## Resumen Este trámite permite acceder a las diferentes opciones relacionadas con las subvenciones del Programa ORIENTA, incluyendo la solicitud, la aportación de documentación y la justificación de la subvención. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las siguientes opciones según tu caso: * [Solicitar la subvención. Convocatoria 2024](/es/tramits/tramits-temes/Programa-ORIENTA?category=&temesNom=Treball&moda=1) * [Aportar documentación. Convocatoria 2024](/es/tramits/tramits-temes/Programa-ORIENTA?category=&temesNom=Treball&moda=2) * [Aportar documentación. Convocatoria 2023](/es/tramits/tramits-temes/Programa-ORIENTA?category=&temesNom=Treball&moda=3) * [Justificar la subvención. Convocatoria 2023](/es/tramits/tramits-temes/Programa-ORIENTA?category=&temesNom=Treball&moda=4) * [Aportar documentación. Convocatoria 2022](/es/tramits/tramits-temes/Programa-ORIENTA?category=&temesNom=Treball&moda=5)
## Resumen Estas subvenciones están dirigidas a fortalecer las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona. La convocatoria de 2020 está cerrada. ### ¿Quién puede usar este servicio? Entidades de las comarcas de Lleida y Girona que trabajen para impulsar los objetivos de desarrollo sostenible, con enfoque de género y derechos humanos. ### Antes de empezar Este trámite solo se puede realizar por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Memoria explicativa técnica * Matriz de planificación y cronograma ejecutado * Memoria económica ### Requisitos previos Las entidades deben cumplir con una serie de requisitos, entre ellos: 1. Ser miembro o estar vinculada jurídicamente a la coordinadora de Lleida o de Girona. 2. Disponer de sede social permanente en las comarcas de Lleida o de Girona. 3. Estar inscrita en el Registro Oficial de ONGD que gestiona la ACCD o en el del AECID. 4. Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas por la Generalitat de Catalunya en ejercicios anteriores. 5. Estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante el Estado y la Generalitat de Catalunya. 6. Cumplir con la normativa sobre empleo de personas con discapacidad (si aplica). 7. Disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual (si aplica). 8. Cumplir con la Ley de Política Lingüística. 9. Haber adaptado los estatutos según la Ley 4/2008 (si es fundación o asociación). 10. Haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales en el Protectorado (si es fundación). 11. No haber sido sancionadas ni condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias. 12. No haber estado condenadas por sentencia firme por delitos contra la libertad sexual (si las personas de la entidad desarrollan actividades que impliquen contacto habitual con menores). 13. Presentar declaración sobre si se han pedido o se han obtenido otras subvenciones públicas o privadas para la misma actividad. 14. Adherirse al código ético de la ACCD. 15. Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual (si aplica). 16. Cumplir los requisitos y las condiciones generales que se establecen en el artículo 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions. ### Costes y plazos Este trámite no tiene tasas asociadas. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud dentro del plazo establecido (ya finalizado). 2. **Aportar documentación, alegar o desistir:** Utilizar el formulario electrónico para aportar documentación adicional, presentar alegaciones o desistir de la subvención. 3. **Aceptar la propuesta provisional de la subvención y reformulación:** Aceptar la propuesta y, si es necesario, reformular el proyecto. 4. **Solicitar vista del expediente:** Solicitar acceso al expediente mediante el formulario electrónico. 5. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se notificará en el plazo máximo establecido en la convocatoria. Si transcurren seis meses sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada. 6. **Recibir la ayuda:** El pago se realizará por adelantado, en un único pago. 7. **Presentar recurso:** Presentar un recurso si no se está de acuerdo con la resolución. 8. **Justificar la subvención:** Presentar la justificación de la subvención en el plazo establecido. ### Información sobre cada etapa Cada etapa del proceso se realiza a través de formularios electrónicos disponibles en la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya. ### Tiempos de espera El tiempo de resolución puede variar. Si transcurren seis meses sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez justificada la subvención, la administración revisará la documentación y realizará las comprobaciones necesarias. ### Plazos de resolución El plazo para la revisión de la justificación puede variar. ### Siguiente pasos En caso de que la justificación sea correcta, se dará por finalizado el proceso. En caso contrario, se podrán solicitar aclaraciones o documentación adicional. ## Ayuda ### Contacto * Departament d'Unió Europea i Acció Exterior * Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament ### Recursos adicionales * RESOLUCIÓN EXI / 2870/2020, de 26 de octubre * RESOLUCIÓN EXI / 1825/2020, de 22 de julio ## Normativa * RESOLUCIÓN EXI / 2870/2020, de 26 de octubre * RESOLUCIÓN EXI / 1825/2020, de 22 de julio
## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones destinadas a fortalecer las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona. La convocatoria de 2021 está dirigida a entidades que trabajan por la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con un enfoque de género y derechos humanos. **Quién puede usar este servicio:** Entidades de las comarcas de Lleida y Girona que impulsen los ODS. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos especificados en las bases reguladoras. * Ten a mano la documentación necesaria en formato electrónico. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** 1. Proyecto narrativo (según modelo normalizado): Enlace al modelo 2. Presupuesto completo del proyecto desglosado por partidas y actividades (según modelo normalizado): Enlace al modelo 3. Cronograma de actividades (según modelo normalizado): Enlace al modelo **Requisitos previos:** * Ser miembro o estar vinculado jurídicamente a la coordinadora de Lleida o de Girona. * Disponer de sede social permanente en las comarcas de Lleida o de Girona. * Estar inscrita en el Registro Oficial de ONGD de la ACCD o en el del AECID. * Estar al corriente de las obligaciones con la Generalitat, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. * Cumplir con otros requisitos especificados en las bases reguladoras. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene tasas asociadas. * El plazo de presentación de solicitudes fue del 12 de noviembre al 2 de diciembre de 2021. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar:** Presentar el formulario electrónico de solicitud a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya. * Iniciar solicitud 2. **Aportar documentación:** Si es necesario, aportar documentación adicional a través del formulario electrónico de aportación de documentación. * Aportar documentación 3. **Aceptar la propuesta provisional y reformular (si aplica):** Aceptar la propuesta provisional de la subvención y, si es necesario, reformular el proyecto. * Aceptar propuesta y reformular 4. **Solicitar vista del expediente (si es necesario):** Solicitar acceso al expediente para su consulta. * Solicitar vista del expediente 5. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se notificará en un plazo máximo de 6 meses. 6. **Recibir la ayuda:** El pago se realizará por adelantado, una vez resuelta la convocatoria. 7. **Presentar recurso (si no estás de acuerdo con la resolución):** Presentar un recurso a través del formulario electrónico de aportación de documentación. * Presentar recurso 8. **Justificar la subvención:** Presentar la justificación de la subvención en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad. * Justificar la subvención ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y, si cumple con los requisitos, se valorará el proyecto. Si la solicitud es aprobada, se notificará la resolución y se procederá al pago de la subvención. **Plazos de resolución:** El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. **Siguientes pasos:** Una vez recibida la subvención, deberás ejecutar el proyecto y justificar los gastos realizados. ## Ayuda **Contacto:** * Departament d'Unió Europea i Acció Exterior * Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament **Recursos adicionales:** * RESOLUCIÓN XGO/3333/2021, de 29 de octubre * RESOLUCIÓN EXI/1563/2021, de 19 de mayo * RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre ## Normativa * RESOLUCIÓN XGO/3333/2021, de 29 de octubre * RESOLUCIÓN EXI/1563/2021, de 19 de mayo * RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre
El Proyecto ''Trabajo en las 7 comarcas'' promueve proyectos ocupacionales y de desarrollo local en las comarcas que tienen una mayor necesidad de reactivación económica, con el objetivo de estimular la creación de actividad económica y la generación de empleo de manera que sea posible desarrollar un entorno socioeconómico que favorezca la permanencia de la población en el territorio.
Con este objetivo, el SOC apoya a las comarcas del Anoia, Baix Ebre, Montsià, Pallars Jussà, la Ribera d'Ebre, el Ripollès y la Terra Alta para llevar a cabo proyectos de carácter integrado que combinen, en el marco de un Plan de ejecución anual, acciones ocupacionales y de desarrollo local dirigidas a:
A entidades locales de las comarcas del Anoia, el Baix Ebre, el Montsià, el Pallars Jussà, la Ribera d'Ebre, el Ripollès y la Terra Alta, a sus organismos autónomos y a las entidades dependientes o vinculadas a éstas con competencia en materia de desarrollo local y de promoción del empleo.
El plazo para presentar la solicitud es del 13 de julio al 9 de septiembre de 2016.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
En caso de que la entidad local beneficiaria sea un organismo autónomo u otras entidades jurídicas dependientes o vinculadas a la Administración local con competencias en el ámbito de la promoción del empleo y el desarrollo local, habrá que presentar la documentación siguiente, si ésta no está publicada en un boletín oficial:
Otra documentación en función de las características del plan de ejecución anual que se solicita:
Los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria se encuentran establecidos en la base 3 de la Orden EMO/258/2014, de 5 de agosto.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del22.04.2015al 22.05.2015
Las solicitudes deben ir dirigidas a la persona titula de la dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, acompañadas de la documentación correspondiente.
Las solicitudes también se pueden presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El objeto de este programa es apoyar de manera prioritaria a los barrios y a las áreas urbanas que, por sus características, requieren de una atención especial de la Administración para mejorarlas desde el punto de vista ocupacional, social y económico con el objetivo de estimular en ellos la creación de la actividad económica y la generación de empleo, y desarrollar un entorno socioeconómico que mejore la calidad de vida de las personas que residen, a través de proyectos de carácter integrado que combinen, en el marco de un Plan de ejecución anual, acciones ocupacionales y de desarrollo local.
Leer másPlazo de solicitud: del 13 de julio al 30 de setiembre de 2016
A los ayuntamientos que tienen aprobados proyectos de intervención integral en barrios o áreas urbanas por parte de la Generalitat de Cataluña al amparo de la Ley 2/2004, de 4 de junio, así como sus organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas a aquéllos, con competencias en materia de desarrollo local y/o promoción del empleo.
El plazo para presentar la solicitud es del 13 de julio al 30 de septiembre de 2016.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Declaración de contratación de póliza de aseguranza
Documento de designación formal de personal propio
Certificado sobre el proceso de selección del personal directivo o técnico
Documentación común
Documentación específica según los programas o tipo de acción que se soliciten:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Las acciones ocupacionales y de desarrollo local subvencionables que conforman la carta de servicios del Proyecto trabajo en los barrios se concretan en 7 tipos de acciones agrupadas en 5 programas:
Ver la Guía de prescripciones técnicas
Perfil del personal directivo o técnico del proyecto ocupacional y de desarrollo local
Plazos
Del13.07.2016al 30.09.2016
Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la director/a del Servicio Público de Empleo de Cataluña, acompañadas de la documentación correspondiente.
Las solicitudes se pueden presentar por cualquiera de los procedimientos administrativos que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
## Resumen Este trámite permite a las empresas y autónomos de los sectores de restauración y estética/belleza, afectados económicamente por la COVID-19, solicitar y aportar documentación para las subvenciones correspondientes. **Quién puede usar este servicio:** * Empresas * Autónomos ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-en-lambit-de-les-activitats-de-restauracio-i-dels-centres-destetica-i-bellesa-afectats-economicament-per-la-COVID-19.?category=7356c316-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportación de documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-en-lambit-de-les-activitats-de-restauracio-i-dels-centres-destetica-i-bellesa-afectats-economicament-per-la-COVID-19.?category=7356c316-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)
## Resumen Estas subvenciones buscan acercar a los lectores a los autores, traductores e ilustradores literarios de obras en catalán u occitano, facilitando su participación en clubes de lectura. **Quién puede usar este servicio:** * Entes locales o entidades dependientes. * Fundaciones u otras entidades culturales privadas sin ánimo de lucro. * Empresas o personas que gestionan librerías. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * [Proyecto de actividad](/web/shared/OVT/Departaments/CLT/Documents/Formularis_pdf/LLETRES/CLT086_lectors_autors/CLT086_25_Projecte.docx) **Requisitos:** * Tener una programación regular de clubes de lectura. * La obra comentada debe estar en catalán u occitano. * La obra debe ser de carácter literario (no divulgativa). * Las sesiones deben ser públicas y gratuitas. * La actividad debe realizarse durante el año de la subvención. * Las sesiones deben ser en catalán u occitano. **Costes:** * No hay tasas asociadas. **Plazos:** * Solicitud: Del 22/01/2025 al 30/10/2025 a las 14:00:00h. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud telemáticamente con certificado digital. * [Iniciar solicitud](https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/traint/renderitzar.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idioma=es_ES&idServei=CLT086SOLC&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FSubvencions-per-fomentar-el-contacte-entre-els-lectors-i-els-autors-traductors-i-illustradors-literaris-CLT086%3Fcategory%3D7563a9f2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&tpst=ae56fd5821cffc7f4784ac8db0c0e1a0) * [Solicitar subvención por EACAT (entes públicos)](https://idp.eacat.net/Logon.aspx?providerID=EACATPL6&nextPage=https%3A%2F%2Fpl6.eacat.cat%2F) 2. **Recibir la respuesta:** La resolución se publicará en el [Tablón de la Sede electrónica](https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1&lang=es) de la Generalitat. 3. **Recibir la subvención:** Se realiza un pago anticipado del 80%. El 20% restante se paga tras la justificación de la actividad. 4. **Justificación:** Se realiza mediante los expedientes de contratación de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural. ## Después de hacerlo * El seguimiento del estado de la solicitud se puede realizar en "[Estado de sus trámites](https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/tramit/quepro.do?reqCode=list)" del Departamento de Cultura. ## Ayuda **Contacto:** * Trámite de solicitud y reformulación: 93 567 11 13, [migueldel@gencat.cat](mailto:migueldel@gencat.cat) * Trámite de justificación: 93 554 74 79, [sdaza@gencat.cat](mailto:sdaza@gencat.cat) * Contenido del proyecto: 93 193 87 32, [miquelburgueno@gencat.cat](mailto:miquelburgueno@gencat.cat) * Horario: Lunes a viernes de 9 a 14 h. **Normativa:** * [Bases generales](https://cultura.gencat.cat/ca/tramits/normativa-dels-ajuts/normativa-2023/bases-generals/) * [Texto refundido de las bases específicas](/web/shared/OVT/Departaments/CLT/Documents/Formularis_pdf/LLETRES/CLT086_lectors_autors/Text_refos_bases_especifiques_CLT086.pdf) * [RESOLUCIÓN CLT/208/2022](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=919761) * [RESOLUCIÓN CLT/160/2023](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=950158) * [RESOLUCIÓN CLT/4078/2023](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=973105) * [Resolución CLT/70/2025](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=1004364)
El objetivo es establecer diversas líneas de apoyo|soporte para la producción de obras audiovisuales destinadas a fortalecer el tejido industrial catalán, en las modalidades de proyectos cinematográficos de ficción y proyectos televisivos de ficción.
Leer másEl plazo de presentación de solicitudess es:
El plazo para presentar las solicitudes finaliza:
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
Documentación administrativa
Documentaci??n sobre el proyecto
Nota: Las solicitudes tienen que ir acompañadas de un dossier que incluya la siguiente documentación, en la orden que seguidamente se describe.
Requisitos comunes para todas las modalidades
Requisitos específicos para proyectos cinematográficos de ficción
Requisitos específicos para proyectos televisivos de ficción
No hay tasas asociadas a este trámite.
No pueden optar a estas subvenciones las entidades cuyos directivos perciben remuneraciones que, según el criterio motivado del órgano concedente, atendiendo las circunstancias de la entidad y del perceptor de la remuneración, son manifiestamente desproporcionadas. Se entiende por directivo o directiva la persona que ejerce funciones ejecutivas y de administración. Para el cumplimiento de lo que establece este apartado, las entidades que solliciten subvenciones tienen que dar publicidad a dichas retribuciones en la memoria que se adjunta con sus estados compatibles.
Actuaciones subvencionables
Proyectos cinematográficos de ficción
Proyectos televisivos de ficción
Plazos
Hasta al 31.10.2011
## Resumen Este trámite permite a entidades con sede operativa en Cataluña solicitar subvenciones para actuaciones realizadas durante 2023 en materia de asuntos religiosos. Las subvenciones se dividen en tres líneas: * Línea 1: Programas de coordinación, asesoramiento y apoyo a entidades religiosas. * Línea 2: Actuaciones de promoción de la libertad religiosa y el diálogo. * Línea 3: Difusión sobre la realidad religiosa en Cataluña. ## Lo que necesitas * **Documentación:** Formulario de solicitud y cuenta justificativa (descargables online), memoria de la acción a subvencionar, liquidación del presupuesto. * **Requisitos:** Ser una entidad legalmente constituida con sede operativa en Cataluña y cumplir con los requisitos específicos de cada línea de subvención. * **Plazos:** Pendiente de apertura. * **Costes:** No hay tasas asociadas a este trámite. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar y justificar:** Descargar los formularios de solicitud y cuenta justificativa, rellenarlos, firmarlos electrónicamente y enviarlos. 2. **Aportar documentación adicional, hacer alegaciones o desistir:** En caso de ser necesario, aportar documentación adicional a través del trámite habilitado. 3. **Recibir respuesta de la Administración:** La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses a través del Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. 4. **Recibir la ayuda:** El pago se realizará mediante transferencia bancaria. ## Ayuda * **Contacto:** * [Departament de Justícia i Qualitat Democràtica](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=13757) * [Direcció General d'Afers Religiosos](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=11010) * **Normativa:** * [RESOLUCIÓN PRE/4264/2023](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=974389) * [ORDEN PRE/81/2023](http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=957691) * [Real Decreto 887/2006](http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-13371) * [Ley 38/2003](http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-20977) * [DECRET LEGISLATIU 3/2002](http://www20.gencat.cat/portal/site/portaldogc/menuitem.c973d2fc58aa0083e4492d92b0c0e1a0/?vgnextoid=485946a6e5dfe210VgnVCM1000000b0c1e0aRCRD&appInstanceName=default&action=fitxa&documentId=290149)
## Resumen Esta convocatoria de 2023 ofrece subvenciones para la traducción, adaptación o subtitulación de textos dramáticos, libretos de ópera, textos de repertorio coral y producciones escénicas. El objetivo es impulsar la proyección de la creación catalana en el extranjero. ## Lo que necesitas ### Requisitos Para optar a estas subvenciones, los solicitantes deben: * Cumplir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Cataluña y el Estado español, así como con la Seguridad Social. * Presentar una declaración sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma actividad. * Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual si se utilizan elementos sujetos a derechos de autor. * Estar dado de alta en el censo del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) si es obligatorio. * Estar inscritas en el registro correspondiente (entidades sin ánimo de lucro). * Cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (empresas con más de 50 empleados). * Indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y por razón de sexo (empresas con más de 25 empleados). * Cumplir con la Ley de Política Lingüística. * Haber adaptado los estatutos a la normativa vigente (fundaciones y asociaciones). * Haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado (fundaciones). * No haber sido sancionadas por prácticas laborales discriminatorias. * Respetar las condiciones de la Ley de igualdad de trato y no discriminación. * Presentar declaración responsable de otras ayudas *de minimis* recibidas. * Adherirse al código ético. * Respetar la Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres. ### Incompatibilidades Estas subvenciones son incompatibles con la convocatoria de movilidad de artistas en el ámbito de las artes escénicas y la música del Institut Ramon Llull y con otras subvenciones por los conceptos de desplazamiento, alojamiento y transporte de carga de la Oficina de Apoyo en la Iniciativa Cultural, del Instituto Catalán de las Empresas Culturales y del Instituto de Estudios Baleáricos. Son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos por los conceptos de traducción y/o adaptación y/o subtitulación de textos dramáticos, libretos de ópera, textos de repertorio coral y producciones escénicas de otras administraciones públicas, entes públicos o privados. ## Cómo hacerlo ### Paso 1: Solicitar La solicitud se puede presentar: * **Por Internet:** A través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull: [Iniciar](https://oficinavirtual.llull.cat/ov/es) * **Presencialmente:** En el registro de la sede del Institut Ramon Llull en Barcelona (Avenida Diagonal, 373) o en cualquier registro de la Administración Pública. * **Por correo postal:** A la dirección del Institut Ramon Llull (Avenida Diagonal, 373, 08008 Barcelona). **Plazo:** Del 1 al 16 de marzo de 2023 (fuera de plazo). ### Paso 2: Recibir la respuesta de la Administración La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. ### Paso 3: Recibir la subvención Se realizará un anticipo del 80% del importe otorgado tras la notificación de la concesión. El 20% restante se pagará una vez justificada la actividad. ### Paso 4: Justificar la subvención Se debe presentar una cuenta justificativa con los justificantes de gasto antes del 31 de enero del año siguiente a la convocatoria. ## Ayuda * **Departament de Cultura:** [https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=2221](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=2221) * **Institut Ramon Llull:** [https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863) ## Normativa * [RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2023](https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=952285) * [RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2023](https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=948898)