Gobierno de Castilla-La Mancha

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas para el pastoreo controlado en zonas estratégicas de Castilla-La Mancha. El objetivo es reducir el riesgo de incendios forestales y mejorar la conservación de montes y sistemas agroforestales. **Quién puede usar este servicio:** * Titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Castilla-La Mancha. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos. * Prepara la documentación necesaria en formato electrónico. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Ser titular de una explotación ganadera extensiva (ovino, caprino, bovino o equino) inscrita en el REGA de Castilla-La Mancha. * Tener derecho al uso de pastos en los terrenos solicitados durante el periodo de la ayuda. **Documentos requeridos:** * Resolución de inscripción en el REGA (si no autorizas la consulta). * Copia del NIF/NIE (si no autorizas la consulta). * Para personas jurídicas: NIF y documento de constitución. * Para comunidades de bienes: documento de constitución y NIF/NIE de los titulares (si no autorizas la consulta). * Si actúas mediante representante: NIF/NIE del representante (si no autorizas la consulta) y documento de representación. * Documento que acredite el derecho de uso de pastos. * Copia del certificado de ganadería ecológica y declaración responsable del uso de geo-localizadores (si aplica). ## Cómo hacerlo Las solicitudes se presentan de forma telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM. ## Después de hacerlo El plazo máximo de resolución es de 6 meses. El silencio administrativo es desestimatorio. ## Ayuda Las superficies propuestas para pastoreo controlado se pueden consultar en este enlace: [https://castillalamancha.maps.arcgis.com/apps/webappviewer/index.html?id=c8400284b29f48e99804804169765247](https://castillalamancha.maps.arcgis.com/apps/webappviewer/index.html?id=c8400284b29f48e99804804169765247) **Marco legal:** * [Orden 145/2024, de 16 de agosto](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1725356498408031001) * [Resolución de 12/12/2024](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1734089341777120114) * [Corrección de errores de la Resolución de 12/12/2024](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1736759378906600147)

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas para empresas productoras de aceite de oliva de Castilla-La Mancha que deseen asistir a la feria agroalimentaria World Olive Oil Exhibition. **Importante:** El plazo de presentación de solicitudes ya ha finalizado. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Estar ubicado en Castilla-La Mancha. * No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario. * No haber recibido ayudas acogidas al régimen de *minimis* por importe de 200.000 € por cualquier concepto, durante el periodo de los dos ejercicios fiscales anteriores a esta convocatoria y durante el ejercicio fiscal en curso. ## Cómo hacerlo Las solicitudes se presentaron únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de la sede electrónica de la JCCM. ## Después de hacerlo El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no recibes respuesta en este plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada. ## Ayuda * **Subsanación:** Si necesitas subsanar tu solicitud, puedes hacerlo a través de este enlace: [https://agricultura.jccm.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?procedimiento=602&conCertificado=1](https://agricultura.jccm.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?procedimiento=602&conCertificado=1) (del 14/02/2025 al 10/03/2025). * **Justificaciones:** Para presentar justificaciones, utiliza este enlace: [https://agricultura.jccm.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?procedimiento=2780&conCertificado=1](https://agricultura.jccm.es/oficinaVirtual/EntradaOficinaVirtual?procedimiento=2780&conCertificado=1) * **Alertas informativas:** Si deseas recibir alertas sobre actualizaciones de este trámite, accede al [Servicio de Alertas Informativas](https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas).

  • ## Ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica ### Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta 1. Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos Antes de comenzar la tramitación online,asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación,requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo,podrá emplear la solicitud genérica. 2. Prepara la documentación necesaria Antes de empezar,revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y,dependiendo del trámite,también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos. 3. Pago de tasas,en caso de que el trámite lo requiera La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá,bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora,en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,o bien su pago de forma electrónica. Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática,con firma electrónica en la **sede electrónica de la JCLM** ## Objeto Conceder ayudas para la realización de cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de titularidad de la JCCM. ## Destinatarios a) Maestros y maestras de Primaria especialistas en lenguas extranjeras. b) Maestros y maestras de Educación Infantil (segundo ciclo) y Primaria,de cualquier especialidad,que impartan disciplinas no lingüísticas en lengua extranjera. c) Profesorado de Educación Secundaria especialistas en lenguas extranjeras. d) Profesorado de Educación Secundaria o de Formación Profesional que imparta disciplinas no lingüísticas en lengua extranjera. e) Profesorado de Escuelas Oficiales de Idiomas. f) Profesorado de Centros de Educación de Personas Adultas especialistas en lenguas extranjeras. ## Requisitos Según el apartado sexto.2 de la convocatoria: - Ser personal funcionario docente en activo. - Estar impartiendo docencia en un centro educativo no universitario de titularidad de esta Consejería. - No haber participado en una formación en el extranjero a través de una convocatoria Erasmus+ o similar durante el curso escolar de la convocatoria,ni estar pendiente de participar en ella hasta la finalización de dicho curso. - No haber sido beneficiario de otra ayuda o beca procedente de la Consejería de Educación,Cultura y Deportes o del Ministerio de Educación y Formación Profesional,para la misma actividad durante los últimos dos años anteriores. - No haber sido adjudicatario en el último concurso general de traslados anterior a la publicación de la convocatoria de una plaza en un centro no perteneciente a Castilla-La Mancha. - Estar en posesión de al menos un nivel de competencia lingüística B2 según el MCERL en el idioma correspondiente según el curso solicitado. ## Criterios Las solicitudes serán evaluadas por el órgano instructor,estableciendo la prelación de acuerdo con los criterios previstos en el apartado séptimo.3. de la convocatoria. ## Plazo de resolución 2 MESES ## Tasas El gasto que implica esta convocatoria asciende a un total de 212.100 euros de los cuales 90.900 euros irán destinados a los beneficiarios de los colectivos de profesorado o maestros y maestras especialistas en lengua extranjera,90.900 euros irán destinados a los beneficiarios de los colectivos de profesorado o maestros y maestras que impartan disciplinas no lingüísticas en lengua extranjera y 30.300 euros a los beneficiaros de los colectivos de profesorado de Escuelas Oficiales de Idiomas con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.421B.4871 FPA 946,de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019. El importe máximo individualizado de la ayuda será de 2.020 euros. ## Sentido del silencio Desestimatorio ## Documentación a aportar a) Programa del curso. b) Certificado correspondiente al anexo II en el caso de que sea necesario. c) Solo para el caso de profesorado de escuela oficial de idiomas que haya participado en comisiones de elaboración de pruebas de certificación,documentos justificativos que acrediten dicha condición. d) Documentos acreditativos de los requisitos a) y b) del apartado sexto punto 2 en caso de oponerse a la comprobación de oficio por parte de la administración educativa. ## Información adicional https://www.jccm.es www.educa.jccm.es plurilinguismo@jccm.es 925247317 / 925267417 ## Marco legal * Orden 55/2019,de 4 de abril,de la Consejería de Educación,Cultura y Deportes,por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. * Resolución de 02/05/2019,de la Consejería de Educación,Cultura y Deportes,por la que se convocan en 2019 ayudas para realizar cursos de formación lingüística y/o metodológica fuera de España para el profesorado de centros públicos de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.):454081.

  • PROCEDIMIENTO

    030666 BECAS LEONOR SERRANO PABLO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO Y A SUS HIJAS E HIJOS

    Plazo de resolución

    UN MES A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKO2 BECAS LEONOR SERRANO PABLO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO Y A SUS HIJAS E HIJOS

    Plazo de presentación de solicitudes

    Desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el final del ejercicio o el agotamiento del crédito si es anterior.

    Objeto

    Convocatoria de subvenciones, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, destinadas a sufragar los gastos de formalización de matrícula de estudios universitarios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster en Universidades Públicas de todo el territorio nacional y a fomentar que no se abandonen los mismos.

    Destinatarios

    Tendrán la condición de personas beneficiarias de la subvención en concepto de becas, a efectos de la presente resolución, las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijas e hijos que cursen estudios universitarios dirigidos a la obtención de un título oficial de grado o máster en Universidades Públicas de todo el territorio nacional.

    Requisitos

    Los establecidos en el artículo 3.1 de la Orden 78/2019, de 22 de mayo, de la Vicepresidencia Primera, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas Leonor Serrano Pablo de estudios universitarios a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos.

    Importe

    La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 14.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019, objetivo 0367, línea 1118 del Plan estratégico de Subvenciones 2018-2020, elemento PEP OOAA/0000001423.
    En las becas destinadas a sufragar los gastos de formalización de matrícula se establece como límite de la cuantía de la subvención de 2.000 euros anuales por persona beneficiaria y en las becas de estímulo hasta un máximo de 1.000 euros anuales por persona beneficiaria, cuantía que se incrementará con 500 euros anuales para las personas beneficiarias afectadas por una discapacidad igual o superior al 33 por ciento y con 1.000 euros anuales para las personas beneficiarias afectadas por una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

    Criterios

    Serán resueltas mediante concesión en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia, dado su carácter excepcional por razón de su naturaleza y beneficiarias y sin que, además, pueda establecerse otro elemento de prelación entre sí que el temporal, la fecha de su solicitud.

    Documentación a aportar

    a) DNI ó NIE, únicamente en el caso de no autorización a la Administración para su obtención.
    b) Certificación del padrón municipal en que conste la residencia y empadronamiento de la persona interesada y la fecha de alta en el mismo, únicamente en el caso de no autorización a la Administración para su obtención.
    c) Certificación del grado de discapacidad, únicamente en el caso de no autorización a la Administración para su obtención.
    d) Justificante de matrícula emitida por el Centro Universitario.
    e) Justificante de abono efectivo, salvo que se hubiera solicitado beca destinada a sufragar la matrícula.
    f) Acreditación de la condición de víctima de violencia de género, por alguno de los siguientes medios:
    1º. Sentencia o resolución judicial que declare la existencia de una situación de violencia de género.
    2º. Informe del Ministerio Fiscal sobre la existencia de indicios de una situación de violencia de género.
    3º. Orden de protección o resolución que acuerde la adopción de medidas cautelares de protección.
    4º. Informe del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.
    g) En su caso, acreditación de la condición de hijas o hijos de mujer víctima de violencia de género por alguno los siguientes medios: 1º. Copia del libro de Familia.
    2º. Certificación de nacimiento del registro civil.

    Lugar de presentación

    a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
    b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    DOCM: 04/12/02 Ley 22/2002, de 21/11/2002, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 01/08/03 Decreto 252/2003, de 29/07/2003, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
    DOCM: 29/11/02 Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones.
    DOCM: 13/02/08 Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
    DOCM: 12/06/19 Resolución de 06/06/2019, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan las becas Leonor Serrano Pablo de estudios universitarios a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos. Extracto BDNS (Identif.): 460352.

    Tramitación

    Online

    Presencial: Oficinas de Registro

    Alertas informativas

  • ## Resumen Este trámite permite a los dueños de explotaciones ganaderas comunicar la muerte de un animal bovino (vaca, toro, buey, etc.) que haya ocurrido en su explotación. ## Cómo hacerlo 1. **Tramitación online:** El trámite se realiza online a través de la sede electrónica de la JCCM, utilizando certificado digital o Clave de firma. ## Información adicional * [Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina](http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-1998-23140) ## Otros * [Accede al Servicio de Alertas Informativas](https://www.jccm.es/servicios/alertas-informativas) para recibir notificaciones sobre este trámite. * [Requisitos técnicos](https://www.jccm.es/utilidades/verificacion-requisitos-tecnicos) * [Sistemas de identificación y firma admitidos](https://www.jccm.es/ayuda/certificados-electronicos-admitidos) * [Tramitar](https://metaoficina.jccm.es/metaoficina/mostrarRecursosOL.action?model.codSiaci=JMK) * [Sólo dos preguntas](https://encuestas-gen.castillalamancha.es/index.php/222211/newtest/Y?222211X641X11680=SJMK)

  • ## Resumen Este trámite permite presentar alegaciones o documentación adicional en los procesos de concesión de becas y ayudas para estudiantes de niveles postobligatorios en Castilla-La Mancha. **Quién puede usar este servicio:** Estudiantes de niveles postobligatorios que deseen presentar alegaciones o documentación en relación con su solicitud de beca o ayuda. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** Documentos que justifiquen las alegaciones presentadas. * **Plazo:** 10 días hábiles desde la publicación de la resolución provisional. ## Cómo hacerlo 1. **Prepara la documentación:** Reúne los documentos justificativos de tus alegaciones. 2. **Presenta la documentación:** Dirige los documentos al órgano de selección de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a tu centro de estudios. 3. **Plazo de presentación:** Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución provisional. ## Después de hacerlo * La Delegación Provincial revisará la documentación presentada. * Se emitirá una resolución definitiva sobre la solicitud de beca o ayuda. ## Ayuda * Para acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, PINCHE AQUÍ

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar una bonificación en el canon medioambiental del agua (canon DMA) para usos domésticos o notificar el cese de dicha bonificación. Está gestionado por la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha. ## Quién puede usar este servicio * Personas físicas titulares del suministro de agua que pertenezcan a familias numerosas con título en vigor. * Familias monoparentales con mujeres en situación de violencia de género. * Personas en situación de riesgo de exclusión social, de municipios con esta exención del pago del servicio del agua recogida en las ordenanzas municipales. ## Antes de empezar 1. **Asegúrate de cumplir los plazos y requisitos:** Verifica que cumples con los plazos y requisitos técnicos y administrativos. 2. **Prepara la documentación necesaria:** Revisa qué documentación adicional debes aportar y tenla en formato electrónico. 3. **Pago de tasas:** Si el trámite lo requiere, podrás pagar mediante el modelo 046 en una entidad de crédito colaboradora, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o de forma electrónica. ## Cómo hacerlo El trámite se puede realizar de forma online o presencial: * **Online:** A través de la sede electrónica de la JCCM, utilizando certificado digital o Clave de firma: [Tramitar](http://www.jccm.es/administracion_electronica/formularios/KMB0.phtml?SER_ID=MB0&PROC=MB0&FIRMA=S) * **Presencial:** En los lugares de presentación indicados: [lugares de presentación](https://www.jccm.es/tramites/lugares-de-presentacion) ## Documentación a aportar * **Familia numerosa:** * NIF o NIE de los miembros de la unidad familiar (si no autoriza la consulta). * Copia del título de familia numerosa en vigor (si no autoriza la consulta). * Certificado o volante de empadronamiento (si no autoriza la consulta). * Acreditación de la domiciliación del pago de la factura de agua en una cuenta bancaria de la que sea titular la persona solicitante (solo si el titular del contrato no coincide con un miembro de la unidad familiar). * **Familia monoparental con mujer en situación de violencia de género:** * Acreditación. * **Persona en situación de riesgo de exclusión social:** * Acreditación. ## Información adicional * **Familia numerosa:** Bonificación del 20% (categoría general) o 50% (categoría especial). Se aplica solo a la vivienda habitual. * **Familia monoparental con mujer en situación de violencia de género:** Bonificación del 100%. * **Persona en riesgo de exclusión social:** Bonificación del 100%. La resolución tendrá efectos a partir del primer día natural del tercer mes siguiente a la resolución, o bien en el siguiente período de liquidación en el caso de fuentes propias. ## Marco legal * [Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1645532642356350476) * [Resolución de 19/12/2024, de la Dirección-Gerencia, de aprobación de modelos tributarios para la gestión y recaudación del canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua.](https://docm.jccm.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1734606440991910121)

  • PROCEDIMIENTO

    040275 CAMBIO DE NOMBRE COMERCIAL O DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA ARTESANA

    Plazo de resolución

    3 MESES

    Efectos silencio

    Estimatorio

    MJB2 CAMBIO DE NOMBRE COMERCIAL O DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA ARTESANA

    Plazo de presentación de solicitudes

    Plazo abierto todo el año

    Objeto

    La expedición de un nuevo Título de Empresa Artesana, adecuado a los cambios producidos en la Empresa .

    Destinatarios

    Empresas artesanas, que con carácter habitual realicen una actividad comprendida en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    Que el responsable de la actividad productiva esté en posesión del Carné de Artesano o de Maestro Artesano.

    Lugar de presentación

    a) Preferentemente, de forma telemática mediante el envío de dicho modelo a través del apartado "tramitación on line"mediante D.N.I. electrónico o certificado electrónico de la FNMT. b) En el registro de la Consejería de Empleo y Economía de Castilla-La Mancha, en los Servicios Periféricos de la citada Consejería, o en cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 38.4 de la LRJAPAC.

    Información Adicional

    El nuevo Título de empresa artesana tendrá validez hasta la fecha en que debiera expirar la del título a que sustituye.
    DOCM: 28/08/09 Decreto 119/2009, de 25/08/2009, por el que se establecen los requisitos para la obtención del Carné de Artesano y el Título de Empresa Artesana de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 24/07/02 Ley 14/2002, de 11-07-2002, de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla-La Mancha
    DOCM: 26/02/10 Decreto 9/2010, de 23/02/2010, por el que se establece el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha

    Tramitación

    Online

    Ventanilla Única

    Alertas informativas

  • Es un carné que da derecho a usar los albergues juveniles de España (REAJ) y los de otros países miembros de la Federación Internacional de Albergues Juveniles (IYHF).

  • PROCEDIMIENTO

    020225 SOLICITUD DE CATALOGACION DE PUESTOS DE TRABAJO Y CENTRO DOCENTE COMO DE ESPECIAL DIFICULTAD.

    Plazo de resolución

    2 MESES

    Efectos silencio

    Desestimatorio

    SKBC CATALOGACION DE PUESTOS DE TRABAJO Y CENTROS COMO DE ESPECIAL DIFICULTAD POR LA CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES.

    Plazo de presentación de solicitudes


    Del Dom, 01 Sep 2019 al Dom, 15 Sep 2019

    Objeto

    Catalogación de puestos de trabajo y centros docentes como de especial dificultad.

    Destinatarios

    Profesores y centros educativos públicos que cumplan alguno de los criterios recogidos en la base tercera y cuarta de la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por las que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Requisitos

    - Ser centro público de Educación Infantil y Primaria, Secundaria y de Formación Profesional y cumplir alguno de los criterios de la base tercera y/o cuarta de la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por las que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    - Ser funcionario docente de carrera que ocupe puesto de trabajo y que cumpla alguno de los requisitos de la base tercera y/o cuarta de la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por las que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Criterios

    Los definidos en la base Tercera y Cuarta del borrador de la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por las que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Documentación a aportar

    - Certificado de aprobación por el Claustro de Profesores del centro.

    Lugar de presentación

    Los directores y las directoras de los centros educativos podrán solicitar, a propuesta del Claustro, la catalogación del centro y puestos de trabajo docente, como de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño.

    La solicitud se presentará de forma electrónica mediante la cumplimentación del formulario (conforme al modelo del Anexo I) disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección www.jccm.es, y en el Portal de Educación.

    Información Adicional

    Pueden dirigirse a la dirección de correo electrónico dificildesempeno@jccm.es o contactar por medio de los siguientes teléfonos: 925248412, 925389174 o 925266568.
    DOCM: 30/06/16 Corrección de errores de la Orden de 07/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
    DOCM: 03/07/19 Orden 97/2019, de 19 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 07/06/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha
    DOCM: 17/06/16 Orden de 07/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la catalogación de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño de determinados puestos de trabajo y centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    Tramitación

    Online

    Alertas informativas

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