Gobierno de la Rioja

  • Procedimiento por el que se convocan procesos selectivos para la cobertura de plazas vacantes a Categorías de personal estatutario del Servicio Riojano de Salud.

    Requisitos

    Requisitos

    Los exigidos en cada una de las convocatorias.

    Con carácter general:

    1.- Requisitos para poder participar en el proceso selectivo:

    Para poder participar en este proceso selectivo, las personas interesadas deberán reunir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos establecidos en la sección quinta del Capítulo I del Título II del Decreto 2/2011, de 14 de enero. En concreto, deberán reunir los requisitos siguientes, que deberán mantener durante todo el proceso hasta el momento de la toma de posesión:

    a) Tener cumplidos dieciséis (16) años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    b) Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que las personas con nacionalidad española:

    1. Las personas nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

    2. El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    Las personas aspirantes incluidas en los apartados 2 y 3 que no posean la nacionalidad española y que soliciten participar en este proceso selectivo deben saber que, con su solicitud, declaran que cumplen todos los requisitos establecidos en estas bases.

    Las personas extranjeras que no cumplan los requisitos establecidos en los párrafos anteriores podrán acceder, en igualdad de condiciones, a la condición de personal estatutario en la categoría convocada de Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria (E053) mediante la acreditación de su residencia legal en España en los términos que establezca el régimen jurídico vigente en materia de extranjería.

    c) Estar en posesión de la titulación académica que se exija para el acceso a la categoría o especialidad correspondiente o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán presentar la documentación que acredite su reconocimiento oficial y validez en todo el territorio español.

    d) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.

    e) No poseer plaza en propiedad en la categoría convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y siempre antes de la toma de posesión como personal estatutario fijo en el Servicio Riojano de Salud, la persona interesada hubiera tomado posesión en plaza correspondiente a la misma categoría o equivalente de otro Servicio de Salud como consecuencia de un proceso selectivo concurrente con el actual, podrá tomar posesión de la plaza ganada en este proceso siempre que renuncie a su nombramiento anterior de personal estatutario fijo.

    La citada renuncia debe ser aceptada por el Servicio de Salud correspondiente y válida en fecha anterior a la de la toma de posesión.

    f) Haber abonado la correspondiente tasa.

    Además, para el Turno de Promoción Interna:

    a. Ostentar la condición de personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud.

    b. Encontrarse en servicio activo en el Servicio Riojano de Salud como personal estatutario fijo.

    c. Haber prestado servicios como personal estatutario fijo al menos dos años en la categoría de procedencia. En los supuestos de estatutarización del personal funcionario de carrera o laboral fijo, el cómputo del plazo de dos años comprenderá los periodos correspondientes al cuerpo de funcionario o categoría laboral de procedencia.

    2. Requisitos para poder ser nombrados personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud.

    Para poder ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud, las personas que resulten definitivamente aprobadas deberán reunir, además de los requisitos mencionados en el apartado 2.1 de esta Resolución, los siguientes requisitos y mantenerlos hasta la toma de posesión:

    a) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se derivan del correspondiente nombramiento.

    b) No haber sido separadas del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis (6) años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitadas con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

    En el caso de las personas nacionales de los otros Estados distintos al Español, no encontrarse inhabilitadas, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en sus respectivos Estados, ni haber sido separadas por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis (6) años anteriores a la convocatoria.

    c) No poseer plaza en propiedad en la categoría convocada (o equivalente) como personal estatutario fijo a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y siempre antes de la toma de posesión como personal estatutario fijo en el Servicio Riojano de Salud, la persona interesada hubiera tomado posesión en la plaza correspondiente a la misma categoría o equivalente de otro Servicio de Salud como consecuencia de un proceso selectivo concurrente con el actual, podrá tomar posesión de la plaza ganada en este proceso siempre que renuncie a su nombramiento anterior de personal estatutario fijo.

    La citada renuncia debe ser aceptada por el Servicio de Salud correspondiente y válida en fecha anterior a la de la toma de posesión.

    d) No estar condenado, mediante sentencia firme, por los delitos tipificados en los artículos 178 a 194 y 177 bis del Código Penal a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Documentación

    • Tramitación
    • La convocatoria de cada proceso selectivo establecerá los documentos que con carácter obligatorio deben adjuntarse.

      En general, cuando el pago de la tasa se realice de forma no telemática, el justificante bancario de haber realizado el ingreso deberá adjuntarse telemáticamente. En el justificante bancario deberá hacerse constar los siguientes datos:

      • Código de la convocatoria.
      • DNI/NIE de la persona aspirante.
      • Nombre y apellidos de la persona aspirante.
      • El importe de 32,47 euros.

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente por vía telemática, a través del enlace a la presentación en web de este procedimiento que figurará en las siguientes direcciones de Internet: www.larioja.org/empleo-publico/es/oposiciones/personal-estatutario-seris ó www.riojasalud.es/rrhh

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El plazo de presentación de solicitudes vendrá fijado en la convocatoria de cada proceso selectivo: un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

    • Otros plazos

      Plazo de diez (10) días hábiles, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Resolución, Convocatorias

      Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

      Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud.

      Acuerdo de 27 de julio de 2006, que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud.

      Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

      Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social.

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:

      En los procesos selectivos convocados a promoción interna no se exigirá el requisito de titulación para acceso a las categorías de los Subgrupos C1 y C2, salvo que sea necesaria una titulación, acreditación o habilitación profesional específica para el desempeño de las nuevas funciones, siempre que la persona interesada haya prestado servicios durante cinco años en la categoría de origen y ostente la titulación exigida en el grupo inmediatamente inferior al de la categoría a la que aspira a ingresar. A tal efecto, en los casos de estatutarización se entenderá que la misma no rompe el plazo temporal respectivo, bien se trate de personal funcionario o laboral.

  • Tasas: 32,47 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
    • Banca electrónica

    Concepto: Tasa por inscripción en procesos de selección de personal convocados por el Servicio Riojano de Salud.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Teléfono de contacto para las personas opositoras en la sede de la Dirección de Recursos Humanos:

    • 941 29 13 26

    Correo electrónico de contacto para las personas opositoras en la sede de la Dirección de Recursos Humanos:

    Ordenadores de apoyo para el envío telemático de las solicitudes de participación en los procesos selectivos:

    • Dirección de Recursos Humanos: Sala de reuniones, sita en la Planta Baja. C/ Bretón de los Herreros, 33.
    • Hospital San Pedro (Departamento de Personal): Sala ubicada en la Unidad Administrativa C, sita en la 1ª Planta, C/ Piqueras, 98.

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol.

    Requisitos

    Destinatarios

    Aquellas personas interesadas en acceder a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio de Técnico Deportivo en la especialidad de fútbol.

    Requisitos

    Podrán participar en estas pruebas aquellos interesados que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o titulación equivalente a efectos académicos. También podrán concurrir a estas pruebas aquellas personas que tengan alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

    No obstante, será posible también acceder a las pruebas sin estar en posesión de las titulaciones referidas, siempre que el aspirante cumpla alguno de los siguientes requisitos:

    • Haya superado la prueba de acceso al grado medio establecida en el apartado a) del artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
    • Haya superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional Específica.

    Características

    Las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo de fútbol tienen como objetivo que los aspirantes demuestren que poseen la condición física imprescindible y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento la formación.

    El contenido de las pruebas de carácter específico será el establecido en el Anexo I de la Orden 27/2002, de 22 de mayo, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.

    Las pruebas estarán compuestas de dos partes. El objetivo de la primera parte de la prueba es evaluar la condición física del aspirante. La segunda parte de la prueba tendrá como objetivo evaluar las destrezas específicas fundamentales de la especialidad de fútbol.

    Los deportistas de alto nivel o alto rendimiento que reúnan los requisitos de titulación académica estarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico para acceder al Nivel Inicial de las enseñanzas de Técnico Deportivo, especialidad de fútbol, debiendo acreditar dicha condición junto a la solicitud de admisión a los estudios de estas enseñanzas.

    Asimismo, quedarán exentos de realizar las pruebas de carácter específico quienes cumplan algunos de los requisitos establecidos en las letras c) y d) del apartado 2 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, referidos a la especialidad de fútbol.

    Con objeto de garantizar el principio de igualdad de oportunidades, la eficacia de la formación y el posterior ejercicio de las competencias profesionales inherentes al título, en el caso de que hubiera solicitantes con algún grado de discapacidad, la Dirección General de Educación articulará el mecanismo necesario, con la inclusión de asesores expertos o la petición de informes, para que el Tribunal de las pruebas de acceso de carácter específico pueda valorar si el grado de discapacidad y las limitaciones que lleva aparejadas posibilita cursar con aprovechamiento las enseñanzas, alcanzar las competencias correspondientes al título de Técnico deportivo, especialidad en fútbol y, ejercer la profesión.

    Documentación

    • Solicitud, escrito o comunicación
    • Documentación a presentar junto con la solicitud (Anexo I9

      • Copia del Título de Graduado en ESO o de la titulación equivalente a efectos académicos, o del de alguna de las titulaciones establecidas en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
      • Quienes concurran mediante una de las pruebas de acceso al grado medio deberán presentar el documento acreditativo de haber superado alguna de las pruebas referidas
      • Aquellos aspirantes con discapacidad que deseen que esta sea tenida en cuenta por el Tribunal, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, salvo cuando la acreditación corresponda a órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y siempre que el interesado autorice el acceso y comprobación de tales datos.
      • Certificado Médico Oficial, de fecha reciente (máximo 6 meses) y en el que se indique que el aspirante no presenta patología alguna que aconseje limitaciones para realizar los ejercicios de que consta la prueba de carácter específico.
      • La comprobación de la identidad y edad del aspirante se realizará de oficio siempre que el interesado no manifieste su oposición, en cuyo caso, deberá adjuntar la fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite tales extremos.

      Solicitud de inscripción ( 114 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Presentación de solicitudes: 2 a 3 de septiembrede 2019.

    • Otros plazos
      • Publicación de las listas provisionales de admitidos, no admitidos y excluidos. 4 septiembre
      • Presentación de reclamaciones. 5 - 6 septiembre
      • Publicación de listas definitivas de admitidos y no admitidos. 6 septiembre
      • Realización de las pruebas específicas. en el IES La Laboral (Lardero, La Rioja), el 9 de septiembre de 2019, a las 10 horas.
      • Publicación de las calificaciones. 10 septiembre
      • Periodo de reclamación de las calificaciones. 11-12 septiembre

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo, que establece los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de fútbol y fútbol sala, se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas y se regulan las pruebas y los requisitos de acceso a estas enseñanzas.

      Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, , para la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial

      Orden 27/2002, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se establecen los currículos y las pruebas y requisitos de acceso específicos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y de Técnico Deportivo Superior de las especialidades de fútbol y fútbol sala.

      Resolución de 13 de marzo de 2019, Resolución de 5 de marzo de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio correspondientes al título de Técnico Deportivo, especialidad de Fútbol, para el curso 2019/2020

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • José Antonio Hernaiz Alonso
    • Eva María Ortega Vallejo

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de Pruebas de Acceso a ciclos formativos correspondientes a Formación Profesional de Grado Medio y Superior y al Grado Medio de las Enseñanzas Deportivas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Requisitos

    Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio

    • Para concurrir a la prueba de acceso a Grado Medio, se requerirá tener, al menos, 17 años de edad, cumplidos en el año de realización de la prueba y no reunir otros requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio, salvo lo dispuesto en el siguiente apartado:

      • Los alumnos y alumnas que deseen elevar la calificación final obtenida en anteriores pruebas de acceso a ciclos formativos deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción, acompañando el certificado de superación de la misma. Estos alumnos participarán en las pruebas en las mismas condiciones que el resto de alumnos, pudiendo hacer uso de la calificación final obtenida en esta convocatoria, o en anteriores.

    Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior

    • Para acceder a la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior, se requerirá tener, al menos, 19 años de edad, cumplidos en el año de realización de la prueba y no reunir otros requisitos de acceso a grado superior, salvo lo dispuesto en el siguiente apartado.

      • Los alumnos y alumnas que deseen elevar la calificación final obtenida en anteriores pruebas de acceso a ciclos formativos deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción, acompañando el certificado de superación de la misma. Estos alumnos participarán en las pruebas en las mismas condiciones que el resto de alumnos,pudiendo hacer uso de la calificación final obtenida en esta convocatoria, o en anteriores.

    En un mismo curso escolar una persona no se podrá inscribir en las pruebas de acceso en más de una Comunidad Autónoma. La Dirección General de Educación, invalidará en su ámbito territorial los resultados obtenidos por los candidatos que incumplan esta condición.

    Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o hayan superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior no podrán concurrir a la realización de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio.

    Los alumnos y alumnas que deseen elevar la calificación final obtenida en anteriores pruebas de acceso a ciclos formativos deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción, acompañando el certificado de superación de la misma. Estos alumnos participarán en las pruebas en las mismas condiciones que el resto de alumnos, pudiendo hacer uso de la calificación final obtenida en esta convocatoria, o en la anterior.

    Desarrollo de la prueba de acceso

    Consultar los apartados 9 a 14, ambos inclusive, de la Resolución de convocatoria.

    Documentación

    • Solicitud
    • Con carácter general, para efectuar la inscripción para la realización de la prueba de acceso:

    1. Solicitud de inscripción, según modelo normalizado que figura como Anexo I A (Grado Medio) y Anexo I B (Grado Superior), respectivamente y documentos complementarios citados en el mismo.
    2. Justificante bancario de haber satisfecho los derechos de examen
    3. Documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido que acredite la identidad y edad del aspirante

    Condiciones particulares, según las condiciones que aleguen los aspirantes para su inscripción en la prueba de acceso:

    1. Los aspirantes que posean alguna discapacidad que les impida realizar las pruebas con los medios ordinarios, manifestarán esta circunstancia en el momento de la inscripción y adjuntarán a la solicitud la documentación expedida por el organismo competente que certifique dicha discapacidad. El Instituto receptor de la solicitud lo comunicará, antes del 25 abril de 2018, a la Inspección Técnica Educativa para que se estudien las medidas oportunas de adaptación que permitan facilitar el desarrollo de dichas pruebas, junto con un informe en el que conste el tipo de adaptación que se precise.
    2. Los aspirantes que soliciten exención de alguna parte o materia de las pruebas de acceso deberán presentar la documentación que se indica en los apartados décimo para grado medio, y decimotercero para grado superior.
    3. Familia numerosa: los aspirantes que aleguen la condición de pertenecer a Familia Numerosa, deberán presentar la documentación acreditativa oficial que justifique tal extremo.
    4. Los aspirantes que deseen repetir la prueba para elevar la calificación final deberán presentar el certificado de tener superada la prueba en convocatorias anteriores.

    Según el artículo 28 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende otorgado el consentimiento para la consulta de los datos requeridos que afectan a este procedimiento.

    En caso contrario, en el que NO otorgue el consentimiento para la consulta, deberá hacer constar en la solicitud que no se otorga tal consentimiento y aportar la documentación requerida a tal efecto.

    Anexo IA_Solicitud de inscripción Grado Medio ( 55 Kb)

    Anexo IB_Solicitud de inscripción Grado Superior ( 33.7 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar (A través de la Secretaría Virtual de Racima)

    De forma presencial a través de:

    • El Instituto de Educación Secundaria donde vaya a realizarse la prueba (consultar Anexo II)
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El período de inscripción será del 25 de marzo al 3 de abril, ambos inclusive.

      Fin de plazo: 3 de abril de 2019

    • Otros plazos

      Fecha y lugar de realización de las pruebas

      Días 30 y 31 de mayo de 2019, en los Institutos que se detallan en los Anexos II-A y II- B.

    Más información

  • Tasas: 20,00 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta

    Número de Cuenta: ES7900496684192316131398

    Concepto: Se hará constar: NIF, Nombre y Apellidos del participante, así como la expresión "Pruebas de Acceso a los Ciclos Formativos".

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente: Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa

    Persona de contacto: Laura Caballero González

    Asistencia técnica

  • Convocatoria de pruebas libres para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional

    Requisitos

    Tener cumplidos dieciocho años en el momento de la realización de las pruebas para la obtención del título de Técnico o veinte para la obtención del título de Técnico Superior, salvo que en este último supuesto se esté en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se aspira, en cuyo caso la edad exigida será de diecinueve años.

    Centros autorizados para la celebración de las pruebas

    • IES Batalla de Clavijo: Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia.
    • IES Duques de Nájera: Técnico en Emergencias Sanitarias.
    • IES Batalla de Clavijo: Técnico Superior en Integración Social.

    Titulaciones

    1. Para realizar la inscripción en las pruebas para obtener el título de Técnico deberá estar en posesión de alguna de las titulaciones señaladas a continuación:
    • Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
    • Título Profesional Básico.
    • Título de Técnico Auxiliar.
    • Título de Técnico.
    • Título de Bachiller.
    • Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
    • Haber superado, de las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
    • Acreditar tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente.
    • Tener alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado superior establecidos en el apartado siguiente.
    • Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
  • Para inscribirse en las pruebas para obtener el título de Técnico Superior deberá estar en posesión de alguna de las titulaciones señaladas a continuación:
    • Título de Bachiller.
    • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad del Bachillerato Experimental.
    • Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.
    • Título de Técnico o Técnico Especialista o Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
    • Titulación universitaria o equivalente.
    • Otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
  • En caso de no cumplir los requisitos académicos a que se refiere el apartado anterior, deberá acreditarse la superación de la correspondiente prueba de acceso a los ciclos formativos o la superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
  • Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

      • Declaración jurada del interesado, según el modelo del Anexo II de la Orden 5/2010, de 11 de marzo, y que consta como Anexo IV en la Resolución de convocatoria, en la que haga constar no estar matriculado en las modalidades presencial o a distancia en las enseñanzas conducentes al mismo título al que opta en régimen libre.
      • Fotocopia compulsada de los títulos o documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en el apartado primero de la presente Resolución, a excepción de los aspirantes de 19 años que deberán adjuntar fotocopia compulsada del título de Técnico.
      • Comprobante bancario de abono de los derechos de examen
      • Quienes accedan por prueba de acceso a los ciclos formativos o a la universidad para mayores de 25 años, deberán adjuntar fotocopia compulsada del certificado de superación de la prueba de acceso.
      • Además de los documentos anteriores que proceda aportar, y con el fin de establecer la distribución de las plazas convocadas, quienes hayan prestado servicios en centros de trabajo de la empresa radicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante al menos 24 meses, continuos o discontinuos, en el periodo de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación:
    1. Trabajadores por cuenta ajena: certificado de la empresa o contrato de trabajo donde haya adquirido la experiencia laboral en la que se haga constar específicamente la duración del contrato, la actividad laboral desarrollada por el interesado y el número de horas dedicada a la misma.
    2. Trabajadores autónomos o por cuenta propia: descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
    3. Trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia, en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
    4. En los supuestos de los puntos 1º y 2º anteriores, además deberá acompañarse la certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral, que acredite el tiempo trabajado en empresas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Los aspirantes que posean alguna discapacidad adjuntarán a la solicitud la documentación que acredite tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, salvo cuando la acreditación corresponda a órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y siempre que el interesado autorice el acceso y comprobación de tales datos.
  • En todos los supuestos anteriores, la fotocopia compulsada se podrá sustituir por copia de los documentos y una declaración responsable sobre la validez de los mismos.
  • Modelo de solicitud ( 146.5 Kb)

    Declaración jurada. ANEXO II ( 48 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    • Preferentemente, en los Centros Docentes autorizados
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Desde el 19 al 31 de octubre de 2018, ambos inclusive

    • Otros plazos

      Fechas y lugares de celebración de las pruebas

      El calendario de celebración de las pruebas de los diferentes módulos profesionales se hará público en el tablón de anuncios de cada uno de los centros de realización de las mismas (Consultar Centros en el Anexo de la Resolución de convocatoria).

      Las pruebas se realizarán del 21 de enero al 1 de febrero de 2019, ambos inclusive.

    Más información

    • Otros Impresos
    • Normativa:

      Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

      Orden 5/2010, de 11 de marzo, por la que se establecen las bases para la realización de pruebas libres para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

      Resolución de 11 de octubre de 2018, Resolución de convocatoria

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Según normativa aplicable

    • Observaciones:

      Tasas

      • 8,20 euros por cada módulo profesional del que solicita examinarse.
      • Número de Cuenta: ES7900496684192316131398
      • Concepto: Se hará constar: NIF, Nombre y Apellidos del participante, así como la expresión "Pruebas Libres para obtener título de Técnico y Técnico Superior".

  • Tasas: 8,20 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Laura Caballero González

    Asistencia técnica

  • Para la obtención de la licencia de pesca es preciso superar, con anterioridad, un examen que acredite la idoneidad para su práctica.

    Requisitos

    Tipo de examen

    La prueba será teórica y versará sobre los siguientes temas:

    1. Legislación de pesca.
    2. Ecología y biología de las especies objeto de pesca.
    3. Especies del medio acuático protegidas.
    4. Modalidades, técnicas, artes y aparejos de pesca.
    5. Ordenación piscícola.
    6. Normas de seguridad.
    7. Comportamiento y ética del Pescador.

    El examen será tipo test, compuesto por 21 preguntas, con tres respuestas alternativas de la que sólo una será correcta. La superación de la prueba exigirá el acierto de al menos 16 preguntas.

    Exentos del examen del pescador

    1. Los menores de 12 años.
    2. Los pescadores de la Comunidad Autónoma de La Rioja que ya tengan Licencia de Pesca vigente.
    3. Los pescadores que hayan tenido licencia de cualquier Comunidad Autónoma hace menos de 10 años a contar desde la fecha actual y que además dicha licencia haya sido expedida antes de la aprobación del Reglamento de Pesca de La Rioja (16/10/2009).
    4. Si la licencia de otra CCAA fuera posterior al 16 de octubre de 2009, para estar exentos del examen deberán aportar certificado de haber superado el examen del pescador en dicha CCAA.

    Tasas

    Será preceptivo el abono de la tasa correspondiente a tasa 05.14.4: Inscripción en pruebas para la obtención de certificado de aptitud que capacita para la expedición de licencia de pesca. Importe: 38,96 euros cuenta corriente Corriente: Bankia nº ES77 2038-7494-86-6000026952

    Una copia de la misma será entregada en las oficinas de la Dirección General de Biodiversidad con quince días de antelación a la fecha prevista para la realización del examen.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      15 días de antelación a la fecha prevista para la realización del examen.

    • Otros plazos

      Se convocan las dos pruebas periódicas para:

      • 21 de marzo de 2019 a las 17:00 h en La Fombera (Logroño).
      • 26 de julio de 2019 a las 9:30 h en el Edificio Riojaforum (RIOJAFORUM - Palacio de Congresos y Auditorio de La Rioja. Calle San Millán, 25. 26004 Logroño, La Rioja).

    Más información

    • Normativa:

      Ley 2/2006, de 28 de febrero, de Pesca de La Rioja.

      Decreto 75/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2006 de 28 de febrero, de Pesca de La Rioja.

      Orden AGR/1/2019, de 30 de enero, por la que se fijan los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con la misma en aguas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante el año 2019

      Resolución 244/2019, de 7 de febrero, Resolución 244, 2019, de 7 de febrero de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se procede a la convocatoria de pruebas de habilitación para la obtención de la licencia de pesca de la Comunidad Autónoma de La Rioja

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Otros enlaces:

      Más información, en esta página web del Gobierno de La Rioja: La Pesca en La Rioja

  • Tasas: 38,96 euros

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta

    Número de Cuenta: ES7720387494866000026952

    Concepto: Tasa 05.14.4: Inscripción en pruebas para la obtención de certificado de aptitud que capacita para la expedición de licencia de pesca.

  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Mª Esther Ruiz De Clavijo Losantos
    • Montserrat Ruiz Pastor
    • licenciasypermisos.cazaypesca@larioja.org

    Asistencia técnica

  • Reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y por vías no formales de formación, en las cualificaciones de Atención sociosanitaria a personas en el domicilio y Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

    Requisitos

    Unidades de competencia y plazas convocadas

    • SSC089_2: Atención sociosanitaria a personas en el domicilio: 150 plazas. Unidades de competencia:
    1. UC0249_2: Desarrollar intervenciones de atención física domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención sociosanitaria.
    2. UC0250_2: Desarrollar intervenciones de atención psicosocial domiciliaria dirigidas a personas con necesidades de atención sociosanitaria.
    3. UC0251_2: Desarrollar las actividades relacionadas con la gestión y funcionamiento de la unidad convivencial.
  • SSC320_2: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales: 100 plazas. Unidades de competencia:
    1. UC1016_2: Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar.
    2. UC1017_2: Desarrollar intervenciones de atención física dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    3. UC1018_2: Desarrollar intervenciones de atención sociosanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    4. UC1019_2: Desarrollar intervenciones de atención psicosocial dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional

    Se podrá efectuar solicitud en una o varias unidades de competencia pero solo de una única cualificación.

    Las personas que reuniendo los requisitos de acceso no entren en el cupo de las plazas convocadas, podrán ser objeto de asesoramiento, evaluación y acreditación en etapas posteriores, sin necesidad de efectuar una nueva convocatoria, lo que se les notificará como mínimo con quince días naturales de antelación al inicio de la fase de asesoramiento.

    Destinatarios y requisitos

    Las personas que deseen participar en este proceso deberán cumplir, a fecha de publicación de la resolución de convocatoria, los siguientes requisitos:

    • Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. Este requisito debe mantenerse hasta el final del proceso.
    • Tener 20 años cumplidos.
    • Tener experiencia laboral o formación relacionada con las competencias profesionales, objeto de la convocatoria, que se soliciten:
      • a) En el caso de experiencia laboral: Justificar al menos 3 años de experiencia, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
      • b) En el caso de formación: Justificar al menos 300 horas de formación, en los últimos 10 años hasta la fecha de publicación de esta convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

    Están expresamente excluidas las personas que estén en posesión de títulos de formación profesional o de certificados de profesionalidad admitidos a efectos del Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, o quienes se encuentren realizando un ciclo formativo o un certificado de profesionalidad conducente a la obtención de dichos títulos.

    Las personas que consigan demostrar su competencia profesional en una o varias unidades de competencia, obtendrán la acreditación de las mismas. Dicha acreditación, tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.

    Asimismo, obtendrán información sobre la oferta formativa disponible para adquirir las competencias que no hayan podido demostrar o para completar su itinerario formativo de cara a obtener un certificado de profesionalidad o bien otra titulación en el ámbito de la formación profesional del sistema educativo.

    Documentación

    • Solicitud
    • Junto a la solicitud (Anexo II), se deberá presentar la siguiente documentación:

      • Fotocopia del documento de identidad del solicitante
      • Modelo de curriculum vitae europeo (Anexo III)
      • Declaración relativa a títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad que se poseen o se están cursando (Anexo VII)
      • Documento acreditativo de haber trabajado a 31 de diciembre de 2015 en alguna ocupación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar (Anexo VIII)
      • Certificado de empadronamiento (si se reside en algún municipio de La Rioja)
      • Fotocopia de los documentos que justifiquen la experiencia:Informe de vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa. Los certificados de empresa según el modelo correspondiente:
        • Certificación de empresa, para trabajadores por cuenta ajena (Anexo IV)
        • Declaración de la actividad desarrollada, para trabajadores por cuenta propia (Anexo V)
        • Certificación para trabajador voluntario o becario (Anexo VI)
      • Fotocopia de los documentos que justifiquen la formación

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

      Anexo II. Modelo de solicitud ( 365.7 Kb)

      Anexo III_Modelo de Curriculum Vitae europeo ( 80 Kb)

      Anexo IV_Certificación de empresa ( 123 Kb)

      Anexo V_Declaración de la actividad efectuada ( 122 Kb)

      Anexo VI_Certificación para trabajador o becario ( 122.5 Kb)

      Anexo VII_Declaración relativa a títulos de FP y certificados de profesionalidad ( 122 Kb)

      Anexo VIII_Acreditación de haber trabajado a 31 de diciembre de 2015 ( 123 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      El plazo para presentar la solicitud es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación 27 de julio de 2016).

      El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de julio y finaliza el 27 de agosto

    • Plazo de resolución y notificación

      El plazo máximo para resolver la admisión y para su notificación será de 6 meses desde la publicación de esta convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera dictado resolución, la solicitud podrá entenderse desestimada.

    Más información

    • Normativa:

      Resolución de 13 de julio de 2016, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se convoca el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral de las cualificaciones de atención sociosanitaria a personas en el domicilio y atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

      Decreto 32/2011, de 29 de abril, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, así como por vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

      Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:

      Tasas

      En el supuesto de resultar seleccionado, será necesario abonar la tasa de acceso al procedimiento y acudir a las sesiones de asesoramiento cuando se le comunique.

      • Con carácter general esta tasa es de 17,54? por cada unidad de competencia solicitada.
      • Para quien acredite ser miembro de familia numerosa de categoría general es de 8,78 ? por cada unidad de competencia solicitada.
      • Quien acredite serlo de categoría especial o estar en situación de desempleo estará exento.

      El no cumplimiento de lo indicado será entendido como desistimiento de la solicitud.

      Prioridad

      De las solicitudes admitidas, serán prioritarias las realizadas por quienes residan en La Rioja, y dentro de éstas las de los solicitantes cuya situación laboral, a 31 de diciembre de 2015, fuera la de ocupado, en el entorno profesional y funcional definido en la cualificación a la que se encuentren asociadas la unidad o unidades de competencia que se quieran acreditar.

      A los admitidos se les asignará una puntuación en función de la experiencia laboral y la formación, relacionadas con las competencias profesionales a acreditar, en los últimos 10 años:

      • Experiencia laboral: por cada año trabajado a jornada completa, 6 puntos. La experiencia como voluntario o personas becarias no puntúa.
      • La formación realizada: por cada 25 horas de formación, 1 punto. Con un máximo de 24 puntos. La formación que no esté avalada por alguna Administración Pública sólo puntuará un 50%. Los cursos de duración inferior a 10 horas no puntúan.

      Dentro de los admitidos, se seleccionará a quienes obtengan mayor puntuación.

      Información y orientación

      Durante el plazo de admisión se realizarán al menos dos sesiones informativas dirigidas a las personas interesadas en la convocatoria.

      Publicación y notificaciones

      La publicación y las notificaciones de los actos derivados de este procedimiento se efectuarán mediante su publicación en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el sitio web www.larioja.org/empleo y en el tablón de anuncios del Departamento de Cualificaciones de La Rioja. Ello sin menoscabo de que puedan efectuarse notificaciones individuales por escrito, en cuyo caso, será la fecha de éstas la que cuente a efectos de cómputo de plazos.

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Sección de Cualificaciones Profesionales

  • Ayudas para apoyar operaciones de estrategia local participativa del Grupo de Acción Local Asociación para el Desarrollo de La Rioja Suroriental (ADR): aportación de documentación

    Requisitos

    Beneficiarios

    Tendrán la consideración de destinatarios de las ayudas los promotores de las actividades o inversiones que a continuación se detallan:

    • Las personas físicas o jurídicas de carácter privado. En el caso de empresas tan solo podrán recibir subvenciones derivadas de la aplicación del enfoque Leader aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser pequeñas empresas o microempresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE, sobre la definición de micro, pequeñas y medianas empresas
    • Las entidades jurídicas de carácter local o comarcal: Ayuntamientos, Mancomunidades, Consorcios y Entidades Locales Menores
    • Los Grupos de Acción Local
    • Las agrupaciones sin personalidad jurídica

    Actividades subvencionables

    a) Proyectos productivos: Serán los que se dirigen a la producción de bienes o servicios comercializados o que puedan comercializarse o que aumenten el valor de propiedades de titularidad privada siempre que dichas propiedades estén integradas en el proceso productivo de una actividad empresarial.

    b) Proyectos no productivos: los que no suponen un desarrollo de la actividad económica o no están afectos a una actividad económica, y los propios de entidades públicas, siempre que afecten al ejercicio de competencias propias, o de entidades sin ánimo de lucro.

    Cuantía de las ayudas

    La cuantía máxima de la ayuda por promotor y convocatoria no podrá superar el importe de 130.000 euros para inversiones de carácter productivo y no productivo y de 30.000 euros en el caso de inversiones en enoturismo y las que tengan por objeto establecimientos turísticos.

    Los criterios de selección de proyectos figuran en el anexo 1 de la convocatoria.

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud se acompañará, con carácter general y con independencia de la específica de cada acción, de la documentación siguiente, cuando sea requerida por el organo gestor.

      • Autorización para recabar los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos y con la Seguridad Social, excepto cuando los solicitantes sean ayuntamientos o entidades públicas.
      • Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos o inmuebles sobre los que se ejecuta el proyecto, o de la disponibilidad de los mismos durante el periodo mínimo equivalente a aquel en que se va a exigir la permanencia de la inversión.
      • Si la subvención se concede a un ayuntamiento, mancomunidad o consorcio éste deberá presentar, antes de la resolución de concesión, la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento o por el Órgano de gobierno que corresponda, de la consignación presupuestaria necesaria para la ejecución del proyecto.
      • Memoria explicativa y valorada de la actuación a desarrollar, acompañada, en su caso del proyecto o presupuesto o de facturas pro-forma.
      • Para los proyectos productivos se acompañará un plan de viabilidad de la inversión.

      Presentación de solicitudes

      En la sede del Grupo de Acción Local, en la Consejería de Agricultura, en las Oficinas Comarcales Agrarias y en el Servicio de Atención al Ciudadano, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja.

      Modelo de solicitud ( 111.4 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    1. De forma electrónica desde el botón "Tramitar"

    Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico pdr@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    2. De forma presencial (solo personas físicas) a través de:

    • Sede del Grupo de Acción Local: Plaza Orenzana 6, entreplanta derecha. Arnedo

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Fin del plazo: 31 de enero de 2019 a las 14 horas

    Más información

    • Normativa:

      Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020

      Convocatoria 2019

      Extracto convocatoria 2019

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      No tiene

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Sara Morales Mayor (ext. 33874)

    Asistencia técnica

  • Ayudas para apoyar operaciones de estrategia local participativa del Grupo de Acción Local Asociación para el Desarrollo de La Rioja Suroriental (ADR): aportación de documentación

    Requisitos

    Beneficiarios

    Deberán aportar la documentación que les sea requerida por el órgano gestor

     

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud se acompañará, con carácter general y con independencia de la específica de cada acción, de la documentación siguiente, cuando sea requerida por el organo gestor.

      • Autorización para recabar los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos y con la Seguridad Social, excepto cuando los solicitantes sean ayuntamientos o entidades públicas.
      • Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos o inmuebles sobre los que se ejecuta el proyecto, o de la disponibilidad de los mismos durante el periodo mínimo equivalente a aquel en que se va a exigir la permanencia de la inversión.
      • Si la subvención se concede a un ayuntamiento, mancomunidad o consorcio éste deberá presentar, antes de la resolución de concesión, la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento o por el Órgano de gobierno que corresponda, de la consignación presupuestaria necesaria para la ejecución del proyecto.
      • Memoria explicativa y valorada de la actuación a desarrollar, acompañada, en su caso del proyecto o presupuesto o de facturas pro-forma.
      • Para los proyectos productivos se acompañará un plan de viabilidad de la inversión.

      Presentación de solicitudes

      En la sede del Grupo de Acción Local, en la Consejería de Agricultura, en las Oficinas Comarcales Agrarias y en el Servicio de Atención al Ciudadano, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja.

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

      Modelo de solicitud ( 52.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    1. De forma electrónica desde el botón Tramitar.

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    2. De forma presencial (solo personas físicas) a través de:

    • Sede del Grupo de Acción Local: Plaza Orenzana 6, entreplanta derecha. Arnedo

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano.

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      La documentación se aportará en el plazo que sea requerido por el órgano gestor.

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Sara Morales Mayor (ext. 33874)  

  • Ayudas para apoyar operaciones de estrategia local participativa del Grupo de Acción Local Centro de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP): aportación de documentación

    Requisitos

    Beneficiarios

    Tendrán la consideración de destinatarios de las ayudas los promotores de las actividades o inversiones que a continuación se detallan:

    Actividades subvencionables

    a) Proyectos productivos: Serán los que se dirigen a la producción de bienes o servicios comercializados o que puedan comercializarse o que aumenten el valor de propiedades de titularidad privada siempre que dichas propiedades estén integradas en el proceso productivo de una actividad empresarial.

    b) Proyectos no productivos: los que no suponen un desarrollo de la actividad económica o no están afectos a una actividad económica, y los propios de entidades públicas, siempre que afecten al ejercicio de competencias propias, o de entidades sin ánimo de lucro.

    Cuantía de las ayudas

    La cuantía máxima de la ayuda por promotor y convocatoria no podrá superar el importe de 75.000 euros para inversiones de carácter productivo y de 60.000 euros para las de carácter no productivo, a excepción de los proyectos presentados por el propio GAL.

    Los criterios de selección de proyectos figuran en el anexo 1 de la convocatoria.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    1. De forma electrónica desde el botón "Tramitar"

    Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico pdr@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    2. De forma presencial (solo personas físicas) a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.

    Plazos

    Más información

  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Sara Morales Mayor (ext. 33874)

    Asistencia técnica

  • Ayudas para apoyar operaciones de estrategia local participativa del Grupo de Acción Local Centro de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP): aportación de documentación

    Requisitos

    Beneficiarios

    Los beneficiarios aportarán la documentación que les sea requerida por el órgano gestor

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud se acompañará de la documentación que le sea requerida por el órgano gestor

      • Autorización para recabar los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos y con la Seguridad Social, excepto cuando los solicitantes sean ayuntamientos o entidades públicas.
      • Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos o inmuebles sobre los que se ejecuta el proyecto, o de la disponibilidad de los mismos durante el periodo mínimo equivalente a aquel en que se va a exigir la permanencia de la inversión.
      • Si la subvención se concede a un ayuntamiento, mancomunidad o consorcio éste deberá presentar, antes de la resolución de concesión, la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento o por el Órgano de gobierno que corresponda, de la consignación presupuestaria necesaria para la ejecución del proyecto.
      • Memoria explicativa y valorada de la actuación a desarrollar, acompañada, en su caso del proyecto o presupuesto o de facturas pro-forma.
      • Para los proyectos productivos se acompañará un plan de viabilidad de la inversión.

      Presentación de solicitudes

      En la sede del Grupo de Acción Local, en la Consejería de Agricultura, en las Oficinas Comarcales Agrarias y en el Servicio de Atención al Ciudadano, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja.

      Aportación de documentos junto con la solicitud

      Si el trámite se hace de forma presencial

      Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

      El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

      Si se hace de manera electrónica

      Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

      Modelo de solicitud ( 52.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    1. De forma electrónica desde el botón Tramitar.

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    2. De forma presencial (solo personas físicas) a través de:

    • Sede del Grupo de Acción Local: C/El Cierzo 1. Tricio

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano.

     

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      La documentación será aportada en el plazo que indique el órgano gestor

    • Plazo de resolución y notificación
      Se notificará antes de que transcurran SEIS meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020

      Convocatoria 2017

      Extracto convocatoria 2017

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      No tiene
  • Tasas: No tiene tasa
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Sara Morales Mayor (ext. 33874)  

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    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.