2003179-Asistencia sanitaria a extranjeros no comunitarios
Tramita por Internet
Consiste en
Prestar asistencia sanitaria a extranjeros, no comunitarios, sin recursos económicos, que se encuentren en España.
Requisitos
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Extranjeros de cualquier edad que figuren inscritos en el Padrón municipal de residencia habitual:
- Carecer de recursos.
- No estar incluidos en ningún régimen de la Seguridad Social.
- Estar empadronado
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Extranjeros no inscritos en el Padrón municipal:
- Acreditar que es menor de 18 años.
- Acreditar que está embarazada.
- Contraer enfermedad grave o accidente (mayores de 18 años).
Necesitas
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Extranjeros no inscritos en el Padrón municipal:
- Todos: no estar incluido en otro régimen de la Seguridad Social a efectos de asistencia sanitaria.
- Menores de 18 años: acreditación de su minoría de edad.
- Embarazadas: acreditación del embarazo.
- Mayores de 18 años: constatación de enfermedad grave o accidente.
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Extranjeros de cualquier edad que figuren inscritos en el Padrón municipal de residencia habitual:
- Pasaporte.
- Declaración de carencia de recursos.
- Certificación municipal de convivencia y dependencia económica del solicitante de los menores o incapacitados que se relacionen en el modelo de solicitud.
- Libro de familia.
- Declaración de no estar incluido en ningún régimen de la Seguridad Social a efectos de asistencia sanitaria.
Te interesa saber
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DESTINATARIOS
Hacer efectivos los derechos señalados en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (artículo 12):
- Los extranjeros que se encuentren en España inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.
- Cualquier extranjero en España tiene derecho a la asistencia pública de urgencia ante enfermedades graves o accidentes hasta su alta médica.
- Los extranjeros menores de 18 años en España tendrán la misma asistencia sanitaria que los españoles.
- Las extranjeras embarazadas tendrán derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y postparto.
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ORGANO QUE RESUELVE
- Extranjeros de cualquier edad que figuren inscritos en el Padrón municipal de residencia habitual: Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Extranjeros no inscritos en el Padrón municipal: La asistencia sanitaria es automática por la constatación de los requisitos.
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RECURSO
Reclamación previa a la vía laboral (art. 71 Ley Procedimiento Laboral).
Plazo de solicitud
Todo el año
Cómo solicitarlo
Paso 1:
Realiza el trámite desde aquí.
Te respondemos mediante
1. Notificación por correo ordinario
Recursos
1.Reclamación previa a la vía jurisdiccional del orden social
Tu solicitud será tramitada por
SESPA - SERV. CENTRALES
Tu solicitud será resuelta por
Consejería de Sanidad
Código: 2003179
Más información
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto Nacional de Silicosis
Calle La Minería 1, 33011, Oviedo
Tel. 985108009
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana
Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo
Consejería de Empleo, Industria y Turismo
Plaza España 1, 33007, Oviedo
Servicio de Salud del Principado de Asturias
Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo
Consejería de Servicios y Derechos Sociales
Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo
Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo
Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"
Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo