Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Sucesiones - autoliquidación de Sucesiones
Información Rápida
Objetivo
Permite al obligado tributario presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,en la modalidad de Sucesiones.
¿Quién puede solicitarlo?
Sujetos pasivos,obligados tributarios,que actúen por sí mismos o mediante representante.
Requisitos principales
- El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas.
Plazos
Abierto permanentemente
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
En Castilla-La Mancha,a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de autoliquidación del impuesto.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Sucesiones - autoliquidación
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Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
- Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos. Consulta los requisitos técnicos.
- Prepara la documentación necesaria.
- Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática.
Objeto
Procedimiento para que el obligado tributario presente la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,modalidad Sucesiones.
Destinatarios
Los sujetos pasivos,obligados tributarios,que pueden actuar por sí mismos o por medio de representante.
Requisitos
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas.
Criterios
La autoliquidación y la documentación aportada puede ser verificada y comprobada por la Administración tributaria.
Tasas
Tarifa según ley.
Documentación a aportar
Los sujetos pasivos deberán presentar el modelo de autoliquidación debidamente cumplimentado,junto con los documentos.
Información adicional
En Castilla-La Mancha,a partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el régimen de auto liquidación del impuesto.