Históricas cerradas Inicio: 23 junio 2016 | Fin: 01 julio 2016
¿Qué es? >
Para los alumnos que obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria en la convocatoria extraordinaria del mes de septiembre, dicho plazo se trasladará al período extraordinario comprendido entre el 7 y el 12 de septiembre de 2016. |
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
Plazo de presentación de solicitudes | Del 23 de junio al 1 de julio de 2016 |
Plazo extraordinario de presentación de solicitudes | Del 7 al 12 septiembre de 2016 |
Matriculación >
1. La matriculación (proceso ordinario) de los solicitantes admitidos se realizará los días 13 al 15 de julio.
2. Al terminar dicho plazo, si alguno de los solicitantes admitidos no hubiese efectuado la matriculación, decaerá en su derecho a la plaza obtenida.
Normativa Aplicable >
Órgano Responsable >
Consejería de Educación y Juventud
Viceconsejería de Política Educativa
Información Complementaria >
Históricas cerradas Inicio: 31 marzo 2016 | Fin: 15 abril 2016
¿Qué es? >
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
¿Cómo lo solicito? >
Tramitación >
Plazos Admisión 2016-2017 | |||
| Admisión Escuelas | Admisión N.E.E.S. | |
Publicación de vacantes y entrega de solicitudes | Del 31 de marzo al 15 de abril | Del 31 de marzo al 15 de abril | |
Listas provisionales | 5 de mayo | 28 de abril | |
Plazo de reclamaciones | 6, 9 y 10 de mayo | 29 de abril y 3 y 4 de mayo | |
Listas definitivas | 18 de mayo | 9 de mayo | |
Formalización de matrícula | Del 19 al 31 de mayo | Del 19 al 31 de mayo | |
Plazos de matrícula extraordinarios | Publicación de listados de alumnos admitidos | Plazo de matriculación | |
3 de junio | Del 3 al 9 de junio | ||
10 de junio | Del 10 al 16 de junio | ||
17 de junio | Del 17 al 23 de junio | ||
24 de junio | Del 24 al 30 de junio |
Normativa Aplicable >
Órgano Responsable >
Consejería de Educación y Juventud
Dirección General de Educación Infantil y Primaria
Información Complementaria >
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión en centros educativos públicos y concertados de la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025. Abarca las etapas de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Educación Especial. **Quién puede usar este servicio:** * Alumnos que se incorporan por primera vez a centros sostenidos con fondos públicos. * Alumnos que desean cambiar de centro. * Alumnos que acceden a una nueva etapa educativa (ESO, Bachillerato). **Antes de empezar:** * Consulta la información sobre los centros educativos. * Reúne la documentación necesaria. * Ten claras tus preferencias de centros. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de admisión (disponible en la Secretaría Virtual). * Documentación justificativa de los criterios de baremación que quieras alegar (por ejemplo, certificado de empadronamiento, renta, discapacidad, familia numerosa). * Si te opones a la consulta de datos por la Comunidad de Madrid, deberás aportar la documentación correspondiente. **Requisitos previos:** * Cumplir los requisitos de edad y académicos para la etapa educativa solicitada. * Presentar la solicitud en los plazos establecidos. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * Los plazos de presentación de solicitudes y matriculación se publican anualmente. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Presentación de la solicitud:** * Preferentemente de forma telemática a través de la Secretaría Virtual. * También se puede presentar presencialmente en el primer centro solicitado o en los lugares habilitados. 2. **Baremación de las solicitudes:** * Los centros educativos bareman las solicitudes según los criterios establecidos. 3. **Publicación de listas provisionales:** * Se publican las listas provisionales de admitidos y excluidos. 4. **Reclamaciones:** * Se pueden presentar reclamaciones a las listas provisionales. 5. **Publicación de listas definitivas:** * Se publican las listas definitivas de admitidos. 6. **Matriculación:** * Los alumnos admitidos deben formalizar la matrícula en el centro asignado. **Información sobre cada etapa:** * **Educación Infantil:** Admisión en el segundo ciclo (3-6 años). * **Educación Primaria:** Admisión en todos los cursos. * **Educación Secundaria Obligatoria (ESO):** Admisión en todos los cursos. * **Bachillerato:** Admisión en las diferentes modalidades. * **Educación Especial:** Admisión en centros específicos o unidades de apoyo en centros ordinarios. **Tiempos de espera:** * Los plazos varían según la etapa educativa y el centro. * Consulta el calendario de actuaciones para conocer los plazos concretos. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud. * Si has sido admitido, deberás formalizar la matrícula en el centro asignado. **Plazos de resolución:** * Los plazos de resolución varían según la etapa educativa y el centro. * Consulta el calendario de actuaciones para conocer los plazos concretos. **Siguiente pasos:** * Formalizar la matrícula en el centro asignado. * Asistir a las reuniones informativas organizadas por el centro. ## Ayuda **Contacto:** * Centros educativos. * Servicios de Apoyo a la Escolarización (SAE). * Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. **Recursos adicionales:** * Página web de la Comunidad de Madrid sobre admisión de alumnos. * Preguntas frecuentes. **Preguntas frecuentes:** * Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) en este documento.
Históricas cerradas Inicio: 31 marzo 2016 | Fin: 15 abril 2016
¿Qué es? >
Período ordinario de admisión: se realiza previamente al inicio del curso escolar.
Período extraordinario de admisión: se realiza una vez finalizado el período ordinario, habitualmente una vez iniciado el curso escolar.
Destinado a quienes cambian de domicilio o se incorporan al sistema educativo durante el curso escolar.
¿Quién puede? >
1. Los que deseen acceder por primera vez a centros de Educación Infantil (3-6 años) o a Educación Primaria sostenidos con fondos públicos en el curso 2016/2017.
2. Los que deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
3. Los que no obtengan certificación de reserva de plaza en los centros de Educación Primaria o de Educación Secundaria a los que estén adscritos.
4. Los que deseen solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel en el que hubieran obtenido reserva de plaza por adscripción. Dichos alumnos adjuntarán a la solicitud el certificado original de reserva de plaza.
5. Los que deseen cambiar de centro.
¿Qué necesitas presentar? >
¿Cómo lo solicito? >
Tramitación >
Actuaciones de los Centros Educativos | ||
Trámite | Fecha/ Hora/ Lugar | Plazo para reclamaciones |
Publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos | 4 mayo 2016 | 5, 6 y 9 mayo 2016 |
Publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos | 18 mayo 2016 | |
Actuaciones de los Servicios de Apoyo a la Escolarización con las solicitudes no admitidas por los centros | ||
Trámite | Fecha/ Hora/ Lugar | Plazo para reclamaciones |
Publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos | 6 junio 2016 | 7, 8 y 9 junio 2016 |
Publicación de las listas definitivas | 14 junio 2016 |
Se podrá ampliar más información en el apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Normativa Aplicable >
Órgano Responsable >
Consejería de Educación y Juventud
Dirección General de Educación Infantil y Primaria
Información Complementaria >
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión de niños menores de tres años en escuelas infantiles y otros centros educativos de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026. **Quién puede usar este servicio:** * Padres, madres o tutores legales de menores nacidos en 2023, 2024 y 2025. * También se incluyen los nacimientos previstos antes del 1 de enero de 2026 y los menores en trámite de adopción o acogimiento familiar. * Alumnos ya escolarizados que deseen cambiar de centro. **Antes de empezar:** * Ten a mano la documentación necesaria (DNI, certificado de empadronamiento, etc.). * Infórmate sobre los centros educativos que te interesan. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de admisión (se cumplimenta online). * Documentación que justifique los criterios de baremación (si aplica). * En caso de no autorizar la consulta telemática, aportar la documentación correspondiente (DNI, certificado de empadronamiento, etc.). **Requisitos previos:** * Cumplir con los requisitos de edad. * Presentar la solicitud dentro del plazo establecido. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación de solicitudes es del 12/03/2025 al 26/03/2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Accede a la aplicación de solicitud a través del botón "Tramitar". 2. Identifícate mediante Cl@ve, @SCV o Roble/Raíces. 3. Cumplimenta la solicitud online. 4. Adjunta la documentación necesaria. 5. Presenta la solicitud electrónicamente o de forma presencial. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se tramita en la Secretaría Virtual del centro solicitado. **Tiempos de espera:** * Las listas provisionales de admisión se publicarán el 12 de mayo. * Las listas definitivas se publicarán el 6 de junio. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Recibirás información sobre el estado de tu solicitud en la Secretaría Virtual. **Plazos de resolución:** * Las listas definitivas se publicarán el 6 de junio. **Siguiente pasos:** * Si obtienes plaza, formaliza la matrícula del 12 al 26 de junio. ## Ayuda **Contacto:** * Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. **Recursos adicionales:** * Servicio Web a Padres de Alumnos de la Comunidad de Madrid (buscador de centros). * Baremo de admisión para primer ciclo de Educación Infantil * Criterios para la baremación de solicitudes * Calendario de actuaciones * Información de alumno que presenta necesidades educativas especiales * Preguntas frecuentes * Más información sobre el proceso de admisión **Preguntas frecuentes:** * Ver sección FAQ.
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión de alumnos en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026. Abarca las etapas de Educación Infantil (segundo ciclo), Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Educación Especial. **Quién puede usar este servicio:** * Padres, madres o tutores legales de alumnos que se incorporan por primera vez al sistema educativo, cambian de centro o desean acceder a un centro de su preferencia. * Alumnos mayores de edad que deseen solicitar plaza escolar. **Antes de empezar:** * Ten a mano la documentación necesaria (DNI, certificado de empadronamiento, etc.). * Infórmate sobre los centros educativos de tu interés. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** 1. Solicitud de admisión (disponible en la sede electrónica). 2. Documentación que justifique los criterios de prioridad que se aleguen (familia numerosa, discapacidad, etc.). **Requisitos previos:** * Cumplir los requisitos de edad y académicos para la etapa educativa solicitada. * Estar empadronado en la Comunidad de Madrid (o justificar la necesidad de escolarización en la región). **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El plazo de presentación de solicitudes es del 12/03/2025 al 26/03/2025. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Accede a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y localiza el trámite de admisión. 2. Descarga y cumplimenta la solicitud. 3. Reúne la documentación necesaria. 4. Presenta la solicitud y la documentación por vía electrónica o presencial. **Información sobre cada etapa:** * **Cumplimentación de la solicitud:** Indica el centro solicitado en primera opción y, si lo deseas, hasta otros cinco centros por orden de preferencia. * **Presentación de la solicitud:** Puedes presentarla de forma electrónica (con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve) o de forma presencial en el centro elegido en primera opción o en los lugares habilitados. **Tiempos de espera:** * La publicación de las listas provisionales de admitidos se realizará el 4 de abril. * La publicación de las listas definitivas de admitidos se realizará el 28 de mayo. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Si obtienes plaza en el centro solicitado en primera opción, deberás formalizar la matrícula en los plazos establecidos. * Si no obtienes plaza en el centro solicitado en primera opción, pero sí en alguno de los otros centros indicados, se te asignará la plaza en ese centro. * Si no obtienes plaza en ninguno de los centros solicitados, los Servicios de Apoyo a la Escolarización (SAE) te asignarán una plaza en otro centro. **Plazos de resolución:** * La adjudicación definitiva de plazas se realizará antes del inicio del curso escolar. **Siguientes pasos:** * Formalizar la matrícula en el centro asignado. * Asistir a las reuniones informativas organizadas por el centro. ## Ayuda **Contacto:** * Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. * Servicios de Apoyo a la Escolarización (SAE) de tu zona. **Recursos adicionales:** * Servicio Web a Padres de Alumnos de la Comunidad de Madrid (buscador de centros). * Preguntas frecuentes * Más información sobre el proceso de admisión **Preguntas frecuentes:** * Consulta el apartado de preguntas frecuentes en la página web de la Comunidad de Madrid. ## Documentación de interés * Baremo de solicitudes- Admisión 2º ciclo Infantil, Primaria, Especial y ESO (Anexo I) * Baremo de solicitudes-Admisión Bachillerato (Anexo II) * Criterios para la baremación de solicitudes (Anexo III) * Calendario de actuaciones (Anexo IV) * Información de alumnado que presentan necesidades educativas especiales (Anexo V) ## Normativa * Resolución de 12 de febrero de 2025, del Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial * Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa * Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno * Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte * Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno * Orden 2808/2023, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
## Resumen Este trámite permite solicitar la admisión y matrícula en las escuelas de arte de la Comunidad de Madrid para cursar ciclos formativos de grado medio y superior de Artes Plásticas y Diseño. **Quién puede usar este servicio:** Alumnos de nuevo ingreso interesados en cursar estas enseñanzas. **Antes de empezar:** * Revisa los requisitos académicos y la necesidad de realizar la prueba específica de acceso. * Consulta el calendario de actuaciones para conocer los plazos de solicitud y matrícula. * Prepara la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Solicitud de admisión. * Documentación justificativa de exención de la prueba específica (si aplica). * Documentación acreditativa de experiencia laboral (si aplica). * Documentación acreditativa de inscripción en la prueba específica (si aplica). * Documentación acreditativa de homologación de estudios extranjeros (si aplica). * Documentación acreditativa de deportista de alto nivel o rendimiento (si aplica). * Documentación acreditativa del grado de discapacidad (si aplica). * Documentación que acredite la condición de familia monoparental (si aplica). **Requisitos previos:** * Cumplir con los requisitos académicos (Graduado en ESO/Bachillerato o equivalentes) o superar la prueba de acceso. * En algunos casos, se puede acceder directamente con ciertas titulaciones. **Costes y plazos:** * Este trámite no requiere el pago de tasas. * El proceso de admisión y matrícula se desarrolla del 17 de junio al 30 de septiembre de 2024. Consultar el calendario de actuaciones para fechas específicas. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitud:** Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial en la secretaría de la escuela de arte a la que deseas acceder en primer lugar. 2. **Documentación:** Adjunta la documentación requerida. 3. **Listas:** Consulta las listas provisionales y definitivas de admitidos en la Secretaría Virtual Raíces o en la escuela de arte. 4. **Matrícula:** Si eres admitido, formaliza la matrícula en los plazos establecidos. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se dirige al director de la escuela de arte a la que se opta en primer lugar. * La documentación debe ser veraz y estar completa. * Las listas se publican en las escuelas de arte y en la Secretaría Virtual Raíces. * La matrícula se formaliza en la secretaría de la escuela de arte. **Tiempos de espera:** * Los plazos de publicación de listas y matrícula se indican en el calendario de actuaciones. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez formalizada la matrícula, serás alumno de la escuela de arte. **Plazos de resolución:** * El proceso de admisión y matrícula finaliza el 30 de septiembre de 2024. **Siguiente pasos:** * Asistir a las clases y cumplir con los requisitos del ciclo formativo. ## Ayuda **Contacto:** * Contacta con la escuela de arte correspondiente o a través del correo electrónico eap@madrid.org. **Recursos adicionales:** * Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño * Guía de tramitación electrónica * lugares habilitados **Preguntas frecuentes:** * Ver sección de preguntas frecuentes.
## Resumen Este trámite permite a personas o parejas iniciar el proceso de adopción de un menor de origen extranjero. La adopción internacional busca ofrecer a estos menores la oportunidad de integrarse en un hogar y una familia. **Quién puede usar este servicio** * Parejas casadas o que conviven en pareja. * Personas solteras, viudas o divorciadas. **Antes de empezar** Es importante que los solicitantes cumplan con los requisitos establecidos y consideren las situaciones que podrían impedir la obtención del certificado de idoneidad. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * Solicitud de adopción internacional (disponible en la sede electrónica). * Documentación especificada en el formulario de solicitud. **Requisitos previos** * Ser mayor de 25 años. * Residir en la Comunidad de Madrid. * Tener una diferencia de edad con el menor adoptado de entre 16 y 45 años. * En caso de parejas, acreditar un mínimo de tres años de convivencia. * Cumplir con los requisitos del país de origen del menor. **Costes y plazos** * Este trámite no tiene coste. * El plazo es indefinido. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Asistir a una sesión informativa:** Es obligatoria para quienes adoptan por primera vez. Solicita cita previa llamando al 91 580 34 58 o enviando un correo a adopcion@madrid.org. 2. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos requeridos según el formulario de solicitud. 3. **Presentar la solicitud:** Puedes hacerlo de forma electrónica o presencial. * **Electrónica:** Necesitas un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid. Accede a la sede electrónica, descarga y completa el formulario, y adjunta la documentación. * **Presencial:** Preséntala en los lugares habilitados. Consulta si es necesario pedir cita previa. **Información sobre cada etapa** * La sesión informativa proporciona detalles sobre el proceso y la documentación necesaria. * La presentación de la solicitud inicia formalmente el proceso de adopción. **Tiempos de espera** * El plazo del procedimiento es indefinido. ## Después de hacerlo **Qué sucede después** Una vez presentada la solicitud, se inicia el proceso de evaluación de la idoneidad de los solicitantes. **Plazos de resolución** El plazo de resolución es indefinido. **Siguientes pasos** * La administración te notificará los siguientes pasos a seguir. * Puedes consultar el estado de tu expediente en la sede electrónica. ## Ayuda **Contacto** * Servicio de Adopciones del Área de Adopciones y Acogimiento Familiar: 91 580 34 58 (lunes a viernes, 9:00 a 14:00). * Correo electrónico: adopcion@madrid.org. **Recursos adicionales** * Adopción internacional (Comunidad de Madrid). * Guía de tramitación electrónica (Comunidad de Madrid). **Preguntas frecuentes** Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes. ## Información Complementaria Para más información sobre las Entidades Colaboradoras de adopción internacional, países, requisitos y características de la adopción según países, medidas de apoyo a la adopción internacional y otros, pinche en el siguiente enlace: **Adopción internacional** En la sección de Documentación de interés, puedes consultar: * **Valoración** de las solicitudes. * **Guía para orientar** y ayudar a las personas que estén pensando en adoptar un niño extranjero. * **Consulta sanitaria** de Adopción internacional. ## Documentación de interés * Documentación a presentar * Obtención del certificado de idoneidad * Fases de la Tramitación * Valoración de las solicitudes * Guía para orientar y ayudar * Situaciones no idóneas en un proceso de adopción internacional * Consulta sanitaria de adopción internacional ## Normativa * **Normativa internacional**: * Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre 1989 * Convenio relativo a la Protección del Niño y Cooperación en materia de Adopción Internacional hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993 * **Normativa estatal**: * Constitución de 27 de diciembre de 1978 * Código Civil * Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor * Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional * **Normativa autonómica**: * Decreto 62/2003, de 8 de mayo, sobre acreditación, funcionamiento y control de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional * Ley 6/1995, de 28 de marzo, Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia * Corrección de errores, de la Ley 6/1995, de 28 de marzo * Ley 1/1996, de 15 de enero, Ley de Protección Jurídica del Menor * Decreto 62/2003, de 8 de mayo, sobre acreditación, funcionamiento y control de las entidades colaboradoras de la adopción internacional * Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid
Históricas cerradas Fin:05 octubre 2016
- Perfil del Contratante de Metro de Madrid (sección licitaciones en curso):
www.metromadrid.es/es/acceso_proveedores/licitaciones/licitaciones/index_en_curso.html
* Presentación de ofertas:
- Se realizará por medios electrónicos, accediendo a la sección de Descargar Pliegos / Presentar Ofertas del Perfil del Contratante de Metro de Madrid
- Dirección electrónica:
http://www.metromadrid.es/es/acceso_proveedores/Presentar_Ofertas/index.html
RESULTADOS DE LA LICITACIÓN | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|
Nºlote | Nºofertas | Resultado | NIF adjudicatario | Nombre o razón social adjudicatario | Importe adjudicación (sin IVA) | Importe adjudicación (con IVA) |
5 | Formalizado | A59596734 | SCANIA HISPANIA S.A | 228.380 | 276.339,8 |
Anuncio de licitación (Publicado el 21 septiembre 2016 16:01)
Pliegos de condiciones (2)
Adjudicación del contrato (Publicado el 25 enero 2017 13:01)
Anuncio de la formalización del contrato (Publicado el 02 marzo 2017 17:01)
## Resumen Este trámite permite a entidades, tanto públicas como privadas, con o sin ánimo de lucro, registrarse como agencias de colocación en la Comunidad de Madrid. Estas agencias actúan como intermediarios laborales, conectando a trabajadores con empleos adecuados y ayudando a los empleadores a encontrar el personal que necesitan. **Quién puede usar este servicio:** * Entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro. ## Requisitos * Presentar una declaración responsable ante el Servicio Público de Empleo (SPE) donde tengan un centro de trabajo. * Si operan telemáticamente, pueden elegir ante qué SPE presentar la declaración (excepto el SEPE). * Si operan solo en Ceuta y/o Melilla, la declaración se presenta ante el SEPE. * El SPE competente asignará un número de agencia de colocación. Para más información, consulta la web del [Sistema Nacional de Empleo](https://www.sistemanacionalempleo.es/pdf/agencias/Texto_web_SNE-Declaracion_Responsable_1_de_agosto_de_2018.pdf). ## Documentación a presentar 1. Solicitud (disponible al tramitar). 2. Documentación especificada en el formulario. Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. ## Cómo hacerlo La tramitación puede realizarse electrónicamente (con firma electrónica reconocida) o de forma presencial en los [lugares habilitados](https://sede.comunidad.madrid/lugares-presentar-solicitudes-escritos-documentos), a menos que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración. **Pasos para la tramitación electrónica:** 1. Prepara la documentación y anexos. 2. Descarga y completa el formulario. 3. Accede al Registro electrónico y presenta la solicitud junto con los documentos. Si optas por la notificación electrónica, las notificaciones se enviarán a través del [Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid](https://sede.comunidad.madrid/guia-administracion-electronica#notificaciones). Debes tener una dirección electrónica habilitada en este servicio. Para darte de alta, accede a [Notificaciones Electrónicas](https://gestiona3.madrid.org/auto_login/acceso.jsf?s=NOTE&ss=PRIVADO&pass=9F6FE21F6C37B9D47C434FC195D45D84&ok=aHR0cHM6Ly9nZXN0aW9uYTMubWFkcmlkLm9yZy9ub3RlX3B1YmxpYy9pbmRleC5odG1s). Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado y aportar documentos a través del servicio de [consulta de situación de expedientes](https://sede.comunidad.madrid/guia-administracion-electronica#expedientes). En la [Guía de tramitación electrónica](https://sede.comunidad.madrid/guia-tramitacion-electronica) encontrarás más información sobre cómo realizar trámites por internet. ## Normativa * [Real Decreto Legislativo 3/2015](http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-11431) * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ([BOE nº 236, de 2 de octubre).](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565) * [Real Decreto 1796/2010](http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/31/pdfs/BOE-A-2010-20151.pdf) * [Orden 4928/2011](https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/17/BOCM-20111117-1%2C0.PDF) * [Real Decreto-ley 3/2012](http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/11/pdfs/BOE-A-2012-2076.pdf) * Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2012 ([BOE nº 42, de 18 de febrero)](http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-2395) * [Ley 3/2012](http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/07/pdfs/BOE-A-2012-9110.pdf) * [Real Decreto-ley 11/2013](http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-8556) * [Real Decreto-ley 8/2014](http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-7064) * [Ley 6/2018, de 3 de julio](http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-9268) * Sentencia 69/2018, de 21 de junio del Tribunal Constitucional ([BOE nº 179, de 25 de julio).](http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-10511) ## Órgano responsable Consejería de Economía, Hacienda y Empleo Viceconsejería de Economía y Empleo