Gobierno de la Rioja

  • Procedimiento de tramitación y obtención del Carnet de abonado, para el acceso a las unidades deportivas de la instalación CTD Adarraga, en las condiciones y horarios programados o autorizados por la Dirección General de Deporte.

    Requisitos

    Los abonados deberán realizar la previa tramitación del Abono en la Dirección General de Deporte.

    Documentación

    • Solicitud
      • Todos los interesados
        • Solicitud de abonado cumplimentada con indicación entre otros datos de Nº de cuenta corriente (24 dígitos)
        • Fotocopia del DNI, pasaporte o libro de familia (según edades)
      • Federados
        • Fotocopia del carnet de federado de la temporada en curso o,
        • Certificado de la federación en el que se acredite dicha condición
      • Discapacitados
        • Fotocopia del certificado de discapacidad (al menos el 33% de discapacidad)
      • Jubilados
        • Fotocopia de justificante de jubilación (certificado del INSS o del organismo en el que haya trabajado en el supuesto de ser funcionario público).
      • Abono familiar
        • Fotocopia del Libro de Familia
        • Fotocopia del certificado de pareja de hecho
      • Carnet Joven
        • Fotocopia del carnet joven.

      Modelo de solicitud ( 191.4 Kb)

      Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

      Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

      Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Plazo de abono a las instalaciones abierto todo el año.

    • Otros plazos

      El abono será anual y se renovará automaticamente a menos de que, con un mes de antelación, se notifique por escrito el deseo de no continuar con el abono a la instalación.

    Más información

    • Normativa:

      Orden 4/2011, de 29 de noviembre, de la Consejería de Presidencia y Justicia, por la que se establecen las normas de uso del Centro de Tecnificación Deportiva "Javier Adarraga" en Logroño.

      Decreto 13/2019, de 10 de mayo, por el que se actualizan los precios públicos por el uso de las instalaciones deportivas del Centro de Tecnificación Deportiva Adarraga.

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):

      Negativo

    • Recurso que procede:

      Requerimiento previo/Contencioso Administrativo

    • Observaciones:
      • El CTD Adarraga permite la utilización de la piscina a toda persona interesada en hacerse abonada.
      • Asimismo, la piscina cubierta del Adarraga dará servicio a los usuarios de Logroño Deporte que vivan en orilla norte del Ebro, dentro del Plan de Eliminación de Duplicidades, debiendo estos usuarios dirigirse a Logroño Deporte para más Información.
      • Igualmente el resto de los espacios deportivos (frontón, sala de musculación, etc.) también podrán ser utilizados previa autorización y tras realizar el abono correspondiente.

      Las tasas se detallan en el impreso de solicitud

  • Tasas:

    Modos de pago:

    • Cargo en cuenta
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    • Jorge Belloso Fontecha

    Asistencia técnica

  • Procedimiento que regula el sistema de acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

    Requisitos

    Naturaleza de la acreditación:

    1. La acreditación supone el reconocimiento expreso, por parte del Gobierno de La Rioja, de la capacidad técnica de un laboratorio para realizar las actividades definidas.
    2. La acreditación se otorgará con carácter específico para el área de actividad que solicite, sin que en ningún caso pueda entenderse concedida con carácter general y no puede ser transferida.
    3. Tanto los laboratorios de ensayos, como el personal a su servicio, deberán mantener la debida independencia respecto de los peticionarios de los encargos y de los agentes que intervienen en la obra, de modo que no se pueda comprometer la imparcialidad de juicio e integridad de la actividad que realice.
    4. La Comunidad Autónoma de La Rioja queda exenta de la responsabilidad que pueda derivarse de la actuación y resultados de los laboratorios de ensayos, independientemente de su acreditación por esta Administración.

    Áreas de acreditación:

    La acreditación puede alcanzar las áreas o grupos de áreas que recoge el artículo 4 del Decreto 68/2005, de 11 de noviembre

    Documentación

    • Solicitud
    • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    1. Acreditación de persona jurídica.
      • Escritura pública de constitución y estatutos.
      • Certificado de registro de contratistas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
      • Documentación del representante de la empresa y bastanteo del apoderamiento.
    2. Memoria de la Empresa.
    3. Documentación de la situación legal del laboratorio.
      • Alta impuesto de actividades económicas (I.A.E.).
      • Alta en la seguridad social de la empresa.
      • Tarjeta acreditativa NIF.
      • Certificados del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de La Rioja, de estar al corriente en las obligaciones con dichos organismos.
    4. Locales.
      • Plano de situación.
      • Plano de planta general acotada.
      • Plano de distribución de maquinaria.
    5. Documentación del personal del laboratorio.
      • Contratos de trabajo y alta en la seguridad social.
      • Últimos TC-1 y TC-2 presentados (trimestre anterior).
      • Libro de matrícula y visitas.
      • Titulación del personal técnico.
      • Titulación/certificados del personal auxiliar.
      • Organigrama de la empresa.
    6. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
      • Plan de emergencia del laboratorio.
      • Análisis y evaluación de riesgos por puesto de trabajo.
      • Técnico de prevención encargado de la seguridad laboral (titulación oficial de nivel medio o superior).
    7. Maquinaria, desglosando por cada Área de acreditación:
      • Relación general de maquinaria con indicación del fabricante, año de fabricación, tipo, serie, procedimiento de calibración, periodicidad de calibración, fecha de última calibración, fecha prevista de la próxima calibración y ubicación y emplazamiento habitual de la misma.
      • Relación y equipos de material auxiliar.
    8. Póliza del seguro de responsabilidad civil.
    9. Declaración de integridad e independencia en el ejercicio de su actividad.
    10. Declaración de imparcialidad y confidencialidad de los resultados de los ensayos del laboratorio.
    11. Declaración de compromiso de notificar a la Dirección General de Vivienda cualquier modificación que pueda alterar alguna de las condiciones de la acreditación.
    12. Programa de calibraciones:
      • Internas.
      • Externas.
    13. Ensayos de contraste.
    14. Titularidad de las instalaciones (Escritura de propiedad / Contrato de arrendamiento).
    15. En todo caso, justificación del cumplimiento de la norma UNE-EN ISO/IEC 17025.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Modelo de solicitud ( 104.6 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Abierto todo el año.

    • Plazo de resolución y notificación
      En el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha en la que la solicitud haya tenido entrada en el registro para su tramitación, el titular de la Dirección General competente en materia de vivienda procederá a dictar y publicar, en el Boletín Oficial de La Rioja, la correspondiente resolución de acreditación. Si en dicho plazo no se dictara la oportuna resolución, la solicitud se entenderá estimada.
    • Otros plazos

      La acreditación tendrá validez por un período de cinco años desde su publicación, debiendo solicitar su renovación el represetante legal de éstos, en caso de quererla prorrogar, antes de los seis meses del término del período de validez de la misma.

    Más información

    • Normativa:

      Decreto 68/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el sistema de acreditación de laboratorios de control de calidad de la edificación

    • Sentido de silencio (silencio administrativo):
      Positivo
    • Observaciones:
      Los gastos ocasionados como consecuencia de la acreditación, seguimiento y renovación, deberán ser satisfechos por el laboratorio peticionario de acuerdo con la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Tasas:

Notificaciones

Organismo

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Ignacio Fernández Muro

  • Actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera: grupo C

    Requisitos

    Los titulares de las instalaciones donde únicamente se realicen actividades incluidas en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, actualizado por el Anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, pertenecientes al grupo C (apartado 3), deberán notificarlo a la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua.

    Si alguna de las actividades de la Instalación está sometida a Autorización Ambiental Integrada (AAI), su notificación de Grupo C se integrará dentro del proceso de Autorización Ambiental Integrada.

    Documentación

    1. Declaración y solicitud de Registro como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, modelo APCA grupo C.
    2. DNI, pasaporte o equivalente en el que conste firma del solicitante o, en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostente por cualquier medio admisible en derecho (Salvo que opte por la presentación telemática).
    3. Memoria del proyecto que al menos contenga los siguientes puntos:
  • Autoliquidación de tasa por servicios en materia de calidad ambiental 05.19.05. Se presentará impreso y justificante del ingreso de la tasa vigente.
  • Instalaciones en funcionamiento que introduzcan modificaciones de los datos registrales

    1. Solicitud de modificación de los datos registrales de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera APCA grupo C.
    2. DNI, pasaporte o equivalente en el que conste firma del solicitante o, en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostente por cualquier medio admisible en derecho. No será necesario si ya se ha presentado con anterioridad.
    3. Memoria del proyecto que al menos contenga los siguientes puntos para los nuevos focos introducidos en la instalación:
  • Autoliquidación de tasa por servicios en materia de calidad ambiental 05.19.16. Se presentará impreso y justificante del ingreso de la tasa vigente:
  • Notificación de APCA C ( 311 Kb)

    Libro registro emisiones combustión ( 249.1 Kb)

    Libro registro emisiones procesos industriales ( 258.8 Kb)

    Libro de registro de emisiones procesos industriales y controles ambientales ( 85.5 Kb)

    Notificación de cambio de titularidad ( 537.2 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Tasas 2017 ( 312.1 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Correo-e: consultas.atmosfera@larioja.org

    Asistencia técnica

  • Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, grupos A y B

    Requisitos

    Quedan sometidas a procedimiento de Autorización administrativa aquellas instalaciones que realicen alguna de las actividades incluidas en el catálogo del anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, actualizado por el Anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, y que figuran en dicho anexo como pertenecientes a los grupos A y B.

    Las autorizaciones se concederán por un tiempo determinado, nunca superior a ocho años, pasado el cual podrán ser renovadas por periodos sucesivos.

    Si alguna de las actividades de la Instalación está sometida a Autorización Ambiental Integrada (AAI), su autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera quedará integrada dentro del proceso de Autorización Ambiental Integrada.

    Las instalaciones que sean objeto de una modificación sustancial deberán notificarlo a la Dirección General de Calidad Ambiental en el menor plazo posible.

    Documentación

    1. Solicitud de Autorización de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera - según modelo APCA - categorías A y B.
    2. DNI, pasaporte o equivalente en el que conste firma del solicitante o, en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostente por cualquier medio admisible en derecho.(Salvo que se opte por la presentación telemática).
    3. Proyecto específico de contaminación atmosférica que contemple según la actividad:
  • Autoliquidación de tasa por servicios en materia de calidad ambiental 05.19.04. Se presentará impreso y justificante del ingreso de la tasa vigente por servicios en calidad ambiental para la autorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
  • Modificación sustancial de autorizaciones

    1. Solicitud de Autorización de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, según modelo APCA - categorías A y B.
    2. DNI, pasaporte o equivalente en el que conste firma del solicitante o, en su caso, documentación acreditativa de la representación que ostente por cualquier medio admisible en derecho. No será necesario si ya se ha presentado con anterioridad.
    3. Proyecto específico de contaminación atmosférica que contemple:
  • Autoliquidación de tasa por servicios en materia de calidad ambiental. Se presentará impreso y justificante del ingreso de la tasa vigente por servicios en materia de calidad ambiental para la modificación sustancial o renovación de autorizaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
  • Renovación de autorizaciones

    1. Solicitud de Autorización de actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, según modelo APCA - categorías A y B.
    2. Autoliquidación de tasa por servicios en materia de calidad ambiental 05.19.15. Se presentará impreso y justificante del ingreso de la tasa vigente por servicios en materia de calidad ambiental para la modificación sustancial o renovación de autorizaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

    Formulario APCA A y B ( 282.4 Kb)

    Libro registro registro instalaciones combustión ( 250.2 Kb)

    Libro registro emisiones procesos industriales ( 259 Kb)

    Libro de registro de emisiones procesos industriales y controles ambientales ( 85.5 Kb)

    Notificación de cambio de titularidad ( 537.2 Kb)

    Tasas 2017 ( 312.1 Kb)

    Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)

    Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)

    Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

  • Tasas:
  • Notificaciones

    Organismo

    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Servicio competente

    Correo-e: consultas.atmosfera@larioja.org

    Asistencia técnica

  • Admisión en el Ciclo Formativo de Grado Superior de Integración Social en la modalidad de enseñanza a distancia en el curso 2017/2018, que se impartirá en el IES Batalla de Clavijo de Logroño.

    Requisitos

    Criterios de admisión

    El proceso de admisión y matrícula del alumnado en el ciclo formativo de grado superior ''Integración Social'' a distancia se ajustará a lo establecido en la Resolución de 6 de junio de 2017, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2017/2018

    Reserva de plazas para alumnos de nuevo ingreso

    • 60% para el alumnado que tenga l título de Bachiller atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

      1. Acreditar al menos un año a jornada completa de experiencia laboral en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
      2. Tendrán prioridad en los ciclos formativos según la modalidad y la materia vinculada en cada título de grado superior, según el Anexo IV.
      3. Mayor nota del expediente académico del alumnado.
      4. En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
      5. Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
    • 30 % para el alumnado que tenga un título de Técnico atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

      1. Acreditar al menos un año a jornada completa de experiencia laboral en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
      2. Tendrán prioridad en los ciclos formativos de las familias profesionales que se incluyen en el Anexo V.
      3. Mayor nota del expediente académico del alumnado.
      4. En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se acede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
      5. Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.
    • 10 %  para el alumnado que haya superado una de las siguientes opciones, según el orden de prioridad indicado a continuación:

      1. La Prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior.
      2. El Curso de formación específico para el acceso a ciclos formativos de grado superior establecido por la Disposición final vigésima cuarta de la Ley 2/2011 de 4 de marzo de Economía Sostenible.
      3. La Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
      4. El título de Técnico Superior de Formación Profesional.
      5. El título universitario.
      6. Otras vías de acceso contempladas en la legislación vigente.

      En cada opción se atenderá a los siguientes criterios:

      1. Acreditar al menos un año con jornada completa de experiencia laboral en la Comunidad Autónoma de La Rioja relacionada con el perfil profesional que se desea cursar.
      2. Mayor nota del expediente académico del alumnado.
      3. En el caso de que se produzca algún empate se resolverá atendiendo en primer lugar a que la titulación por la que se accede se haya obtenido en centros sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de La Rioja, y después los de otras Comunidades Autónomas.
      4. Y por último, si sigue persistiendo el empate se resolverá por las letras de desempate del sorteo de la Consejería de Educación, Formación y Empleo para el proceso de admisión.

      De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se reserva un 5 % de las plazas para los alumnos con discapacidad.

      Todas las reservas se mantendrán hasta finalizar el periodo ordinario de matriculación. En ese momento, en caso de no cubrirse la reserva en alguno de los cupos, las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden establecido en este apartado.

    Los solicitantes que tengan acreditada la convalidación o la homologación de estudios cursados en sistemas educativos extranjeros por parte del Ministerio de Educación accederán a los ciclos en el cupo de reserva de plazas correspondientes a los estudios con los que se les ha homologado.

    Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada. Su solicitud será atendida sólo si quedan vacantes después de que se haya adjudicado plaza a todos los solicitantes que hayan acreditado que cumplen los requisitos académicos. En todo caso, su matrícula será provisional y sólo podrá obtener el título de Técnico Superior si presenta la documentación que acredita que cumple los requisitos de acceso.

     

    Documentación

    • Solicitud
    • Junto a la solicitud debe presentarse original, copia compulsada o copia con declaración jurada donde se reconozca su validez, de la siguiente documentación:

      A) Acceso mediante requisitos académicos

    1. Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte del alumno).
    2. Documentación que acredite, en el momento de realizar la solicitud, que el solicitante cumple las condiciones académicas por las que accede al ciclo formativo. En todos los casos, esta documentación deberá incluir la nota media del expediente académico de la titulación que da acceso. El centro de origen del alumno será el responsable de proporcionar el documento en el que figure dicha nota media.
    3. Las personas que tengan la convalidación o la homologación de estudios cursados en sistemas educativos extranjeros por parte del Ministerio de Educación tienen que aportar el documento oficial que lo acredita donde conste la nota media. En el supuesto que no figure la nota media el centro la calculará de acuerdo con la tabla de equivalencias facilitada por el Ministerio de Educación y Ciencia. En  el caso de no poder disponer de dicha tabla, sin perjuicio de lo anterior, y en ausencia de calificación, a los efectos de nota media a estos alumnos se les asignará una puntuación de cinco.

    B) Acceso mediante prueba

    • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte del alumno)
    • Certificado que acredita la superación de la prueba de acceso y en el que figure la nota final obtenida.En el supuesto que no figure la calificación se asignará como nota media una puntuación de cinco.

    C) Acceso mediante prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

    • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte del alumno).
    • Certificado que acredite la superación de la prueba en el que figure la nota final obtenida.En el supuesto que no figure la calificación se asignará como nota media una puntuación de cinco.

    Para la admisión en el los ciclos formativos la justificación de la experiencia laboral se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:

    1. Trabajadores por cuenta ajena: mediante el certificado de la empresa o contrato de trabajo donde haya adquirido la experiencia laboral en el que haga constar específicamente la duración del contrato, la actividad laboral desarrollada por el interesado , número de horas dedicadas a la actividad laboral y la vigencia del mismo.
    2. Trabajadores por cuenta propia: mediante descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma indicando la duración de la actividad y el número de horas dedicadas a la misma.
    3. Trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya 'restado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

    En los casos a) y b) deberá presentarse además, el certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y/o de la Mutua Laboral a la que estuviera afiliado, con indicación de la empresa, categoría laboral y periodo de contratación.

    Las personas con discapacidad que cumplan los requisitos de acceso a ciclos formativos establecidos en la normativa vigente, y que soliciten una de las plazas reservadas para las personas con discapacidad, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

    Los solicitantes cuyos expedientes de convalidación o de homologación de estudios hubieran sido iniciados y se encontraran pendientes de resolución en el periodo de solicitud de admisión, deberán presentar el volante acreditativo de que la solicitud de convalidación o de homologación ha sido presentada.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Anexo I_B_Modelo de solicitud ( 155.8 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    • Preferentemente en el IES "Batalla de Clavijo" de Logroño
    • La Oficina de Registro del órgano competente
    • Oficinas de registro

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

     

    Plazos

    • Plazo de presentación de solicitudes

      Plazo de preinscripción: del 13 al 21 de julio de 2017, ambos inclusive.

    • Otros plazos
      1. El 15 de septiembre de 2017: Publicación de la lista provisional de admitidos en el centro educativo.
      2. El 18 y 19 de septiembre de 2017: Plazo de reclamaciones a la lista de admitidos, en el centro educativo.
      3. El 22 de septiembre de 2017: Publicación de las listas definitivas de admitidos.
      4. Del 25 al 29 de septiembre de 2017: Plazo para que los solicitantes formalicen su matrícula en la secretaría del IES Batalla de Clavijo.
      5. 2 y 3 de octubre de 2017: Admisión directa en los módulos profesionales de los ciclos con plazas vacantes para los solicitantes que no han sido admitidos en el proceso ordinario de admisión.
      6. 4 y 6 de octubre de 2017: Admisión directa en los módulos profesionales con plazas vacantes.

      El alumnado del centro IES Batalla de Clavijo que esté cursando esta modalidad durante el curso 2016/2017 se matricularán de acuerdo a los siguientes plazos:

      1. Los alumnos que hayan aprobado todos los módulos profesionales en los que estuviera matriculado en la convocatoria ordinaria del curso 2016/2017, se matricularán directamente en el centro educativo del 3 al 14 de julio de 2017.
      2. Los alumnos que tenga que presentarse a la convocatoria extraordinaria de septiembre en el curso 2016/2017, se matricularán directamente en el centro educativo los días 12 y 13 de septiembre de 2017.
      3. Los alumnos que no se hayan presentado en ninguna de las convocatorias de los módulos profesionales que cursa y/o renuncie, deberá participar de nuevo en el proceso de admisión si desean seguir cursando estas enseñanzas, pasando al último lugar de prioridad.

      El alumnado que no formalice su matrícula en el plazo fijado perderá sus derechos como alumno del centro y todas las plazas vacantes se ofertarán en el proceso de admisión.

    Más información

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    Contacto

    Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

    Instituto de Educación Secundaria "Batalla de Clavijo"

  • Tramitar

    Proceso de admisión al ciclo formativo de Grado Superior en "Comercio Internacional" en régimen de enseñanza a distancia para el curso 2016/2017, en el IES Comercio de Logroño.

    Requisitos

    Criterios de admisión

    El proceso de admisión y matrícula del alumnado en el ciclo formativo de grado superior ''Comercio Internacional'' a distancia se ajustará a lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 2016, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza y se establecen las instrucciones para la impartición de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en régimen de enseñanza a distancia en distintos centros educativos de La Rioja para el curso 2016/2017

    Reserva de plazas para alumnos de nuevo ingreso

    De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se reserva un 5 % de las plazas para los alumnos con discapacidad.

    Todas las reservas se mantendrán hasta finalizar el periodo ordinario de matriculación. En ese momento, en caso de no cubrirse la reserva en alguno de los cupos, las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden establecido en este apartado.

    Documentación

    C) Acceso mediante prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años

    Para la admisión en el los ciclos formativos la justificación de la experiencia laboral se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
    1. Trabajadores por cuenta ajena: mediante el certificado de la empresa o contrato de trabajo donde haya adquirido la experiencia laboral en el que haga constar específicamente la duración del contrato, la actividad laboral desarrollada por el interesado y la vigencia del mismo.
    2. Trabajadores por cuenta propia: mediante descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
    3. Trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya 'restado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

    En los casos a) y b) deberá presentarse además, el certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social y/o de la Mutua Laboral a la que estuviera afiliado, con indicación de la empresa, categoría laboral y periodo de contratación.

    Las personas con discapacidad que cumplan los requisitos de acceso a ciclos formativos establecidos en la normativa vigente, y que soliciten una de las plazas reservas para las personas con discapacidad, deberán aportar la acreditación de tener reconocido por el organismo público competente un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

    Aportación de documentos junto con la solicitud

    Si el trámite se hace de forma presencial

    Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

    El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

    Si se hace de manera electrónica

    Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

    Anexo I-B_Modelo de solicitud ( 145.5 Kb)

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

    Plazos

    Más información

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    Organismo

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  • Procedimiento destinado a que los alumnos no escolarizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas, puedan obtener el Certificado de Nivel matriculándose por libre para efectuar los exámenes de fin de ese nivel.

    Requisitos

    Los alumnos no escolarizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas pueden obtener el Certificado de Nivel Básico, Intermedio o Avanzado, matriculándose por libre para realizar los exámenes de fin de nivel.

    El alumnado que se matricule lo hará en una única Escuela de Idiomas. Podrá matricularse en cualquiera de los tres niveles existentes, siempre teniendo en cuenta que durante el mismo curso escolar sólo puede matricularse en uno de ellos.

    Para acceder a estas enseñanzas será necesario tener 16 años cumplidos en el año en que se comienzan los estudios. También tendrán acceso los mayores de 14 años, siempre que opten por un idioma distinto al que estén cursando en la Educación Secundaria Obligatoria.

    Instrucciones para la matriculación

    Información en las páginas web de las Escuelas Oficiales de Idiomas:

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se realizará de forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

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    Asistencia técnica

  • Las entrevistas informativas de caracter individual sobre adopción y/o acogimiento familiar tienen por objeto ofrecer información sobre normativa, procedimiento, criterios de valoración, características de los menores susceptibles de adopción o acogimiento, así como sobre las responsabilidades que en cada caso han de ser asumidas.

    Requisitos

    Podrá presentar la solicitud cualquier persona mayor de 18 años sin necesidad de cumplir ningún otro requisito específico.

    Contenido basico de la Información

    Adopción

    1. Se facilitará a los solicitantes información exhaustiva sobre la normativa, procedimiento, criterios de valoración de la idoneidad, posibilidades existentes según las características personales de los solicitantes o las características de los menores susceptibles de ser adoptados, así como las responsibilidades y riesgos que en diferentes supuestos, deberán ser asumidos.
    2. En el caso de solicitar información sobre Adopción Internacional se informará además sobre: La situación actual de la adopción en los diferentes países, requisitos para tramitación en los mismos, características de los menores susceptibles de ser adoptados y procedimiento de tramitación.

    Acogimiento Familiar

    1. Se facilitará a los solicitantes información exhaustiva sobre que es el acogimiento, funciones de la familia acogedora, la normativa, procedimiento, criterios de valoración de la aptitud para el acogimiento, posibilidades existentes según las características personales de los solicitantes o las características de los menores susceptibles de ser acogidos, así como las responsibilidades y riesgos que en diferentes supuestos, deberán ser asumidos.
    2. Tanto en Adopción como en Acogimiento Familiar se ofrerará información específica a familias que se ofrezcan para la Adopción o el Acogimiento de menores con características especiales.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

    De forma electrónica desde el botón Tramitar

    De forma presencial a través de:

    Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano

    Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

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    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Obtención de la condición de socio de los Centros de Participación Activa del Gobierno de La Rioja.

    Requisitos

    Podrán adquirir la condición de persona usuaria de los Centros de Participación Activa de personas mayores, aquellas personas que se encuentren empadronadas en el territorio de la Comunidad Autónma de La Rioja y reúnan uno de los siguientes requisitos:

    a) Tener 60 años o más.

    b) Tener entre 55 y 59 años, ambos inclusive, y ostentar la condición de pensionista.

    c) Ser cónyuge o persona unida por análoga relación de quien tenga la condición de persona usuaria de un Centro de Participación Activa, manteniendo dicha condición aun cuando se produzca el fallecimento de ésta última o desapareciera lel vínculo con la misma.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

    Para acreditar los requisitos exigidos en el artículo 7 del Decreto 42/2016, el interesado habrá de presentar una comunicación previa, conforme al modelo que figura en al anexo I del Decreto, acompañado de:

    a) Foto de carné reciente.

    b) Documento acreditativo de la condición de pensionista para los soilcitantes entre los 55 y 60 años.

    El modelo de comunicación previa estará disponible en los Centros de Participación Activa así como en la página web del Gobierno de La Rioja.

    Las comunicaciones previas debidamente cumplimentadas podrán presentarse en cualquiera de los Centros de Participación Activa de personas mayores, si bien, a efectos de registro con fines estadísticos y a efectos de los órganos de participación y representación, se entenderá inscrito en el censo del Centro de Participación Activa de personas mayores en cuya zona de influencia se encuentra incluido el domicilio del solicitante. Este Centro se entenderá como su centro de referencia.

    Examinada la documentación y el cumplimento de los requisitos señalados en el artículo 6 del Decreto 42/2016, el titular de la dirección general competente en materia de servicios sociales, expedirá gratuitamente la tarjeta acreditativa de la condición de socio, en un plazo máximo de tres meses dese la presentación de la comunicación.

    Plazos

    Más información

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    Organismo

    Contacto

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    Servicio competente

    Asistencia técnica

  • Procedimiento de presentación de la documentación justificativa para el pago mensual de la ayuda al alquiler.

    Requisitos

    Figurar como beneficiario de ayuda al alquiler, en la resolución de reconocimiento de la obligación del Consejero con competencias en materia de vivienda, en la que constará la relación nominal de los beneficiarios y el importe reconocido a cada uno de ellos.

    Documentación

    Cómo tramitarlo

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    Servicio de Inspección, Ordenación y Planes

    Asistencia técnica

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    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.