Subvenciones para la intensificación de la actividad investigadora de profesionales de enfermería

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Subvenciones para incorporar profesionales de enfermería para que otros profesionales de este ámbito puedan intensificar las tareas de investigación.

Subvenciones para contratos laborales en centros asistenciales del SISCAT de profesionales de enfermería que tengan tareas asistenciales para realizar parte de la actividad clínico-asistencial de profesionales de enfermería que al mismo tiempo desarrollan actividades de investigación, con el objeto de permitir a estos intensificar su actividad de investigación orientada a los procesos asistenciales y/o a los cuidados de enfermería.

Con estas subvenciones se pretende:

  1. Potenciar la masa crítica de profesionales de enfermería asistencial que realizan simultáneamente actividades de investigación en cuidados para trasladar el conocimiento a los pacientes y para generar hipótesis de investigación desde la práctica asistencial.

  2. Incentivar la participación de los profesionales de enfermería de Cataluña en actividades de investigación.

  3. Favorecer la investigación orientada a los pacientes y a la ciudadanía.

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Puede consultar la lista provisional de admitidos y excuídos enmendables (requerimiento) en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Recuerde que dispone de 10 días hábiles (del 1 al 16 de diciembre de 2016, ambos incluidos) para realizar la tramitación correspondiente a través de la modalidad de "Aportar documentos de la subvención". Consulte el Paso 2. Consulte la Resolución provisional de admitidos y excluídos enmendable.

Para rellenar correctamente los formularios es necesario que los guarde, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y los abra con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Es importante que recuerde la carpeta donde haya guardado los ficheros. En caso de duda sobre la tramitación en línea, consulte los subapartados Cómo tramitar en línea y las recomendaciones de Privacidad y seguridad disponibles en el apartado Trámites del portal Gencat o bien llame al 012.

También puede enviar un correo electrónico a: peris@gencat.cat

A quién va dirigido

A las instituciones que gestionen actividades de investigación en centros del ámbito asistencial del SISCAT o del ámbito de la salud pública, incluyendo los institutos de investigación sanitaria acreditados (IRS). Los centros de realización de las actividades tienen que ser los citados IRS.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Trámites relacionados

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 28 de octubre al 17 de noviembre de 2016, ambos días incluidos.

Documentación

Documentación que hay que presentar en el Paso 1. Solicitar la subvención:

  1. Solicitud de la subvención. Se tiene que presentar una solicitud separada para cada profesional de enfermería que se propone para la intensificación de sus tareas de investigación.

  2. Memoria científico-técnica, en la que se describa la propuesta en el ámbito de la investigación e innovación en el que se incorpora el candidato o candidata, de acuerdo con el modelo normalizado.

  3. Currículum del profesional de enfermería candidato que se propone para la intensificación de las tareas de investigación, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede crear/descargar a través de la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

Importante: la memoria científico-técnica y el currículum del candidato o candidata no tienen carácter enmendable una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes.

Requisitos

Requisitos de los candidatos:

  1. Pueden optar a esta actuación los profesionales de enfermería que lleven a cabo actividades asistenciales que tengan una vinculación laboral estable con la entidad solicitante.
  2. El candidato o candidata para el que se pide la intensificación sólo puede presentar una solicitud.

Requisitos de la propuesta presentada por los candidatos:

Es necesario que los candidatos a la intensificación presenten una memoria de la actividad científica que quieren desarrollar durante el periodo de intensificación en el marco de la actividad de un grupo de investigación de un dispositivo asistencial, que tiene que contar con un informe favorable de la comisión de investigación del centro solicitando, que debe tener una especial cuidado en valorar que la propuesta que presente el candidato esté orientada a la investigación en procesos asistenciales y/o cuidados de enfermería y que esté alineada con la estrategia de investigación del centro, propuesta que el órgano convocante puede requerir en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

Requisitos de la entidad beneficiaria:

  1. El objeto social de la entidad tiene que ser conforme con la actuación subvencionable de acuerdo con los programas en función de los cuales se pide la subvención.

  2. La entidad debe estar dada de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en los supuestos en que sea obligatorio, y tiene que estar inscrita, en su caso, en el registro correspondiente.

  3. En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a cincuenta personas, es necesario que cumpla lo que establece el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 24 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y, en su caso, el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

  4. En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, es necesario que presente una declaración de los medios que se utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de género, y para intervenir en ellos, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  5. Tiene que cumplir lo que establecen los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

  6. No se puede encontrar en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

  7. No puede haber sido sancionada por una resolución firme, durante los últimos tres años, por la comisión de una infracción grave en materia de integración laboral de las personas discapacitadas, o por la comisión de una infracción muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

  8. No ha haber sido sancionada o condenada por una resolución administrativa o sentencia firme, durante los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de conformidad con la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de hombres y mujeres.

  9. Es necesario que disponga de los medios humanos y materiales necesarios y que tenga asignados los recursos económicos necesarios para realizar la actividad de prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con lo que dispone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

  10. No tiene que haber recibido ni pedido subvenciones por la misma actividad que puedan otorgar la Administración de la Generalitat de Catalunya, la Administración del Estado o las demás administraciones públicas o entes de naturaleza pública o privada, nacionales o internacionales.

  11. Es necesario que cumpla la normativa sobre propiedad intelectual.

  12. En el caso de asociaciones y fundaciones, debe tener adaptados sus estatutos de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

  13. En el caso de las fundaciones, tiene que cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

  14. Se tiene que adherir al código ético que se incorpora como anexo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, y que recoge el anexo del Acuerdo del Gobierno GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo del Gobierno GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba su texto íntegro, al amparo de lo que establece el artículo 55.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

  15. En el caso de las subvenciones para acciones plurienales, es necesario que acredite documentalmente que el proyecto tiene continuidad al menos durante el periodo para el cual se ha solicitado la plurienalidad, con indicación de los fondos de financiación previstos, así como la viabilidad económica para desarrollar el proyecto durante el periodo para el cual se solicita la plurienalidad.

  16. En el caso de proyectos o actuaciones que impliquen contacto habitual con menores, tiene que presentar una declaración responsable conforme se dispone de las certificaciones que regula el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil y de la ley de enjuiciamiento criminal, o bien conforme se han solicitado previamente en la publicación de la propuesta de resolución provisional de concesión, para acreditar que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y ejercicio en las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores no ha sido condenado por ninguna sentencia firme con respecto a delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluyen la agresión y abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución y la explotación sexual y la corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos, y que, en caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto, se compromete a realizar la comprobación oportuna con respecto al caso.

  17. Las personas jurídicas que puedan percibir una subvención por un importe superior a 10.000 euros tienen que comunicar al órgano concedente, mediante una declaración responsable, la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a fin de que el órgano concedente las haga públicas.

  18. Tiene que cumplir los requisitos de estas bases generales, así como cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlos.

Adicionalmente, y con respecto al régimen de incompatibilidades, no tiene que estar inmersa en ninguno de los supuestos que prevé el régimen de incompatibilidades que establece el punto 24 de la convocatoria.

La Administración está facultada para verificar los datos declarados. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe esta declaración conllevan, previa audiencia de la persona interesada, que se deje sin efecto este trámite e impiden el ejercicio del derecho o la actividad afectada desde el momento en que se conocen.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

  1. La entidad solicitante tiene que presentar una solicitud para cada profesional de enfermería propuesto para la intensificación de sus tareas de investigación.
  2. El número máximo de solicitudes es el siguiente:

- 10 solicitudes cuando se trate de fundaciones que gestionen actividades de investigación de los IRS acreditados. Este contingente afecta también a las solicitudes presentadas por la Fundación IDIAP-Jordi Gol.

- 6 solicitudes para fundaciones que gestionen actividades de investigación del resto de instituciones.

  1. Las propuestas presentadas se tienen que encuadrar en una de las siguientes categorías de grupos de investigación:

- Grupos de investigación dirigidos por investigadores nacidos en 1971 o en una fecha posterior y que tengan una producción científica que permita considerar que tienen potencial para convertirse en grupos altamente competitivos, los cuales tienen que presentar propuestas de actuación diferenciadas e innovadoras y que no supongan una fractura de los grupos preexistentes.

- Grupos de investigación que presentan propuestas habitualmente en esta modalidad y que tienen que cumplir con las condiciones generales que establecen los diferentes apartados, sin que sea necesario que cumplan otras de carácter específico.

Aspectos importantes para rellenar el formulario de solicitud:

  1. En el apartado ?Datos de identificación de la persona, institución o entidad solicitante?, tiene que mantener seleccionado el tipo de persona ?Persona jurídica? que está seleccionado por defecto.

  2. Después del apartado ?Datos de la propuesta, proyecto o programa de investigación e innovación en salud,? y antes del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?, encontrará datos específicos de cada una de las líneas de la convocatoria SLT/2381/2016, de 19 d'octubre. Sólo debe rellenar los datos de la línea concreta por la que pide la subvención.

  3. Si quiere el anticipo del 80% de la subvención otorgada, debe seleccionar la casilla del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?.

  4. En el apartado ?Declaración de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad procedentes de otros departamentos, administraciones y entidades públicas o privadas?, en el epígrafe ?Ha recibido o pedido otras ayudas para la misma finalidad?, tiene que marcar la opción ?No?.

  5. En el apartado "Declaración" hay que indicar la opción que aplica a la entidad solicitante en lo que se refiere a las declaraciones en materia de ocupación de personas discapacitadas, prevención de riesgos laborales y retribuciones de los cargos directivos.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

Cuantía de las subvenciones

La dotación económica abonada por el Departamento de Salud es de 2.250,00 euros por mes, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social, por una duración de entre 3 y 9 meses.

Las subvenciones concedidas se tienen que destinar a financiar contratos laborales, bajo cualquier modalidad de contratación de acuerdo con la normativa vigente, suscritos entre la persona seleccionada y la entidad, sin perjuicio de lo que establece el punto 15 de la convocatoria sobre la justificación económica y el seguimiento científico-técnico. Estas subvenciones permitirán la contratación laboral en 2017, durante el periodo que equivalga a la liberación de un máximo del 75% de la jornada asistencial en cómputo anual del personal que tenga que sustituir al candidato.

Criterios de valoración y puntuación

La evaluación se realiza conforme a los siguientes criterios y baremos:

A. Valoración de los méritos curriculares del candidato de los últimos siete años: hasta 70 puntos.

a) Valoración de la actividad científica, comunicaciones y publicaciones incluidas en el currículum: hasta 50 puntos.

En el caso de los investigadores de la categoría a) que establece el punto 20 de la convocatoria (nacidos en 1971 o en una fecha posterior), se valora especialmente su capacidad de liderazgo, reflejada en la posición como signatarios séniores o por la firma como autores de correspondencia de sus comunicaciones o publicaciones.

b) Otros méritos (tesis doctoral, participación en proyectos de investigación nacionales e internacionales, guías de práctica clínica, etc.): hasta 20 puntos.

B. Valoración de la propuesta: hasta 30 puntos.

a) Oportunidad de la propuesta en relación con la actividad de investigación que se tiene que desarrollar y la carga asistencial que se libera: hasta 20 puntos.

b) Interés estratégico para el PERIS, con una valoración especial de las propuestas orientadas a la investigación en cuidados y también a la investigación en procesos de enfermería tanto en el ámbito hospitalario como en el de atención primaria: hasta 10 puntos.

Notificaciones electrónicas

Los requerimientos y demás actos administrativos se notifican a las personas interesadas por medios electrónicos en los términos que establecen los apartados 3 y 5 del artículo 43 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Para más información, consulte el apartado de Notificaciones electrónicas de la web del Departamento de Salud.

Seguimiento del estado de la tramitación

Si ha iniciado el trámite mediante el canal telemático, puede realizar el seguimiento del estado de la solicitud en Trámites gencat, accediendo al espacio Mi carpeta, mediante firma electrónica, o bien accediendo al espacio Estado de mis gestiones, sin firma electrónica.

Plazos

Del28.10.2016al 17.11.2016

Documentación

Descargue el formulario de solicitud y rellénelo. Este formulario requiere la identificación y autenticación mediante la firma electrónica de la persona representante legal de la entidad. En este caso, la firma de la solicitud también implica la firma de los documentos que se adjuntan.

  1. Solicitud de la subvención. Se tiene que presentar una solicitud separada para cada profesional de enfermería propuesto para la intensificación de sus tareas de investigación.
  2. Memoria científico-técnica, en la que se describa la propuesta en el ámbito de la investigación e innovación en el cual se incorpora el candidato o candidata, de acuerdo con el modelo normalizado.
  3. Currículum del profesional de enfermería candidato que se propone para la intensificación de las tareas de investigación, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede crear/descargar a través de la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

El tamaño total del fichero informático del formulario con sus ficheros adjuntos no puede superar los 5 MB. En caso de que se supere este tamaño, es necesario los ficheros adjuntos estén comprimidos (.zip o .rar). Si no dispone de un programa de compresión de ficheros, puede descargarse una versión gratuita en www.winzip.com o en www.winrar.es.

Por internet

Descargue el formulario de solicitud y rellénelo. Este formulario requiere la identificación y autenticación mediante la firma electrónica de la persona representante legal de la entidad. En este caso, la firma de la solicitud también implica la firma de los documentos que se adjuntan.

Se tiene que presentar una solicitud separada para cada profesional de enfermería que intensifica sus tareas de investigación.

Previamente, es necesario que descargue, rellene y guarde los siguientes documentos, que tienen que anexarse al formulario de solicitud:

  1. Memoria científico-técnica, en que se describa la propuesta en el ámbito de la investigación e innovación en que se incorpora el profesional de enfermería candidato, de acuerdo con el modelo normalizado.
  2. Currículum del profesional de enfermería candidato que se propone para la intensificación de las tareas de investigación, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede crear/descargar a través de esta página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

Importante: la memoria científico-técnica, y el currículum del candidato o candidata a intensificar no tienen carácter enmendable una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes.

Aspectos importantes para rellenar el formulario de solicitud:

  1. En el apartado ?Datos de identificación de la persona, institución o entidad solicitante?, tiene que mantener seleccionado el tipo de persona ?Persona jurídica? que está seleccionado por defecto.
  2. Después del apartado ?Datos de la propuesta, proyecto o programa de investigación e innovación en salud,? y antes del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?, encontrará datos específicos de cada una de las líneas de la convocatoria SLT/2381/2016, de 19 d'octubre. Sólo debe rellenar los datos de la línea concreta por la que pide la subvención.
  3. Si quiere el anticipo del 80% de la subvención otorgada, debe seleccionar la casilla del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?.
  4. En el apartado ?Declaración de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad procedentes de otros departamentos, administraciones y entidades públicas o privadas?, en el epígrafe ?Ha recibido o pedido otras ayudas para la misma finalidad?, tiene que marcar la opción ?No?.
  5. En el apartado de "Declaración" hay que indicar la opción que aplica a la entidad solicitante en cada una de las declaraciones de las materias siguientes: ocupación de personas discapacitadas, prevención de riesgos laborales y retribuciones de los cargos directivos.

Importante

Se tiene que presentar una solicitud separada para cada profesional de enfermería candidato a la intensificación de sus tareas de investigación.

El tamaño total del fichero informático del formulario con sus ficheros adjuntos no puede superar los 5 MB. En caso de que se supere este tamaño, es necesario los ficheros adjuntos estén comprimidos (.zip o .rar). Si no dispone de un programa de compresión de ficheros, puede descargarse una versión gratuita en www.winzip.com o en www.winrar.es.

Para rellenar correctamente los formularios es necesario que los guarde, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y los abra con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Es importante que recuerde la carpeta donde haya guardado los ficheros. En caso de duda sobre la tramitación en línea, consulte los subapartados Cómo tramitar en línea y las recomendaciones de Privacidad y seguridad disponibles en el apartado Trámites del portal Gencat o bien llame al 012.

También puede enviar un correo electrónico a: peris@gencat.cat

Justificar la subvención

Plazos

Puede consultar la descripción de este procedimiento en el paso 7. Justificar la subvención de la modalidad Solicitar la subvención.

Plazos

Puede consultar los plazos en el paso 7. Justificar la subvención de la modalidad Solicitar la sub


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Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

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Tel. 932275706

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Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

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Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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