La presentación e ingreso de la declaración-liquidación deberá efectuarse en los 20 primeros días naturales del mes siguiente a cada trimestre, salvo en el caso de las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestres, cuyos plazos finalizan los días 5 de agosto y 31 de enero, respectivamente.
Los vencimientos que coincidan con sábado o festivo se trasladarán al primer día hábil siguiente.
Presentación
Dirigido a
Sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre el juego:
las personas físicas o jurídicas o entidades titulares de autorizaciones administrativas para la práctica de juegos mediante apuestas
en defecto de autorización, las personas físicas, jurídicas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización de actividades de juego mediante apuestas.
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía y Hacienda. Hacienda Tributaria de Navarra.
Presentar ante la Hacienda Tributaria de Navarra una relación de los premios de apuestas abonados, cuyo importe sea superior a 3.000 euros.
Plazo
Abierto todo el año.
La presentación de la comunicación debe efectuarse en los 20 primeros días naturales siguientes al mes de que se trate.
Presentación
Dirigido a
Sujetos pasivos de la tasa fiscal sobre el juego:
Personas físicas o jurídicas o entidades, titulares de autorizaciones administrativas para la práctica de juegos mediante apuestas o,
En defecto de autorización las personas físicas, jurídicas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización de actividades de juego mediante apuestas.
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economía y Hacienda Hacienda Tributaria de Navarra
Presentar una declaración-liquidación ante la Hacienda Tributaria de Navarra por el concepto de la tasa fiscal sobre el juego (máquinas o aparatos automáticos).
Plazo
Abierto todo el año.
La presentación e ingreso del modelo J-10 se deberá efectuar trimestralmente, durante los veinte primeros días siguientes a la conclusión de cada trimestre natural, salvo en las declaraciones del segundo y cuarto trimestre, que podrán presentarse hasta los días 5 de agosto y 31 de enero, respectivamente.
Presentación
Dirigido a
Personas físicas o jurídicas o entidades titulares de autorizaciones administrativas para la práctica de juegos mediante la explotación de máquinas o aparatos automáticos.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Acceso a la tramitación online
Puede acceder mediante:
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio) o
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para resolver problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
El plazo para efectuar la declaración e ingreso será el de los 20 primeros días naturales del mes siguiente a cada trimestre, salvo en el caso de las declaraciones correspondientes al segundo y cuarto trimestres, cuyos plazos finalizan los días 5 de agosto y 31 de enero, respectivamente.
Presentación
Dirigido a
Las personas físicas o jurídicas o entidades titulares de autorizaciones administrativas para la práctica del juego del bingo.
En defecto de autorización administrativa, estarán obligadas las personas físicas o jurídicas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización del juego del bingo.
NIF (Número de Identificación Fiscal) + PIN (clave de acceso que se le entregó durante la confección de la declaración de la renta del pasado ejercicio)
Para consultas fiscales sobre este tema puede dirigirse a: Teléfono de atención al contribuyente: 948 505 152 Correo electrónico: hacienda.tributaria.navarra@navarra.es
Para la resolución de problemas informáticos: Teléfono de soporte técnico: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es Horario: lunes a viernes de 8:30 a 17:30 (agosto y septiembre, de 8:30 a 15:00).
Organismo responsable - convocante Economia y Hacienda. Hacienda Tributaria de Navarra
Tramitación y pago de tasas de Seguridad Alimentaria
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Más información
Se pueden realizar las siguientes gestiones:
Tramitación y pago de tasas fijas:
Control sanitario en caso de mordedura
Servicios de captura y recogida (Precios por perro)
Entrega de perros en el Centro de Protección Animal del Gobierno de Navarra en Etxauri (por animal)
Perros adquiridos en adopción por nuevos propietarios
Gastos de estancia en el centro de protección animal del Gobierno de Navarra en Etxauri (mínimo 20 , a partir del quinto día se añadirán 3 por día adiccional de estancia)
Certificación oficial para exportación de productos alimenticios
Atestaciones sanitarias para exportación de alimentos
Actuaciones veterinarias en espectáculos taurinos (Precios por veterinario actuante)
Inscripción inicial en el Registro de Industrias que requieren autorización para su funcionamiento tal y como indica el Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal
Notificaciones de complementos alimenticios con reconocimiento mutuo (por complemento notificado)
Notificaciones de complementos alimenticios sin reconocimiento mutuo (por complemento notificado)
Tramitación y pago de tasas variables:
Mataderos
Salas de despiece
Salas de Manipulación de caza
Almacenamiento de carnes
Control e investigación de sustancias y residuos en la leche y productos lácteos
Control e investigación de sustancias y residuos en ovoproductos
Instalación en el domicilio de un dispositivo electrónico conectado a una central
Plazo
Abierto todo el año.
Presentación
Dirigido a
Personas en situación de dependencia que:
Tengan reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), grado II de dependencia (dependencia severa) o grado I de dependencia (dependencia moderada).
Acrediten residencia efectiva en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia.
Más información
Se trata de un servicio de atención ambulatoria garantizada, que se presta las 24 horas del día todos los días del año:
Respuesta inmediata y, en su caso, movilización cada vez que se active el dispositivo.
Una llamada de cortesía cada quince días.
Recurso asignado en el Programa Individual de Atención para las Personas Dependientes
El Servicio telefónico de emergencia es compatible con todas las prestaciones garantizadas de atención a la dependencia, salvo con las de carácter residencial permanente.
La Sección de Programas y Gestión de Subvenciones de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas realizará una valoración económica del solicitante.
Los datos médicos, sociales y personales serán trasladados al servicio de cortesía (servicio que presta el servicio) para su introducción en su base de datos y en la de SOS Navarra. Posteriormente, este servicio de cortesía trasladará el parte al servicio técnico para su instalación.
Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP) C/ González Tablas 7 31003 Pamplona Teléfono: 902 165 170; 848 426 900 Fax: 948 240 108 Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es
Organismo responsable - convocante Departamento de Derechos Sociales Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
El Servicio telefónico de emergencia no exige ningún informe de idoneidad previo. Está implantado en toda Navarra. La persona usuaria realiza una aportación económica que le es notificada al reconocerle el derecho.
¿Cómo tramitar?
En las oficinas
Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas C/González Tablas, 7 31005 Pamplona
La Sección de Programas y Gestión de Subvenciones de la Agencia Navarra para la Autonomía y Desarrollo de las Personas realizará una valoración económica del solicitante.
Los datos médicos, sociales y personales serán trasladados al servicio de cortesía (servicio que presta el servicio) para su introducción en su base de datos y en la de SOS Navarra. Posteriormente, este servicio de cortesía trasladará el parte al servicio técnico para su instalación.
La Sección de Programas y Gestión de Subvenciones de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas realizará una valoración económica del solicitante.
Los datos médicos, sociales y personales serán trasladados al servicio de cortesía (servicio que presta el servicio) para su introducción en su base de datos y en la de SOS Navarra. Posteriormente, este servicio de cortesía trasladará el parte al servicio técnico para su instalación.
La Sección de Programas y Gestión de Subvenciones de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas realizará una valoración económica del solicitante. Si el solicitante supera el SMI no estará exento del pago de la cuantía correspondiente al servicio.
Los datos médicos, sociales y personales serán trasladados al servicio de cortesía (servicio que presta el servicio) para su introducción en su base de datos y en la de SOS Navarra. Posteriormente, este servicio de cortesía trasladará el parte al servicio técnico para su instalación.
Destinado a tramitar expedientes de conciliación obligatoria en conflictos individuales y colectivos.
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Los plazos para presentar los distintos tipos de reclamaciones son los establecidos en la Ley de Jurisdicción Social.
Presentación
Dirigido a
Los solicitantes que pretendan tramitar cualquier procedimiento laboral ante la jurisdicción del orden social, que presten servicios en esta Comunidad o sea ésta el domicilio de los interesados, a elección del solicitante.
En la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, se señalan las excepciones a este requisito.
Documentación y tramitación
Documentación
Las papeletas de demanda se dirigen a este Departamento (ver "Tramitación presencial) y deben contener lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre.
La parte demandante aportará el original y tantas copias como partes interesadas haya en la demanda, más una.
Modelo de papeleta de demanda castellano/ euskera con sus notas aclaratorias, en el cual se recogen los requisitos exigidos, número de copias, etc., si bien no se trata de un impreso oficial sino de un modelo orientativo para su confección.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
En las oficinas
Registro del Servicio de Trabajo. Sección de Relaciones Laborales Parque Tomás Caballero nº 1, 1ª planta 31006 Pamplona (Navarra)
Una vez registradas las papeletas de demanda, se cita a las partes al acto de conciliación. Tras su celebración, se levanta acta haciendo constar el resultado y se entrega a las partes copias certificadas.
El plazo para la celebración del acto de conciliación es de 15 días.
Desde la fecha de registro de la papeleta hasta el día de la celebración del acto de conciliación, se interrumpe el plazo de caducidad de acciones. (Artículo 7 del Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre).
Normativa
Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre, (BOE nº 291 de 5/12/1979) por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asumen parte de las funciones que tiene encomendadas.
Servicio de Trabajo Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta 31006 Pamplona (Navarra) Teléfono: 848 427 906 Correo electrónico: rlaboral@navarra.es
Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a: Teléfono: 948 013 555 Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es