Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Sucesiones - autoliquidación de Sucesiones

Actualizado el 20 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite al obligado tributario presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,en la modalidad de Sucesiones.

¿Quién puede solicitarlo?

Sujetos pasivos,obligados tributarios,que actúen por sí mismos o mediante representante.

Requisitos principales

  • El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas.

Plazos

Abierto permanentemente

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

En Castilla-La Mancha,a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de autoliquidación del impuesto.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Sucesiones - autoliquidación

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite,accede al Servicio de Alertas Informativas

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

  1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos. Consulta los requisitos técnicos.
  2. Prepara la documentación necesaria.
  3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática.

Objeto

Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,modalidad Sucesiones.

Destinatarios

Los sujetos pasivos,obligados tributarios,que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante.

Requisitos

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas.

Criterios

La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria.

Tasas

Tarifa según ley.

Documentación a aportar

Los sujetos pasivos deberán presentar el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado,junto con los documentos.

Información adicional

En Castilla-La Mancha,a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de auto liquidación del impuesto.

Modelos del trámite

Tú opinión nos interesa


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Servicio Provincial Agencia del Agua Guadalajara

Oficina Empleo Daimiel

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo

Centro Integrado de Formacion Profesional Aguas Nuevas

Oficina Empleo Villacañas

Direccion Provincial Consejeria de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete

Oficina Comarcal Agraria Tarancon

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.