Obligatoriamente la renovación o revisión se tiene que solicitar transcurridos 4 años desde la fecha de la resolución de concesión. También se tiene que solicitar cuando se produzca cualquier modificación de las características de los establecimientos que suponga una disminución, rebaja o pérdida en la categoría, especialidad o distintivo de excelencia reconocido.
Voluntariamente se podrá solicitar en cualquier momento.
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
Se puede presentar en cualquiera de los puntos de las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
Es aquella que tiene unas características determinadas y que lleva a cabo una actividad incluida en el repertorio de oficios de artesanía alimentaria (consultar el apartado otras informaciones).
Estas características son:
La designación de empresa artesanal alimentaria tiene validez indefinida siempre que se cumplan los requisitos y obligaciones establecidas en la legislación vigente. Pero es obligatorio comunicar las modificaciones de datos o bajas de las empresas artesanales alimentarias.
Leer másLa designación como empresa artesanal alimentaria tiene validez indefinida.
A las empresas dedicadas a la alimentación artesanal.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Repertorio de oficios de artesanía alimentaria regulados:
Puntos de tramitación
No haya tasas asociadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Las organizaciones de productores son entidades con personalidad jurídica propia (cooperativas, sociedades agrarias de transformación, sociedades mercantiles) o partes claramente definidas de éstas, constituidas por productores de frutas y / o hortalizas para adaptar, en común, la producción y la comercialización en las exigencias del mercado.
Las organizaciones de productores deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 152 a 158 del Reglamento (UE) 1308/2013 y los artículos 20 a 35 del Reglamento (UE) 543/2011. El reconocimiento lo hace la Comunidad Autónoma donde tienen la sede social, para una de las 11 categorías que se establecen en el artículo 4 del Real Decreto 1972/2008.
Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (OPFH) se constituyen para programar la producción y concentrar la oferta y hacer la comercialización en común y en Cataluña hay 77, siendo la mayoría de la categoría frutas / frutas y hortalizas (58), 12 de frutos de cáscara y 7 de cítricos.
A las cooperativas, sociedades agrarias de transformación, sociedades mercantiles u otras entidades con personalidad jurídica que comercialicen en común su producción.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación a adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
En el caso de fusiones, hay que presentar, además:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Para poder proceder a la exhibición, comercialización o promoción de una obra audiovisual en formato cinematográfico y no cinematográfico dentro del territorio de Cataluña o España, se debe haber obtenido del Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC) la calificación de la obra por grupos de edad, de acuerdo con la clasificación establecida por la normativa estatal.
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A les empreses productores titulars dels drets d'explotació d'obres audiovisuals inscrites en el Registre d'Empreses Audiovisuals de Catalunya (REAC).
Se puede solicitar en cualquier momento.
.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Calificación de una obra audiovisual en formato cinematográfico
La documentación que se debe adjuntar a la solicitud se enumera en el formulario de solicitud. En cualquier caso, los documentos que estén redactados en una lengua no oficial en Cataluña se deben presentar acompañados de la correspondiente traducción jurada.
Solo para las obras con formato cinematográfico que opten al certificado de nacionalidad española hay que presentar los siguientes anexos:
Calificación de una obra audiovisual en formato no cinematográfico
La documentación que se debe adjuntar a la solicitud se enumera en el formulario de solicitud. En cualquier caso, los documentos que estén redactados en una lengua no oficial en Cataluña se deben presentar acompañados de la correspondiente traducción jurada.
El importe de las tasas está especificado en el formulario de solicitud.
Nova resolució, de 16 de novembre de 2011 (BOE 286, de 28 de novembre de 2011), que estableix criteris per a l?atorgament a les obres audiovisuals de la categoria ?Especialment recomanada per al foment de la igualtat de gènere?. Aquesta resolució amplia l?Ordre CUL/314/2010 (BOE 43, de 16 de febrer de 2010), del Ministeri de Cultura, per la qual es modifiquen els grups d?edat per a la qualificació de les pel·lícules cinematogràfiques i altres obres audiovisuals.
Així doncs, a partir del dia 29 de novembre de 2011 els grups d?edat s?estableixen com segueix:
a) Apta per a tots els públics
b) Apta per a tots els públics. Especialment recomanada per al foment de la igualtat de gènere
c) Apta per a tots els públics. Especialment recomanada per a la infància
d) Apta per a tots els públics. Especialment recomanada per a la infància i per al foment de la igualtat de gènere
e) No recomanada per a menors de 7 anys
f) No recomanada per a menors de 7 anys. Especialment recomanada per al foment de la igualtat de gènere
g) No recomanada per a menors de 7 anys. Especialment recomanada per a la infància
h) No recomanada per a menors de 7 anys. Especialment recomanada per a la infància i per al foment de la igualtat de gènere
i) No recomanada per a menors de 12 anys
j) No recomanada per a menors de 12 anys. Especialment recomanada per al foment de la igualtat de gènere
k) No recomanada per a menors de 16 anys
l) No recomanada per a menors de 16 anys. Especialment recomanada per al foment de la igualtat de gènere
m) No recomanada per a menors de 18 anys
n) No recomanada per a menors de 18 anys. Especialment recomanada per al foment de la igualtat de gènere
o) Pel·lícula X
Hay que tener en cuenta que es obligatorio que las obras audiovisuales estén calificadas antes de proceder a su exhibición, comercialización o promoción.
Puntos de tramitación
Sol·licitar la qualificació per l'exhibició cinematogràfica
Sol·licitar la qualificació per a la comercialització audiovisual
Sólo se considera vivienda con protección oficial aquel calificado como tal por los servicios competentes de la Administración. Tienen características y condiciones particulares establecidas a la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho en la vivienda.
La persona promotora puede elegir entre las siguientes calificaciones:
La figura de cualificación condiciona, además del destino, el precio de venta o renta de alquiler y los ingresos máximos de los destinatarios.
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A los promotores de viviendas, tanto personas físicas como jurídicas, públicas o privadas.
Documentación que hay que aportar con la solicitud en el modelo normalizado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña:
Documentación para la solicitud de calificación provisional
Documentación para la solicitud de calificación definitiva
Los VPO son viviendas que cumplen las condiciones establecidas por esta tipología a la normativa vigente y son calificados como tales para la Agencia de la Vivienda de Cataluña
Viviendas que se pueden calificar:
La calificación de viviendas con protección oficial se puede otorgar en todas las viviendas o en viviendas individuales de una edificación
Superficie útil de los VPO:
Los VPO tienen que tener una superficie útil máxima de 90 m2, salvo:
Viviendas adaptadas para personas con discapacidad con movilidad reducida permanente, que pueden llegar a 100 m2 útiles
Viviendas destinadas a familias numerosas, que pueden llegar a 120 m2 útiles
Viviendas situadas en los municipios no incluidos en las áreas con demanda residencial fuerte y acreditada, que se puede ampliar hasta 120 m2 útiles
La superficie útil se computa de acuerdo con lo que establece la normativa sobre condiciones de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad.
En caso de que la vivienda tenga espacios exteriores construidos de uso privativo, se podrá incluir, a efectos del cómputo de la superficie protegida, la mitad de estos espacios, hasta un máximo del 10% de la superficie útil interior.
En toda promoción hará falta adaptar y reservar un 3% de las viviendas calificadas para personas con movilidad reducida.
Pueden ser calificados las viviendas de nueva construcción, los que provienen de conversión de una construcción acabada libre, los que provienen de una edificación existente rehabilitada y los anexos que se vinculan registralmente a la vivienda
Superficie de los anexos vinculados.
Garajes situados en sótanos o cerrados en superficie: la superficie máxima computable, incluyendo la parte correspondiente de elementos comunes, no puede superar 25 m2 en el caso de garajes para coches y 5 m2 en el caso motocicletas.
Garajes situados en parcela y abiertos: la superficie máxima computable será la superficie real de la plaza con un máximo de 12,5 m2 para coches y de 2,5 m2 para motocicletas.
Trasteros: 8 m2 como máximo
Suelo donde se promueven las viviendas
Las viviendas con protección oficial pueden ser construidas en suelos sobre los cuales el promotor ejerza cualquier derecho que lo habilite a construir.
Precio del suelo: El precio de venta del suelo urbanizado calificado urbanísticamente para la construcción de VPO no pueden superar:
- Zona A: 20% del precio máximo de venta de los VPO de régimen general o especial
- Resto de zonas: 15% del precio máximo de venta de los VPO de régimen general o especial
Esta limitación será de aplicación a suelos con instrumentos de gestión urbanística que se aprueben inicialmente a partir del 18 de junio de 2014 (fecha entrada en vigor del Decreto 75/2014, del Plan del derecho a la Vivienda)
Destino de los VPO.
Las viviendas con protección oficial calificadas al amparo del Decreto 75/2014, se pueden destinar a venta o a alquiler.
Tipologías de VPO
Régimen especial: para personas con ingresos familiares ponderados que no superen 2,50 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC)
Régimen general: para personas con ingresos familiares ponderados que no superen:
5 veces el IRSC, en el caso de viviendas situadas en áreas de demanda residencial fuerte y acreditada
5,5 veces el IRSC, en el resto del territorio
Precio concertado: Para personas con ingresos familiares ponderados que no superen 6,50 veces el IRSC
No hay tasas asociadas a este trámite.
Precios máximos
Los precios de venta y renta máximos de los VPO se determinarán por orden del consejero o consejera competente en materia de vivienda. Hasta que no se publique questa orden, se mantienen vigentes los precios actuales.
Precios máximos de venta actuales
El precio máximo de venta de los VPO es, dependiendo de la zona (relación de municipios por zonas)donde se hace la promoción, el resultado de multiplicar la superficie útil de la vivienda por las cuantías siguientes
Precio por m2 de superficie útil de la vivienda
Zonas geográficas de protección oficial
Zona A
Zona B
Zona C
Zona D
Régimen especial
1.705.50 ?
1.478.10 ?
1.307,55 ?
1.137,00 ?
Régimen general
1.940,48 ?
1.576,64 ?
1.394,72 ?
1.2212,80 ?
Precio concertado
A1- 3.001,68 ?
A2- 3.001,68 ?
A3- 2.728,80 ?
2.183,04 ?
1.773,72 ?
1.364,40 ?
Rentas de alquiler máximas
La renta anual máxima inicial de los VPO es la que consta a la calificación definitiva. Por viviendas calificadas al amparo del Decreto 75/2014, esta renta será mensualmente, por m2 útil de vivienda, dependiendo de régimen y de la zona donde se promueven las viviendas, de:
Renta mensual por m2 de superficie útil de la vivienda
Zonas geográficas de protección oficial
Zona A
Zona B
Zona C
Zona D
Régimen general
7,28 ? 5,91 ? 5,23 ? 4,55 ? Régimen especial
6,40 ? 5,54 ? 4,90 ? 4,26 ? Precio concertado
8,89 ?
7,23 ?
6,39 ?
5,56 ?
La renta inicial aplicada se puede actualizar anualmente según las variaciones porcentuales del Índice de Precios al Consumo (IPC).
La persona arrendadora puede percibir, además de la renta inicial o revisada que corresponda, el coste real de los servicios de que disfruta la persona inquilina y que sean satisfechos por la persona arrendadora, así como el resto de repercusiones que autoriza la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Transcurrido un año desde la calificación definitiva de los VPO, la renta inicial máxima de los contratos que se suscriban a partir de aquella fecha será la más alta entre:
- La correspondiente a una vivienda destinada a alquiler que se califique provisionalmente en la misma fecha, o
- Lo que resulte de incrementar el precio que conste a la calificación definitiva de la vivienda con la variación del IPC entre el año de la calificación y el del nuevo contrato.
Anexos vinculados
Precios de venta y renta máximos: El precio máximo por m2 de garajes y trasteros vinculados registralmente con la vivienda no puede superar:
Régimen especial y general:
Garajes, tanto de coches como de motocicletas, situados en subterráneos o cerrados en superficie y trasteros: 50% del precio máximo de venta/renta por m2 útil de la vivienda.
Garajes, tanto de coches como de motocicletas, situados en parcela y abiertos: 25% del precio máximo de venta/renta de la vivienda
Precio concertado:
Garajes, tanto de coches como de motocicletas, situados en subterráneos o cerrados en superficie y trasteros: 40% del precio máximo de venta/renta por m2 útil de la vivienda.
Garajes, tanto de coches como de motocicletas, situados en parcela y abiertos: 20% del precio máximo de venta/renta de la vivienda
Transmisión de los VPO
Una vez calificados provisionalmente los VPO, los trámites que tiene que hacer el promotor varían según les quiera vender o alquilar.
Contratas de transmisión
Contratos de compraventa: No existe un modelo oficial, pero todos los documentos de transmisión tienen que contener como mínimo las siguiente cláusulas de inclusión obligatoria:
La identificación del expediente de construcción al amparo del cual está calificada la vivienda y la fecha de su calificación definitiva.
El precio de venta pactado.
La obligación de notificar al Departamento competente en materia de vivienda la decisión de transmitirlo mientras sea vigente la calificación y que la Administración de la Generalitat de Catalunya se reserva un derecho de opción legal.
Compromiso del/s comprador/s de:
Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente, y que, en ningún caso, lo destinará a segunda residencia o a otro uso.
Elevar el contrato de compraventa a escritura pública en un plazo máximo de 3 meses desde la fecha del contrato.
Ocupar la vivienda en el plazo de tres meses desde su entrega.
Todo eso sin perjuicio que las partes puedan pactar las condiciones que consideran oportunas con respecto a aspectos no previstos en las cláusulas mencionadas.
Contratas de alquiler: No existe un modelo oficial, pero en todos los contratos tienen que constar como mínimo las siguientes cláusulas obligatorias:
La identificación del expediente de construcción al 'amparo del cual está calificado la vivienda y la fecha de su calificación definitiva.
La renta pactada.
Compromiso de las personas inquilinas de:
Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente, y que, en ningún caso, lo destinarán en segunda residencia o a otro uso.
Ocupar la vivienda en el plazo de tres meses desde su entrega.
Visado de los documentos de transmisión
El visado es el acto administrativo por el cual se comprueba que los contratos de transmisión de los VPO se ajustan a la legalidad.
Todos los documentos de transmisión de los VPO se tienen que llevar a visar a la Agencia.
Son nulas las transmisiones y las cesiones de uso para cualquier título sin haber obtenido el visado perceptivo.
Vigencia de la protección oficial
El plazo de vigencia de la protección oficial de las viviendas calificadas al amparo del Decreto 75/2014, es:
Promociones en municipios incluidos en áreas de demanda residencial fuerte y acreditada
Promociones sobre suelos de reserva urbanística de destinación en VPO
Con ayudas directas: 30 años
Sin ayudas directas: 20 años
Promociones sobre suelos sin reserva urbanística de destinación en VPO
Con ayudas directas: 20 años
Sin ayudas directas: 10 años
Promociones en municipios no incluidos en áreas de demanda residencial fuerte y acreditada
Promociones sobre suelos de reserva urbanística de destinación en VPO
Con ayudas directas: 15 años
Sin ayudas directas: 10 años
Promociones sobre suelos sin reserva urbanística de destinación en VPO
Con ayudas directas: 10 años
Sin ayudas directas: 5 años
La solicitud de calificación provisional se tiene que hacer con el modelo normalizado por la Agencia y el promotor tiene que indicar el régimen en que quiere calificar las viviendas: general, especial o precio concertado.
Se puede presentar en:
Las explotaciones cunícolas deberán llevar a cabo un programa sanitario encaminado al control de la mixomatosis y la enfermedad hemorrágica vírica del conejo.
Las explotaciones se califican según su nivel sanitario ante estas dos enfermedades en estas categorías:
Los modelos de solicitud y los controles a realizar son diferentes según la calificación sanitaria.
Una vez calificadas, continúan unos compromisos comunes que son:
A las granjas de explotación, selección, multiplicación, centros de recogida de material genético o que destinan animales para repoblación del medio natural.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar en la solicitud:
En la misma solicitud figura, para cada caso, el modelo de certificado del veterinario.
Requisitos comunes
Requisitos en el caso del título "indemne"
Requisitos en el caso del título "oficialmente indemne"
No hay tasas asociadas a este trámite.
Una empresa de inserción sociolaboral lleva a cabo cualquier actividad económica de producción de bienes o de prestación de servicios. Su finalidad primordial es la integración sociolaboral de personas en situación o grave riesgo de exclusión social.
La calificación y la inscripción de la empresa de inserción sociolaboral es condición previa para poder acceder a las medidas de fomento que prevé el artículo 14 de la Ley 27/2002, de 20 de diciembre.
Se recomienda que antes de la tramitación de la constitución de la empresa de inserción sociolaboral (EI) y la inscripción al registro mercantil o aquél que corresponda jurídicamente, la entidad se dirija al responsable del Registro Administrativo de Empresas de Inserción Sociolaboral de Cataluña (REI) para verificar que todos los datos que puedan afectar a su inscripción al REI sean correctos.
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A cualquier empresa de transición que lleve a cabo cualquier actividad económica de producción de bienes o de prestación de servicios, y cuyo objeto social tenga como finalidad primordial la integración sociolaboral de personas en situación o grave riesgo de exclusión social dentro de los colectivos establecidos por la normativa.
Se tiene que comunicar la modificación de datos con respecto a las empresas de inserción o las entidades promotoras en el momento que se produzcan.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
En función de los datos que se estén comunicando, habrá que presentar la siguiente documentación:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Cualquier empresa de inserción inscrita en el Registro está obligada a presentar anualmente la siguiente documentación:
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Documentación general
Documentación que se encuentra incluida en el formulario de solicitud
No hay tasas asociadas a este trámite.
Todos los documentos que tienen que ser inscritos en el Registro administrativo de empresas de inserción sociolaboral de Cataluña tienen que ser sometidos a calificación para comprobar que cumplen los requisitos que establece la ley. Si la calificación es favorable, la Administración inscribirá la empresa en el Registro. En este sentido, el plazo fijado para calificar e inscribir en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción sociolaboral es de tres meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud de calificación e inscripción.
Una vez que la empresa esté inscrita, la Administración lo notificará a la entidad y le devolverá la copia auténtica de la escritura o el original del documento público correspondiente, con la diligencia de inscripción.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
La descalificación como empresa de inserción tiene que estar acordada por la persona responsable del Registro Administrativo de Empresas de Inserción de Cataluña. Una vez agotada la vía administrativa, la descalificación produce de oficio efectos de baja registral pero no implica la disolución de la sociedad.
Toda empresa de inserción puede, en cualquier momento, solicitar su descalificación siempre que este hecho no comporte ningún perjuicio para las personas en proceso de inserción. La descalificación produce la pérdida de la condición de empresa de inserción sociolaboral y la baja en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de Cataluña.
Las causas legales de descalificación de una empresa de inserción son las siguientes:
Los centros especiales de trabajo (CET) son un medio de integración de personas con discapacidad en el régimen de trabajo ordinario. El objetivo principal es llevar a cabo un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y con la finalidad de asegurar un puesto de trabajo remunerado, prestando los servicios de ajuste personal y social que requiera su personal con discapacidad.
Para obtener la calificación como CET y efectuar la inscripción, hay que solicitarlo al Registro de Centros Especiales de Trabajo.
A cualquier organización, independientemente de su estructura jurídica.
Se tiene que comunicar la modificación de datos respecto los centros especiales de trabajo en el momento que se produzcan.
Se tendrá que adjuntar la documentación indicada al formulario de comunicación de modificación o solicitud de baja o solicitud de certificación.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Por servicios de ajuste personal y social se entenderán los de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, culturales y deportivos que procuren al trabajador disminuido del CET una rehabilitación personal mayor y una mejor adaptación en su relación social.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El plazo para presentar la solicitud es del 5 al 23 de septiembre de 2016.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Deben presentar la ficha Infocet los centros especiales de trabajo que hayan recibido subvenciones o ayudas de las administraciones públicas, incluida la bonificación de la Seguridad Social, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre y las bases de las últimas convocatorias de subvenciones.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del05.09.2016al 23.09.2016
¿Cómo hacerlo?
al.
Consultad las condiciciones técnicas para realitzar trámites en línea
Preferiblemente, es necesario que los Centros Especiales de Trabajo presenten los estados contables entre el 22 de julio y el 31 de agosto de 2016.
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
Deben presentar la memoria de los estados contables aquellos Centros Especiales de Trabajo que hayan recibido subvenciones o ayudas de las administraciones públicas, incluida la bonificación de la Seguridad Social, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre y las bases de las últimas convocatorias de subvenciones.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del22.07.2016al 31.08.2016
¿Cómo hacerlo?
?
Consultad las condiciciones técnicas para realitzar trámites en línea
El plazo para presentar la memoria de actividades y el resumen datos memoria CET de 2015 finaliza el 29 de febrero de 2016.
Documentación que hay que adjuntar al formulario:
La modificación de la denominación de un colegio profesional responde a una modificación de la normativa que regula la profesión colegiada. El cambio de denominación afecta a todos los colegios de la profesión que hay en Cataluña y también a su consejo de colegios.
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A los colegios profesionales inscritos en el Registro de colegios profesionales de Cataluña.
Se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas con este trámite.
A la solicitud se debe adjuntar el certificado del acuerdo de la asamblea o junta general extraordinaria de todos los colegios de la misma profesión en Cataluña y de su consejo de colegios en el que se apruebe la nueva denominación de colegio.
Una vez aprobado el cambio de denominación, el colegio debe iniciar el trámite de modificación de los estatutos de los colegios y del consejo de colegios afectados.
Para rellenar correctamente el formulario debe disponer del software Adobe Reader (versión 9.1 o superior)
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Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por algunas de las vías previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El cambio de domicilio de una asociación debe inscribirse en el Registro de asociaciones a los efectos de publicidad registral y para mantener actualizados los datos inscritos.
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A las asociaciones inscritas en el Registro
La inscripción se puede solicitar tras el acuerdo de cambio de domicilio social.El plazo para presentar la documentación adicional es de 10 días hábiles después de haber presentado la solicitud.
No existen tasas asociadas a este trámite.
Se debe adjuntar a la solicitud el certificado firmado por el secretario con el visto bueno del presidente con indicación del nuevo domicilio y del órgano directivo (junta directiva o asamblea) que ha aprobado el cambio, y la fecha de este acuerdo.
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En la Oficina de Atención Ciudadana a Girona se puede pedir cita previa para hacer el trámite.
Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por algunas de las vías previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.