Gobierno de Castilla-La Mancha

  • PROCEDIMIENTO

    020103 INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA DE ACTOS RELATIVOS A LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS.

    Plazo de resolución

    20 DÍAS DESDE LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ANTE LA CORRESPONDIENTE UNIDAD DEL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SI8Z INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA DE ACTOS RELATIVOS A LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Validar si la documentación y los actos que se pretenden inscribir cumplen los requisitos exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y si es así, inscribirlos en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

    Destinatarios

    Cooperativas inscritas en las distintas unidades registrales del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha u otro tipo de entidades que se pretenden transformar en cooperativas.

    Requisitos

    Los exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y si es así, inscribirlos en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha para cada uno de los actos que se pretenden inscribir, así como el abono de la tasa correspondiente.

    Importe

    Tasa: 16,64 euros

    Criterios

    Los exigidos por la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, la Ley 4/2017, de 30 de noviembre, y por el Decreto 214/2015, de 3 de noviembre, y si es así, inscribirlos en el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha para cada uno de los actos que se pretenden inscribir, así como el abono de la tasa correspondiente.

    Documentación a aportar

    1º) EN EL CASO DE ADAPTACIÓN A LA LEY 11/2010/MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, OTORGAMIENTO O REVOCACIÓN DE PODERES, TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN, ESCISIÓN, DISOLUCIÓN, REACTIVACIÓN, NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES Y EXTINCIÓN:
    -Escritura pública.
    -Documentación acreditativa de la liquidación del ITP y AJD o de exención o no sujeción a dicho impuesto (Modelo 600)

    2º) EN EL CASO DEL NOMBRAMIENTO O CESE DEL ÓRGANO DE GOBIERNO O DEL NOMBRAMIENTO O CESE DE OTROS ÓRGANOS SOCIALES O DE LOS AUDITORES:
    -Certificado del acta de la sesión de la asamblea general/órgano de gobierno.

    EN CUALQUIERA DE AMBOS APARTADOS, EN SU CASO:
    -Documentación acreditativa de la representación, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el apartado 4 del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Lugar de presentación

    Únicamente telemática: A través de la siguiente página web: https://www.jccm.es/

    Información Adicional

    -Los/as usuarios/as podrán descargarse la aplicación gratuita AUTOFIRMA para la firma electrónica de archivos electrónicos en la dirección web http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html.

    -Problemas y dudas relacionadas con el contenido de la solicitud, la documentación a presentar y sus requisitos: Disponen en esta página de un listado de los gestores de esta aplicación de cada una de las unidades del registro de cooperativas de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 16/11/10 Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 11/11/15 Decreto 214/2015, de 03/11/2015, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha
    DOCM: 11/12/17 Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha y por la que se modifica la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • PROCEDIMIENTO

    020197 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE TURISMO EN LA NATURALEZA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJSE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE TURISMO EN LA NATURALEZA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    Solicitar la inscripción en el registro creado al efecto por el art. 23 de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza

    Destinatarios

    Empresas que pretendan ofertar servicios de turismo a través de actividades a realizar en el medio natural que sean susceptibles de deteriorar las áreas y recursos naturales protegidos por la Ley 9/1999

    Requisitos

    Estar inscritos en el Registro de Empresas de Turismo Activo regulado en el Decreto 77/2005, de 28 de junio, de Ordenación de las Empresa de Turismo Activo de Castilla-La Mancha

    Lugar de presentación

    A) En los Registros de la Consejería de Agricultura Medio Ambiente y Desarrollo Rural así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. B) De forma telemática mediante el envío con firma electrónica de los datos a través del formulario incluido en esta sede

    Información Adicional

    Este procedimiento conlleva el pago de una tasa (tarifa 3).Para más información Pinche aquí
    Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/Notificador)
    DOCM: 28/07/99 LEY 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza
    DOCM: 18/05/07 LEY 8/2007, de 15 de marzo, de modificación de la Ley 9/2009, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • La inscripción de las personas interesadas en acceder a las viviendas con protección pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tanto en venta como en alquiler.

    Criterios

    No existe ningún tipo de concurrencia. Si se cumplen los requisitos exigidos por la normativa vigente, se inscribe a la persona solicitante en las distintas modalidades de acceso y tipos de vivienda que solicite

  • PROCEDIMIENTO

    020110 INSCRIPCION, RENOVACION, COMUNICACION VARIACION DE DATOS Y CANCELACION EN EL REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION (REA)

    Plazo de resolución

    15 DÍAS

    Efectos silencio

    Estimatorio

    SJ39 INSCRIPCION Y RENOVACION EN EL REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCION (REA)

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año.

    Objeto

    Inscripción o renovación de la inscripción previa de empresas en el Registro de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción, incluidas las empresas desplazadas en España con sus trabajadores en virtud de una prestación de servicios transnacional La inscripción en el Registro, que será única y tendrá validez en todo el territorio nacional, permitirá a las empresas incluidas en el mismo intervenir en la subcontratación en el Sector de la Construcción como contratistas o subcontratistas.

    Destinatarios

    Empresas que pretendan intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, de acuerdo a las siguientes definiciones: - Contratista o empresario principal: la persona física o jurídica, que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato. - Subcontratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra, con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución.

    Requisitos

    Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá: - Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada. - Asumir los riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo de la actividad empresarial. - Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra. - Acreditar que disponen de recursos humanos, en su nivel directivo y productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, así como de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

    Criterios

    Sólo podrá denegarse la inscripción en el Registro si la solicitud o la declaración aneja no reunieran los datos o no acompañaran los documentos establecidos la normativa de aplicación.

    Documentación a aportar

    A la solicitud, cumplimentada en el modelo normalizado que figura en la aplicación, se deberá adjuntar (en formato PDF):

    - Documentación acreditativa de la organización preventiva de la empresa, según proceda.

    - Certificados de la formación específica de los trabajadores (personal directivo y productivo).

    - En su caso, documento que acredite la representación de la empresa o empresario (no necesario en presentación telemática)

    Lugar de presentación

    a) Telemática: a través del formulario de la sede electrónica del REA (https://expinterweb.empleo.gob.es/rea/).


    b) Presencial, en el registro; de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de las Direcciones Provinciales de la citada Consejería; o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Esta opción requiere la descarga previa de la solicitud, disponible en Para descargar la solicitud Pinche aqui

    Información Adicional

    DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, FORMACIÓN Y SEGURIDAD LABORAL Dirección postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo Teléfono: 925 265 688 Correo electrónico: dgtfsl.economiaempresasempleo@jccm.es
    DOCM: 13/06/08 Decreto 78/2008, de 10-06-2008, por el que se crea regula el Registro de Empresas Acreditadas en el sector de la construcción de la comunidad autónoma de Castilla La Mancha.
    Ley 32/2006 , de 18 de Octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. BOE.- 19-10-2006
    Real Decreto 1109/2007 , de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. BOE 25-08-2007

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • ## Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Donaciones - autoliquidación de Donaciones Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas,notificaciones,comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas ### Tramitación Online A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma Tramitar Plazo de presentación:Abierto permanentemente ## Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta ### Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. ### Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. ### Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,modalidad Donaciones. Es decir,aporte los datos necesarios para la liquidación del tributo y realice,por sí mismo,las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar e ingresar la deuda tributaria. ## Destinatarios Los sujetos pasivos,obligados tributarios,que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante. Son sujetos pasivos,a título de contribuyentes,las siguientes personas físicas: a) En las adquisiciones "mortis causa",los causahabientes. b) En las donaciones y demás transmisiones lucrativas "inter vivos" equiparables,el donatario o el favorecido por ellas. c) En los seguros sobre la vida,los beneficiarios. ## Requisitos El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas,constituyendo el hecho imponible cualesquiera de los siguientes supuestos: a) La adquisición de bienes y derechos por herencia,legado o cualquier otro título sucesorio. b) La adquisición de bienes y derechos por donación o por cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos. c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguro sobre la vida,cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario. ## Criterios La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria dentro de los plazos de prescripción. ## Tasas Tarifa según ley. Valor real de los bienes y derechos que constituyen el incremento patrimonial obtenido y los importes de las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida. ## Documentación a aportar Los sujetos pasivos deberán presentar ante los órganos competentes de la Administración tributaria el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado,junto con los documentos a los que se hayan incorporado los actos o contratos sujetos al impuesto o,a falta de incorporación,una declaración escrita sustitutiva en la que consten las circunstancias relevantes para la liquidación,para que por aquéllos se proceda a su examen,calificación,comprobación y a la práctica de las liquidaciones que procedan. Los sujetos pasivos vendrán obligados a consignar el valor real que atribuyen a cada uno de los bienes y derechos incluidos en dicha declaración. El modelo de autoliquidación a presentar es el Modelo 651. Trnsmisiones "inter vivos". ## Información adicional En Castilla-La Mancha,a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de autoliquidación del impuesto. ## Marco legal * Ley 8/2013,de 21 de noviembre,de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. * Ley 29/1987,de 18 de diciembre,del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. * Real Decreto 1629/1991,de 8 de noviembre,por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. * Decreto 147/2012,de 28/11/2012,por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda * Orden de 29/01/2014,,por la que se aprueban los modelos 650,651 y 655 de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ## Modelos del trámite ### Borrador Anexo III. Modelo 651 01/07/2016 Descargar 470 KB ### Borrador Anexo IV. Modelo 655 01/07/2016 Descargar 430 KB ## Tú opinión nos interesa Sólo dos preguntas

  • ## Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Sucesiones - autoliquidación Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite,accede al Servicio de Alertas Informativas ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos. Consulta los requisitos técnicos. 2. Prepara la documentación necesaria. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática. ## Objeto Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,modalidad Sucesiones. ## Destinatarios Los sujetos pasivos,obligados tributarios,que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante. ## Requisitos El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas. ## Criterios La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria. ## Tasas Tarifa según ley. ## Documentación a aportar Los sujetos pasivos deberán presentar el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado,junto con los documentos. ## Información adicional En Castilla-La Mancha,a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de auto liquidación del impuesto. ## Marco legal * Ley 3/2016 * Ley 29/1987 * Real Decreto 1629/1991 * Decreto 82/2015 * Orden de 29/01/2014 ## Modelos del trámite * Borrador Anexo I. Modelo 650 * Borrador Anexo IV. Modelo 655 Tú opinión nos interesa

  • ## Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:Actos Jurídicos Documentados Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas,notificaciones,comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. 2. Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,en su modalidad de Actos Jurídicos Documentados. Es decir,aporte los datos necesarios para la liquidación del tributo y realice,por sí mismo,las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar e ingresar la deuda tributaria. ## Destinatarios Los sujetos pasivos del Impuesto,obligados tributarios,que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante. Son sujetos pasivos del Impuesto,a título de contribuyentes: - En los documentos notariales,el adquirente del bien o derecho o la persona que solicita o en cuyo interés se expide el documento notarial. - En las letras de cambio,el librador,y en los documentos de giro,la persona que los expide. - En las anotaciones preventivas,las personas que las soliciten. - En las grandezas y títulos nobiliarios,sus beneficiarios. ## Requisitos El Impuesto grava,en los términos establecidos en su Ley y Reglamento: Los actos jurídicos documentados que se formalicen en territorio nacional y los que habiéndose formalizado en el extranjero surtan cualquier efecto,jurídico o económico,en España. A su vez,se diferencian tres tipos de actos jurídicos documentados: - Documentos notarioales:actas,escrituras y testimonios. - Documentos mercantiles:letras de cambio,documentos que realicen función de giro o suplan a aquéllas,resguardos o certificados de depósitos transmisibles,así como pagarés,bonos,obligaciones y demás títulos emitidos en serie,por plazo no superior a dieciocho meses,representativos de capitales ajenos por los que se satisfaga una contraprestación establecida por diferencia entre el importe satisfecho por la emisión y el comprometido a reembolsar. - Documentos administrativos:anotaciones preventivas en los registros públicos y transmisiones y rehabiliataciones de grandezas. ## Criterios La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria dentro de los plazos de prescripción. ## Tasas Tarifa según Ley. Con carácter general,la base imponible será el valor real de los actos,negocios o contratos que se documenten. La cuota puede ser fija o gradual dependiendo del concepto y modalidad del Impuesto. ## Sentido del silencio No_tiene ## Documentación a aportar Los sujetos pasivos deberán presentar ante los órganos competentes de la Administración tributaria el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado,junto con los documentos a los que se hayan incorporado los actos o contratos sujetos al impuesto para que por aquéllos se proceda a su examen,calificación,comprobación y a la práctica de las liquidaciones que,en su caso,procedan. El modelo de autoliquidación a presentar será: Modelo 600. Transmisiones patrimoniales,operaciones societarias y actos jurídicos documentados,en general. ## Información adicional El modelo 600 se acompañará de: - Original y copia simple del documento notarial,o bien original y copia del documento judicial,administrativo o privado en que conste o se relacione el acto o contrato que origine el tributo. - Justificación documental de la exención,reducción,deducción u otro beneficio fiscal aplicado. - Justificación documental que acredite el supuesto de no sujeción que se declara. ## Marco legal * Ley 8/2013,de 21 de noviembre,de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. * Decreto 147/2012,de 28/11/2012,por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda * Resolución de 08/06/2016,de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego,por la que se modifica la tabla número 1 del anexo I de la Orden de 16/04/2015,de la Consejería de Hacienda,por la que se aprueban los modelos 600,610,620 y 630 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

  • ## Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:Operaciones Societarias Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite,accede al Servicio de Alertas Informativas ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos. Consulta los requisitos técnicos. 2. Prepara la documentación necesaria. Revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. Puedes acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,modalidad Operaciones Societarias. ## Destinatarios Los sujetos pasivos del Impuesto,obligados tributarios,que podrán actuar por sí mismos o por medio de representante. ## Requisitos El Impuesto grava las operaciones societarias realizadas por entidades que tengan en España la sede de dirección efectiva,el domicilio social o realicen operaciones de su tráfico. ## Criterios La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria dentro de los plazos de prescripción. ## Tasas Base imponible:Constitución y aumento de capital de sociedades,operaciones realizadas por sociedades distintas de las anteriores y aportaciones de los socios,traslados de sede,disminución del capital social y disolución. Salvo los casos de exención previstos en la Ley,la cuota tributaria se obtendrá aplicando a la base imponible el tipo de gravamen del 1 por 100. ## Sentido del silencio No_tiene ## Documentación a aportar Los sujetos pasivos deberán presentar el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado,junto con los documentos a los que se hayan incorporado los actos o contratos sujetos al impuesto. El modelo de autoliquidación a presentar es:Modelo 600. El modelo 600 se acompañará de:Original y copia simple del documento notarial,justificación documental de la exención,reducción,deducción u otro beneficio fiscal aplicado,justificación documental que acredite el supuesto de no sujeción que se declara. ## Marco legal * Ley 8/2013,de 21 de noviembre,de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. * Decreto 147/2012,de 28/11/2012,por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda * Orden de 16/04/2015,de la Consejería de Hacienda,por la que se aprueban los modelos 600,610,620 y 630 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

  • ## Resumen Este trámite permite a las empresas y particulares presentar la autoliquidación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente en Castilla-La Mancha. Esto implica proporcionar los datos necesarios para calcular el impuesto y realizar el pago correspondiente. ## Lo que necesitas * **Modelos de autoliquidación:** * Modelo 701 (Autoliquidación trimestral y Anexo) * Modelo 702 (Autoliquidación final y Anexo) * **Programa informático CLM:** Para cumplimentar los modelos 701 y 702. * **Pago de la tasa:** Realizar el pago a través de las entidades colaboradoras autorizadas. ## Cómo hacerlo 1. **Cumplimentar los modelos:** Utilizar el programa informático CLM proporcionado por la Consejería de Hacienda para rellenar los modelos 701 o 702, según corresponda. 2. **Presentar la autoliquidación:** Presentar los modelos debidamente cumplimentados ante los órganos competentes de la Administración tributaria. 3. **Realizar el pago:** * En la entidad de crédito que presta el servicio de caja en la Consejería de Hacienda. * En cualquier oficina de las entidades colaboradoras autorizadas. * A través de Internet, en alguna de las entidades de crédito adheridas al sistema único de pago electrónico. ## Información adicional El impuesto grava la contaminación y los riesgos que en el medio ambiente son ocasionados por la realización en el territorio de Castilla-La Mancha de las siguientes actividades: * Actividades cuyas instalaciones emiten a la atmósfera dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno o cualquier otro compuesto oxigenado del azufre o del nitrógeno. * Producción termonuclear de energía eléctrica. * Almacenamiento de residuos radiactivos (con excepciones para actividades médicas o científicas). ## Marco legal * [Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el Canon Eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1300885732259220448) * [Decreto 147/2012, de 28/11/2012, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1354183656947660244) * [Orden de 15/03/2006, Consejería de Economía y Hacienda, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS 701 Y 702 DE AUTOLIQUIDACION DEL IMPUESTO SOBRE DETERMINADAS ACTIVIDADES QUE INCIDEN EN EL MEDIO AMBIENTE Y SE DICTAN NORMAS PARA SU PRESENTACION](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=123062648660040537) * [Orden de 03/02/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la Orden de 15/03/2006, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 701 y 702 de autoliquidación del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y se dictan normas para su presentación.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1391496754983340014)

  • ## Incorporación a la Red de Transmisiones de Protección Civil de Castilla-La Mancha Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas,notificaciones,comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. 2. Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto El uso de la Red de Transmisiones de Protección Civil,como sistema de radioenlace entre los participantes en tareas de urgencia,emergencia y prevención. ## Destinatarios Podrán hacer uso de esta Red,los Grupos organizados de Protección Civil inscritos en el registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia,así como las Asociaciones y Entidades legalmente constituidas que hayan convenido sus actuaciones en materia de rescate,salvamento,emergencia,con esta Consejería ## Plazo de resolución 1 MES ## Sentido del silencio Estimatorio ## Documentación a aportar Solicitud dirigida a la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia,en instancia firmada por el Alcalde/sa Presidente/a del Municipio donde se ubique la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil o por el Presidente dle Grupo o Entidad que haya convenido sus actuaciones con esta Consejería. ## Marco legal * Decreto 22/2015,de 30/04/2015,de reducción de plazos y modificación del sentido del silencio administrativo en determinados procedimientos tramitados por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. * Orden de 26/11/1998,Consejería de Administraciones Públicas,POR LA QUE SE CREA LA RED DE TRANSMISIONES DE PROTECCION CIVIL DE CASTILLA-LA MANCHA ## Modelos del trámite Solicitud Descargar 50 KB Tú opinión nos interesa Sólo dos preguntas

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