Subvenciones para la prevención de la infección por el VIH/sida

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Son subvenciones para la financiación a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actuaciones en el ámbito de la salud para el fomento de la salud y el apoyo a los pacientes y las familias / para la prevención y el tratamiento de las drogodependencias / para la prevención de la infección por el VIH/sida, que en ningún caso sean sustitutivas de prestaciones asistenciales, y que se realicen durante los años 2015-2016, en el territorio de Cataluña.

Las áreas de actuación en el ámbito de la salud que se consideran subvencionables de acuerdo con el Plan de salud 2011-2015 son las siguientes:

  • Área de actuaciones de apoyo a entidades representativas de los intereses de los pacientes o de sus familias.

  • Área de actuaciones en el campo de la promoción y protección de la salud y prevención de la enfermedad en la comunidad.

Uno de los principios fundamentales de la estrategia mundial de la lucha contra el sida es movilizar y unificar los esfuerzos contra esta epidemia mediante una respuesta multisectorial de los diferentes agentes sociales. Es por eso que el Departamento de Salud tiene la necesidad de establecer actuaciones de fomento en relación con aquellas entidades que coadyuvan en el control de la infección por VIH y la enfermedad.

La colaboración y la coordinación entre el Programa para la prevención y la asistencia del sida y las entidades públicas o privadas sin afán de lucro, que actúan en el ámbito de la lucha contra el sida, constituyen un elemento primordial para desarrollar actividades complementarias a las realizadas en el ámbito institucional y que son imprescindibles para el control de esta epidemia en Cataluña.

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Puede consultar la propuesta de resolución provisional de concesión en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Recuerde que dispone de 10 días hábiles (del 7 al 18 de noviembre) para realizar la tramitación correspondiente. Consulte el Paso 3. Aceptar el otorgamiento de la subvención y presentar otra documentación.

Para rellenar correctamente los formularios es necesario guardarlos, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y abrirlos con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Es importante que recuerde la carpeta donde ha guardado los archivos. En caso de duda sobre la tramitación en línea, consulte los subapartados Cómo tramitar en línea y recomendaciones sobre Privacidad y seguridad disponibles en el apartado Trámites del portal Gencat o bien llame al 012.

También puede solicitar un servicio asistido para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente poniéndose en contacto con la unidad de tramitación mediante la dirección de correo electrónico subvencions.salut@gencat.cat o llamando al 93 551 39 53, 93 551 37 06 o 93 551 34 83, de 9 a 14 h.

A quién va dirigido

A entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actuaciones en el ámbito de la salud vinculadas a la prevención de la infección por VIH/sida.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Trámites relacionados

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 25 de junio al 25 de julio de 2016, ambos incluidos.

Documentación

Documentación que hay que presentar en el Paso 1. Solicitar:

  1. Solicitud de la subvención (presencial)

  2. Declaraciones de la entidad privada sin ánimo de lucro que realice las actuaciones y solicite la subvención para uno o más proyectos, firmadas por la persona titular o representante, de acuerdo con el modelo normalizado.

  3. Memoria descriptiva del proyecto para el cual se pide la subvención, con referencia expresa al área o áreas de actuación, de acuerdo con el modelo normalizado. Debe presentarse una memoria para cada uno de los proyectos presentados.

  4. Presupuesto anual de funcionamiento de la entidad.

Documentación a presentar en el Paso 3. Aceptar el otorgamiento de la subvención y presentar otra documentación:

  1. Carta de aceptación de la subvención

  2. Presentación de documentación relacionada con la tramitación de una subvención en el ámbito de la salud correspondiente a la convocatoria del año 2016

Para cumplimentar los documentos de la solicitud y de la aceptación de la subvención, vea:

  • Guía de tramitación de la solicitud, resolución y de aceptación de la subvención (corresponediente a la convocatoria 2015)

Documentación a presentar en el Paso 6. Justificación de la subvención:

  1. Presentación de la justificación de la subvención (disponible próximamente)

  2. Declaraciones para la justificación de la subvención (disponible próximamente)

  3. Memoria justificativa del proyecto desarrollado (una para cada uno de los proyectos) (disponible próximamente)

  4. Memoria económica justificativa del coste del proyecto (una para cada uno de los proyectos) (disponible próximamente)

  5. Cuadro resumen de las memorias económicas justificativas del coste de los proyectos (en caso de que se presente la justificación de más de un proyecto) (disponible próximamente)

  6. Modelo de informe elaborado por un/a auditor/a de cuentas (disponible próximamente)

Para rellenar los documentos y para las diferentes formas de presentación de la documentación de la justificación de la subvención, vea:

  • Guía de tramitación de la justificación de la subvención (disponible próximamente)

Para rellenar los formularios, debe aportar los datos para cada uno de los proyectos para los que se solicita financiación y, además, debe seleccionar la opción de si tiene carácter anual o plurianual y aportar los datos correspondientes.

Encontrará la información necesaria para rellenarlos en las dos guías siguientes:

  • Guía de tramitación de la solicitud, resolución y de aceptación de la subvención (disponible próximamente)

  • Guía de tramitación de la justificación de la subvención (disponible próximamente)

Requisitos

  1. Las actividades que constituyen el objeto social de los estatutos de la entidad tienen que incluir la actuación subvencionable y el área o áreas en relación con las que se pide la subvención.

  2. La entidad se tiene que haber constituido con dos años de antelación respecto a la fecha de publicación de la convocatoria, como mínimo, excepto en el caso de las federaciones y confederaciones, que pueden ser de constitución más reciente, pero que tienen que estar constituidas por entidades que tengan menos de dos años de antigüedad. Además, tiene que estar inscrita, si procede, en el correspondiente registro.

  3. Para gestionar las actuaciones previstas en los proyectos presentados la entidad tiene que contar con la estructura adecuada.

  4. En caso de que la entidad tenga 50 personas o más en plantilla, hay que cumplir lo que establece el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y, si procede, el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

  5. En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, es necesaria una declaración de los medios que se utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de género, y para intervenir en ellos, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

  6. Es necesario cumplir lo que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

  7. No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

  8. No haber sido sancionada por resolución firme, durante los últimos tres años, por la comisión de una infracción grave en materia de integración laboral de las personas discapacitadas o por la comisión de una infracción muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

  9. Disponer de los medios humanos y materiales necesarios y tener asignados los recursos económicos necesarios para realizar la actividad de prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con lo que dispone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

  10. Presentar una declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad y se debe hacer constar el detalle de la entidad concedente y la cantidad solicitada/obtenida.

  11. En el caso de asociaciones y fundaciones, tener adaptados sus estatutos de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña.
  12. En el caso de las fundaciones, cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

  13. Presentar una declaración responsable de tener la residencia fiscal en territorio español. En caso de no tenerla, y una vez requerida en la notificación de propuesta de resolución de concesión provisional de la subvención, la entidad beneficiaria debe presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.

  14. Adecuar la actividad de la entidad al cumplimiento de los principios éticos y las reglas de conducta siguientes: el respeto a los derechos de los usuarios y la igualdad de trato de todas las personas, evitando cualquier tipo de discriminación por razón de sexo o cualquier condición personal o social.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

La entidad solicitante tiene que presentar una única solicitud para todos los proyectos y dichos proyectos pueden tener incidencia en una de las áreas de actuación objeto de las subvenciones o en ambas áreas, circunstancia que se tiene que especificar en la memoria descriptiva de cada uno de los proyectos.

Proyectos con carácter plurianual

A diferencia de años anteriores, de acuerdo con la orden de bases reguladoras de 2015 y la convocatoria del año 2016, las entidades solicitantes pueden presentar uno o más proyectos de carácter plurianual, es decir, con actuaciones que se realicen durante más de una anualidad.

Los proyectos con carácter anual son aquellos en los que las actuaciones de los proyectos, así como los gastos generados, se desarrollan sólo durante una anualidad, en este caso, durante la anualidad de 2016 o bien durante la anualidad de 2017. Los proyectos con carácter plurianual son aquellos en los que las actuaciones se desarrollan durante parte o la totalidad de 2016 y parte o la totalidad de 2017.

Se ha de tener en cuenta este hecho a la hora de rellenar todos los formularios y en lo que respecta a la documentación que se ha de presentar y, sobre todo, tiene una especial relevancia en la obligación y el plazo de justificación de las actuaciones.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

Criterios de valoración y puntuación

En relación con la entidad solicitante y el proyecto respectivo, se consideran los criterios siguientes de valoración y la puntuación que se les atribuye:

a) Población y ámbito territorial de Cataluña objeto de la intervención: hasta 20 puntos.

Este criterio debe matizarse en el caso de que el objeto de la subvención esté constituido por actuaciones en el ámbito de las enfermedades minoritarias, emergentes y/o de especial interés para el Departamento de Salud.

b) Utilidad del proyecto: hasta 20 puntos.

En concreto se valoran:

Ausencia de duplicidades en las intervenciones y optimización de los recursos empleados.

Complementariedad de los servicios públicos; no ser una actuación propia.

c) Viabilidad del proyecto: capacidad de la entidad solicitante para llevar a cabo el proyecto, de acuerdo con las condiciones y en los plazos explicitados en la memoria. Hasta 20 puntos.

d) Experiencia y capacidad técnica de la entidad: hasta 20 puntos.

En concreto se valoran:

Resultados obtenidos en otros proyectos anteriores desarrollados con el mismo objeto.

Financiación ajena al sistema público.

Relación del personal asalariado y/o de voluntariado: proporción adecuada de la composición de los recursos humanos, de acuerdo con la combinación entre el personal asalariado y el voluntario, en función de las tareas que sean asignadas a cada grupo, con consideración del grado de especialización, la dedicación y la estabilidad que comportan los requisitos de las tareas mencionadas.

e) Adecuación del proyecto a las directrices y líneas de las políticas sanitarias del Departamento de Salud de acuerdo con el Plan de Salud: hasta 20 puntos.

Es requisito necesario para poder otorgar la subvención la obtención de un mínimo de 60 puntos de la puntuación máxima establecida.

La cantidad otorgada se determinada en base al resultado de la ponderación de los criterios anteriores, el crédito disponible y el coste del proyecto.

Notificaciones electrónicas

Los requerimientos y demás actos administrativos se pueden notificar a las personas interesadas por medios electrónicos en los términos establecidos en los apartados 3 y 5 del artículo 43 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, siempre que la persona interesada haya dado el consentimiento de manera expresa a la notificación por medios electrónicos mediante el formulario de solicitud o bien en el de presentación de la documentación de justificación de la subvención.

Para más información, puede consultar el apartado de Notificaciones electrónicas de la web del Departamento de Salud.

En caso de no existir el consentimiento expreso, las personas interesadas pueden recibir las comunicaciones por correo electrónico en la dirección indicada en el formulario de la solicitud o bien en el de presentación de la documentación de justificación de la subvención, si así lo han indicado.

Seguimiento del estado de la tramitación

Si han iniciado el trámite mediante el canal telemático puede realizar el seguimiento del estado de la solicitud en Trámites gencat, accediendo al espacio Mi carpeta, mediante firma electrónica, o bien accediendo al espacio Estado de mis gestiones, sin firma electrónica.

Plazos

Del25.06.2016al 25.07.2016

Por internet

Este formulario requiere su identificación y autenticación mediante firma electrónica de la persona titular o representante legal de la entidad. En este caso, la firma de la solicitud también implica la firma de los documentos que se adjuntan.

En caso de que no disponga de firma electrónica, debe presentarlo de forma presencial.

Previamente, es necesario que descargue, cumplimente y guarde los siguientes documentos, que tienen que ir anexos al formulario de solicitud:

El tamaño total del archivo informático del formulario con sus archivos adjuntos no puede superar 5 MB. En caso de que se supere este tamaño es necesario que los archivos adjuntos estén comprimidos (.zip o .rar). Si no dispone de un programa de compresión de archivos, se puede descargar una versión gratuita en www.winzip.com o www.winrar.es.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Formulario de solicitud de la subvención

Hay que adjuntar los siguientes documentos:


Todos los documentos los tiene que firmar la persona titular o representante legal de la entidad.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, también se puede presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat o de los organismos y las entidades públicas vinculados o dependientes. Puede informarse de las oficinas de registro propias y de las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web: Buscador de oficinas de registro.

Así mismo, también se puede presentar a través del resto de los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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