Tramitación de expedientes de conciliación en conflictos laborales
Destinado a tramitar expedientes de conciliación obligatoria en conflictos individuales y colectivos.
Tramitar
Plazo
Abierto todo el año.
Los plazos para presentar los distintos tipos de reclamaciones son los establecidos en la Ley de Jurisdicción Social.
Presentación
Dirigido a
- Los solicitantes que pretendan tramitar cualquier procedimiento laboral ante la jurisdicción del orden social, que presten servicios en esta Comunidad o sea ésta el domicilio de los interesados, a elección del solicitante.
- En la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, se señalan las excepciones a este requisito.
Documentación y tramitación
Documentación
- Las papeletas de demanda se dirigen a este Departamento (ver "Tramitación presencial) y deben contener lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre.
- La parte demandante aportará el original y tantas copias como partes interesadas haya en la demanda, más una.
- Modelo de papeleta de demanda castellano/ euskera con sus notas aclaratorias, en el cual se recogen los requisitos exigidos, número de copias, etc., si bien no se trata de un impreso oficial sino de un modelo orientativo para su confección.
¿Cómo tramitar?
Por internet
Tramitar Ayuda para tramitación telemática
Solicitud
Puede tramitar:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
- Con Cl@ve.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
Subsanar o incorporar nueva documentación
Puede tramitar:
- Con certificado digital o DNI electrónico.
- Con DNI + PIN. Cómo obtener el PIN
- Con Cl@ve.
Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.
Si tiene problemas informáticos, escriba a soportec@navarra.es o llame al 948013555.
Horario de atención: Lunes-jueves 8:30-17:30 h. Viernes y julio-septiembre 8:30-15:00 h.
En las oficinas
Registro del Servicio de Trabajo.
Sección de Relaciones Laborales
Parque Tomás Caballero nº 1, 1ª planta
31006 Pamplona (Navarra)
Otros lugares de presentación.
Pasos siguientes
- Una vez registradas las papeletas de demanda, se cita a las partes al acto de conciliación. Tras su celebración, se levanta acta haciendo constar el resultado y se entrega a las partes copias certificadas.
- El plazo para la celebración del acto de conciliación es de 15 días.
- Desde la fecha de registro de la papeleta hasta el día de la celebración del acto de conciliación, se interrumpe el plazo de caducidad de acciones. (Artículo 7 del Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre).
Normativa
- Real Decreto 2756/79 de 23 de noviembre, (BOE nº 291 de 5/12/1979) por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asumen parte de las funciones que tiene encomendadas.
- Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Contacto
- Servicio de Trabajo
Sección de Relaciones Laborales y Prevención de Riesgos
Parque Tomás Caballero, 1-1ª planta
31006 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 427 906
Correo electrónico: rlaboral@navarra.es - Para la resolución de cuestiones tecnológicas e informáticas, puede dirigirse a:
Teléfono: 948 013 555
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es