado de los complementos alimenticios a notificar.

    ¿QUÉ SON LOS COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS?

    1. Complementos alimenticios: Los productos alimenticios cuyo fin sea complementar la dieta normal y consistentes en fuentes concentradas de nutrientes o de otras sustancias que tengan un efecto nutricional o fisiológico, en forma simple o combinada, comercializados en forma dosificada, es decir cápsulas, pastillas, tabletas, píldoras y otras formas similares, bolsitas de polvos, ampollas de líquido, botellas con cuentagotas y otras formas similares de líquidos y polvos que deben tomarse en pequeñas cantidades unitarias.

    2. Nutrientes: Las sustancias siguientes:
    a) Vitaminas
    b) Minerales

    En la fabricación de los complementos alimenticios pueden asimismo emplearse las sustancias que hayan sido aprobadas por el Comité Científico de la Alimentación Humana sobre la base de los criterios mencionados para su utilización en la fabricación de alimentos destinados a lactantes y a niños de corta edad, y otros alimentos para usos nutricionales particulares.

    Legislación específica sobre complementos alimenticios

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Sanidad

    Código: 201300022

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Notificar o comunicar, previa o simultáneamente a su comercialización, la puesta en el mercado de los preparados para lactantes.

    Requisitos

    1. Ser titulares de las empresas responsables de la puesta en el mercado de los preparados para lactantes, bien por ser fabricantes o envasadores o por ser distribuidores de los mismos.

    2. La empresa responsable de la puesta en el mercado debe estar en posesión de Nº RGSEAA de la clave (Clave 26) y actividad específica para este tipo de productos.

    Necesitas

      • Etiqueta.

      • Copia del documento público o privado, firmado por ambas partes que acredite el cambio de responsable del producto.

      • Modelo de la nueva etiqueta.

      • Etiqueta nueva.

      • Etiqueta nueva.

      • Solicitud cubierta sin documentación alguna.

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    DESTINATARIOS

    Los titulares de las empresas responsables de la puesta en el mercado de los preparados para lactantes.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Sanidad

    Código: 201300024

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Notificar a la autoridad competente, con carácter previo o simultáneo a la primera puesta en el mercado.

    Requisitos

    1. Ser titular de la empresa fabricante del producto, o responsable de su primera puesta en el mercado o el importador.

    2. La notificación es obligatoria, y deberá ser realizada por el fabricante, o el responsable de la primera puesta en el mercado, mediante la presentación de un modelo de etiquetado del producto a comercializar.

    3. La empresa solicitante debe estar en posesión del Nº RGSEAA correspondiente de la clave (Clave 26) y actividad específica para este tipo de productos.

    Necesitas

      • Etiqueta

      • Copia del documento público o privado, firmado por ambas partes, que acredite el cambio de responsable del producto.
      • Modelo de la nueva etiqueta
      • Etiqueta nueva

      • Etiqueta nueva

      • Impreso de solicitud

    1. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DESTINATARIOS

      Los titulares de las empresas responsables de la puesta en el mercado de los productos alimenticios destinados a una alimentación especial.

    2. PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE SE CONSIDERAN DESTINADOS A UNA ALIMENTACIÓN ESPECIAL Y, POR TANTO, REQUIEREN NÚMERO DE REGISTRO ESPECÍFICO

      • Alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales.
      • Alimentos pobres en sodio, incluidas las sales dietéticas hiposódicas o asódicas.
      • Alimentos sin gluten.
      • Alimentos adaptados a un intenso desgaste muscular, sobre todo para los deportistas.
      • Alimentos destinados a las personas afectadas de perturbaciones en el metabolismo de los glúcidos (diabéticos)
      • Otros productos alimenticios destinados a una alimentación especial.

      Legislación específica de productos alimenticios destinados a una alimentación especial

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Riesgos Ambientales y Alimentarios

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Sanidad

    Código: 201300025

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Presentar el modelo normalizado aprobado por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio en Permanente, en sesión de fecha 30 de julio de 2013, de declaración responsable para obras de reparación, mejora, consolidación y modernización en zona de servidumbre de protección y tránsito del Dominio Público Marítimo Terrestre.

    Requisitos

    1. Ser titular de construcciones o instalaciones en Servidumbre de Protección o Tránsito del Dominio Público Marítimo Terrestre, legalizadas conforme a lo previsto en el apartado primero de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, asi como construidas con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley que resulten contrarias a lo establecido en la misma.

    2. Realización de obras de reparación, mejora, consolidación o modernización sin aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes.

    Necesitas

    1. Plano de la Orden Ministerial del Deslinde correspondiente al emplazamiento de las obras.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DECLARACIÓN RESPONSABLE

      La declaración responsable deberá presentarse en aplicación del apartado 40 del artículo primero de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

    2. AUTORIZACIÓN DE LAS OBRAS

      Las obras a las que afecta la declaración responsable, no podrán ser autorizadas por el órgano urbanístico competente sin que los titulares de las construcciones e instalaciones acrediten haber presentado ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma una declaración responsable en la que de manera expresa y clara manifiesten que tales obras no supondrán aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes y que cumplen con los requisitos establecidos en el punto tercero de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 22/1988 introducido por la Ley 2/2013, sobre eficacia energética y ahorro de agua, cuando les sea de aplicación.

    3. DESLINDES DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE

      La consulta de las líneas de deslindes del Dominio Público Marítimo Terrestre puede realizarse en la Demarcación de Costas de Asturias sita en Plaza España 3, 33071 Oviedo, o en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente según lo establecido en la Disposición adicional primera de la Ley 2/2013.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201300053

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Presentar el modelo normalizado aprobado por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio en Permanente, en sesión de fecha 30 de julio de 2013, de declaración responsable para obras de reparación, mejora, consolidación y modernización en zona de servidumbre de protección y tránsito del Dominio Público Marítimo Terrestre.

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    Requisitos

    1. Ser titular de construcciones o instalaciones en Servidumbre de Protección o Tránsito del Dominio Público Marítimo Terrestre, legalizadas conforme a lo previsto en el apartado primero de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, asi como construidas con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley que resulten contrarias a lo establecido en la misma.

    2. Realización de obras de reparación, mejora, consolidación o modernización sin aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes.

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    Necesitas

    1. Plano de la Orden Ministerial del Deslinde correspondiente al emplazamiento de las obras.

    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DECLARACIÓN RESPONSABLE

      La declaración responsable deberá presentarse en aplicación del apartado 40 del artículo primero de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

    2. AUTORIZACIÓN DE LAS OBRAS

      Las obras a las que afecta la declaración responsable, no podrán ser autorizadas por el órgano urbanístico competente sin que los titulares de las construcciones e instalaciones acrediten haber presentado ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma una declaración responsable en la que de manera expresa y clara manifiesten que tales obras no supondrán aumento de volumen, altura ni superficie de las construcciones existentes y que cumplen con los requisitos establecidos en el punto tercero de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 22/1988 introducido por la Ley 2/2013, sobre eficacia energética y ahorro de agua, cuando les sea de aplicación.

    3. DESLINDES DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE

      La consulta de las líneas de deslindes del Dominio Público Marítimo Terrestre puede realizarse en la Demarcación de Costas de Asturias sita en Plaza España 3, 33071 Oviedo, o en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente según lo establecido en la Disposición adicional primera de la Ley 2/2013.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

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    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

    Código: 201300053

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