Gobierno del Principado de Asturias

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización administrativa para la transmisión de acciones o participaciones que de lugar a un régimen de participaciones significativas (10% o más), conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.

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    Requisitos

    1.Se entiende por participación significativa el hecho de ser titular en una correduría de seguros, directa o indirectamente, de un porcentaje igual o superior al 10 % del capital social, o de los derechos de voto. También tiene la consideración de participación significativa, en los términos que se determinen reglamentariamente, cualquier otra posibilidad de ejercer una influencia notable en la gestión de la correduría de seguros en la que se posea una participación.

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    Necesitas

    1. DOCUMENTACIÓN:

      • Ver formularios.
    2. Certificado Digital oDNI electrónico

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Supervisión Financiera y Seguros

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022768

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización para la transmisión, arrendamiento o gravamen de los derechos de explotación de permisos de exploración y de investigación de minas.

    Requisitos

    1. Transmisión del terreno por cuadrículas completas.

    2. ADQUIRENTE DE LOS PERMISOS DE INVESTIGACIÓN:

      Acreditar capacidad legal suficiente. Acreditar su solvencia técnica y económica.

      Cumplir las condiciones para ser titular de derechos mineros descritas en el título VIII del Real Decreto Legislativo 1303/1986, de 28 de junio (BOE Nº 155, de 30 de junio de 1986).

    Necesitas

    1. Documentación del TRANSMISOR:

      • Proyecto de contrato o el título de transmisión..
      • Documentos que hubiese presentado el titular para la solicitud del permiso (ver capítulos II y III del Reglamento General de Minas, Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, del BOE Nº 295 y 296, de 11 y 12 de diciembre de 1978).
    2. Documentación del ADQUIRENTE DE LOS PERMISOS:

      • Programa de trabajo
      • Presupuesto de las inversiones a realizar
      • Estudio económico de su financiación, con las garantías que se ofrezcan sobre su viabilidad.
      • Documentos acreditativos que justifiquen la capacidad del adquirente para ser titular de derechos mineros.
    3. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. DEFINICIÓN SECCIÓN C

      Pertenecen a la sección C cuantos yacimientos minerales y demás recursos ecológicos no estén clasificados en las secciones A y B y sean objeto de explotación o aprovechamiento conforme a la Ley de Minas.

      Son recursos geotérmicos, incluidos en esta sección, aquellos entre los geológicos que por su temperatura puedan permitir, entre otras aplicaciones, la obtención de energía, en especial térmica, por intermedio de fluidos. Las aguas termales quedan excluidas.

    2. DEFINICIÓN SECCIÓN D

      Los carbones, minerales radiactivos, los recursos geotérmicos, las rocas bituminosas y cualesquiera otros yacimientos minerales o recursos geológicos de interés energético que el Gobierno acuerde incluir.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo
    2. BOE
    3. BOPA

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Promoción y Desarrollo Minero

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021575

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para efectuar operaciones de crédito a largo plazo por parte de entidades locales.

    Están sujetas a autorización:

    • Las nuevas operaciones de crédito a largo plazo cuando el nivel de endeudamiento sea superior al 75% e inferior al 110% de los ingresos corrientes, siempre y cuando el ahorro neto sea positivo.
    • Las que modifiquen las condiciones contractuales o añadan garantías adicionales con o sin intermediación de terceros o sustituyan operaciones de crédito concertadas con anterioridad si se superan los límites establecidos en la DF 31ª de los PGE2013.
    • La concesión de avales a terceros por operaciones de crédito tanto a largo como a corto plazo.

    Requisitos

    1.

    Ver "Más información": Operaciones financieras de las corporaciones locales.

    Necesitas

    1. Documento de aprobación de la operación de endeudamiento en el que consten las características esenciales de la misma. La aprobación se podrá acreditar mediante certificación expedida por el secretario de la entidad local.

    2. Certificación relativa a la aprobación inicial y definitiva del Presupuesto y/o expediente de modificación de créditos, donde se incluye el préstamo así como Boletín Oficial del Principado de Asturias en el que se haya publicado la aprobación del presupuesto de la entidad local o del expediente de modificación de crédito.

    3. Informe económico-financiero de la Intervención municipal en el que se haga constar cuantos extremos afecten a la operación de crédito, analizando especialmente la capacidad de la entidad local para hacer frente en el tiempo a las obligaciones que de ella se deriven. El informe debe recoger:

      • Cálculo del ahorro neto, efectuado conforme a lo establecido en el artículo 53.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
      • Cálculo del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo incluyendo el importe de la operación proyectada.

      Dicho informe, pondrá de manifiesto la incidencia, en su caso, en el cálculo del ahorro neto, del importe de las contribuciones especiales y aprovechamientos urbanísticos y cualesquiera otros ingresos no ordinarios o afectados y cuantificará cualquier deuda vencida y exigible, no considerada en el cálculo del remanente de tesorería, con entidades privadas o públicas.

    4. Estado de situación del remanente de tesorería e información de los recursos afectados.

    5. Certificación acreditativa de recursos liquidados por operaciones corrientes en la liquidación presupuestaria del ejercicio anterior o el inmediato precedente a este último, si la operación se perfecciona en el primer semestre del año.

    6. Relación de todos los préstamos a corto y largo pendientes de reembolso, incluyendo la operación de crédito proyectada y anualidades teóricas de amortización de cada una de ellas.

    7. Informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la liquidación del ejercicio anterior.

    8. Informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en el presupuesto aprobado para el ejercicio corriente. Incluirá, las modificaciones aprobadas, y la incidencia de las previsibles hasta final de ejercicio, con especial referencia a las incorporaciones de crédito. Igualmente, se dará cuenta al órgano de tutela, antes de su tramitación de las modificaciones no comunicadas posteriores a la autorización que afecten al objetivo de estabilidad.

    9. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    Cumplimentar la solicitud y los anexos que proporcione el Servicio de Supervisión Financiera y Seguros dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico: tutelafinanciera-eell@asturias.org

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1. Requerimiento previo al recurso contencioso-administrativo

    2. Recurso contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Supervisión Financiera y Seguros

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022979

    Más información

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización para efectuar operaciones de crédito a largo plazo por parte de entidades locales.

    Están sujetas a autorización:

    • Las nuevas operaciones de crédito a largo plazo cuando el nivel de endeudamiento sea superior al 75% e inferior al 110% de los ingresos corrientes, siempre y cuando el ahorro neto sea positivo.
    • Las que modifiquen las condiciones contractuales o añadan garantías adicionales con o sin intermediación de terceros o sustituyan operaciones de crédito concertadas con anterioridad si se superan los límites establecidos en la DF 31ª de los PGE2013.
    • La concesión de avales a terceros por operaciones de crédito tanto a largo como a corto plazo.

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    Requisitos

    1.

    Ver "Más información": Operaciones financieras de las corporaciones locales.

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    Necesitas

    1. Documento de aprobación de la operación de endeudamiento en el que consten las características esenciales de la misma. La aprobación se podrá acreditar mediante certificación expedida por el secretario de la entidad local.

    2. Certificación relativa a la aprobación inicial y definitiva del Presupuesto y/o expediente de modificación de créditos, donde se incluye el préstamo así como Boletín Oficial del Principado de Asturias en el que se haya publicado la aprobación del presupuesto de la entidad local o del expediente de modificación de crédito.

    3. Informe económico-financiero de la Intervención municipal en el que se haga constar cuantos extremos afecten a la operación de crédito, analizando especialmente la capacidad de la entidad local para hacer frente en el tiempo a las obligaciones que de ella se deriven. El informe debe recoger:

      • Cálculo del ahorro neto, efectuado conforme a lo establecido en el artículo 53.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
      • Cálculo del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo incluyendo el importe de la operación proyectada.

      Dicho informe, pondrá de manifiesto la incidencia, en su caso, en el cálculo del ahorro neto, del importe de las contribuciones especiales y aprovechamientos urbanísticos y cualesquiera otros ingresos no ordinarios o afectados y cuantificará cualquier deuda vencida y exigible, no considerada en el cálculo del remanente de tesorería, con entidades privadas o públicas.

    4. Estado de situación del remanente de tesorería e información de los recursos afectados.

    5. Certificación acreditativa de recursos liquidados por operaciones corrientes en la liquidación presupuestaria del ejercicio anterior o el inmediato precedente a este último, si la operación se perfecciona en el primer semestre del año.

    6. Relación de todos los préstamos a corto y largo pendientes de reembolso, incluyendo la operación de crédito proyectada y anualidades teóricas de amortización de cada una de ellas.

    7. Informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la liquidación del ejercicio anterior.

    8. Informe de evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria en el presupuesto aprobado para el ejercicio corriente. Incluirá, las modificaciones aprobadas, y la incidencia de las previsibles hasta final de ejercicio, con especial referencia a las incorporaciones de crédito. Igualmente, se dará cuenta al órgano de tutela, antes de su tramitación de las modificaciones no comunicadas posteriores a la autorización que afecten al objetivo de estabilidad.

    9. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    Cumplimentar la solicitud y los anexos que proporcione el Servicio de Supervisión Financiera y Seguros dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico: tutelafinanciera-eell@asturias.org

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1. Requerimiento previo al recurso contencioso-administrativo

    2. Recurso contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Supervisión Financiera y Seguros

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022979

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    La autorización para que los funcionarios con habilitación de carácter nacional, que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado, desempeñen, asimismo, en una entidad local próxima, las funciones reservadas en los supuestos contemplados en los arts. 30 y 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

    Requisitos

    1. Ser funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional y que se encuentre ocupando un puesto de trabajo reservado en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

    2. Documento acreditativo de la imposibilidad de efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios.

    3. Que el funcionario esté de acuerdo con la acumulación.

    4. Acuerdo de la entidad local donde se haye destinado el fucionario.

    5. Que la acumulación de funciones se haga en puestos a ellos reservados en una entidad local próxima.

    6. Que lo solicite la corporación local afectada, mediante acuerdo adoptado por el órgano competente.

    Necesitas

    1. Documentación que acredite la conformidad del funcionario con la acumulación.

    2. Documentación acreditativa de la imposibilidad de realizar un nombramiento provisional o comisión de servicios.

    3. Certificación acreditativa de la conformidad de la entidad en la que se halle destinado el funcionario.

    4. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    GRATIFICACIÓN

    El desempeño de las funciones acumuladas dará derecho a la percepción de una gratificación de hasta el 30% de las remuneraciones correspondientes al puesto principal.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo: en caso de resolución denegatoria
    2. Notificación por correo ordinario: en caso de resolución estimatoria

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Relaciones con las Entidades Locales

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 200266

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    La autorización para que los funcionarios con habilitación de carácter nacional, que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado, desempeñen, asimismo, en una entidad local próxima, las funciones reservadas en los supuestos contemplados en los arts. 30 y 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

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    Requisitos

    1. Ser funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional y que se encuentre ocupando un puesto de trabajo reservado en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

    2. Documento acreditativo de la imposibilidad de efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios.

    3. Que el funcionario esté de acuerdo con la acumulación.

    4. Acuerdo de la entidad local donde se haye destinado el fucionario.

    5. Que la acumulación de funciones se haga en puestos a ellos reservados en una entidad local próxima.

    6. Que lo solicite la corporación local afectada, mediante acuerdo adoptado por el órgano competente.

    Imprimir

    Necesitas

    1. Documentación que acredite la conformidad del funcionario con la acumulación.

    2. Documentación acreditativa de la imposibilidad de realizar un nombramiento provisional o comisión de servicios.

    3. Certificación acreditativa de la conformidad de la entidad en la que se halle destinado el funcionario.

    4. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    GRATIFICACIÓN

    El desempeño de las funciones acumuladas dará derecho a la percepción de una gratificación de hasta el 30% de las remuneraciones correspondientes al puesto principal.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo: en caso de resolución denegatoria
    2. Notificación por correo ordinario: en caso de resolución estimatoria

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Relaciones con las Entidades Locales

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 200266

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización para llevar a cabo ensayos y contrastación de garantía sobre objetos fabricados con metales preciosos.

    Requisitos

    1. Disponer de los equipos precisos para realizar, para el oro y la plata, los análisis de acuerdo con el primero de los métodos oficiales determinados en el Reglamento de la Ley de fabricación, tráfico y comercialización de objetos elaborados con metales preciosos (artículos 29 y 30 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero del BOE Nº 60, de 10 de marzo de 1988) para cada uno de estos metales, así como los útiles precisos para punzonar los contrastes de garantía.

    2. Disponer de un jefe de laboratorio, un especialista en análisis químicos y un marcador para toma de muestras y contrastación con experiencia acreditada en la industria de metales preciosos.

    3. Encontrarse inscritos en el Registro Industrial.

    4. Los laboratorios que traten con objetos de platino deberán contar con los equipos necesarios para el ensayo y contraste de aleaciones de este metal.

    5. Ser laboratorios oficiales o autorizados (ver Otros Datos de Interés).

    6. Disponer de los Libros-Registro sellados y foliados en los que se precisen el número de unidades y el peso unitario de cada modelo contrastado o, alternativamente, registros informáticos debidamente controlados, de los que se conserve la pertinente constancia escrita.

    Necesitas

    1.

    Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    DESTINATARIOS

    Se podrán declarar como autorizados para la contratación con las mismas facultades que los laboratorios oficiales, laboratorios establecidos por centros oficiales, entidades colaboradoras o asociaciones sin fines de lucro que ofrezcan las debidas garantías de solvencia e imparcialidad. En tales laboratorios autorizados, la Dirección General de la Consejería competente en la materia designará un interventor para controlar la forma en que se realizan los ensayos y disponer que se contrasten periódicamente los resultados de los ensayos. Igualmente, cuando concurran las debidas garantías, podrá autorizarse la práctica de ensayos y contrastación de garantía en los laboratorios de empresas dedicadas a la fabricación de objetos con metales preciosos, conforme establece el artículo 23.3 del Reglamento de la Ley de fabricación, tráfico y comercialización de objetos elaborados con metales preciosos (Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, del BOE Nº 60, de 10 de marzo de 1988).

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20022909

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización para llevar a cabo ensayos y contrastación de garantía sobre objetos fabricados con metales preciosos.

    Imprimir

    Requisitos

    1. Disponer de los equipos precisos para realizar, para el oro y la plata, los análisis de acuerdo con el primero de los métodos oficiales determinados en el Reglamento de la Ley de fabricación, tráfico y comercialización de objetos elaborados con metales preciosos (artículos 29 y 30 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero del BOE Nº 60, de 10 de marzo de 1988) para cada uno de estos metales, así como los útiles precisos para punzonar los contrastes de garantía.

    2. Disponer de un jefe de laboratorio, un especialista en análisis químicos y un marcador para toma de muestras y contrastación con experiencia acreditada en la industria de metales preciosos.

    3. Encontrarse inscritos en el Registro Industrial.

    4. Los laboratorios que traten con objetos de platino deberán contar con los equipos necesarios para el ensayo y contraste de aleaciones de este metal.

    5. Ser laboratorios oficiales o autorizados (ver Otros Datos de Interés).

    6. Disponer de los Libros-Registro sellados y foliados en los que se precisen el número de unidades y el peso unitario de cada modelo contrastado o, alternativamente, registros informáticos debidamente controlados, de los que se conserve la pertinente constancia escrita.

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    Necesitas

    1.

    Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1.

    DESTINATARIOS

    Se podrán declarar como autorizados para la contratación con las mismas facultades que los laboratorios oficiales, laboratorios establecidos por centros oficiales, entidades colaboradoras o asociaciones sin fines de lucro que ofrezcan las debidas garantías de solvencia e imparcialidad. En tales laboratorios autorizados, la Dirección General de la Consejería competente en la materia designará un interventor para controlar la forma en que se realizan los ensayos y disponer que se contrasten periódicamente los resultados de los ensayos. Igualmente, cuando concurran las debidas garantías, podrá autorizarse la práctica de ensayos y contrastación de garantía en los laboratorios de empresas dedicadas a la fabricación de objetos con metales preciosos, conforme establece el artículo 23.3 del Reglamento de la Ley de fabricación, tráfico y comercialización de objetos elaborados con metales preciosos (Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, del BOE Nº 60, de 10 de marzo de 1988).

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Fluidos y Metrología

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20022909

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener autorización con carácter excepcional para la participación de jóvenes menores de 16 años en espectáculos públicos.

    Requisitos

    1. Deberá solicitarse por los representantes legales del menor.

    2. El permiso deberá constar por escrito y para actos determinados.

    3. La participación del menor en estos espectáculos no podrá suponer peligro para su salud física ni para su formación profesional ni humana.

    Necesitas

    1. Copia del libro de familia.

    2. Consentimiento del menor (mayores de 7 años).

    3. Breve descripción de la obra y en concreto de la intervención del menor en la misma.

    4. Certificado Digital oDNI electrónico

    5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
    6. Documento nacional de identidad del interesado (padre, madre, tutor o representante legal).

    7. Documento nacional de identidad del menor si lo tuviere.

    Te interesa saber

    1.

    OBLIGACIONES

    Concedida la autorización, corresponde al padre o tutor la celebración del correspondiente contrato, requiriéndose también el previo consentimiento del menor, si tuviese suficiente juicio.

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Iniciar solicitud

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Relaciones Laborales

    Tu solicitud será resuelta por

    CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO

    Código: 20021452

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

  • Tramita por Internet

    Consiste en

    Obtener la autorización administrativa para que entidades privadas aseguradoras (mutualidades de previsión social) puedan ejercer una modalidad aseguradora de carácter voluntario complementaria al sistema de Seguridad Social obligatoria cuando su sede y ámbito de operaciones se limiten al territorio del Principado de Asturias.

    Requisitos

    1. Constituirse mediante acuerdo, adoptado en Junta constituyente. Formarán parte de la mutualidad todos los socios que hayan votado a favor del acuerdo de constitución y que serán, al menos, cincuenta.

    2. El acuerdo de fundación de la mutualidad, además de la voluntad de constituirla, habrá de recoger sus estatutos, y se formalizará en escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil.

    Necesitas

    1. Programa de actividades que contenga, al menos, las indicaciones y justificaciones previstas en el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, y en los artículos 14 del RD 1430/2002, y 25 del RD 2486/1998.

    2. Relación de quienes, bajo cualquier título, lleven la dirección efectiva de la entidad, debiendo acompañarse cumplimentado el cuestionario establecido al efecto por el Ministro de Economía referido a la honorabilidad y a las condiciones de cualificación o experiencia profesionales a que se refiere el art. 15 del Real Decreto Legislativo 6/2004.

    3. Indicación, en su caso, de aquellos socios, entidades o personas protectoras que tengan un porcentaje superior al 10% de los derechos de voto o cualquier otra posibilidad de ejercer una influencia notable en la gestión de la mutualidad, debiendo acompañarse cumplimentado el cuestionario establecido al efecto por el Ministro de Economía referido a las condiciones de idoneidad previstas en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 6/2004.

    4. Escritura de constitución* debidamente inscrita en el Registro Mercantil en la que conste la acreditación de la efectividad de la suscripción y desembolso de al menos, la cifra mínima de fondo mutual establecida en el artículo 67.2 del Real Decreto Legislativo 6/2004.

    5. Descripción detallada de aquellas relaciones que constituyan vínculos estrechos de acuerdo con lo definido en el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 6/2004.

    6. Certificado Digital oDNI electrónico

    Te interesa saber

    1. INSCRIPCIÓN

      • La solicitud de autorización administrativa únicamente podrá presentarse tras la adquisición de personalidad jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
      • La autorización determinará la inscripción en el Registro administrativo de mutualidades de previsión social.
      • Las mutualidades podrán realizar las operaciones de seguro permitidas en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 6/2004, en los términos señalados en él.
    2. CLASES

      • Son entidades de Previsión Social a prima fija aquellas que tienen por objeto la cobertura a sus socios de los riesgos asegurados mediante una prima fija pagadera al comienzo del período del riesgo.
      • Son entidades a prima variable aquellas que, fundadas sobre el principio de ayuda recíproca, tienen por objeto la cobertura por cuenta común de los riesgos asegurados a sus socios mediante el cobro de derramas con posterioridad a los siniestros.
    3. *SOLICITUD TELEMÁTICA

      Si se realiza la solicitud por medios telemáticos, se debe anexar en formato digital toda la documentación exigida, excepto la señalada con el símbolo (*), de la que deberá remitirse copia autorizada dentro del plazo de solicitud.

    4. PARA MÁS INFORMACIÓN

      mutualidades@asturias.org

    Plazo de solicitud

    Todo el año

    Cómo solicitarlo

    Paso 1:

    Realiza el trámite desde aquí.

    Te respondemos mediante

    1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

    Recursos

    1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

    Tu solicitud será tramitada por

    Servicio de Supervisión Financiera y Seguros

    Tu solicitud será resuelta por

    Consejería de Hacienda y Sector Público

    Código: 20022774

    Más información

    Normativa relacionada con el servicio

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.