Convocatoria del Grupo de Acción Local ADR de las ayudas para la realización de operaciones bajo la estrategia de desarrollo rural participativo (medida 19.2, Leader)
Ayudas para apoyar operaciones de estrategia local participativa del Grupo de Acción Local Asociación para el Desarrollo de La Rioja Suroriental (ADR): aportación de documentación
Requisitos
Beneficiarios
Tendrán la consideración de destinatarios de las ayudas los promotores de las actividades o inversiones que a continuación se detallan:
- Las personas físicas o jurídicas de carácter privado. En el caso de empresas tan solo podrán recibir subvenciones derivadas de la aplicación del enfoque Leader aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser pequeñas empresas o microempresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE, sobre la definición de micro, pequeñas y medianas empresas
- Las entidades jurídicas de carácter local o comarcal: Ayuntamientos, Mancomunidades, Consorcios y Entidades Locales Menores
- Los Grupos de Acción Local
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica
Actividades subvencionables
a) Proyectos productivos: Serán los que se dirigen a la producción de bienes o servicios comercializados o que puedan comercializarse o que aumenten el valor de propiedades de titularidad privada siempre que dichas propiedades estén integradas en el proceso productivo de una actividad empresarial.
b) Proyectos no productivos: los que no suponen un desarrollo de la actividad económica o no están afectos a una actividad económica, y los propios de entidades públicas, siempre que afecten al ejercicio de competencias propias, o de entidades sin ánimo de lucro.
Cuantía de las ayudas
La cuantía máxima de la ayuda por promotor y convocatoria no podrá superar el importe de 130.000 euros para inversiones de carácter productivo y no productivo y de 30.000 euros en el caso de inversiones en enoturismo y las que tengan por objeto establecimientos turísticos.
Los criterios de selección de proyectos figuran en el anexo 1 de la convocatoria.
Documentación
- Solicitud
- Autorización para recabar los certificados de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Dirección General de Tributos y con la Seguridad Social, excepto cuando los solicitantes sean ayuntamientos o entidades públicas.
- Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos o inmuebles sobre los que se ejecuta el proyecto, o de la disponibilidad de los mismos durante el periodo mínimo equivalente a aquel en que se va a exigir la permanencia de la inversión.
- Si la subvención se concede a un ayuntamiento, mancomunidad o consorcio éste deberá presentar, antes de la resolución de concesión, la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento o por el Órgano de gobierno que corresponda, de la consignación presupuestaria necesaria para la ejecución del proyecto.
- Memoria explicativa y valorada de la actuación a desarrollar, acompañada, en su caso del proyecto o presupuesto o de facturas pro-forma.
- Para los proyectos productivos se acompañará un plan de viabilidad de la inversión.
La solicitud se acompañará, con carácter general y con independencia de la específica de cada acción, de la documentación siguiente, cuando sea requerida por el organo gestor.
Presentación de solicitudes
En la sede del Grupo de Acción Local, en la Consejería de Agricultura, en las Oficinas Comarcales Agrarias y en el Servicio de Atención al Ciudadano, así como en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja.
Modelo de solicitud ( 111.4 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
1. De forma electrónica desde el botón "Tramitar"
Si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web www.larioja.org/notificaciones, o bien, solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico pdr@larioja.org para lo cual debe indicar qué dirección electrónica pretende que se le habilite.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
2. De forma presencial (solo personas físicas) a través de:
- Sede del Grupo de Acción Local: Plaza Orenzana 6, entreplanta derecha. Arnedo
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano.
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Fin del plazo: 31 de enero de 2019 a las 14 horas
Más información
- Normativa:
Orden 5/2016, de 8 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja 2014/2020
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tiene
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población
- Órgano competente: Dirección General de Desarrollo Rural y Reto Demográfico
- Unidad tramitadora: Servicio de Desarrollo Rural y Reto Demográfico
- Cargo que resuelve: Sr./a. Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Sara Morales Mayor (ext. 33874)




