Ayuntamiento de Valencia

  • Descripción

    Obtener una bonificación en el citado impuesto, por sustitución de vehículo antiguo sin catalizador.

    Quién lo puede solicitar

    El titular del vehículo.

    Requisitos

    • Deberá tratarse de un vehículo de nueva matriculación, con motor de gasolina sin plomo.
    • Que el titular haya dado de baja por desguace un vehículo con motor de gasolina con plomo y sin catalizador, en los seis meses anteriores.
    • Que el titular del vehículo esté al corriente en el pago de todos los tributos municipales.
    • Sólo se podrá gozar de bonificación por un vehículo.

    Cuándo solicitarlo

    Un mes a partir de la matriculación del vehículo.

    Documentación a presentar

    Para realizar el trámite presencialmente/vía telemática:

    En las Oficinas de Gestión Tributaria Integral:

    • Documento de identidad.
    • En caso de representante legal o autorizado, la escritura de poderes o autorización firmada por autorizante y autorizado, la copia del documento de identidad del obligado al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación del representante o autorizado.
    • Permiso de circulación del vehículo nuevo.
    • Ficha técnica del vehículo nuevo.
    • Ficha técnica del vehículo antiguo.
    • Documentación de la baja vehículo antiguo y la matriculación del nuevo.
    • Autoliquidación.
    • Nº de cuenta de entidad bancaria, en el supuesto de proceder la devolución del importe del Impuesto.

    En caso de presentación de la solicitud en un Registro Municipal

    • Se requiere instancia general acompañada de originales y fotocopias de la documentación detallada en el apartado de presentación en las Oficinas de Gestión Tributaria Integral.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Solicitud formulada presencialmente en cualquier Oficina de Gestión Tributaria Integral.
    • Solicitud del interesado presentada mediante instancia en los Registros Municipales.

    Información Complementaria

    • La bonificación será del 50% el año de la matriculación y el 25% el siguiente.
    • Los sucesivos años no tendrán bonificación.
    • La concesión de esta bonificación queda condicionada a estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales. El incumplimiento posterior de dicha condición dará lugar a la pérdida de la bonificación.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Económico-Administrativo

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

    Legislación

    • Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.

    Dónde dirigirse

    Usted puede realizar la gestión directamente en cualquiera de las Oficinas de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia.
    Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es .

    Oficinas de información

    • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL - CENTRAL
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.389.50.79 Ext:7279.
      De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
      ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.
    • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11
      Telefono: 96.352.54.78 - Exts: 1997, 1987, 1996, 1986.
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
      ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Obtención de plaza en un Centro Ocupacional Municipal.

    Quién lo puede solicitar

    Personas en edad laboral con discapacidad intelectual.

    Requisitos

    • Estar en edad laboral, con calificación oficial de minusvalía con diagnostico de discapacidad intelectual.
    • Estar empadronado en el municipio de Valencia.

    Cuándo solicitarlo

    Durante todo el año.

    Documentación a presentar

    Solicitud de ingreso en centros para personas con discapacidad, acompañada de la siguiente documentación:

    • Fotocopia DNI Solicitante
    • Fotocopia DNI Representante
    • Fotocopia Certificado Minusvalía
    • Fotocopia Ingresos Familiares
    • Informe Psicopedagógico emitido por el Centro de Educación Especial, SPES de la zona

    Información Complementaria

    La valoración y concesión es competencia de la Consellería de Bienestar Social.

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Bienestar Social

    Legislación

    - Ley 39/2006 de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

    - Decreto 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia.

    Oficinas de información

    • OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAD
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta baja
      Telefono: 96.208.24.02, 96.208.24.68 y 96.208.24.72
      Fax: 96.351.10.68
      De 9:00 a 14:00 horas.
      omad@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAD
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta baja
      Telefono: 96.208.24.02, 96.208.24.68 y 96.208.24.72
      Fax: 96.351.10.68
      De 9:00 a 14:00 horas.
      omad@valencia.es

  • Descripción

    Expedir el documento administrativo (cédula de habitabilidad) que acredita que cualquier clase de vivienda cumple la normativa técnica sobre habitabilidad y es, por tanto, apta a efectos de su uso residencial o morada humana.

    Este documento es necesario para poder contratar por primera vez los servicios de suministro propios de la vivienda, al objeto de proceder a la ocupación de la misma.

    En las VPO, la Cédula de Calificación Definitiva hará las veces de Cédula de Habitabilidad.

    Quién lo puede solicitar

    • El promotor, en caso de edificios, viviendas unifamiliares y conjuntos residenciales.
    • El promotor, propietario, inquilino o persona autorizada a ocupar la vivienda según casos, en el supuesto de vivienda de nueva creación por segregación de otra o cambio de uso y de vivienda de edificio libre con cédula de primera ocupación caducada.

    Requisitos

    Acreditar la titularidad que corresponda y aportar la documentación requerida a tales efectos.

    Cuándo solicitarlo

    Cuando el ciudadano la precise para la contratación de los servicios de suministro o para cualquier otro trámite.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud de Cédula de Habitabilidad - Primera Ocupación acompañadas de la siguiente documentación:

    • Fotocopia del D.N.I del solicitante o C.I.F., en su caso (*)
    • Certificación Final de Obra expedida por el arquitecto y el arquitecto técnico o aparejador, directores de obra, visada por los respectivos colegios profesionales en modelo oficial. (*)
    • Fotocopia de licencia municipal de edificación. (*)
    • Certificación expedida por la dirección facultativa (arquitecto y arquitecto técnico o aparejador visada por sus respectivos colegios profesionales), que acredite que las obras terminadas se ajustan a la licencia de obras concedida o licencia municipal de primera utilización.
    • Impresos de alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
    • Escritura de declaración de obra nueva y división horizontal, en su caso.
    • Relación de viviendas que indique piso, puerta y superficie útil de cada una de las viviendas.
    • Certificación de las Compañías y entidades suministradoras, acreditativa de haber abonado los derechos de las acometidas generales y encontrarse los servicios en disposición de ser contratados.
    • Certificación de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones, en su caso. (*)
    • Justificante de haber liquidado la correspondiente tasa de habitabilidad , de acuerdo con las Ordenanzas Fiscales vigentes o copia sellada de la solicitud de la exención en su caso.

    (*) Esta documentación, aún no siendo exigible cuando haya sido aportada al expediente de obras del edificio, conviene adjuntar fotocopia de la misma para agilizar el trámite, sin tener que requerirla al Servicio de Licencias.

    En los casos de vivienda de nueva creación por segregación de otra o cambio de uso y viviendas de edificio libre con cedula de primera ocupación caducada, dirigirse a la unidad de cedulas de habitabilidad.

    Tasas

    La cuantía se calcula en función de los metros cuadrados de superficie útil de la vivienda.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa de cédula de habitabilidad, con carácter previo a la presentación de la solicitud (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    • Presentación de la solicitud de expedición de la cédula, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
    • Atender la visita de inspección concertada de antemano con el inspector municipal.
    • Recoger la cédula de habitabilidad en el Servicio de Cédulas, en caso de que se conceda.

    Información Complementaria

    El trámite se agiliza al formular la solicitud en Registro General de la c/ Amadeo de Saboya,11, (Edificio de la antigua fábrica de tabacos), ya que al día siguiente hábil se remite dicha solicitud a la Unidad de Cédulas de Habitabilidad.

    La Cédula tendrá un periodo de validez de 5 años a partir de su fecha de expedición, de forma que toda contratación de servicios de suministros propios de la vivienda efectuada con posterioridad a dicho plazo, requerirá la obtención previa de una nueva Cédula de Habitabilidad de Primera Ocupación o caso de haber existido contratación anterior, de Cédula de Segunda Ocupación.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Procedimientos relacionados

    Exención Tasa por expedición de la Cédula de Habitabilidad

    Legislación

    -Decreto 161/1989 de 30 de Octubre del Consell de la Generalitat Valenciana.(DOGV Nº1178 de 8-11-99), por el que se aprueba el procedimiento de expedición de las cédulas de habitabilidad.
    -Orden de 22 de abril de 1991 de la C.O.P.U.T (DOGV.Nº 1548 DE 22-5-91), por la que se aprueba la modificación y el texto refundido que desarrolla las normas de habitabilidad y diseño de viviendas en el ámbito de la comunidad valenciana.
    -Decreto 286/1997 de 25 de noviembre del Gobierno Valenciano (DOGV Nº3136 DE 4-12-97), por el que se aprueban las normas de habitabilidad, diseño y calidad de viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
    -Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (Modificada por la Ley 4/1999).

    Dónde dirigirse

    Para liquidar la tasa: Oficinas de Gestión Tributaria Integral.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE DISCIPLINA URBANISTICA. SECCIÓN DE RENOVACIÓN DE LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VIVIENDA
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, primera planta
      Telefono: 96.352.54.78 Extensiones 2235
      Fax: 96.398.18.51
      De 9.00 a 13.00 horas de lunes a viernes

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Expedir el documento administrativo (cédula de habitabilidad) que acredita que cualquier clase de vivienda cumple la normativa técnica sobre habitabilidad y es, por tanto, apta a efectos de su uso residencial o morada humana.

    Este documento es necesario para toda contratación de servicios de suministro propios de la vivienda, posterior a la inicial ocupación de la misma.

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier propietario, inquilino o persona autorizada a la ocupación de una vivienda.

    Requisitos

    Acreditar la titularidad que corresponda y aportar la documentación requerida a tales efectos.

    Cuándo solicitarlo

    Cuando el ciudadano la precise para la contratación de los servicios de suministro o para cualquier otro trámite.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud de Cédula de Habitabilidad - Segunda Ocupación acompañadas de la siguiente documentación:

    • Fotocopia del D.N.I del solicitante o C.I.F., en su caso
    • Fotocopia escritura de la vivienda, o en su defecto, fotocopia del contrato de compra-venta.
    • Fotocopia del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), del período anterior a la fecha de solicitud.
    • Fotocopia recibo de agua o luz del período anterior a la fecha de solicitud, o en su defecto, justificante de la compañía suministradora que acredite la contratación de dichos servicios
    • Justificante de haber liquidado la correspondiente tasa de habitabilidad, de acuerdo con las Ordenanzas Fiscales vigentes o (copia sellada de la solicitud de la exención en su caso).
    • Si el solicitante es inquilino o autorizado deberá aportarse junto con todos los documentos arriba indicados, fotocopia del contrato de arrendamiento o autorización relativa a la ocupación de la citada vivienda.

    Si a la vista de la inspección que se practicará a la vivienda, se considera oportuno ó necesario por los Servicios Municipales, se deberá aportar asimismo, con posterioridad:
    Certificación técnica expedida por técnico competente, que acredite el cumplimiento de la normativa de Habitabilidad y Diseño vigente y que no se trata de vivienda de nueva planta especificando la calificación del suelo en que la vivienda se ubica y su superficie útil.

    Tasas

    La cuantía se calcula en función de los metros cuadrados de superficie útil de la vivienda.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa de cédula de habitabilidad, con carácter previo a la presentación de la solicitud (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    • Presentación de la solicitud de expedición de la cédula, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
    • Pasar a retirar la Cédula en la Unidad Cédulas de Habitabilidad (c/ Aamdeo de Saboya, 11), por el titular de la solicitud o en su caso persona acreditada con la autorización del mismo.

    Información Complementaria

    El trámite se agiliza al formular la solicitud en Registro General de la c/ Aamdeo de Saboya, 11 (edificio de la antigua fábrica de tabacos), ya que al día siguiente hábil se remite dicha solicitud a la Unidad de Cédulas de Habitabilidad.

    Es importante indicar en la solicitud teléfono/s a los efectos de practicar la correspondiente visita de inspección a la vivienda.

    La Cédula de habitabilidad tendrá un periodo de validez de cinco años a partir de su fecha de expedición.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Procedimientos relacionados

    Exención Tasa por expedición de la Cédula de Habitabilidad

    Legislación

    -Decreto 161/1989 de 30 de Octubre del Consell de la Generalitat Valenciana.(DOGV Nº 11781178 de 8-11-99), por el que se aprueba el procedimiento de expedición de las cédulas de habitabilidad.
    -Orden de 22 de abril de 1991 de la C.O.P.U.T (DOGV.Nº 1548 DE 22-5-91), por la que se aprueba la modificación y el texto refundido que desarrolla las normas de habitabilidad y diseño de viviendas en el ámbito de la comunidad valenciana.
    -Decreto 286/1997 de 25 de noviembre del Gobierno Valenciano (DOGV Nº3136 DE 4-12-97), por el que se aprueban las normas de habitabilidad, diseño y calidad de viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
    -Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (Modificada por la Ley 4/1999)

    Dónde dirigirse

    Para liquidar la tasa: Oficinas de Gestión Tributaria Integral.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE DISCIPLINA URBANISTICA. SECCIÓN DE RENOVACIÓN DE LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VIVIENDA
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, primera planta
      Telefono: 96.352.54.78 Extensiones 2235
      Fax: 96.398.18.51
      De 9.00 a 13.00 horas de lunes a viernes
    • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA DE TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 Extensiones: 2015, 2016, 2101, 2102
      De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas.

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Autorizar la modificación del uso originario de un inmueble, local o vivienda a otro compatible y permitido por las Normas Urbanísticas y Ordenanzas Municipales vigentes, en el término de Valencia, a excepción de Ciutat Vella.

    El cambio puede realizarse de local comercial a viviendas, a oficinas o a aparcamiento y viceversa.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas (particulares), personas jurídicas privadas (empresas, sociedades, asociaciones, entidades) y Comunidades de Bienes o Propietarios, que pretendan autorización para cambiar el uso del inmueble o local.

    Cuándo solicitarlo

    Con anterioridad a la implantación del nuevo uso.
    La licencia es previa y preceptiva.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud general, acompañada de la siguiente documentación:

    • Copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de persona jurídica.

    Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
    Si el solicitante es una comunidad de bienes o propietarios, copia del contrato constitutivo de dicha comunidad, suscribiendo la instancia la totalidad de los comuneros o quien ostente la representación de éstos, siempre que acredite dicha representación.

    • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico de Cambio de Uso y, en su caso, reforma, por duplicado, suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional, que refleje la edificación existente, el cambio de uso, y, en su caso, reforma que se pretende.
    • Si la obra se realiza en emplazamiento ubicado en entorno BIC (Bien de Interés Cultural), se requiere además autorización previa de la Consellería de Cultura.

    Tasas

    Si hay reforma:

    1º.-Tasa de actuaciones urbanísticas (Por cambio de uso y por la obra a realizar):

    • Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de cambio de uso.
    • Cuantía para 2011: el 7% del importe liquidado por obra, más la cuantía detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra a realizar:

    Tasas 2012

    Hasta 6.010,12 ?: 135,43 ?
    Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ?: 243,70 ?
    Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ?: 722,14 ?
    Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ?: 1.575,33 ?
    Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ?: 3.610,42 ?
    Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ?: 7.672,16 ?
    Mayor de 601.012,10 ?: Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    2º.-Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

    • Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
    • Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia.

    Si no hay reforma:

    Tasa de actuaciones urbanísticas (por cambio de uso).

    • Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de cambio de uso.
    • Cuantía para 2011: el 7% del importe liquidado por obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    Si hay reforma:

    Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    Presentación solicitud de licencia de cambio de uso, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
    Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras.

    Si no hay reforma:

    Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía e instancia en apartado ?Tasas?).
    Presentación solicitud de licencia de cambio de uso, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Urbanismo. Puede autoliquidar la tasa aquí

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios
    Ordenanza del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
    Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica

    Legislación

    -Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    -Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
    -Texto Refundido de la Ley del Suelo estatal aprobado por R.D.L. 2/2008, de 20 de junio.
    -Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana, aprobadas por Orden de 22 de abril de 1991, del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.
    -Código Técnico de la Edificación aprobado por R.D. 314/2006, de 17 de marzo.
    -Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    -Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), modificado por Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell.

    - Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

  • Descripción

    Son obras menores todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las de modificación de la disposición interior de los edificios. No se consideran obras menores aquellas que impliquen modificación de usos.

    En ningún caso, las obras menores supondrán alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior ni mermarán las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación.

    • Obras de acondicionamiento menor en viviendas:

    Requisitos:
    -No impliquen el cambio de uso de vivienda.
    -No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes del edificio, condiciones de seguridad, especialmente estructura y ubicación de conductos generales de saneamiento vertical, ventilación, ni en el aspecto exterior de las edificaciones; ni se sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas.

    • Obras de acondicionamiento menor en locales:

    Requisitos:
    -No afecte a la estructura del local.
    -No modifique el uso del mismo.
    -No incidan sobre el ejercicio de la actividad, o modifiquen los términos o condiciones en que se autorizó la misma en la correspondiente licencia o comunicación. En concreto, no podrán implicar una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección contra incendios, estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia; ni modificar los recorridos de evacuación, aforo, establecer nueva distribución, o modificar las instalaciones de aislamiento acústico y similar.

    • Otras obras menores

    -Sondeos y prospecciones en terrenos de dominio privado u otros trabajos previos y ensayos a las obras de construcción.
    -Apertura de catas en la tierra para exploración de cimientos que se realicen bajo dirección facultativa.
    -Trabajos previos, bajo dirección facultativa, consistentes en la realización de ensayos para el conocimiento del comportamiento estructural de una edificación, tendente a su rehabilitación, etc.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes o propietarios, que estén interesados en la realización de una obra de las características indicadas anteriormente en el término municipal de Valencia.

    Cuándo solicitarlo

    Un mes antes de la realización de la obra.

    Documentación a presentar

    Solicitud de licencia de acondicionamiento menor en viviendas y locales , según modelo normalizado, acompañado de la siguiente documentación:

    • Fotocopia del DNI/CIF.
    • Memoria descriptiva de las obras a realizar.
    • Presupuesto desglosado y total (indicando detalle del IVA.).
    • Plano de emplazamiento.
    • Documento en el que conste referencia catastral del inmueble.
    • Si se efectúa superposición de pavimento: certificado de seguridad, firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
    • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.
    • En caso de que la obra afecte a la distribución de espacios interiores, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y normas de habitabilidad y diseño y garantizar que la misma no afecta a la seguridad estructural del inmueble. Para ello la memoria descriptiva de la obra a realizar estará suscrita por técnico competente y visada por su colegio oficial, e incluirá certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de habitabilidad y de que las obras no menoscaban la seguridad del inmueble.
    • En su caso y tratándose de obras menores en locales, copia de la licencia o comunicación que autorice el ejercicio de la actividad.
    • Asimismo, cuando resulte preceptivo, se requerirá la documentación precisa que determine la legislación autonómica vigente en materia de patrimonio cultural.
    • Con carácter general, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos.

    Tasas

    1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
    Cuantía para 2012: 135,43 ?

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

    Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
    Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas..

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia para obras menores (ver cuantía en el apartado ?Tasas?)
    • Presentación solicitud de licencia para obras menores, debidamente cumplimentada, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?Documentación a presentar?.
    • Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obra menor.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Ordenanzas

    Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica
    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
    Ordenanza del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

    Procedimientos relacionados

    Licencia para la ocupación de la vía pública con andamio de obra
    Licencia para la ocupación de la vía pública con vallado de protección de obras
    Licencia para la ocupación de la vía pública con una grúa torre
    Comunicación de ocupación de la vía pública con contenedor de recogida de escombros
    Comunicación previa a la ejecución de obras

    Legislación

    -Normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia.
    -Normas de habitabilidad y diseño HD/91.
    -Reglamento electrotécnico para baja tensión, de 20 de septiembre de 1973 e Instrucción complementaria.
    -Normas Básicas de la Edificación para instalaciones de agua, Orden del 9 de diciembre de 1975.
    -Normas Básicas de la Edificación NBE-CA/88 condiciones acústicas de los edificios.
    -Real Decreto 1627/97 sobre seguridad y salud en las obras.
    -Normas Básicas de la Edificación NBE-CPJ/96
    -Decreto 39/2004 sobre supresión de barreras arquitectónicas.
    -Orden 25 de mayo de 2004 sobre supresión de barreras arquitectónicas.
    -Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    -Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística Valenciana.

    Oficinas de información

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Autorizar la construcción de obras de nueva planta, o de ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes, o rehabilitación integral (no parcial) de edificaciones existentes, en el término municipal de Valencia, a excepción de Ciutat Vella, catalogados o sin catalogar.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas (particulares), personas jurídicas privadas (empresas, sociedades, asociaciones, entidades) y comunidades de bienes o propietarios, que pretendan efectuar las obras anteriormente indicadas.

    Cuándo solicitarlo

    Con anterioridad a la ejecución de las obras, que únicamente pueden ser iniciadas cuando la licencia haya sido concedida y notificada al solicitante.

    Documentación a presentar

    Para obras de uso residencial (viviendas):

    Instancia de Solicitud de Licencia de edificación para obras de nueva planta (viviendas), acompañada de la siguiente documentación:

    • Documento que acredite la representación (escritura de poder, contrato constitutivo de la comunidad de bienes, certificación de la comunidad de propietarios), si se actúa en nombre de otro particular o persona jurídica o de comunidad de bienes. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
    • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico por triplicado (uno de ellos puede presentarse en formato PDF que deberá estar también visado por el Colegio Profesional), suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial en el que se contendrán los documentos que se especifican en el impreso L.O.2.
    • Cesión de los terrenos viales necesarios y/o de las cargas urbanísticas, según especificaciones contenidas en el impreso L.O.3. Obligatorio aportar cumplimentado y firmado aunque no proceda ninguna de las opciones, indicando en lugar visible ?no procede?.
    • Compromisos que se asumen para el cumplimiento del deber de urbanización simultáneo a la edificación, según se detallan en el impreso L.O.4.
    • Cédula de calificación provisional (si son viviendas de P.O.). En su defecto, bastará con aportar su solicitud, sin perjuicio de aportar aquella en el momento de la concesión de la licencia.
    • Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud (RD 1627/97, de 24.10.97, BOE nº 256, de 25.10.97). Sin dicho estudio no se expedirá la licencia de edificación.
    • Dos ejemplares del proyecto de instalación de placas solares (visado por el Colegio Oficial) para captación de energía solar para agua caliente sanitaria.
    • Autorización de la Consellería de Cultura, en caso de encontrarse el inmueble en zona de vigilancia arquitectónica o entorno de Bien de Interés Cultura.
    • Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89), visado por el Colegio Oficial. Este impreso de puede descargar en: www.fomento.es
    • Certificado de fijación de Alineaciones y Rasantes (plano de alineaciones) expedido por la Oficina de Cartografía Municipal.
    • Dos planos de mantenimiento de la cartografía en los que se reflejen los volúmenes del edificio, incluidas las cubiertas y cuerpos por encima de cornisa, número de plantas de cada uno de los cuerpos diferenciados, con señalamiento de cotas exteriores de la parcela y a escala 1:500.
    • En caso de ampliación, proyecto técnico que refleje la edificación existente y la ampliación que se pretende.

    Para obras de uso no residencial (hoteles; centros comerciales; naves industriales, etc ):

    Instancia de Solicitud de Licencia de Obras de Nueva Planta, acompañada de la siguiente documentación:

    • Documento que acredite la representación (escritura de poder, contrato constitutivo de la comunidad de bienes, certificación de la comunidad de propietarios), si se actúa en nombre de otro particular o persona jurídica o de comunidad de bienes. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
    • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico por cuadruplicado suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial en el que se contendrán los documentos que se especifican en el impreso L.O.2.
    • Dos planos de mantenimiento de la cartografía en los que se reflejen los volúmenes del edificio, incluidas las cubiertas y cuerpos por encima de cornisa, número de plantas de cada uno de los cuerpos diferenciados, con señalamiento de cotas exteriores de la parcela y a escala 1:500.
    • En caso de ampliación, proyecto técnico que refleje la edificación existente y la ampliación que se pretende.
    • Cesión de los terrenos viales necesarios y/o de las cargas urbanísticas, según especificaciones contenidas en el impreso L.O.3.
    • Compromisos que se asumen para el cumplimiento del deber de urbanización simultáneo a la edificación, según se detallan en el impreso L.O.4.
    • Licencia municipal para el ejercicio de la actividad si se trata de edificios destinados especialmente a usos de características tales que la exijan para su funcionamiento según el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, de Actividades y demás legislación aplicable.
    • Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89) visado por el Colegio Oficial. Puede obtenerse en la página www.fomento.es
    • Certificado de fijación de alineaciones y rasantes (plano de alineaciones) expedido por la Oficina de Cartografía Municipal.

    Tasas

    1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia.
    Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra:

    Tasas 2012

    Hasta 6.010,12 ?135,43 ?
    Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ?243,70 ?
    Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ?722,14 ?
    Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ?1.575,33 ?
    Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ?3.610,42 ?
    Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ?7.672,16 ?

    Mayor de 601.012,10 ?: - Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

    Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
    Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas..

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado "Tasas")
    • Presentación solicitud de licencia de obras de nueva planta, ampliación o rehabilitación integral acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
    • Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras correspondiente.

    Información Complementaria

    Es recomendable formular consulta previa verbal o escrita, para recabar el asesoramiento de los técnicos municipales en cuanto a la elaboración de la documentación técnica y el asesoramiento administrativo en cuanto a la tramitación.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Urbanismo

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Ordenanzas

    Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios
    Ordenanza Municipal de Captación Solar para Usos Térmicos
    Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica

    Legislación

    -Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
    -Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    -Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
    -Texto Refundido de la Ley del Suelo estatal aprobado por R.D.L. 2/2008, de 20 de junio.
    -Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana, aprobadas por Orden de 22 de abril de 1991, del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.
    -Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    -Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), modificado por Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell.

    - Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia.

    Dónde dirigirse

    Servicio de licencias urbanísticas de obras de edificación:

    - Sección Unidad A: Licencias de obras para uso residencial (viviendas).
    - Secciones Unidad B1 y Unidad B2: Licencias de obras para uso no residencial (hoteles, centros comerciales, naves industriales, etc).

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

  • Descripción

    Autorizar la realización de obras de reforma en edificaciones existentes en el distrito de Ciutat Vella de la Ciudad de Valencia.

    Se consideran obras de reforma: las que afecten a estructura, aspecto exterior o distribución interior, de alguna parte de la edificación.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y/o jurídicas que pretendan efectuar obras de reforma en edificaciones existentes, en el ámbito territorial indicado.

    Cuándo solicitarlo

    Con anterioridad al inicio de las obras, que únicamente pueden comenzar cuando la licencia haya sido concedida y notificada al solicitante.

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud de obras de reforma de edificaciones existentes, acompañada de la siguiente documentación:

    • Copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de persona jurídica. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
    • Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
    • Proyecto técnico por duplicado suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial.
    • Documentación técnica justificativa, o Certificado que en su caso sea preceptivo, del cumplimiento del R.D. 1627/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, a los efectos de lo previsto en el art. 17.1 del citado Real Decreto.
    • Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89). Este impreso de puede descargar en: www.fomento.es
    • Si las obras solicitadas se encuentran en áreas afectadas por la declaración de Bien de Interés Cultural (B.I.C.) del conjunto histórico de Valencia, será necesario adjuntar, además:

    Autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana.

    • Si las obras tienen el carácter de Reforma o de Nueva Planta, a la autorización citada debe acompañarse:

    un ejemplar del proyecto que se autoriza debidamente sellado por esa Dirección General.

    • Si el emplazamiento se ubica en ámbito de vigilancia arqueológica y en el proyecto se prevé remoción del subsuelo, será necesario aportar, además:

    Informe del Servicio de Patrimonio Arqueológico, Etnológico e Histórico de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia.

    Tasas

    1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):

    Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
    Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :

    Tasas 2012

    Hasta 6.010,12 ?135,43 ?
    Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ?243,70 ?
    Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ?722,14 ?
    Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ?1.575,33 ?
    Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ?3.610,42 ?
    Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ?7.672,16 ?

    Mayor de 601.012,10 ?: - Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.

    El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.

    2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

    Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
    Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.

    Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
    • Presentación solicitud de licencia de obras urbanísticas de reforma, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
    • Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras de reforma.

    Información Complementaria

    En cuanto al silencio administrativo y a la caducidad, se estará a lo dispuesto en los artículos 196 y 198 respectivamente, de la Ley Urbanística Valenciana.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Puede autoliquidar la tasa aquí

    Ordenanzas

    Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios
    Ordenanza del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
    Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas
    Ordenanza Fiscal General

    Legislación

    - Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
    . - Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.
    . - Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
    . - Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones
    . - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la ley 4/1999, de 13 de enero.
    . - Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
    . - Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana.
    . - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
    . - Norma Básica de la Edificación de Condiciones de Protección contra Incendios (NBE-CPI-96)
    . - Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.
    . -

    Plan General de Ordenación Urbana y Planes Especiales de Protección y Reforma Interior de Ciutat Vella

    .

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda planta
      Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
      Fax: 963.89.50.63
      serlicencias@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, Segundo Piso

  • Descripción

    Obtención de plaza en Centro de Día para discapacitados intelectuales.

    Quién lo puede solicitar

    Personas con discapacidad intelectual gravemente afectada, mayores de 16 años.

    Requisitos

    • Tener más de 16 años.
    • Disponer de calificación oficial del grado de discapacidad con diagnostico de discapacidad intelectual gravemente afectado.
    • Estar empadronado en el municipio de Valencia.

    Cuándo solicitarlo

    Durante todo el año.

    Documentación a presentar

    Solicitud de ingreso en centros para personas con discapacidad, acompañada de la siguiente documentación:

    • Fotocopia DNI Solicitante
    • Fotocopia DNI Representante
    • Fotocopia de la Calificación oficial del grado de discapacidad.
    • Fotocopia Ingresos Familiares
    • Informe Psicopedagógico emitido por el Centro de Educación Especial, SPES de la zona.

    Tasas

    Para el Centro de Día de la Fuente de San Luis

    Ordenanza reguladora de Precios Públicos de Centro de Día para Discapacitados Psíquicos de la Fuente de San Luis:
    Plazo de ingreso: Cuando se inicie la prestación del servicio y, sucesivamente el día primero de cada mes natural.
    Cuantía: Los importes a satisfacer por los obligados al pago son los que resultan de la aplicación de las tarifas siguientes, en función de la renta per cápita de la unidad familiar del usuario:

    Tarifas 2014

    Renta por unidad familiar Precio público mensual

    Entre 0 y 4.292,40 0 ?
    Entre 4.292 cápita,41 ? y 4.957,69 ? 45,41 ?
    Entre 4.957,70 y 5.783,98 ? 68,14 ?
    Entre 5.783,99 y 6.610,26 ? 90,89 ?
    Entre 6.610,27 y 7.436,55 ? 113,61 ?
    Entre 7.436,56 y 8.262,81 ? 136,36 ?
    Entre 8.262,82 y 9.089,07 ? 159,10 ?
    Entre 9.089,08 y 9.915,33 ? 181,84 ?
    Entre 9.915,34 y 10.741,59 ? 204,59 ?
    A partir de 10.741,60 227,33 ?
    Para el resto de centros

    Consultar con la Consellería de Bienestar Social.

    Información Complementaria

    La valoración y concesión de la plaza es competencia de la Consellería de Bienestar Social.

    Hacer en web

    Puede obtenerse más información en la página web de Bienestar Social

    Procedimientos relacionados

    Solicitud de plaza en residencia para personas con discapacidad intelectual
    Teleasistencia para personas mayores o discapacitadas

    Legislación

    • Ley 5/97,de 25 de Junio,por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
    • Orden anual de la Consellería de Bienestar Social por la que se regulan las ayudas en materia de Servicios Sociales.

    Oficinas de información

    • OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAD
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta baja
      Telefono: 96.208.24.02, 96.208.24.68 y 96.208.24.72
      Fax: 96.351.10.68
      De 9:00 a 14:00 horas.
      omad@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OMAD
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta baja
      Telefono: 96.208.24.02, 96.208.24.68 y 96.208.24.72
      Fax: 96.351.10.68
      De 9:00 a 14:00 horas.
      omad@valencia.es

  • Descripción

    Procedimiento por el cual se revoca el título habilitante, al incumplir el mismo los requisitos o condiciones en virtud de los cuales se otorgó, así como, en particular, la no realización de las inspecciones periódicas obligatorias o, en su caso, la falta de adaptación a las novedades introducidas por normas posteriores a su concesión, en los plazos previstos para ello.

    En el Anexo V de la ?Ordenanza de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia?, consultable en el apartado ?Ordenanzas? de esta misma página, se resume el trámite procedimental.

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y jurídicas

    Documentación a presentar

    Instancia de solicitud de la revocación del título habilitante, acompañada de los documentos probatorios en los que fundamente su solicitud.

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Ordenanza reguladora de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia

    Legislación

    • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
    • Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
    • Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.

    Dónde dirigirse

    La documentación se podrá presentar en cualquiera de las formas admitidas en la normativa básica de procedimiento administrativo, así como por cualquier medio electrónico, informático y telemático de los que disponga el Ayuntamiento de Valencia para relacionarse con los ciudadanos, no obstante el inicio de los plazos se computará a partir de la entrada en el registro auxiliar especializado.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE ACTIVIDADES.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 963525478. Cuestiones administrativas exts. 1773 - 1862 y 3123 - 3138. Transmisiones de Licencia y Cambios de Titularidad ext. 3125 y 3121. Oficina Urbanística y Técnica ext. 3230 y 3235. Jefatura de Servicio 3122 y 3130.

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE ACTIVIDADES
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 96.352.54.78
      Lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas

Page 1 of 9
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.