Históricas cerradas
Inicio: 15 abril 2016 | Fin: 04 mayo 2016
¿Qué es? >
. Plazo presentacion de solicitudes: Inicio: 7 de abril de 2016 | Fin: 26 de abril de 2016. EL PLAZO SE ENCUENTRA CERRADO |
* Fecha de publicación en el BOCM: 6 de abril de 2016.
* Proceso selectivo: Concurso-oposición.
* Titulación: consultar en el apartado Información Relacionada, en la columna derecha.
* Destino: centros educativos públicos dependientes de la Comunidad de Madrid.
* Tasas:
- Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas: 77,87 euros.
- Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional: 69,32 euros.
* Plazas convocadas: 1.500
01/07/2019 | Corrección de errores Resolución 4 de junio de 2019 Corrección de errores de la Resolución de 4 de junio de 2019 (BOCM nº 154, de 1 de julio) | |
13/06/2019 | Aspirante declarado apto en la fase de prácticas y seleccionado en los procedimientos selectivos Resolución de 4 de junio de 2019 (BOCM nº 139, de 13 de junio). | |
13/08/2018 | Nombramiento funcionario en prácticas, a determinado aspirante, en cumplimiento de sentencia Resolución de 26 de julio de 2018 (BOCM nº 192, de 13 de agosto) | |
09/08/2018 | Declarar aptos en la fase de prácticas y seleccionados en los procedimientos selectivos Resolución de 25 de julio de 2018 (BOCM nº 189, de 9 de agosto) | |
31/07/2017 | Aprobar el expediente del procedimiento, declaración de aptos en la fase de prácticas y declaración de pendientes de calificación por parte de las Comisiones Evaluadoras Resolución de 20 de julio de 2017 (BOCM nº 180, de 31 de julio) | |
12/07/2017 | Emplazamiento a los posibles interesados para que se personen en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por determinados aspirantes - Resolución de 4 de julio de 2017 (BOCM nº 164, de 12 de julio) - Resolución de 4 de julio de 2017 (BOCM nº 164, de 12 de julio) | |
17/03/2017 | Modificación listas definitivas de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso. Especialidades Administración de Empresas e Inglés del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria Resolución de 2 de marzo de 2017 (BOCM nº 65, de 17 de marzo) | |
17/03/2017 | Modificación listas con las puntuaciones definitivas alcanzadas en la fase de concurso y de los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso. Especialidad de Procesos y Medios de Comunicación Resolución de 28 de febrero de 2017 (BOCM nº 65, de 17 de marzo) | |
31/01/2017 | Relación complementaria de aspirantes aprobados y nuevos nombramientos de funcionarios en prácticas Resolución de 19 de enero de 2017 (BOCM nº 26, de 31 de enero) (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
03/01/2017 | Corrección de errores de la Resolución de 21 de noviembre de 2016 (BOCM nº 2, de 3 de enero de 2017) | |
01/12/2016 |
Relación complementaria de aspirantes aprobados y nombramiento funcionarios en prácticas Nota: El nombramiento como funcionario en prácticas tendrá efectos administrativos desde 1 de septiembre de 2016 y económicos desde la toma de posesión. | |
23/11/2016 | Modificación de las listas definitivas de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso | |
07/11/2016 | Modificación de las puntuaciones definitivas de la fase de concurso y de los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso Resolución de 21 de octubre de 2016 (BOCM nº 267, de 7 de noviembre) (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
25/10/2016 | Nombramiento funcionarios en prácticas Resolución de 17 de octubre de 2016 (BOCM nº 256, del 25 de octubre) | |
28/09/2016 | Regulación de la fase de prácticas Resolución de 20 de septiembre de 2016 (BOCM nº 232, de 28 de septiembre) | |
22/09/2016 | Relación de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad Resolución de 6 de septiembre de 2016 (BOCM nº 227, de 22 de septiembre) (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
22/07/2016 | Modificación de las puntuaciones definitivas alcanzadas por determinados aspirantes Resolución de 13 de julio de 2016 (BOCM nº 174, de 22 de julio) (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
15/07/2016 | Relación de seleccionados y aptos por especialidad y relación de seleccionados en los procesos selectivos de 2016 que deberán presentar el certificado del Registro Central de Delicuentes Sexuales (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | * Plazo para presentación de documentación de los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso: Del 16 de julio al 4 de agosto de 2016 Se presentará en: D.G de Recursos Humanos, c/ Santa Hortensia, 30, 3ª planta, de Madrid (CP: 28002). |
14/07/2016 | Resolucion de correccion de errores del baremo definitivo. (Ver listados en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
11/07/2016 | Relación complementaria de admitidos y excluidos Resolución de 4 de julio de 2016 (BOCM nº 163, de 11 de julio) (Ver listados en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha) | |
11/07/2016 | Relación de baremo definitivo (Ver listados en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha) | |
08/07/2016 | Relación de aprobados en el procedimiento selectivo Resolución de 1 de julio de 2016 (BOCM nº 161, de 8 de julio) Se publicarán a partir del día 15 de julio de 2016 | |
08/07/2016 | Relación de baremo definitivo Resolución de 1 de julio de 2016 (BOCM nº 161, de 8 de julio) Se publicarán a partir del día 11 de julio de 2016 | |
23/06/2016 | Relación de baremo provisional (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | * Alegaciones: Del 24 al 29 de junio de 2016, ambos incluidos |
17/06/2016 | Corrección de errores composición de los Tribunales Corrección de errores de la Resolución de 25 de mayo de 2016 (BOCM nº 143, de 17 de junio) | |
16/06/2016 | Criterios de evaluación (Ver listados en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
14/06/2016 | Citaciones y Listados de ubicación de Tribunales (Ver listados en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
14/06/2016 | Realización de las pruebas Las pruebas darán comienzo el día 18 de junio de 2016, a las 9:00 h Resolución de 7 de junio 2016 (BOCM nº 140, de 14 de junio). | |
14/06/2016 | Listas definitivas de admitidos y excluidos | |
14/06/2016 | Modificación de la relación definitiva de aspirantes de subgrupo superior que solicitan reconocimiento de titulación concordante (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
13/06/2016 | Listado definitivo de aptos en la prueba de acreditación del conocimiento del castellano | |
08/06/2016 | Relación definitiva de aspirantes de subgrupo superior que solicitan reconocimiento de titulación concordante (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
27/05/2016 | Composición de los Tribunales Resolución 25 de mayo de 2016 (BOCM nº 125, de 27 de mayo) Las pruebas darán comienzo el día 18 de junio de 2016, a las 9:00 h. | |
24/05/2016 | Relación provisional de aspirantes de subgrupo superior que solicitan reconocimiento de titulación concordante (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | * Alegaciones: Del 25 al 30 de mayo de 2016 Deberán dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos, c/ Santa Hortensia, n.º 30, de Madrid (CP: 28002), dada la brevedad de los plazos, preferentemente mediante fax dirigido al n.º: 91 276 77 79. |
20/05/20016 | Convocatoria para la prueba de acreditación del conocimiento del castellano. Resolución de 12 de mayo de 2016 (BOCM nº 119, de 20 de mayo). - Fecha y hora: 3 de junio de 2016 a las 17:00 h. - Lugar: IES Beatriz Galindo; calle Goya, número 10. 28001. Madrid. | |
20/05/2016 | Relación de la composición del Tribunal que ha de valorar la prueba de acreditación del conocimiento del castellano Resolución de 12 de mayo de 2016 (BOCM nº 119, de 20 de mayo). | * Plazo para acreditar la abstención: Del 21 al 25 de mayo de 2016. |
18/05/2016 | Nombramiento de Comisión (Ver listado en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | |
12/05/2016 | Anuncio y aprobación de la relación provisional de admitidos y excluidos Resolución de 4 de mayo de 2016 (BOCM nº 112, de 12 de mayo) Publicación de los listados provisionales: 13 de mayo de 2016. (Ver listados en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha) | * Reclamaciones: Del 14 al 20 de mayo de 2016. (Ver modelo subsanación en el apartado Gestión/ listados en la columna derecha de esta ficha) |
14/04/2016 | Modificación de la Resolución de 6 de abril de 2016. Resolución de 12 de abril de 2016 (BOCM nº 88, de 14 de abril) | |
07/04/2016 | Resultado del sorteo de la letra para la formación de tribunales (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna dcha. de esta ficha) |
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
¿Cómo lo solicito? >
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Internet
A través de la aplicación informática que se encuentra en el apartado Gestión > Solicitud-Internet, en la columna derecha de esta ficha.
También se puede acceder siguiendo la secuencia: www.madrid.org/edu_rrhh > Funcionarios Docentes > Procesos Selectivos > Oposiciones 2016 > Convocatoria.
b) Presencial:
Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de la documentación, a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte o a la correspondiente Dirección de Área Territorial, en función de la competencia gestora establecida en el Anexo I de esta convocatoria, pudiendo ser presentadas, preferiblemente en el Registro General de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (Gran Vía, nº 20, 28013 Madrid), Registro Auxiliar de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (C/ Santa Hortensia, nº 30, 28002 Madrid), en los Registros Auxiliares de las Direcciones de Área Territorial: DAT Madrid Capital (C/ Vitruvio, nº 2. 28006 Madrid), DAT Norte (Av. de Valencia, s/n. 28700 San Sebastián de los Reyes), DAT Sur (C/ Maestro, nº 19. 28914 Leganés), DAT Este (C/ Jorge Guillén, s/n. 28806 Alcalá de Henares), DAT Oeste (Ctra. de la Granja, s/n. 28400 Collado Villalba), en las Oficinas de Atención al Ciudadano (Gran Vía, nº 3, 28013 Madrid y Pza Chamberí, nº 8. 28010 Madrid) o en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos, antes de ser certificada.
Las solicitudes suscritas por los residentes en el extranjero podrán presentarse, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán a la Dirección General de Recursos Humanos, calle Santa Hortensia, número 30, de Madrid (28002), si bien, para estos casos, dada la brevedad de los plazos de la convocatoria, se recomienda su presentación por vía telemática y, si ello no fuera posible, sin perjuicio de su presentación en la oficina diplomática, la remisión de copia al fax número 91 276 77 79.
Participantes que solicitan pasar a las listas de interinos:
- Deberán consignarlo en la solicitud de participación.
- Para obtener un destino como funcionario docente interino durante el curso 2016-2017, los aspirantes que se integren en las listas habrán de presentar, además, la correspondiente solicitud de asignación de vacante, conforme a las instrucciones y el calendario para la asignación de puestos docentes que aprobará mediante resolución la Dirección General de Recursos Humanos
Consejería de Educación y Juventud
D. G. de Recursos Humanos
Tasas (2)
Documentación complementaria (34)
Listados (129)
En tramitación
Inicio: 01 septiembre 2018 | Fin: 31 diciembre 2018
Las solicitudes se realizarán en el primer trimestre del curso anterior a su efectiva implantación |
¿Quién puede?
Centros bilingües
1. En el caso de los centros públicos bilingües de la Comunidad de Madrid, la aplicación de la autonomía de los centros en la organización de los Planes de Estudio, se atendrá estrictamente a lo establecido en la Orden por la que se regulan los Institutos de Educación Secundaria Bilingües de la Comunidad de Madrid.
2. En los centros concertados bilingües autorizados, el ejercicio de la autonomía en la organización de los Planes de Estudio se atendrá estrictamente a lo previsto en la normativa por la que se regulan los centros privados concertados bilingües de la Comunidad de Madrid.
* Decreto 39/2017, de 4 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria (BOCM nº 83, de 7 de abril).
* Orden 1459/2015, de 21 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrolla la autonomía de los centros educativos en la organización de los Planes de Estudio de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 122, de 25 de mayo)
* Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria (BOCM nº 118, de 20 de mayo)
Consejería de Educación y Juventud
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
En tramitación
Inicio: 01 septiembre 2018 | Fin: 31 diciembre 2018
Las solicitudes se realizarán en el primer trimestre del curso anterior a su efectiva implantación. |
¿Quién puede?
Centros bilingües
1. En el caso de los centros públicos bilingües de la Comunidad de Madrid, la aplicación de la autonomía de los centros en la organización de los Planes de Estudio, se atendrá estrictamente a lo establecido en la Orden por la que se regulan los Institutos de Educación Secundaria Bilingües de la Comunidad de Madrid.
2. En los centros concertados bilingües autorizados, el ejercicio de la autonomía en la organización de los Planes de Estudio se atendrá estrictamente a lo previsto en la normativa por la que se regulan los centros privados concertados bilingües de la Comunidad de Madrid.
* Orden 1513/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrolla la autonomía de los centros educativos en la organización de los planes de estudio del Bachillerato en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 122, de 25 de mayo)
* Decreto 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Bachillerato (BOCM nº 120, de 22 de mayo)
Consejería de Educación y Juventud
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
En tramitación
Las solicitudes se realizarán en el primer trimestre del curso anterior a su efectiva implantación. |
¿Cómo lo solicito?
* Orden 3814/2014, de 29 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrolla la autonomía de los centros educativos en la organización de los planes de estudio de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 9, de 12 de enero de 2015)
* Resolución, de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Educación Infantil y Primaria, por la que se autoriza la implantación de planes de estudio de Educación Primaria en centros educativos de la Comunidad de Madrid, a partir del año académico 2015-2016 (BOCM nº 158, de 6 de julio)
Consejería de Educación y Juventud
Dirección General de Educación Infantil y Primaria
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Tramitación de las prestaciones de oxigenoterapia, aerosolterapia y otros recursos de terapia respiratoria a domicilio.
Oxigenoterapia Domiciliaria >
Podrán indicarla los facultativos de Atención Primaria, Atención Especializada y de los Servicios de urgencias.
Aerosolterapia Domiciliaria >
Consiste en la administración de fármacos por vía inhalatoria mediante el uso de aerosoles.
Podrán prescribir la aerosolterapia los Neumólogos, Pediatras, Alergólogos y Facultativos de Medicina Interna.
Oxigenoterapea y Aerosolterapea en desplazamientos a otra Comunidad Autónoma >
Tanto para la oxigenoterapia como en aerosolterapia en pacientes desplazados se actuará de la siguiente forma:
- El paciente, previo a su desplazamiento solicitará un informe actualizado al Servicio prescriptor.
- El paciente, en el Área de destino, presentará dicho informe al médico de Atención Primaria que le corresponda por su zona de residencia.
- El médico de Atención Primaria, remitirá al paciente al Servicio de Atención Especializada. Dicho Servicio prestará la asistencia en las mismas condiciones que si se tratara de un paciente de su propia Área.
- Al finalizar el periodo el Servicio de Atención Especializada emitirá un informe para el Servicio de origen del paciente.
Consejería de Sanidad
Servicio Madrileño de Salud
- A través de los teléfonos: 91 586 72 27 / 71 96
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Referencia 272731
Recorrido que transcurre por el único tramo bien conservado de la antigua calzada romana que unía Titulcia en la Comunidad de Madrid con la ciudad de Segovia, desde tiempos del emperador Vespasiano (S. I d.C.). Fue prácticamente el único paso utilizado entre las dos mesetas ibéricas hasta el S. XVIII.Como elemento de interés en esta vía, tenemos entre otros, el puente romano del Descalzo, en un sector bien conservado de la vía imperial. Cerca se encuentra la Fuente de la Salud con hermosos ejemplares de tejo y un buen ejemplo de vegetación de ribera.Una vez pasada la Pradera de los Corralitos, una fuerte subida nos lleva a coronar el puerto de la Fuenfría, coincidiendo el recorrido con una vía pecuaria.En los últimos años se ha descubierto que la calzada romana que antes se pensaba que discurria por el mismo trazado que la Borbónica, tiene en realidad un tramo que no coincide con esta, como se puede ver en el mapa. En "mas información" podrá encontrar un link a uno de los estudios sobre este tema.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
Programas:
Folleto Sendas del Valle de la Fuenfría (Calzada borbónica) >
Históricas cerradas
Inicio: 19 octubre 2016 | Fin: 10 noviembre 2016
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
04/01/2019 | Subvenciones concedidas durante los tres primeros trimestres del año 2018 Resolución de 18 de diciembre de 2018 (BOCM nº 3, de 4 de enero de 2019). |
10/03/2017 | Subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre del año 2016 Resolución de 23 de febrero de 2017 (BOCM nº 59, de 10 de marzo) |
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (2)
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Históricas cerradas
Inicio: 28 abril 2016 | Fin: 15 mayo 2016
- En el apartado Gestión de esta página se encuentra el enlace para acceder a la aplicación.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.