Procedimiento de tramitación y obtención del Carnet de abonado, para el acceso a las unidades deportivas de la instalación CTD Adarraga, en las condiciones y horarios programados o autorizados por la Dirección General de Deporte.
Requisitos
Los abonados deberán realizar la previa tramitación del Abono en la Dirección General de Deporte.
Documentación
Modelo de solicitud ( 191.4 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de abono a las instalaciones abierto todo el año.
El abono será anual y se renovará automaticamente a menos de que, con un mes de antelación, se notifique por escrito el deseo de no continuar con el abono a la instalación.
Más información
Orden 4/2011, de 29 de noviembre, de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se establecen las normas de uso del Centro de Tecnificación Deportiva "Javier Adarraga" en Logroño.
Decreto 13/2019, de 10 de mayo, por el que se actualizan los precios públicos por el uso de las instalaciones deportivas del Centro de Tecnificación Deportiva Adarraga.
Negativo
Requerimiento previo/Contencioso Administrativo
Las tasas se detallan en el impreso de solicitud
Modos de pago:
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Procedimiento que regula el sistema de acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
Requisitos
Naturaleza de la acreditación:
Áreas de acreditación:
La acreditación puede alcanzar las áreas o grupos de áreas que recoge el artículo 4 del Decreto 68/2005, de 11 de noviembre
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año.
La acreditación tendrá validez por un período de cinco años desde su publicación, debiendo solicitar su renovación el represetante legal de éstos, en caso de quererla prorrogar, antes de los seis meses del término del período de validez de la misma.
Más información
Decreto 68/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el sistema de acreditación de laboratorios de control de calidad de la edificación
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera: grupo C
Requisitos
Los titulares de las instalaciones donde únicamente se realicen actividades incluidas en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, actualizado por el Anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, pertenecientes al grupo C (apartado 3), deberán notificarlo a la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua.
Si alguna de las actividades de la Instalación está sometida a Autorización Ambiental Integrada (AAI), su notificación de Grupo C se integrará dentro del proceso de Autorización Ambiental Integrada.
Documentación
Nuevas solicitudes de inscripción en el registro de instalaciones en las que se desarrollen actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
Instalaciones en funcionamiento que introduzcan modificaciones de los datos registrales
Notificación de APCA C ( 311 Kb)
Libro registro emisiones combustión ( 249.1 Kb)
Libro registro emisiones procesos industriales ( 258.8 Kb)
Libro de registro de emisiones procesos industriales y controles ambientales ( 85.5 Kb)
Notificación de cambio de titularidad ( 537.2 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Tasas 2017 ( 312.1 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.
El plazo de comunicación del Registro es de seis meses a contar desde la fecha de entrada en la Consejería competente, que se hará constar en la anotación efectuada en la notificación.
Más información
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de protección del ambiente atmosférico.
Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera.
Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
Según normativa aplicable
Alzada
Todas las instalaciones con actividades calificadas como potencialmente contaminadoras de la atmósfera serán inspeccionadas por los Organismos de Certificación Acreditados (OCA). El control OCA se llevará a cabo una vez se haya obtenido el correspondiente registro APCA, en los términos que este documento determine. Posteriormente, se realizarán controles periódicos con la siguiente frecuencia:
El OCA dictará un informe al respecto que será remitido a la Dirección General de Calidad Ambiental por el titular de la instalación en un plazo de 10 días.
Los datos de las emisiones se reflejarán en el libro de registro de emisiones, realizado de acuerdo al Anexo IV de la Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación atmosférica de origen industrial.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Correo-e: consultas.atmosfera@larioja.org
Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, grupos A y B
Requisitos
Quedan sometidas a procedimiento de Autorización administrativa aquellas instalaciones que realicen alguna de las actividades incluidas en el catálogo del anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, actualizado por el Anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, y que figuran en dicho anexo como pertenecientes a los grupos A y B.
Las autorizaciones se concederán por un tiempo determinado, nunca superior a ocho años, pasado el cual podrán ser renovadas por periodos sucesivos.
Si alguna de las actividades de la Instalación está sometida a Autorización Ambiental Integrada (AAI), su autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera quedará integrada dentro del proceso de Autorización Ambiental Integrada.
Las instalaciones que sean objeto de una modificación sustancial deberán notificarlo a la Dirección General de Calidad Ambiental en el menor plazo posible.
Documentación
Nuevas solicitudes de autorización de instalaciones en las que se desarrollen actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera:
Modificación sustancial de autorizaciones
Renovación de autorizaciones
Formulario APCA A y B ( 282.4 Kb)
Libro registro registro instalaciones combustión ( 250.2 Kb)
Libro registro emisiones procesos industriales ( 259 Kb)
Libro de registro de emisiones procesos industriales y controles ambientales ( 85.5 Kb)
Notificación de cambio de titularidad ( 537.2 Kb)
Tasas 2017 ( 312.1 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año.
Seis meses, a contar desde la fecha de entrada en la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (que se hará constar en la anotación efectuada en la solicitud).
Más información
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de protección del ambiente atmosférico.
Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera.
Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
Según normativa aplicable
Alzada
Contra la resolución del procedimiento cabe interponer recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que dictó el procedimiento expreso en el plazo de un mes.
El periodo máximo por el que se otorga la autorización es de ocho años, que podrá ser objeto de prórrogas por periodos sucesivos. La solicitud de renovación se presentará al menos 6 meses antes de que finalice el plazo de la autorización vigente.
Todas las instalaciones con actividades calificadas como APCA serán inspeccionadas por los Organismos de Certificación Acreditados (OCA). El control por OCA se llevará a cabo una vez se haya obtenido la correspondiente autorización APCA, en los términos que determine. Posteriormente, se realizarán controles periódicos:
El OCA dictará un informe al respecto que será remitido a la D. G. de Calidad Ambiental por el titular de la instalación en 10 días.
Los datos de las emisiones se reflejarán en el libro de registro de emisiones, realizado de acuerdo al Anexo IV de la Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación atmosférica de origen industrial.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Correo-e: consultas.atmosfera@larioja.org
Admisión en el Ciclo Formativo de Grado Superior de Integración Social en la modalidad de enseñanza a distancia en el curso 2017/2018, que se impartirá en el IES Batalla de Clavijo de Logroño.
Criterios de admisión
El proceso de admisión y matrícula del alumnado en el ciclo formativo de grado superior ''Integración Social'' a distancia se ajustará a lo establecido en la Resolución de 6 de junio de 2017, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2017/2018
Reserva de plazas para alumnos de nuevo ingreso
60% para el alumnado que tenga l título de Bachiller atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
30 % para el alumnado que tenga un título de Técnico atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
10 % para el alumnado que haya superado una de las siguientes opciones, según el orden de prioridad indicado a continuación:
En cada opción se atenderá a los siguientes criterios:
De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se reserva un 5 % de las plazas para los alumnos con discapacidad.
Todas las reservas se mantendrán hasta finalizar el periodo ordinario de matriculación. En ese momento, en caso de no cubrirse la reserva en alguno de los cupos, las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden establecido en este apartado.
Los solicitantes que tengan acreditada la convalidación o la homologación de estudios cursados en sistemas educativos extranjeros por parte del Ministerio de Educación accederán a los ciclos en el cupo de reserva de plazas correspondientes a los estudios con los que se les ha homologado.
Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada. Su solicitud será atendida sólo si quedan vacantes después de que se haya adjudicado plaza a todos los solicitantes que hayan acreditado que cumplen los requisitos académicos. En todo caso, su matrícula será provisional y sólo podrá obtener el título de Técnico Superior si presenta la documentación que acredita que cumple los requisitos de acceso.
Junto a la solicitud debe presentarse original, copia compulsada o copia con declaración jurada donde se reconozca su validez, de la siguiente documentación:
A) Acceso mediante requisitos académicos
B) Acceso mediante prueba
C) Acceso mediante prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años
Para la admisión en el los ciclos formativos la justificación de la experiencia laboral se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
En los casos a) y b) deberá presentarse además, el certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y/o de la Mutua Laboral a la que estuviera afiliado, con indicación de la empresa, categoría laboral y periodo de contratación.
Las personas con discapacidad que cumplan los requisitos de acceso a ciclos formativos establecidos en la normativa vigente, y que soliciten una de las plazas reservadas para las personas con discapacidad, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazo de preinscripción: del 13 al 21 de julio de 2017, ambos inclusive.
El alumnado del centro IES Batalla de Clavijo que esté cursando esta modalidad durante el curso 2016/2017 se matricularán de acuerdo a los siguientes plazos:
El alumnado que no formalice su matrícula en el plazo fijado perderá sus derechos como alumno del centro y todas las plazas vacantes se ofertarán en el proceso de admisión.
Resolución de 6 de junio de 2017, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2017/2018
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Proceso de admisión al ciclo formativo de Grado Superior en "Comercio Internacional" en régimen de enseñanza a distancia para el curso 2016/2017, en el IES Comercio de Logroño.
Requisitos
Criterios de admisión
El proceso de admisión y matrícula del alumnado en el ciclo formativo de grado superior ''Comercio Internacional'' a distancia se ajustará a lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 2016, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2016/2017
Reserva de plazas para alumnos de nuevo ingreso
60% para el alumnado que tenga l título de Bachiller atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
30 % para el alumnado que tenga un título de Técnico atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
10 % para el alumnado que haya superado una de las siguientes opciones, según el orden de prioridad indicado a continuación:
En cada opción se atenderá a los siguientes criterios:
De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se reserva un 5 % de las plazas para los alumnos con discapacidad.
Todas las reservas se mantendrán hasta finalizar el periodo ordinario de matriculación. En ese momento, en caso de no cubrirse la reserva en alguno de los cupos, las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden establecido en este apartado.
Documentación
Junto a la solicitud debe presentarse original, copia compulsada o copia con declaración jurada donde se reconozca su validez, de la siguiente documentación:
A) Acceso mediante requisitos académicos
B) Acceso mediante prueba
C) Acceso mediante prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años
Para la admisión en el los ciclos formativos la justificación de la experiencia laboral se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte del alumno).
- Certificado que acredite la superación de la prueba en el que figure la nota final obtenida. En el supuesto que no figure la calificación se asignará como nota media una puntuación de cinco.
- Trabajadores por cuenta ajena: mediante el certificado de la empresa o contrato de trabajo donde haya adquirido la experiencia laboral en el que haga constar específicamente la duración del contrato, la actividad laboral desarrollada por el interesado y la vigencia del mismo.
- Trabajadores por cuenta propia: mediante descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
- Trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya 'restado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
En los casos a) y b) deberá presentarse además, el certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y/o de la Mutua Laboral a la que estuviera afiliado, con indicación de la empresa, categoría laboral y periodo de contratación.
Las personas con discapacidad que cumplan los requisitos de acceso a ciclos formativos establecidos en la normativa vigente, y que soliciten una de las plazas reservas para las personas con discapacidad, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Anexo I-B_Modelo de solicitud ( 145.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de preinscripción: del 13 al 22 de julio de 2016, ambos inclusive.
El alumnado del centro IES Comercio que esté cursando esta modalidad durante el curso 2015/2016 se matricularán de acuerdo a los siguientes plazos:
El alumnado que no formalice su matrícula en el plazo fijado perderá sus derechos como alumno del centro y todas las plazas vacantes se ofertarán en el proceso de admisión.
Más información
Resolución de 16 de mayo de 2016, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2016/2017
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
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Procedimiento destinado a que los alumnos no escolarizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas, puedan obtener el Certificado de Nivel matriculándose por libre para efectuar los exámenes de fin de ese nivel.
Requisitos
Los alumnos no escolarizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas pueden obtener el Certificado de Nivel Básico, Intermedio o Avanzado, matriculándose por libre para realizar los exámenes de fin de nivel.
El alumnado que se matricule lo hará en una única Escuela de Idiomas. Podrá matricularse en cualquiera de los tres niveles existentes, siempre teniendo en cuenta que durante el mismo curso escolar sólo puede matricularse en uno de ellos.
Para acceder a estas enseñanzas será necesario tener 16 años cumplidos en el año en que se comienzan los estudios. También tendrán acceso los mayores de 14 años, siempre que opten por un idioma distinto al que estén cursando en la Educación Secundaria Obligatoria.
Instrucciones para la matriculación
Información en las páginas web de las Escuelas Oficiales de Idiomas:
Documentación
Consulte la web de
Solicitud_EOI Logroño ( 38.9 Kb)
Solicitud EOI Haro ( 197.3 Kb)
Solicitud EOI Calahorra ( 455 Kb)
Declaración responsable funcionarios docentes EOI Logroño ( 53.3 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma presencial a través de:
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Plazos
Del 15 al 28 de febrero de 2019
Fin de plazo: 28 de febrero de 2019
Más información
Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este Real Decreto.
Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles intermedio B1, intermedio B2, avanzado C1 y avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Decreto 26/2018, de 31 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Orden EDU/11/2019, de 27 de marzo, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado de enseñanzas de idiomas de régimen especial en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Según normativa aplicable
Consulta el importe de las tasas:
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
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Organismo
Contacto
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Las entrevistas informativas de caracter individual sobre adopción y/o acogimiento familiar tienen por objeto ofrecer información sobre normativa, procedimiento, criterios de valoración, características de los menores susceptibles de adopción o acogimiento, así como sobre las responsabilidades que en cada caso han de ser asumidas.
Requisitos
Podrá presentar la solicitud cualquier persona mayor de 18 años sin necesidad de cumplir ningún otro requisito específico.
Contenido basico de la Información
Adopción
Acogimiento Familiar
Documentación
Solicitud correctamente cumplimentada en la que conste el tipo de información solicitada: Adopción Nacional, Adopción Internacional o Acogimiento Familiar, una o varias de ellas en la misma sesión.
Solicitud de entrevista informativa ( 36.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
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Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Abierto todo el año
Más información
Ley 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja.
Decreto 31/2007, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención Administrativa en Materia de Adopción.
Decreto 108/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre intervención de las Administraciones Públicas de La Rioja en la protección y guarda de los menores.
Orden 2/2009, de 29 de enero de la Consejería de Servicios Sociales por la que se regulan determinados aspectos de los procesos relativos a la adopción, en desarrollo del Decreto 31/2007, de 25 de mayo, de intervención administrativa en materia de adopción.
No tiene
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
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Obtención de la condición de socio de los Centros de Participación Activa del Gobierno de La Rioja.
Requisitos
Podrán adquirir la condición de persona usuaria de los Centros de Participación Activa de personas mayores, aquellas personas que se encuentren empadronadas en el territorio de la Comunidad Autónma de La Rioja y reúnan uno de los siguientes requisitos:
a) Tener 60 años o más.
b) Tener entre 55 y 59 años, ambos inclusive, y ostentar la condición de pensionista.
c) Ser cónyuge o persona unida por análoga relación de quien tenga la condición de persona usuaria de un Centro de Participación Activa, manteniendo dicha condición aun cuando se produzca el fallecimento de ésta última o desapareciera lel vínculo con la misma.
Documentación
a) Foto de carné reciente.
b) Documento acreditativo de la condición de pensionista para los solicitantes entre los 55 y 60 años.
Modelo de comunicación previa ( 134.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Para acreditar los requisitos exigidos en el artículo 7 del Decreto 42/2016, el interesado habrá de presentar una comunicación previa, conforme al modelo que figura en al anexo I del Decreto, acompañado de:
a) Foto de carné reciente.
b) Documento acreditativo de la condición de pensionista para los soilcitantes entre los 55 y 60 años.
El modelo de comunicación previa estará disponible en los Centros de Participación Activa así como en la página web del Gobierno de La Rioja.
Las comunicaciones previas debidamente cumplimentadas podrán presentarse en cualquiera de los Centros de Participación Activa de personas mayores, si bien, a efectos de registro con fines estadísticos y a efectos de los órganos de participación y representación, se entenderá inscrito en el censo del Centro de Participación Activa de personas mayores en cuya zona de influencia se encuentra incluido el domicilio del solicitante. Este Centro se entenderá como su centro de referencia.
Examinada la documentación y el cumplimento de los requisitos señalados en el artículo 6 del Decreto 42/2016, el titular de la dirección general competente en materia de servicios sociales, expedirá gratuitamente la tarjeta acreditativa de la condición de socio, en un plazo máximo de tres meses dese la presentación de la comunicación.
Plazos
Abierto todo el año.
Examinada la documentación y el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 6 del Decreto 42/2016, el titular de la dirección general competente en materia de servicios sociales, expedirá gratuitamente la tarjeta acreditativa de la condición de socio, en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la comunicación..
Más información
Decreto 42/2016, de 4 de noviembre, por el que se regula el estatuto de los Centros de Participación Activa para personas mayores
Positivo
Alzada
En el caso de que la comunicación previa y la documentación presentada no acreditara el cumplimiento de los requisitos exigidos, la resolución dictada por la dirección general competente en la materia que declare tales circunstancias será susceptible de ser recurrida en alzada ante el titular de la consejería competente en materia de servicios sociales.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Procedimiento de presentación de la documentación justificativa para el pago mensual de la ayuda al alquiler.
Requisitos
Figurar como beneficiario de ayuda al alquiler, en la resolución de reconocimiento de la obligación del Consejero con competencias en materia de vivienda, en la que constará la relación nominal de los beneficiarios y el importe reconocido a cada uno de ellos.
Documentación
Justificante de pago del recibo de alquiler del mes correspondiente
Modelo de solicitud ( 48 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Presentación primeros justificantes de pago del alquiler: Excepcionalmente, como la resolución de concesión de las ayudas se dicta en abril de 2019, los primeros justificantes correspondientes a los meses de alquiler de enero, febrero, marzo y abril de 2019 se presentarán desde el día 16 abril hasta el día 30 de abril de 2019.
Los siguientes justificantes de pago mensual del alquiler, serán presentados por los beneficiarios entre los días naturales 1 y 15 de los meses de junio, agosto, octubre y diciembre de 2019 y de los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de 2020.
El pago será bimensual.
Más información
Decreto 30/2018, de 25 de julio, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2018-2021.
Orden FOM/81/2018, de 22 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de la ayuda al alquiler de vivienda en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Resolución de 7 de noviembre de 2018, se convoca la subvención regulada en la Orden FOM/81/2018, de 22 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas al alquiler de vivienda en la Comunidad Autónoma de La Rioja (extracto)
Negativo
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
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