Según las cuantías de la pensión que usted perciba puede acceder a una de las tarjetas pensionistas tipo I o pensionistas tipo II.
Además con cualquiera de estas tarjetas usted se beneficia de una tarifa reducida, puesto que está subvencionada por el Ayuntamiento, y del transbordo entre líneas.
Las personas pensionistas empadronadas en el Ayuntamiento de Vigo, siempre que sus percepciones máximas anuales, no superen el salario mínimo interprofesional del año en curso.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Puede consultar toda la información necesaria para solicitar a tarjeta na siguiente página.
También puede solicitar el alta de tarjeta o renovación via online.
Presentando la solicitud y documentación requerida, de lunes a viernes (no festivos), en las oficinas de VITRASA:
- De 8 a 14 en la Carretera de Camposancos, 36.
- De 8 a 14 en el Ayuntamiento de Vigo (Oficina de Tarjetas de Transporte Público).
Renovación anual.
Con esta tarjeta puede beneficiarse de una tarifa reducida puesto que está subvencionada por el Ayuntamiento y la Universidad de Vigo y además disfrutar de otros servicios propios del transporte (por ejemplo: transbordo entre líneas).
Las personas matriculadas, durante el presente curso, en una Facultad o Escuela perteneciente al Campus Universitario de Vigo.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Puede consultar toda la información necesaria para solicitar la tarjeta en la siguiente página.
También puede solicitar el alta de tarjeta o renovación via online.
Presentando la solicitud y documentación requerida, de lunes a viernes (no festivos), en las oficinas de VITRASA:
- De 8 a 14 en la Carretera de Camposancos, 36.
- De 8 a 14 en el Ayuntamiento de Vigo (Oficina de Tarjetas de Transporte Público).
Renovación anual.
El programa Comer en casa es un servicio de comida a domicilio que pretende facilitar y garantizar una alimentación equilibrada y de calidad adaptada a las necesidades de las personas para cubrir sus necesidades básicas relacionadas con la compra o elaboración de menús.
Su objetivo principal es mejorar el nivel de bienestar y calidad de vida de personas mayores y/o dependientes y también de sus familias, manteniéndolas en su entorno comunitario y retrasando o evitando la institucionalización.
El programa puede, en ocasiones, complementar al Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) que presta el Ayuntamiento, para mantener al máximo la capacidad de independencia y autonomía de las personas con la permanencia nos sus propios hogares.
Podrán ser beneficiarios del programa las personas empadronadas en el Ayuntamiento de Vigo y que cumplan los siguientes requisitos:
1. Personas mayores de 60 años que tengan limitada su capacidad de autonomía personal y sin red de apoyo que pueda suplir tal situación.
2. Personas dependientes, que carezcan de apoyo familiar, y que requieren de ayuda para la preparación de alimentos.
3. Personas menores de 60 años y mayores de 18 en situación de exclusión social, técnicamente evaluada por los servicios sociales del Ayuntamiento y siempre que se esté interviniendo desde otro programa para resolver su situación de exclusión.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Enviando la solicitud y documentación requerida al Registro General del Ayuntamiento a través de la carpeta ciudadana.
Presentando el impreso de solicitud y demás documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento.
O bien solicitando cita previa en la zona de atención social (UTS) que le corresponda por domicilio y presentando la solicitud y documentación requerida.
Direcciones y Teléfonos de las UTS
Durante todo el año.
Las personas beneficiarias del programa reciben en su domicilio, de cada vez, siete bandejas diferentes con el almuerzo para cada día de la semana.
Cada menú incluye primer plato, según plato y sobremesa. Son completos y equilibrados, variados y adaptables a las necesidades de las personas usuarias, a sus gustos y hábitos así como a la gastronomía local y a la época del año.
La persona beneficiaria recibe una guía práctica para la preparación de los alimentos y otra con las prácticas correctas de higiene y manipulación de los alimentos.
Pago:
El precio de cada menú diario será el establecido en las bases del programa.
Las personas beneficiarias abonarán directamente a la empresa contratista, por adelantado, el importe de cada mensualidad en los diez primeros días de cada mes.
La empresa adjudicataria emitirá factura mensual para cada beneficiario del servicio por la cantidad correspondiente.
Se denomina alineación oficial a la línea señalada por el planeamiento para establecer el límite que separa los suelos destinados a vía pública o espacios libres públicos, de las parcelas edificables o del espacio interpuesto definido en el Art. 6.2.13, de las Normas Urbanísticas. En los casos que procedan, podrá determinar las condiciones de edificación de fincas colindantes a los efectos de aplicación de retranqueos o adosamientos derivados del Artículo 6.3.13 o de los que correspondan, sobre situación de la edificación en las zonas de ordenanzas que así está regulado en aplicación del anterior.
La alineación oficial se recogerá en el Acta de Alineaciones y Rasantes.
El Acta de Alineaciones y Rasantes es el plano formalizado por la Administración Municipal, suscrito por técnico competente, en el que se señalan además de las circunstancias de deslinde contempladas en el párrafo anterior, el estado de la urbanización, si la parcela reúne o no la condición de solar, la superficie aproximada de cesión gratuita o de expropiación, en su caso, su formalización y el importe aproximado de los gastos de urbanización afectos a la finca, si los hubiera.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Debe presentar en la oficina de Registro de la Xerencia de Urbanismo el impreso de solicitud junto con toda la documentación requerida.
El Acta de Alineaciones y Rasantes deberá ser expedida en un plazo máximo de tres 3 meses.
- Excepcionalmente, y en el plazo de diez días hábiles contados desde la presentación de la solicitud, la Administración Municipal podrá solicitar levantamiento topográfico de la parcela cuando existan discordancias entre la realidad y el planeamiento y/o su descripción registral. Este levantamiento deberá estar apoyado al menos en dos vértices próximos de la Red Topográfica y siempre en coordenadas UTM.
En tanto no se aporte el levantamiento topográfico quedará interrumpido el plazo de expedición del Acta.
- Las Actas de Alineaciones y Rasantes tendrán vigencia indefinida. Como actos de información urbanística que son no tendrán efecto vinculante para la Administración municipal. Contra ellas no cabe interponer recurso alguno.
- Cualquier alteración del planeamiento dará lugar a que queden sin efecto las actas de alineación practicadas con anterioridad a su aprobación, pudiendo rehabilitarse en el caso de que dicha modificación no hubiese afectado a las alineaciones.
Plaza del Rey s/n
Teléfono: 986 810 349
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Mediante este trámite usted recibirá en su correo electrónico o en su móvil un mensaje avisándole de las nuevas ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento de Vigo.
Cualquier persona física o jurídica.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
1. Pulse en el botón "Tramitar por Internet".
2. Pulse en la casilla "Convocatorias de oferta pública de emprego".
3. Introduzca la dirección de correo electrónico o el teléfono móvil donde desea recibir el aviso (puede seleccionar uno o ámbos).
4. Pulse "enviar".
5. Para borrar los datos introducidos pulse "restablecer".
Puede solicitar este sistema de avisos llamando al 010.
Trámite necesario para registrar los datos del nuevo propietario del animal en el REGIAC (Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía).
Dueños de animales de compañía y potencialmente peligrosos, y veterinarios que presten asistencia sanitaria a estos animales.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
La inscrición de los datos del nuevo propietario deberá hacerse a través del veterinario actuante que cubrirá un impreso oficial de identificación, por triplicado, facilitado por la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente (también disponible en esta página). El propietario del animal identificado deberá recibir del veterinario actuante un ejemplar del impreso oficial. El veterinario actuante conservará en su poder otro ejemplar del impreso. El tercer ejemplar deberá ser remitido por el veterinario al Registro Gallego de Identificación de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos.
El cambio de los datos debe ser realizada por veterinarios actuantes del REGIAC, autorizados por la Consellería de Medio Ambiente (para obtener información sobre veterinarios actuantes puede ponerse en contacto con el teléfono de información del REGIAC: 988 60 30 75 ).
Se trata de obtener una boca de nicho en concesión en los cementerios municipales para su utilización inmediata.
Cualquier persona mayor de edad.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Directamente en la Oficina de Cementerios.
Se abonará la tasa correspondiente en ese mismo momento, de conformidad con la Ordenanza Municipal, en la Recaudación Municipal por el procedimiento de autoliquidación a realizar en impreso reglamentario que facilitará el servicio de Cementerios. No obstante, al tratarse de servicios que prestan en sábado, domingo o festivo, el importe de la autoliquidación se ingresará en el servicio de Cementerios.
El plazo de resolución es inmediato.
- La concesión de este tipo de propiedades municipales, depende de la existencia de bocas vacias en el momento de la solicitud.
- Transcurridos seis años o diez en caso de renovación desde el enterramiento se retirarán las cenizas de las criptas o nichos al osario general o cenicero en su caso.
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Sótano 2 (Entrada por calle granada)
Teléfono: 986 810 112
Fax: 986 437 085
Email: ofi.cemiterios@vigo.org
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Los certificados, a diferencia de los justificantes (volantes) deben estar firmados. Por este motivo no se pueden emitir desde Internet. Pero se pueden solicitar por Internet y recogerlos en el Ayuntamiento.
Para la mayoría de las situaciones llega con solicitar un volante de empadronamiento que es gratuito y se puede solicitar por Internet e imprimir de forma inmediata.
Los certificados sirven para los siguientes casos especiales:
-Pensiones no contributivas (10-5 años) (invalidez, jubilación, ...) y pensiones del extranjero (castellano)
-Adquisición nacionalidad española
-Adopciones internacionales (cuando ya está concedida la adopción, para finalizar el trámite)
-Algunos trámites del juzgado y de notarías
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Una vez que cubra la solicitud deberá recoger el certificado en la oficina de Información del Ayuntamiento de Vigo (Plaza del Rey s/n) en un plazo aproximado de 15 días. Si quiere saber exactamente cuando puede venir a recogerlo puede consultar el estado de la tramitación del certificado.
En el proceso de solicitud se le facilitará un código de control que le permitirá consultar el estado de la tramitación de su certificado. Cuando la tramitación indique que el certificado está firmado podrá venir a recogerlo a las dependencias municipales.
El importe de la tasa se deberá abonar al venir a recoger el certificado solicitado (ver observaciones).
Existe una tasa en la emisión de certificados del Padrón municipal de habitantes. Las tarifas dependen del tipo de certificado y pueden consultarse en el artículo 5.1 de la oedenanza 10 de expedición de documentos.
-Los certificados de pensiones no contributivas son gratuitos
El importe se deberá abonar al venir a recoger el certificado solicitado.
Ayuntamiento de Vigo
Planta Baja - Plaza del Rey nº1
36202 - Vigo
Teléfono: 986 810 132
Mediante este trámite usted puede solicitar la devolución de ingresos indebidos como consecuencia de pagar un recibo, liquidación o autoliquidación dos o más veces, por el hecho de efectuar un pago por un importe superior al consignado en el documento de cobro, por realizar el pago de deudas prescritas o cuando así lo establezca la normativa reguladora del tributo.
Tienen derecho a solicitar la devolución de ingresos indebidos los obligados tributarios y los sujetos infractores que realizaran ingresos indebidos en el Concello de Vigo con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, así como los sucesores de unos y otros.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
Presentado el impreso de devolución de ingresos indebidos en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo, junto con la documentación que acredite el ingreso indebido.
No olvide cumplimentar los datos del IBAN (cuenta bancaria) en el que desee que se le realice la devolución solicitada.
Junto con el importe del ingreso indebido la administración devolverá de oficio el interés de demora calculado incluso la fecha del acuerdo de devolución.No será ingreso indebido aquel que tuviera lugar por incumplimiento de los deberes formales por parte del obligado tributario, así como el ingreso realizado en el supuesto de que se le deniegue la licencia o la autorización correspondiente por no contar con las condiciones exigidas por la normativa aplicable al procedimiento. Si por aplicación de la normativa del tributo procediese la devolución del ingreso realizado, tampoco se abonarán los intereses de demora. Plazo de solicitud: 4 años desde el día siguiente a aquel en que realizó el ingreso indebido. Plazo de resolución: 6 meses, transcurridos los cuales la solicitud se entenderá desestimada.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta Baja
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Ayuntamiento de Vigo Plaza del Rey 1
Planta Baja 36202 Vigo.
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1142 - 1144)
Horario: De 9 a 13:30 horas e de 16 a 18 horas de luns a venres (excepto do 15 de xuño ao 31 de agosto que será de 9 a 13:30 horas).
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta Baja
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 258
Horario: Horario: De 9:00 a 13:30 horas y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a viernes (excepto del 15 de junio al 31 de agosto que será de 9:00 a 13:30 horas).
O estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas e de 16 a 20 horas, de luns a venres agás festivos, nas vías do municipio incluídas no ámbito de aplicación da "Ordenanza Reguladora do Servizo de Aparcamento de Vehículos na Vía Pública", suporá o pago dunha taxa mediante máquinas expedidoras de tikets na Cidade de Vigo.
Mediante esta tarxeta os usuarios residentes neste tipo de vías beneficiaranse de prezos reducidos establecidos na correspondente normativa fiscal en vigor.
Para obter o distintivo de residente en zona XER debe cumprir estes requisitos:
1. Ser persoa física
2. Estar empadroado dentro da zona X.E.R.
3. Estar ao corrente de pago do imposto de vehículos de tracción mecánica no Concello ou disfrutar de exención.
Os servizos municipais comprobarán que a persoa solicitante cumpre con estes requisitos.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Cubrir o impreso regulamentado e presentalo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello.
Debe cubrir e imprimir o impreso de solicitude e envialo, xunto coa documentación requirida ao Rexistro do Xeral Concello.
Definidos no artigo 6 bis da ordenanza reguladora do servizo.
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Planta Baixa
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 286
Horario: De 7:30 a 13:30 horas.