ANULADO Licencia de Obras de Nueva Planta, Ampliación o Rehabilitación Integral en la Ciudad de Valencia, excepto Ciutat Vella
Descripción
Autorizar la construcción de obras de nueva planta, o de ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes, o rehabilitación integral (no parcial) de edificaciones existentes, en el término municipal de Valencia, a excepción de Ciutat Vella, catalogados o sin catalogar.
Quién lo puede solicitar
Personas físicas (particulares), personas jurídicas privadas (empresas, sociedades, asociaciones, entidades) y comunidades de bienes o propietarios, que pretendan efectuar las obras anteriormente indicadas.
Cuándo solicitarlo
Con anterioridad a la ejecución de las obras, que únicamente pueden ser iniciadas cuando la licencia haya sido concedida y notificada al solicitante.
Documentación a presentar
Para obras de uso residencial (viviendas):
Instancia de Solicitud de Licencia de edificación para obras de nueva planta (viviendas), acompañada de la siguiente documentación:
- Documento que acredite la representación (escritura de poder, contrato constitutivo de la comunidad de bienes, certificación de la comunidad de propietarios), si se actúa en nombre de otro particular o persona jurídica o de comunidad de bienes. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
- Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
- Proyecto técnico por triplicado (uno de ellos puede presentarse en formato PDF que deberá estar también visado por el Colegio Profesional), suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial en el que se contendrán los documentos que se especifican en el impreso L.O.2.
- Cesión de los terrenos viales necesarios y/o de las cargas urbanísticas, según especificaciones contenidas en el impreso L.O.3. Obligatorio aportar cumplimentado y firmado aunque no proceda ninguna de las opciones, indicando en lugar visible ?no procede?.
- Compromisos que se asumen para el cumplimiento del deber de urbanización simultáneo a la edificación, según se detallan en el impreso L.O.4.
- Cédula de calificación provisional (si son viviendas de P.O.). En su defecto, bastará con aportar su solicitud, sin perjuicio de aportar aquella en el momento de la concesión de la licencia.
- Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud (RD 1627/97, de 24.10.97, BOE nº 256, de 25.10.97). Sin dicho estudio no se expedirá la licencia de edificación.
- Dos ejemplares del proyecto de instalación de placas solares (visado por el Colegio Oficial) para captación de energía solar para agua caliente sanitaria.
- Autorización de la Consellería de Cultura, en caso de encontrarse el inmueble en zona de vigilancia arquitectónica o entorno de Bien de Interés Cultura.
- Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89), visado por el Colegio Oficial. Este impreso de puede descargar en: www.fomento.es
- Certificado de fijación de Alineaciones y Rasantes (plano de alineaciones) expedido por la Oficina de Cartografía Municipal.
- Dos planos de mantenimiento de la cartografía en los que se reflejen los volúmenes del edificio, incluidas las cubiertas y cuerpos por encima de cornisa, número de plantas de cada uno de los cuerpos diferenciados, con señalamiento de cotas exteriores de la parcela y a escala 1:500.
- En caso de ampliación, proyecto técnico que refleje la edificación existente y la ampliación que se pretende.
Para obras de uso no residencial (hoteles; centros comerciales; naves industriales, etc ):
Instancia de Solicitud de Licencia de Obras de Nueva Planta, acompañada de la siguiente documentación:
- Documento que acredite la representación (escritura de poder, contrato constitutivo de la comunidad de bienes, certificación de la comunidad de propietarios), si se actúa en nombre de otro particular o persona jurídica o de comunidad de bienes. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
- Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
- Proyecto técnico por cuadruplicado suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial en el que se contendrán los documentos que se especifican en el impreso L.O.2.
- Dos planos de mantenimiento de la cartografía en los que se reflejen los volúmenes del edificio, incluidas las cubiertas y cuerpos por encima de cornisa, número de plantas de cada uno de los cuerpos diferenciados, con señalamiento de cotas exteriores de la parcela y a escala 1:500.
- En caso de ampliación, proyecto técnico que refleje la edificación existente y la ampliación que se pretende.
- Cesión de los terrenos viales necesarios y/o de las cargas urbanísticas, según especificaciones contenidas en el impreso L.O.3.
- Compromisos que se asumen para el cumplimiento del deber de urbanización simultáneo a la edificación, según se detallan en el impreso L.O.4.
- Licencia municipal para el ejercicio de la actividad si se trata de edificios destinados especialmente a usos de características tales que la exijan para su funcionamiento según el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, de Actividades y demás legislación aplicable.
- Cuestionario estadístico del M.O.P.U. (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. número 129 de 31-5-89) visado por el Colegio Oficial. Puede obtenerse en la página www.fomento.es
- Certificado de fijación de alineaciones y rasantes (plano de alineaciones) expedido por la Oficina de Cartografía Municipal.
Tasas
1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):
Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia.
Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra:
Tasas 2012
Hasta 6.010,12 ? | 135,43 ? |
Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ? | 243,70 ? |
Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ? | 722,14 ? |
Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ? | 1.575,33 ? |
Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ? | 3.610,42 ? |
Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ? | 7.672,16 ? |
Mayor de 601.012,10 ?: - Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.
El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.
2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas..
Actuaciones a realizar por el solicitante
- Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado "Tasas")
- Presentación solicitud de licencia de obras de nueva planta, ampliación o rehabilitación integral acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
- Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras correspondiente.
Información Complementaria
Es recomendable formular consulta previa verbal o escrita, para recabar el asesoramiento de los técnicos municipales en cuanto a la elaboración de la documentación técnica y el asesoramiento administrativo en cuanto a la tramitación.
Recursos
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Hacer en web
Puede obtenerse más información en la página web de Urbanismo
Puede autoliquidar la tasa aquí
Ordenanzas
Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios | |
Ordenanza Municipal de Captación Solar para Usos Térmicos | |
Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica |
Legislación
-Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
-Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
-Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
-Texto Refundido de la Ley del Suelo estatal aprobado por R.D.L. 2/2008, de 20 de junio.
-Normas de Habitabilidad y Diseño de Viviendas en el ámbito de la Comunidad Valenciana, aprobadas por Orden de 22 de abril de 1991, del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.
-Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
-Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), modificado por Decreto 36/2007, de 13 de abril, del Consell.
- Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Valencia.
Dónde dirigirse
Servicio de licencias urbanísticas de obras de edificación:
- Sección Unidad A: Licencias de obras para uso residencial (viviendas).
- Secciones Unidad B1 y Unidad B2: Licencias de obras para uso no residencial (hoteles, centros comerciales, naves industriales, etc).
Oficinas de información
- SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
Fax: 963.89.50.63
serlicencias@valencia.es
Oficinas para presentar
- REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
C/ Conde Lumiares, 5, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
C/ Caudete, 15, Valencia
Tel. 96.162.00.66
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
C/. Beato Nicolás Factor, 1, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
Av. de los Pinares, 1, Valencia
Tel. 96.183.02.95
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
C/ Apóstol San Pedro, 21, Valencia
Tel. 96.185.71.94
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
C/. Guardia Civil, 19, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
Pl. Moreral, 8, Valencia
Tel. 96.390.17.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
Carrera del Riu, 263, Valencia
Tel. 96.324.89.64
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana, Valencia
Tel. 96.344.76.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
Av. de las Gaviotas s/n, Valencia
Tel. 96.177.78.89
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste, Valencia
Tel. 96.352.54.78 - ext: 2036
Horario: De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
C/ Benidoleig s/n, Valencia
Tel. 96.396.33.17
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
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