Subvenciones a Entidades Locales para la ejecución del programa "Actívate, PLD"

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Consiste en

Obtener subvenciones destinadas a Entidades Locales del Principado de Asturias para la ejecución de acciones de formación en alternancia con el empleo del Programa "Actívate, Desempleados de Larga Duración" dirigido a desempleados de larga duración mayores de 25 años, con preferencia para los participantes del Programa de Activación para el Empleo del Estado y los mayores de 45 años.

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Requisitos

  1. Ser Entidades Locales del Principado de Asturias, sus organismos autónomos o entidades con competencias en materia de promoción del empleo, bien dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

  2. Tener capacidad técnica y de gestión suficiente para impartir la formación, así como para ejecutar las correspondientes obras o servicios que conlleva el desarrollo del proyecto.

  3. Disponer de acreditación de centro para impartir la formación relacionada con el correspondiente certificado de profesionalidad, siendo la misma previa y vinculante para la aprobación de la subvención. Las entidades promotoras que no dispongan de la acreditación mencionada, tramitarán ésta ante el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias simultáneamente con la solicitud de la subvención.

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Necesitas

  1. Formulario de solicitud.

  2. Documentación que identifique la personalidad de los solicitantes y acreditativa de poder suficiente y subsistente para actuar en nombre y representación de las entidades promotoras.

  3. Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la persona jurídica.

  4. Memoria del proyecto (conforme al punto 6 del apartado tercero de la convocatoria).

  5. Ficha de acreedores debidamente cumplimentado por la entidad bancaria.

    (Solo en caso de no pertenecer a la Base de Datos de Terceros del Principado de Asturias o desear modificar la cuenta bancaria dada de alta en su día).

  6. Documentación acreditativa de la titularidad jurídica del objeto de actuación y de su disponibilidad para la ejecución de la obra o servicios previstos.

  7. Si en tu solicitud NO autorizas a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas necesitas además:
  8. Certificación acreditativa de que la entidad promotora se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

  9. Certificación acreditativa de que la entidad promotora se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias.

  10. Certificación acreditativa de que la entidad promotora se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  11. Situación de alta en la Seguridad Social.

  12. Situación de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE).

  13. Datos sobre posibles percepciones económicas recibidas.

Te interesa saber

  1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

    De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los beneficiarios de las presentes ayudas por tratarse de personas jurídicas, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de las solicitudes se podrá realizar por los siguientes medios:

    • En la sede electrónica del Principado de Asturias a través de la presente ficha de servicio.
    • En el Registro Electrónico General de la AGE o también a través del Punto de Acceso General (ver "Mas información").
    • Utilizando cualquier otra plataforma a la que estén adheridos.
  2. CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO

    • El proyecto va dirigido a desempleados mayores de 25 años, con preferencia para los participantes del Programa de Activación para el Empleo y los mayores de 45 años con baja cualificación profesional o formativa.
    • Recibirán formación relacionada con certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2.
    • Realizarán trabajos reales en entorno laboral. 
    • Los participantes formalizarán un contrato por obra o servicio a tiempo parcial.
    • Recibirán un certificado de profesionalidad con la formación recibida acreditada.
  3. FORMA DE ABONO

    El abono y liquidación de las subvenciones se realizará de la siguiente manera:

    • El 25% de la subvención concedida, exceptuando el importe del incentivo a la inserción, se abonará a la concesión de la subvención, previa solicitud de pago y presentación de certificados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    • El 35% de la subvención concedida, exceptuando el importe del incentivo a la inserción, se abonará una vez iniciado el proyecto, previa presentación de la solicitud del mismo, certificación del inicio de actividad, certificación del horario a realizar y certificados de estar al corriente en materia de tributos y con la Seguridad social.
    • Una vez finalizado el proyecto y justificados la totalidad de los gastos y pagos ejecutados en el desarrollo del mismo, así como el cumplimiento del objeto de la subvención, se procederá al pago del 40% de la subvención concedida, exceptuando el importe del incentivo a la inserción. Se abonará, previa solicitud de transferencia y tras la aportación de la documentación que se especifica en la base duodécima de las reguladoras.
    • La subvención concedida en concepto de incentivo para la inserción, se abonará si hay resultados positivos y cuantificados en la inserción laboral-formativa de los beneficiarios finales, conforme a lo establecido en la base quinta de las reguladoras. Finalizada la acción formativa en alternancia con el empleo, la entidad promotora tendrá un periodo de 6 meses para ocuparse del seguimiento y apoyo a la inserción de los beneficiarios finales del programa. Terminado este periodo, en el plazo de 1 mes la entidad promotora deberá aportar la documentación justificativa en la que se identifiquen los resultados obtenidos de inserción formativa y laboral. La inserción laboral se justificará con certificados de vida laboral y contratos de trabajo y para justificar la inserción formativa se aportará certificación del centro de formación en el que el participante continúe su formación. Así mismo se presentará informe detallado con la dedicación y funciones realizadas por el personal propio que se ha encargado del seguimiento e inserción de los participantes, nóminas del mismo y solicitará el pago de subvención correspondiente al incentivo para la inserción.

Plazo de solicitud

En plazoDesde:

02/11/2016  

Hasta:

22/11/2016

Cómo solicitarlo

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Recursos

1.Recurso de alzada

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Tel. 985108400

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