Gobierno de Canarias

  • ## Resumen Este trámite se refiere al procedimiento sancionador que se inicia por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) n.º 995/2010, que busca asegurar la legalidad en la comercialización de madera y productos derivados. Quién puede usar este servicio: * Empresas ## Cómo hacerlo El procedimiento se inicia de oficio. Medios de presentación: * Electrónico Plazo de presentación: Todo el año. ## Después de hacerlo * El órgano que resuelve es la Dirección General de Comercio y Consumo. * El plazo de resolución es de 3 meses. * El silencio administrativo tiene efectos de caducidad. * Se puede interponer un recurso de alzada. ## Ayuda * Órgano que tramita: Servicio de Planificación Comercial #### Normativa * Normativa estatal: * Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes * Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera. * Normativa europea: * REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 607/2012 DE LA COMISIÓN de 6 de julio de 2012 * REGLAMENTO (UE) N o 995/2010 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 20 de octubre de 2010 #### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6170 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2248723

  • ## Resumen Este procedimiento sancionador se aplica en el ámbito de las subvenciones concedidas por el Instituto Canario de Igualdad. Su objetivo es imponer sanciones a las personas físicas y jurídicas que hayan cometido infracciones administrativas. Quién puede usar este servicio: * ONG's * Asociaciones y Federaciones * Fundaciones ## Lo que necesitas * **Documentación requerida:** La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. * **Tasas:** No se exigen tasas para este trámite. ## Cómo hacerlo * **Inicio del trámite:** El procedimiento se inicia de oficio. * **Medios de presentación:** El trámite se realiza de forma electrónica. * **Plazo de presentación:** Todo el año. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** El plazo máximo de resolución es de 12 meses. * **Efectos del silencio administrativo:** Si la administración no resuelve en el plazo establecido, el procedimiento caduca. * **Recursos:** Se pueden interponer los siguientes recursos: * Recurso de Alzada * Potestativo de Reposición * Reclamación Económica Administrativa * Recurso contencioso-administrativo ## Ayuda * **Quién tramita:** * Órgano que tramita: Planificación y Programas, Servicio Coordinación Sistemas Integración Violencia Género * **Quién resuelve:** * Órgano que resuelve: Planificación y Programas, Servicio Coordinación Sistemas Integración Violencia Género * **Normativa:** * **Normativa autonómica:** * Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria * Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias * Decreto 76/2015, 7 mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias * **Normativa estatal:** * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. * Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. * Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. * Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. * Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones * **Códigos identificativos:** * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6603 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2350347 [Volver al listado]() [Trámite electrónico]() [¿Necesita ayuda?]() Te puede interesar: * Subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias. * Subvenciones de concesión directa

  • ## Resumen Este trámite gestiona el programa de ayudas para la rehabilitación de barrios, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según el Real Decreto 853/2021. Quién puede usar este servicio: * Administración Local ## Lo que necesitas #### Documentación * La documentación debe presentarse en los formatos de documentos aceptados. #### Cuantía * La cuantía depende del proyecto presentado, según el artículo 15 del Real Decreto 853/2021. #### Criterios de valoración * Según el artículo 11 del Real Decreto 853/2021. ## Cómo hacerlo #### Objeto * Gestión del programa 1 "Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. #### Inicio del trámite * A instancia del interesado y de oficio. #### Beneficiarios * Según el artículo 13 del Real Decreto 853/2021. #### Grado de administración electrónica * Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios. #### Se publica en la Ventanilla Única Europea * No #### Medios de presentación * Electrónico: La gestión telemática está desactivada por estar fuera de plazo. #### Plazo de presentación * Fecha Inicio: 14/9/2022 0:0 * Fecha Fin: 14/10/2022 23:59 ## Después de hacerlo #### Quién tramita * Servicio de Promoción Privada Las Palmas I.C.V. #### Quién resuelve * Servicio de Promoción Privada Las Palmas I.C.V. #### Plazo de resolución * 12 meses #### Efectos del silencio administrativo * Si el trámite se inicia por el interesado: No tiene. * Si el trámite se inicia de oficio: No tiene. #### Recursos * Potestativo de Reposición * Recurso contencioso-administrativo ## Ayuda #### Normativa ##### Normativa estatal * Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia * Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, así como el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. * Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. * Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. #### Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 8196 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 3015004 [Volver al listado]() [¿Necesita ayuda?]()

  • ## Resumen Este procedimiento permite que los alumnos matriculados en Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros educativos sostenidos con fondos públicos puedan acceder a libros de texto o materiales didácticos mediante préstamo o adquisición. Quién puede usar este servicio: * Familias con alumnos matriculados en Educación Primaria y Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos. Antes de empezar: * Verificar que la renta familiar se encuentra dentro de los umbrales económicos establecidos en la convocatoria anual. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Solicitud (disponible para descargar en la sede electrónica). Requisitos previos: * Estar matriculado en Educación Primaria o Secundaria Obligatoria en un centro sostenido con fondos públicos. * Cumplir con los requisitos de renta establecidos en la convocatoria anual. Costes y plazos: * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación de solicitudes es del 1 al 29 de junio para alumnos que no participan en el proceso de admisión y del 20 al 29 de junio para alumnos que participan en el proceso de admisión. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Descargar la solicitud desde la sede electrónica. 2. Completar la solicitud con la información requerida. 3. Presentar la solicitud en la secretaría del centro educativo o de forma telemática. Información sobre cada etapa: * La solicitud debe presentarse dentro de los plazos establecidos en la convocatoria. * Es importante verificar que se cumplen todos los requisitos antes de presentar la solicitud. Tiempos de espera: * La resolución se publica en un plazo que varía en función del curso escolar, generalmente entre el 23 de junio y el 7 de julio de cada año. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * Una vez publicada la resolución, los centros educativos adquieren el material y lo entregan a las familias. Plazos de resolución: * Varía en función del curso escolar y suele oscilar entre el 23 de junio y el 7 de julio de cada año. Siguiente pasos: * Recoger el material en el centro educativo. ## Ayuda Contacto: * SRV. ACC. COMPENSACIÓN EDUCAT. Y ACT. EX Recursos adicionales: * Orden, 5 nov 2012, de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, por la que se regula el sistema de préstamo de libros de texto o adquisición de libros de texto y materiales didácticos al alumnado matriculado en educación básica en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias * Resolución de 10 de marzo de 2023, por la que se aprueba la instrucción del préstamo de ayudas de libros de texto y materiales didácticos para el curso escolar 2023/2024. * Resolución de 23 de mayo de 2023, por la que se corrige error en el anexo de la Resolución de 10 de marzo de 2023, que aprueba la instrucción del préstamo de ayudas de libros de texto y materiales didácticos para el curso escolar 2023/2024 (BOC n.º 59, de 24.3.2023). Preguntas frecuentes: * ¿ Documento de preguntas frecuentes?: Descargar el documento en PDF

  • ## Resumen Este trámite ofrece préstamos a pequeñas y medianas empresas (PYMES) en Canarias para impulsar proyectos de ahorro y eficiencia energética, así como el uso de energías renovables. Quién puede usar este servicio: * PYMES con establecimiento permanente en Canarias. Antes de empezar: * Asegúrate de cumplir con los requisitos generales y específicos del proyecto. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. Requisitos previos: * Los proyectos deben tener una finalidad inversora en Canarias. * Deben presentarse proyectos con calidad técnica que sean viables técnica y económica para su desarrollo. * En actuaciones en edificios del sector terciario, la operación deberá contar con un certificado de Eficiencia Energética previo. * En actuaciones en edificios, el tamaño del proyecto deberá suponer la mejora de la calificación energética del edificio en, al menos, una letra con respecto a su calificación energética inicial, excepto en edificios industriales o parte de los mismos, en la parte destinada a talleres y procesos industriales y en los edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2. * Deberá haber un impacto potencial del proyecto en la competitividad de la empresa. Costes y plazos: * No se exigen tasas. * El plazo de presentación estuvo abierto desde el 23/12/2020 hasta el 31/03/2023. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias (Fuera de Plazo). Información sobre cada etapa: * La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo. Tiempos de espera: * Ver convocatoria. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * La Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias (SODECAN) resolverá el trámite. Plazos de resolución: * Ver convocatoria. Siguiente pasos: * No tiene. ## Ayuda Contacto: * Órgano que tramita: Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias (SODECAN) Recursos adicionales: * Enterprise Europe Network Canarias * Emprender en Canarias - Dirección General de Promoción Económica * Enterprise Europe Network Canarias Preguntas frecuentes: * ¿Se puede renegociar el préstamo? * ¿Quién puede beneficiarse? * ¿Cuáles son los requisitos principales para poder presentarse? * Ver más

  • ## Resumen Este trámite permite a las PYMES canarias acceder a préstamos para impulsar la innovación en sus empresas. ## Lo que necesitas ### Requisitos principales: * Tener un establecimiento permanente en Canarias. * Finalidad inversora en Canarias. * Demostrar incapacidad de obtener financiación bancaria en condiciones razonables. * No pertenecer a un sector excluido. * Estar en el catálogo de acciones a desarrollar en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias 2014-2020 RIS3 de Canarias y en los ámbitos de especialización de la misma. * Tener capacidad plena. * No estar incursos en procedimientos de quiebra, liquidación, intervención judicial o en cualquier otra situación similar ni haber sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito que afecte a su ética profesional, fraude, corrupción, participación en una organización delictiva o cualquier otra actividad ilegal. ### Documentación requerida: La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados. ## Cómo hacerlo ### Pasos para la tramitación: 1. **Presentación de solicitudes:** Desde la publicación de la convocatoria hasta agotar el presupuesto. Se informará de las novedades en la web de SODECAN y, si procede, en diarios oficiales. 2. **Medios de presentación:** Electrónico. ## Quién tramita * Órgano que tramita: Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias (SODECAN) * Órgano que resuelve: Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias (SODECAN) * Plazo de resolución: Consultar los plazos de las distintas fases del procedimiento en la convocatoria * Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado: Desestimatorio * Recursos: No cabe recurso ## Normativa * ANUNCIO de 4 de diciembre de 2020, relativo a la convocatoria de préstamos ordinarios para la innovación empresarial para Pymes (FCF1\_IP nº 01/19) del Fondo Canarias Financia 1. * Acuerdo de Financiación entre las Consejerías de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y de Hacienda y la Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A. (SODECAN) para la gestión del "Fondo Canarias Financia 1". * Resolución de 16 de abril de 2019, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Financiación entre las Consejerías de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y de Hacienda y la Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A. (SODECAN) para la gestión del "Fondo Canarias Financia 1", una vez corregidos los errores materiales detectados en su Anexo I. * Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020. * Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación; * Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. * Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, por el que se establecen disposiciones generales relativas al FEDER y el Reglamento (UE) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas aplicables al presupuesto general de la Unión que lo modifica. * Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis, publicado en el DOUE L 352 de 24 de diciembre de 2013 ## Ayuda * ¿Necesita ayuda? ## Códigos identificativos * Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6294 * Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2279979

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de los equipos a presión y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Administración y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
    • Importante: Se deben rellenar los "PDF" e imprimirlos posteriormente en "PDF" como imagen PDF antes de firmarlos electrónicamente (son PDF con campos editables y deben imprimirse a PDF como imagen de tal manera que no se borren los campos rellenados al firmarlos).
    • Se deben rellenar en datos de las instalaciones (descrip. de eq.) una fila por cada equipo a presión, para la obtención de un nº de registro para cada equipo.
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Certificado de dirección de obra
      • Certificado de instalación
      • Fotocopia del Poder del representante, en su caso.
      • Declaraciones de conformidad de los equipos a presión.
      • Justificante de pago de autoliquidación de tasa (modelo 700, concepto 118, tasa 1.2.2).
      • Proyecto de instalación.
      • Esquema de principio de la instalación.
      • Plano o croquis de la instalación.
      • Comunicación previa

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • La puesta en funcionamiento de las instalaciones podrá realizarse con la simple presentación de una comunicación, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 154/2001, de 23 de julio, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales. (BOC Nº 097, de 1.8.2001)

      Normativa estatal

      Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Corrección de errores: BOE Nº 149 de 19/6/2010

      Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de aparatos a presión. (BOE Nº 129, de 31.5.1999)

      Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. (BOE Nº 31, de 05.2.2009)

      Normativa europea

      Directiva 97/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de mayo de 1997 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre equipos a presión

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3626
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221305

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones así como la ampliación, modificación o el traslado de instalaciones existentes de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Ciudadanos y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Reglamento de almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, aprobado por Real Decreto 379/2001 así como el Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero.
    • Importante: Se deben rellenar los "PDF" e imprimirlos posteriormente en "PDF" como imagen PDF antes de firmarlos electrónicamente (son PDF con campos editables y deben imprimirse a PDF como imagen de tal manera que no se borren los campos rellenados al firmarlos).
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Comunicación previa de puesta en funcionamiento de instalaciones de almacenamiento de productos químicos.
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Certificado de construcción de los recipientes, extendido por el fabricante.
      • Copia póliza de seguro de responsabilidad civil.
      • Proyecto técnico de la instalación.
      • Certificado de dirección de obra
      • Impreso de autoliquidación de las tasas.
      • Cuando no sea preceptivo la presentación de un proyecto.
        • Memoria descriptiva de la instalación.

        • Certificado suscrito por un Organismo de Control.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Comunicación previa de puesta en funcionamiento de instalaciones de almacenamiento de productos químicos.
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Certificado de construcción de los recipientes, extendido por el fabricante.
      • Copia póliza de seguro de responsabilidad civil.
      • Proyecto técnico de la instalación.
      • Certificado de dirección de obra
      • Impreso de autoliquidación de las tasas.
      • Cuando no sea preceptivo la presentación de un proyecto.
        • Memoria descriptiva de la instalación.

        • Certificado suscrito por un Organismo de Control.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • El ejercicio del derecho o el inicio de la actividad podrá realizarse con la simple presentación de una comunicación, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 154/2001, de 23 de julio, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales. (BOC Nº 097, de 1.8.2001)

      Normativa estatal

      Real Decreto 105/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de los almacenamientos de productos químicos y se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 "almacenamiento de peróxidos orgánicos" (BOE Nº 67, de 18/03/2010)

      Real Decreto 2016/2004, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE APQ-8 Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno. (BOE Nº 256, de 23.10.2004)

      Real Decreto 888/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre almacenamiento de fertilizantes con un contenido en nitrógeno igual o inferior a un 28 por ciento en masa (BOE Nº 208, de 31/08/2006)

      Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.

      Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7. ( BOE Nº 112, de 10.5.2001)

      Normativa europea

      Directiva 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior

      Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        3685
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221265

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Solicitar la puesta en funcionamiento de instalaciones térmicas en edificios (calefacción, refrigeración, ventilación y producción de agua caliente sanitaria ) destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas, y justificar el cumplimiento de los preceptos técnicos y de seguridad de este tipo de instalaciones.
    A quién está dirigido:
    Ciudadanos y Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Las instalaciones deberán cumplir los requisitos del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
    • Importante: Se deben rellenar los "PDF" e imprimirlos posteriormente en "PDF" como imagen PDF antes de firmarlos electrónicamente (son PDF con campos editables y deben imprimirse a PDF como imagen de tal manera que no se borren los campos rellenados al firmarlos).
    Tasas:
    (118) Tasas en materia de industria y energía

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Comunicacion previa (Mod IT_INS).
      • Certificado de Instalación (Mod.IT_CI).
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Proyecto técnico de la instalación, firmado por técnico competente.

        • Certificado de dirección de obra
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW.
        • Memoria Técnica, firmado por el responsable de la empresa instaladora.
      • Cuando la potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Copia del Contrato de mantenimiento con empresa mantenedora habilitada.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 1.2.1 (viviendas o servicios comunes sin proyecto) y/o 1.2.2 (otros usos).

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Comunicacion previa (Mod IT_INS).
      • Certificado de Instalación (Mod.IT_CI).
      • Fotocopia del poder del representante, en su caso.
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Proyecto técnico de la instalación, firmado por técnico competente.

        • Certificado de dirección de obra
      • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW.
        • Memoria Técnica, firmado por el responsable de la empresa instaladora.
      • Cuando la potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW.
        • Copia del Contrato de mantenimiento con empresa mantenedora habilitada.
      • Impreso de autoliquidación de tasas (modelo 700, concepto 118, tasa 1.2.1 (viviendas o servicios comunes sin proyecto) y/o 1.2.2 (otros usos).

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Seguridad Industrial

    Quién resuelve

    • Recursos:
      No cabe recurso

    Observaciones

    • La puesta en funcionamiento de las instalaciones podrá realizarse con la simple presentación de una comunicación previa, acompañada de la documentación preceptiva, sin que sea necesaria la emisión de una resolución administrativa. No obstante la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

    Normativa

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