Ayuntamiento de Parla

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Este es el Modelo de Solicitud de una Licencia de Obra que SI requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o Modificación de Volumen o Edificabilidad.

    Si la Licencia de Obras está relacionada con una o varias Licencias de Actividades, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea; con la indicación expresa de la relación entre ambas licencias (positiva o negativa) en la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    En ningún caso podrán comenzarse las obras hasta que el Ayuntamiento haya aprobado el Proyecto de Ejecución.

    Cuando se haya obtenido licencia con arreglo a proyecto básico, el inicio de las obras quedará supeditado a la aprobación del proyecto de ejecución.

    Deberán solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuación (ocupación de suelo público, calas y acometidas, cortes de tráfico, etc.).

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación.

    Plazo de tramitación: 3 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver.

    La Solicitud de una Licencia de Obra que SI requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o Modificación por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a entregar: la indicada en la solicitud, según sea el caso.

    Concejalí­a de Urbanismo.
    Responsable: Julián Fernando Sánchez-Paus Gallego.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 3 Meses

    Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible o el Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que presentó el solicitante.

    Abono de la Tasa:

    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición: Se deposita posteriormente y tomará como base el Estudio de Gestión de los Residuos y el Informe del Técnico Municipal. Se comunicará el Importe de la Fianza por cualquier sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo. Realizado el Depósito de la Fianza en BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    Construcción de Viviendas:

    • Tasa de 0,52% de la base imponible menor de 20.097,00 euros (mí­nimo 22,33 euros).
    • Tasa de 1,00% de la base imponible mayor de 20.097,00 euros.
    • Impuesto del 4% de la base imponible.
    • Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 euros.
    • Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos.

    Construcción de Locales:

    • Tasa de 1,00% de la base imponible.
    • Impuesto del 4% de la base imponible.
    • Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 euros.
    • Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos.

    Tasa de Ocupación de Suelo Público: presentación después de tener Autorizada la Licencia de Obra.

    • Sólo un contenedor: 3,35 euros por cada metro cuadrado/fracción de la ví­a ocupada, por cada 3 dí­as o fracción.
    • Andamio, valla: 10,01 euros/mes cada metro cuadrado/fracción de la ví­a pública ocupada hasta 3 metros de altura, 3,35 euros/mes por cada metro cuadrado de ocupación exceso de 3 metros de altura. Si la obra es de un local Comercial-Mercantil, la tasa se multiplica por 3.
    • Grúa: 0,31 €/dí­a por cada metro cuadrado o fracción de la ví­a pública ocupada.
    • Corte al tráfico de la calle: 1,12 euros/dí­a por cada metro lineal/fracción ví­a ocupada.
    • Casetas: 0,28 euros/dí­a por cada metro cuadrado o fracción de la ví­a pública ocupada.
    • Otras ocupaciones no descritas: 0,28 euros/dí­a por cada metro cuadrado/fracción de la ví­a ocupada.
    • Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 euros.

    Denegación de la Licencia: se reducirá un 50% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición Documentos.

    Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida: se reducirá un 75% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición Documentos.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
    - Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
    - Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras.

    - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda.

    Urbanismo
    A petición del interesado

    Tipos de Obras:

    - Las obras de edificación, así­ como de construcción e implantación de instalaciones de toda clase de planta nueva.

    - Las obras de ampliación, reforma, modificación o rehabilitación de edificios, construcciones e instalaciones ya existentes, cualquiera que sea su alcance, finalidad o destino y que requiera proyecto técnico visado por el colegio respectivo.

    - Las obras de modificación o reforma que afecten a las estructuras de los edificios e instalaciones de todas clases existentes.

    - Modificación del aspecto exterior de edificios e instalaciones de todas clases existentes, si precisan proyecto técnico obras edificación.

    - Modificación de la disposición interior de los edificios, cualquiera que sea su uso, si precisan proyecto técnico de obras de edificación.

    - Las instalaciones que afecten al subsuelo: aparcamientos, actividades industriales, mercantiles o profesionales, servicios públicos o cualquier otro uso a que se destine, independientemente de su titularidad.

    - La apertura de caminos, así­ como su modificación o pavimentación.

    - Los demás actos que señalen los instrumentos de planeamiento urbaní­stico.

    En el caso de que se permita la Autorización de esta Licencia de Edificación, posteriormente terminada la misma deberá solicitarse la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 902N de Declaración Catastral por Nueva Construcción, Ampliación, Reforma o Rehabilitación de Bienes Inmuebles.

    Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 dí­as, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así­ no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

    Las obras autorizadas deberán comenzar en el plazo de un año y finalizar en el de tres, pudiendo prorrogarse por una sola vez y por un plazo no superior al establecido.

    Transcurridos los plazos sin iniciarse o terminarse las obras, el Alcalde, previa audiencia, podrá declarar la caducidad de la licencia.

    Concejalí­a de Urbanismo
    Estimatorio

    La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la ví­a administrativa.
    Podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la hubiera dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. En todo caso, habrá de tenerse en cuenta los arts. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polí­gonos industriales del municipio y reúna alguno de los dos requisitos siguientes:

    - En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un perí­odo mí­nimo de 2 años.
    - Empresas de nueva instalación o ampliación de existente y no sean de nueva creación, tener una plantilla mí­nima de 5 trabajadores.
    - Cuando se trate de un traslado de empresas del casco urbano a las áreas industriales, la plantilla mí­nima será de 2 trabajadores:

    Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa: Hasta 46.277,94 € (A), de 46.277,94 € a 92.555,86 € (B), más de 92.555,86 € (C)
    - Nivel de Trabajo, de 1 a 5 trabajadores: A (0,89%), B (0,85%), C (0,79%)
    - Nivel de Trabajo, de 6 a 10 trabajadores: A (0,85 %), B (0,79 %), C (0,75%)
    - Nivel de Trabajo, más 10 trabajadores: A (0,79 %), B (0,75 %), C (0,69%)

    El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de estos tipos de gravamen será de 10 dí­as desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá con cedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

    Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO.

    En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbaní­stica o ambiental, o relativas al dominio o servicio público.

    Sin perjuicio de lo anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos que autoricen:

    a) Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.
    b) Las obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta.
    c) La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
    d) La tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva en terrenos incorporados a procesos de transformación urbaní­stica y, en todo caso, cuando dicha tala se derive de la legislación de protección del dominio público.

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanaciзn

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud de unaаLicencia de Obra ConаProyecto Visado o Control Profesional que NO requiere Proyecto Tжcnico Visado de Edificaciзn o el presupuesto supera los 20.097,00 euros.

    Si esta licencia de obra estÑ? relacionada con una o varias licencias de apertura, se deberÑ? presentar la documentaciзn de forma conjunta y se tramitarÑ?n de forma simultÑ?nea. Tambiжn se deberÑ? cumplimentar la declaraciзn que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    En ningЩn caso podrÑ?n comenzarse las obras hasta que el Ayuntamiento haya aprobado el Proyecto de Ejecuciзn.

    Cuando se haya obtenido licencia con arreglo a proyecto bÑ?sico, el inicio de las obras quedarÑ? supeditado a la aprobaciзn del proyecto de ejecuciзn.

    DeberÑ?n solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuaciзn (ocupaciзn de suelo pЩblico, calas y acometidas, cortes de trÑ?fico, etc.).

    Solicitante o interesado: consignarÑ? todos sus datos personales, indicando claramente los telжfonos de contacto, el domicilio y el correo electrзnico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. PodrÑ?n realizar solicitudes las personas fÑ?sicas o jurÑ?dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones PЩblicas segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    Presentador o Representante: se entenderÑ? que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este Щltimo, salvo manifestaciзn expresa en contra del interesado. Las personas fÑ?sicas con capacidad de obrar y las personas jurÑ?dicas, siempre que ello estж previsto en sus Estatutos, podrÑ?n actuar en representaciзn de otras ante las Administraciones PЩblicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberÑ? acreditarse la representaciзn. Para los actos y gestiones de mero trÑ?mite se presumirÑ? aquella representaciзn. PodrÑ? acreditarse mediante cualquier medio vÑ?lido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompaÑ?ada de la correspondiente documentaciзn.

    Plazo de tramitaciзn: 2 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensiзn del plazo mÑ?ximo para resolver.

    LaаSolicitud de laаLicencia de Obra Con Proyecto Visado que NO requiere Proyecto Tжcnico Visado de Edificaciзn por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentaciзn a entregar: la que se indica en la solicitud, segЩn sea el caso.

    ConcejalÑ?a de Urbanismo.
    Responsable: JuliÑ?n Fernando SÑ?nchez-Paus Gallego.
    Plaza Constituciзn, 1 - Primera Planta.
    Telжfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligaciзn de relacionarse electrзnicamente con las Administraciones PЩblicas, segЩn el artÑ?culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas:
    Las Personas FÑ?sicas podrÑ?n elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a travжs de medios electrзnicos o no, salvo que estжn obligadas a relacionarse a travжs de medios electrзnicos.
    EstarÑ?n obligados a relacionarse a travжs de medios electrзnicos para la realizaciзn de cualquier trÑ?mite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurÑ?dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurÑ?dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiaciзn obligatoria, para los trÑ?mites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que estж obligado a relacionarse electrзnicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fÑ?sicas que por razзn de su capacidad econзmica, tжcnica, dedicaciзn profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrзnicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atenciзn al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales. Tambiжn en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrзnico en esta Sede, en los Registros Electrзnicos de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentaciзn recibida en dÑ?as u horas inhÑ?biles se entenderÑ? efectuada en la primera hora hÑ?bil del primer dÑ?a hÑ?bil siguiente, considerando como DÑ?as InhÑ?biles, a efectos de este Registro Electrзnico, los establecidos como dÑ?as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrзnico figurarÑ?n la Fecha y Hora de presentaciзn y Fecha y Hora de inicio el cзmputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitaciзn es de 2 Meses

    LiquidaciзnаTasa-Impuesto: se enviarÑ? por correo certificado, revisada la Declaraciзn de la Base Imponible oаPresupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que se presentз.

    AbonoаLiquidaciзn:
    - Con Tarjeta Bancaria por la Pasarela de Pago de la Sede Electrзnica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos-Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidaciзn, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidaciзn.

    Depзsito deаFianza por la Gestiзn de Residuos para Obras con Proyecto Visado: No se entregaаen el momento de solicitar la obra. Posteriormente y en base al Estudio de Gestiзn de los Residuos y el Informe del Tжcnico Municipal, se comunicarÑ? por cualquier sistema recogido en la Ley del PAC el importeаde la Fianza. Realizado el Depзsitoаen la Entidad Bancaria, se adjuntarÑ?аcopia como anexo a la documentaciзn que se presente en la solicitud de la obra.

    Terminada la obra, se solicitarÑ? la Devoluciзn de la Fianza, adjuntandoаel ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestiзn de Residuos. Si los informes tжcnicos son favorables, se procederÑ? a la devoluciзn al interesado.

    Construcciзn de Viviendas:
    - Tasa de 0,52% de la base imponible < de 20.097 euros (mÑ?nimo 22,33 euros).
    - Tasa de 1,00% de la base imponible > de 20.097 euros.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expediciзn Documentos: 7,41 euros.
    - Depзsito de Fianza por la Gestiзn de Residuos.
    Construcciзn de Locales:
    - Tasa de 1,00% de la base imponible.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expediciзn Documentos: 7,41 €.
    - Depзsito de Fianza por la Gestiзn de Residuos.
    Si son Demoliciones o Derribos:
    - Tasa de 0,3220946 euros por m3 o fracciзn.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expediciзn Documentos: 7,41 euros.
    Si son Obras de Relleno, Vaciado o Desmonte de Solares o Terrenos:
    - Tasa de 0,1744684 euros por m3 o fracciзn.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expediciзn Documentos: 7,41 euros.
    Tasa Ocupaciзn Suelo PЩblico: despuжs de tener Autorizada la Licencia de Obra.
    - Sзlo 1 contenedor: 3,35 euros por cada m2/fracciзn de vÑ?a ocupada, por cada 3 dÑ?as/fracciзn.
    - Andamio, valla: 10,01 euros/mes cada m2/fracciзn de vÑ?a pЩblica ocupada hasta 3 metros de altura, 3,35 euros/mes por cada m2 de ocupaciзn exceso de 3 metros de altura. Si la obra es de un local Comercial-Mercantil, la tasa se multiplica por 3.
    - GrЩa: 0,31 euros/dÑ?a por cada m2/fracciзn de vÑ?a pЩblica ocupada.
    - Corte al trÑ?fico de la calle: 1,12 euros/dÑ?a por cada metro lineal/fracciзn vÑ?a ocupada.
    - Casetas: 0,28 euros/dÑ?a por cada m2/fracciзn de vÑ?a pЩblica ocupada.
    - Otras ocupaciones no descritas: 0,28 euros/dÑ?a por cada m2/fracciзn de vÑ?a ocupada.
    - Tasa Expediciзn de Documentos: 7,41 €.

    Denegaciзn deаLicencia:аreducciзn de un 50%аcuota de la Tasa y un 100%аcuota del Impuesto. No existe reducciзn por Expediciзn Documentos.

    Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resoluciзn o se realice la actividad municipal requerida: se reducirÑ? un 75% la cuota deаTasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducciзn por Expediciзn Documentos.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 2/2002 de Evaluaciзn Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
    - Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producciзn y gestiзn de los residuos de construcciзn y demoliciзn.
    - Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestiзn de los residuos de construcciзn y demoliciзn en la Comunidad de Madrid.

    - Plan General de Ordenaciзn Urbana de Parla.

    - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservaciзn y Rehabilitaciзn de Edificios.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios PЩblicos Municipales.

    - Ordenanza Municipal de Protecciзn Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulaciзn y Anexo.

    - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras.

    - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda.

    Urbanismo
    A peticiзn del interesado

    Condiciones generales de la Obra:

    -аAFECTA a la estructura del edificio, a distribuciзn, a huecos, a la tabiquerÑ?a o a las instalaciones comunes.
    -аSUPONE modificaciзn de usos, condiciones de la actividad amparada por Licencia de Apertura, cambio de actividad, de titularidad.
    -аPRECISA de andamio.
    - MODIFICA la estructura, composiciзn y materiales de la fachada.
    -аPRECISA Direcciзn Facultativa.
    -аAFECTA a la vÑ?a pЩblica.

    Obras Interiores:

    -аCambios de carpinterÑ?a, colocaciзn de persianas y rejas en viviendas bajas y unifamiliares.
    -аSolados, alicatados y pinturas de paramentos, cambio de peldaÑ?os, ya sean en viviendas y locales.
    -аVivienda Colectiva: cuando se modifiquen las instalaciones comunes, o la distribuciзn de la planta, aparatos sanitarios o fontanerÑ?a, etc.
    -аReparaciones elжctricas en vivienda colectiva cuando se modifiquen instalaciones comunes, o la distribuciзn de la planta.
    -аColocaciзn de toldos o similares (tejadillos, estructuras fijas) en viviendas no situadas en fachada de planta baja.
    -аDemoliciones totales o parciales.

    Obras Exteriores, con Colocaciзn de Andamios:

    -аPinturas o encalado de fachadas de planta baja.
    -аArreglo de canalones y bajantes o cambio de elementos aislados de cubriciзn de cubiertas. Puede afectar a la estructura de las mismas, modificar materiales, huecos o colores de cubriciзn.
    -аZзcalo en fachadas de edificios.

    Obras en Solares, Jardines Privados o Parcelas:

    -аLimpieza, desbroce y jardinerÑ?a, salvo talas de Ñ?rboles.
    -аSolado de patios y bordillos y jardineras de fÑ?brica con cimentaciзn.
    -аDemoliciones totales o parciales.
    -аMovimientos de tierras con transformaciзn de cotas de terreno en mÑ?s de 50 cm.
    -аConstrucciзn, modificaciзn de vallas, muros o cerramiento de fincas urbanas de forma definitiva.
    -аColocaciзn de toldos o similares (tejadillos, estructuras fijas) en viviendas no situadas en fachada de planta baja.

    Si la solicitud no reЩne los requisitos exigidos, se requerirÑ? al interesado para que, en el plazo de 10 dÑ?as, subsane la falta o acompaÑ?e los documentos preceptivos, con indicaciзn de que si asÑ? no lo hiciera, se le tendrÑ? por desistido de su peticiзn.

    ConcejalÑ?a de Urbanismo
    Estimatorio

    La resoluciзn autorizando o denegando la licencia o autorizaciзn solicitada pone fin a la vÑ?a administrativa.
    PodrÑ? ser recurrida potestativamente en reposiciзn, en el plazo de un mes, ante el mismo зrgano que la hubiera dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. En todo caso, habrÑ? de tenerse en cuenta los arts. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polÑ?gonos industriales del municipio y reЩna alguno de los dos requisitos siguientes:

    - En el caso de empresas de nueva creaciзn, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un perÑ?odo mÑ?nimo de 2 aÑ?os.
    - Empresas de nueva instalaciзn o ampliaciзn de existente y no sean de nueva creaciзn, tener una plantilla mÑ?nima de 5 trabajadores.
    - Cuando se trate de un traslado de empresas del casco urbano a las Ñ?reas industriales, la plantilla mÑ?nima serÑ? de 2 trabajadores:

    Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa:

    Hasta 46.277,94 euros (A), de 46.277,94 euros a 92.555,86 euros (B), mÑ?s de 92.555,86 euros (C)
    - Nivel de Trabajo, de 1 a 5 trabajadores: A (0,89%), B (0,85%), C (0,79%)
    - Nivel de Trabajo, de 6 a 10 trabajadores: A (0,85 %), B (0,79 %), C (0,75%)
    - Nivel de Trabajo, mÑ?s 10 trabajadores: A (0,79 %), B (0,75 %), C (0,69%)

    El plazo mÑ?ximo para la admisiзn de las solicitudes de aplicaciзn de estos tipos de gravamen serÑ? de 10 dÑ?as desde la fecha de recepciзn de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderÑ? con cedido bajo la condiciзn resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificaciзn a los dos aÑ?os contados desde su concesiзn, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificaciзn documental de tal extremo. En caso contrario, se procederÑ? a efectuar liquidaciзn complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

    Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO.

    En ningЩn caso podrÑ?n entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenaciзn territorial, urbanÑ?stica o ambiental, o relativas al dominio o servicio pЩblico.

    Sin perjuicio de lo anterior, serÑ?n expresos, con silencio administrativo negativo, los actos a que se refiere el art. 11.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitaciзn Urbana.

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentaciзn, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorizaciзn del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrÑ? acompaÑ?ar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentaciзn, servirÑ? como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serÑ?n incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestiзn y seguimiento de datos de carÑ?cter personal o colectivo relacionados con los trÑ?mites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable Щltimo del fichero. La persona interesada podrÑ? ejercer los derechos de acceso, rectificaciзn, cancelaciзn y oposiciзn en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artÑ?culo 5 de la Ley OrgÑ?nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecciзn de Datos de CarÑ?cter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y TelemÑ?ticamente con Certificado Digital por el Registro Electrзnico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrзnico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la ví­a administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud de una Licencia de Obra Sin Proyecto Visado o Control Profesional que NO requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o el presupuesto supera los 20.097,00 euros.

    Si esta licencia de obra está relacionada con una o varias licencias de apertura, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    Deberán solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuación (ocupación de suelo público, calas y acometidas, cortes de tráfico, etc.).

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación.

    Plazo de tramitación: 2 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver.

    La Solicitud de la Licencia de Obra Sin Proyecto Visado que NO requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a entregar: la que se indica en la solicitud, según sea el caso.

    Concejalí­a de Urbanismo.
    Responsable: Julián Fernando Sánchez-Paus Gallego.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 2 Meses

    Liquidación Tasa-Impuesto: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible o Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que se presentó.

    Abono Liquidación:
    - Con Tarjeta Bancaria por la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos-Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    Depósito de Fianza por la Gestión de Residuos para Obras sin Proyecto Visado: Entrega en el momento de solicitar la obra, 15 euros por cada m3 de residuo que se prevé generar, no pudiendo ser el resultado inferior al 0,2 % del Presupuesto de la obra ni a 150 euros.

    Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    Construcción de Viviendas:
    - Tasa de 0,52% de la base imponible < de 20.097 euros (mí­nimo 22,33 euros).
    - Tasa de 1,00% de la base imponible > de 20.097 euros.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expedición Documentos: 7,41 euros.
    - Depósito de Fianza por la Gestión de Residuos.
    Construcción de Locales:
    - Tasa de 1,00% de la base imponible.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expedición Documentos: 7,41 €.
    - Depósito de Fianza por la Gestión de Residuos.
    Si son Demoliciones o Derribos:
    - Tasa de 0,3220946 euros por m3 o fracción.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expedición Documentos: 7,41 euros.
    Si son Obras de Relleno, Vaciado o Desmonte de Solares o Terrenos:
    - Tasa de 0,1744684 euros por m3 o fracción.
    - Impuesto del 4% de la base imponible.
    - Tasa Expedición Documentos: 7,41 euros.
    Tasa Ocupación Suelo Público: después de tener Autorizada la Licencia de Obra.
    - Sólo 1 contenedor: 3,35 euros por cada m2/fracción de ví­a ocupada, por cada 3 dí­as/fracción.
    - Andamio, valla: 10,01 euros/mes cada m2/fracción de ví­a pública ocupada hasta 3 metros de altura, 3,35 euros/mes por cada m2 de ocupación exceso de 3 metros de altura. Si la obra es de un local Comercial-Mercantil, la tasa se multiplica por 3.
    - Grúa: 0,31 euros/dí­a por cada m2/fracción de ví­a pública ocupada.
    - Corte al tráfico de la calle: 1,12 euros/dí­a por cada metro lineal/fracción ví­a ocupada.
    - Casetas: 0,28 euros/dí­a por cada m2/fracción de ví­a pública ocupada.
    - Otras ocupaciones no descritas: 0,28 euros/dí­a por cada m2/fracción de ví­a ocupada.
    - Tasa Expedición de Documentos: 7,41 €.

    Denegación de Licencia: reducción de un 50% cuota de la Tasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducción por Expedición Documentos.

    Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida: se reducirá un 75% la cuota de Tasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducción por Expedición Documentos.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
    - Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
    - Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras.

    - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda.

    Urbanismo
    A petición del interesado

    Condiciones generales de la Obra:

    - AFECTA a la estructura del edificio, a distribución, a huecos, a la tabiquerí­a o a las instalaciones comunes.
    - SUPONE modificación de usos, condiciones de la actividad amparada por Licencia de Apertura, cambio de actividad, de titularidad.
    - PRECISA de andamio.
    - MODIFICA la estructura, composición y materiales de la fachada.
    - PRECISA Dirección Facultativa.
    - AFECTA a la ví­a pública.

    Obras Interiores:

    - Cambios de carpinterí­a, colocación de persianas y rejas en viviendas bajas y unifamiliares.
    - Solados, alicatados y pinturas de paramentos, cambio de peldaños, ya sean en viviendas y locales.
    - Vivienda Colectiva: cuando se modifiquen las instalaciones comunes, o la distribución de la planta, aparatos sanitarios o fontanerí­a, etc.
    - Reparaciones eléctricas en vivienda colectiva cuando se modifiquen instalaciones comunes, o la distribución de la planta.
    - Colocación de toldos o similares (tejadillos, estructuras fijas) en viviendas no situadas en fachada de planta baja.
    - Demoliciones totales o parciales.

    Obras Exteriores, con Colocación de Andamios:

    - Pinturas o encalado de fachadas de planta baja.
    - Arreglo de canalones y bajantes o cambio de elementos aislados de cubrición de cubiertas. Puede afectar a la estructura de las mismas, modificar materiales, huecos o colores de cubrición.
    - Zócalo en fachadas de edificios.

    Obras en Solares, Jardines Privados o Parcelas:

    - Limpieza, desbroce y jardinerí­a, salvo talas de árboles.
    - Solado de patios y bordillos y jardineras de fábrica con cimentación.
    - Demoliciones totales o parciales.
    - Movimientos de tierras con transformación de cotas de terreno en más de 50 cm.
    - Construcción, modificación de vallas, muros o cerramiento de fincas urbanas de forma definitiva.
    - Colocación de toldos o similares (tejadillos, estructuras fijas) en viviendas no situadas en fachada de planta baja.

    Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 dí­as, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así­ no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

    Concejalí­a de Urbanismo
    Estimatorio
    La resolución pone fin a la ví­a administrativa

    La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la ví­a administrativa.
    Podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la hubiera dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. En todo caso, habrá de tenerse en cuenta los arts. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polí­gonos industriales del municipio y reúna alguno de los dos requisitos siguientes:

    - En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un perí­odo mí­nimo de 2 años.
    - Empresas de nueva instalación o ampliación de existente y no sean de nueva creación, tener una plantilla mí­nima de 5 trabajadores.
    - Cuando se trate de un traslado de empresas del casco urbano a las áreas industriales, la plantilla mí­nima será de 2 trabajadores:

    Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa:

    Hasta 46.277,94 euros (A), de 46.277,94 euros a 92.555,86 euros (B), más de 92.555,86 euros (C)
    - Nivel de Trabajo, de 1 a 5 trabajadores: A (0,89%), B (0,85%), C (0,79%)
    - Nivel de Trabajo, de 6 a 10 trabajadores: A (0,85 %), B (0,79 %), C (0,75%)
    - Nivel de Trabajo, más 10 trabajadores: A (0,79 %), B (0,75 %), C (0,69%)

    El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de estos tipos de gravamen será de 10 dí­as desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá con cedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

    Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO.

    En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbaní­stica o ambiental, o relativas al dominio o servicio público.

    Sin perjuicio de lo anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos a que se refiere el art. 11.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Se considerará Licencia de Obra General en la Vía Pública a la Obra de Ejecución o Reforma de todos o parte de los pavimentos o elementos ubicados en la Vía Pública. No es válida para las Acometidas de Agua, de Alcantarillado y Grandes Compañías Suministradoras que tienen solicitudes específicas recogidas en esta Sede.

    Tendrá carácter de Obra Menor salvo que a criterio de los Departamentos Responsables, dada la entidad de la misma, requiera Proyecto Técnico.

    El titular de la solicitud asume la titularidad de la obra a realizar, siendo este en calidad de interesado, promotor por alguna causa para dicha actuación.

    Licencia de Obra General en la Vía Pública pueden ser:

    1.- Adecuación de Accesos: Rampa, Escalera, etc. Adecuación de accesos a inmuebles o zonas de distinto nivel que pueda cumplir con los requisitos técnicos exigidos en la Normativa.

    2.- Reparaciones y Mantenimiento: Elementos de Alumbrado, Arqueta, Drenaje, Reparación de Acera, etc.:

    • 2.1.- Elementos de Alumbrado: Adecuación de cualquier parte integrante de la infraestructura de Alumbrado Público de titularidad Municipal.
    • 2.2.- Arqueta: Adecuación de cualquier tipo de arqueta existente en la vía pública, exponiendo las necesidades que motivan el cambio o adaptación y que cumpla con los requisitos técnicos exigidos en la Normativa de aplicación.
    • 2.3.- Drenaje: Adecuación de una red de evacuación de agua en la Vía Pública, exponiendo las necesidades que motivan el cambio o adaptación y que cumpla con los requisitos técnicos exigidos en la Normativa de aplicación.
    • 2.4.- Reparación de Acera: Adecuación o mejora de cualquier zona de pavimentación y elementos existentes en la vía pública, cumpliendo con los requisitos técnicos exigidos en la Normativa de aplicación.

    3.- Rebaje o Reposición de Bordillo: Adecuación o mejora de entradas o salidas de vehículos a través de aceras y elementos existentes en la vía pública, cumpliendo con los requisitos técnicos exigidos en la Normativa de aplicación

    4.- Otras Obras: Adecuación o mejora de cualquier zona y elementos existentes en la vía pública, no indicados anteriormente, cumpliendo con los requisitos técnicos exigidos en la Normativa de aplicación.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Esta solicitud de Licencia de Obra General en la Vía Pública por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Documentación a aportar: la indicada en la solicitud, según su caso.

    Concejalía del Área de Obras, Mantenimiento y Limpieza.
    Responsable: Carlos Gómez.
    Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
    Teléfonos: 91.624.03.57 / 91 624 03 24.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes y Miércoles.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.
    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los sábados, domingos y los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.
    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 45 Días

    Tanto las Tasas, Impuestos, como las Fianzas de Reposición de Calzada y Gestión de Residuos, serán establecidas según los informes técnicos que adecuarán lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    Liquidación de Tasas, Impuestos y Fianzas:

    A) Tasa de la Licencia de Obra General en la Vía Pública:

    • 3,66 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 días de obra o fracción, si el anc6o de la cala-zanja no excede de 1 metro.
    • 7,32 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 días de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja excede de 1 metro.

    B) Impuesto de Construcción de la Licencia de Obra Menor:

    • 4 % del presupuesto sin IVA de los Derechos de Contratación.

    C) Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

    D) Fianzas de la obra por la Apertura de Cala: en base al Presupuesto de la Obra y el Informe del Técnico Municipal que adecuará lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    • Por la Gestión de Residuos.
    • Por la Reposición de la Vía Pública.

    No se liquidan en el momento de presentación de la documentación. Posteriormente, para el depósito de las Fianzas de Obra por la Gestión de Residuos y por la Reposición de la Vía Pública en Bankia se avisará por el sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo.

    La Liquidación de la Cala se enviará por correo certificado.

    Abono de la Tasa:
    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    - Ley del Suelo.

    - Compendio de Normativa Técnica en Promoción de Accesibilidad y Supresión de Barreras.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    - Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ordenanza Municipal Medidas Correctoras y Usos en Obras de Edificación.

    Vías Públicas
    A petición del interesado

    A) Solicitar la Licencia de Obra General en la Vía Pública:

    - Presentación de la solicitud y la documentación exigida en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

    - Liquidación de las Fianzas, Tasas, Impuesto, Expedición de Documentos.

    B) Depósito y Devolución de la Fianza de Gestión de Residuos de Construcción o Demolición:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Terminada la obra, se solicitará en el SAC la devolución adjuntando original del ingreso bancario de la fianza y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    C) Depósito y Devolución de la Fianza de Reposición de Obras en Vías Públicas:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Al año de terminada la obra - período de garantía fijado legalmente-, se solicitará en el SAC la devolución, adjuntando (1) Fotocopia del documento o documentos donde se refleje el resultado satisfactorio de los ensayos y control de calidad de compactación de suelos y resistencia a compresión de hormigón, según lo establecido en el Informe del Ingeniero Técnico Municipal de Obras en Vías Públicas, (2) Fotocopia del Certificado Final de Obra por el Técnico Autor del Proyecto de Obra y (3) Original del ingreso bancario de la fianza.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Generalmente y según el tipo de obra y el Informe Técnico, salvo incidencias, la licencia tiene una vigencia de 6 meses desde el momento de la notificación de la autorización de la misma, con un plazo de ejecución de la obra de un mes.

    Concejalía de Obras

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Obra Vía Pública-Licencia de Obra General en la Vía Pública

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Es una Licencia de Instalaciones Subterráneas, no incluida en proyecto de obras de urbanización, para la apertura de una cala de conexión a la acometida de la red de agua potable (sanitario, piscina, contra incendios) y para reposición o retranqueo del contador con el objetivo de que el ciudadano disfrute del suministro de agua potable en la finca que se solicite.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Esta solicitud de Cala de Agua por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Documentación a aportar: la indicada en la solicitud, según su caso.

    Concejalí­a de Obras en Ví­as Públicas.
    Responsable: Carlos Gómez.
    Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
    Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
    Fax: 91.201.35.20.
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 45 Dí­as

    Tanto las Tasas como Impuestos serán establecidos según los informes técnicos que adecuarán lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    Liquidación de Tasas e Impuestos:

    A) Tasa de la Apertura de Cala:

    • 3,66 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja no excede de 1 metro.
    • 7,32 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja excede de 1 metro.

    B) Impuesto de Construcción de la Cala:

    • 4 % del presupuesto sin IVA de los Derechos de Contratación.

    C) Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

    No se emiten en el momento de presentación de la documentación. La Liquidación de la Cala se enviará por correo certificado.

    Abono de la Tasa:
    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    - Ley del Suelo.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y anexos.

    Calas y Vados
    A petición del interesado

    Solicitar la Licencia de Cala de Agua:

    - Previamente se deberá realizar la petición de cala en el Canal de Isabel II.

    - Presentación de la solicitud y la documentación exigida en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

    - Liquidación de Tasas, Impuesto y Expedición de Documentos.

    Generalmente y según el tipo de obra y el Informe Técnico, salvo incidencias, la licencia tiene una vigencia de 6 meses desde el momento de la notificación de la autorización de la misma, con un plazo de ejecución de la obra de un mes.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalí­a de Obras

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Es una Licencia Apertura de Cala con el objeto de realizar la conexión a la red general de alcantarillado o saneamiento.

    Las solicitudes de ejecución de nuevas acometidas particulares a la red de alcantarillado: deberán ser tramitadas directamente por el interesado ante el Canal, que dará la conformidad técnica al proyecto e informará al Ayuntamiento. Posteriormente, el interesado solicitará la licencia de conexión a la red de alcantarillado ante el Ayuntamiento. La autorización se realizará una vez comprobado que cumple con la normativa municipal y ha liquidado los impuestos, tasas y depositado las fianzas correspondientes. Dichas obras serán ejecutadas en su totalidad, hasta su conexión con la red municipal, por el interesado, que será el titular de las mismas y responsable de su mantenimiento y conservación.

    Las solicitudes de nuevas conexiones y prolongación de red de alcantarillado: serán tramitadas por el interesado ante el Canal, que dará la conformidad técnica a dichas obras e informará al Ayuntamiento. Posteriormente, el interesado solicitará la licencia de conexión a la red de alcantarillado ante el Ayuntamiento. La autorización se realizará una vez comprobado que cumple con la normativa municipal y ha
    liquidado los impuestos, tasas y depositado las fianzas correspondientes. Dichas obras serán ejecutadas por el interesado y serán de titularidad del Ayuntamiento, manteniendo el Canal el derecho de uso de las mismas, según convenio.

    Para las Licencias de Calas de Conexión a la Red de Alcantarillado y a modo de información, te indicamos que visites la página web de la Asociación de Poceros de la Comunidad de Madrid (ASPOCAM).

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Esta solicitud de Cala de Conexión a la Red de Alcantarillado o Saneamiento por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Documentación a aportar: la indicada en la solicitud, según su caso.

    Concejalí­a de Obras en Ví­as Públicas.
    Responsable: Carlos Gómez.
    Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
    Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
    Fax: 91.201.35.20.
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 45 Dí­as

    Tanto las Tasas, Impuestos, como las Fianzas de Reposición de Calzada y Gestión de Residuos, serán establecidas según los informes técnicos que adecuarán lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    Liquidación de Tasas, Impuestos y Fianzas:

    A) Tasa de la Apertura de Cala:

    • 3,66 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja no excede de 1 metro.
    • 7,32 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja excede de 1 metro.

    B) Impuesto de Construcción de la Cala:

    • 4 % del presupuesto sin IVA de los Derechos de Contratación.

    C) Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

    D) Fianzas de la obra por la Apertura de Cala: en base al Presupuesto de la Obra y el Informe del Técnico Municipal que adecuará lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    • Por la Gestión de Residuos.
    • Por la Reposición de la Ví­a Pública.

    No se liquidan en el momento de presentación de la documentación. Posteriormente, para el depósito de las Fianzas de Obra por la Gestión de Residuos y por la Reposición de la Ví­a Pública en Bankia se avisará por teléfono o cualquier otro sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo.

    La Liquidación de la Cala se enviará por correo certificado.

    Abono de la Tasa:
    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    Calas y Vados
    A petición del interesado

    A) Solicitar la Licencia de Cala de Alcantarillado o Saneamiento:

    - Previamente se deberá realizar la petición de conexión o reparación en el Canal de Isabel II.

    - Presentación de la solicitud y la documentación exigida en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

    - Liquidación de las Fianzas, Tasas, Impuesto, Expedición de Documentos.

    B) Depósito y Devolución de la Fianza de Gestión de Residuos de Construcción o Demolición:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Terminada la obra, se solicitará en el SAC la devolución adjuntando original del ingreso bancario de la fianza y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    C) Depósito y Devolución de la Fianza de Reposición de Obras en Ví­as Públicas:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Al año de terminada la obra - perí­odo de garantí­a fijado legalmente-, se solicitará en el SAC la devolución, adjuntando (1) Fotocopia del documento o documentos donde se refleje el resultado satisfactorio de los ensayos y control de calidad de compactación de suelos y resistencia a compresión de hormigón, según lo establecido en el Informe del Ingeniero Técnico Municipal de Obras en Ví­as Públicas, (2) Fotocopia del Certificado Final de Obra por el Técnico Autor del Proyecto de Obra y (3) Original del ingreso bancario de la fianza.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Generalmente y según el tipo de obra y el Informe Técnico, salvo incidencias, la licencia tiene una vigencia de 6 meses desde el momento de la notificación de la autorización de la misma, con un plazo de ejecución de la obra de un mes.

    Concejalí­a de Obras

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Es una Solicitud de Licencia de Instalaciones Subterráneas para Grandes Compañías Suministradoras, con el objeto de realizar:

    - Ampliación de Red General de Agua.
    - Renovación de la Red General de Agua.
    - Suministro de Gas Combustible.
    - Soterramiento de Cable de Baja Tensión.
    - Soterramiento de Cable de Media Tensión.
    - Soterramiento de Cable de Fibra Óptica.
    - Soterramiento de Cable Telefónico.
    - Condenar Acometida.
    - Otras.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Esta solicitud de Cala por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Documentación a aportar por Registro Electrónico: la indicada en la solicitud, según su caso.

    Concejalía de Obras en Vías Públicas.
    Responsable: Carlos Gómez.
    Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
    Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
    Fax: 91.201.35.20.
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.- Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.
    Horario del Registro Electrónico de esta Sede Electrónica, a efectos de cómputo de plazos administrativos:
    - Lunes, Miércoles y Viernes: 08:00-14:30 horas.
    - Martes y Jueves: 08:00-20:00 horas.
    - Semana Santa, Verano y Navidad: Lunes a Viernes: 08:00-14:30 horas.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 45 Días

    Tanto las Tasas, Impuestos, como las Fianzas de Reposición de Calzada y Gestión de Residuos, serán establecidas según los informes técnicos que adecuarán lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    Liquidación de Tasas, Impuestos y Fianzas:

    A) Tasa de la Apertura de Cala:

    • 3,66 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 días de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja no excede de 1 metro.
    • 7,32 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 días de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja excede de 1 metro.

    B) Impuesto de Construcción de la Cala:

    • 4 % del presupuesto sin IVA de los Derechos de Contratación.

    C) Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

    D) Fianzas de la obra por la Apertura de Cala: en base al Presupuesto de la Obra y el Informe del Técnico Municipal que adecuará lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    • Por la Gestión de Residuos.
    • Por la Reposición de la Vía Pública.

    No se liquidan en el momento de presentación de la documentación. Posteriormente, para el depósito de las Fianzas de Obra por la Gestión de Residuos y por la Reposición de la Vía Pública en Bankia se avisará por teléfono o cualquier otro sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo.

    La Liquidación de la Cala se enviará por correo certificado.

    Abono de la Tasa:
    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    Calas y Vados
    A petición del interesado

    A) Solicitar la Licencia de Cala:

    - Presentación de la solicitud y la documentación exigida en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

    - Liquidación de las Fianzas, Tasas, Impuesto, Expedición de Documentos.

    B) Depósito y Devolución de la Fianza de Gestión de Residuos de Construcción o Demolición:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Terminada la obra, se solicitará en el SAC la devolución adjuntando original del ingreso bancario de la fianza y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    C) Depósito y Devolución de la Fianza de Reposición de Obras en Vías Públicas:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Al año de terminada la obra - período de garantía fijado legalmente-, se solicitará en el SAC la devolución, adjuntando (1) Fotocopia del documento o documentos donde se refleje el resultado satisfactorio de los ensayos y control de calidad de compactación de suelos y resistencia a compresión de hormigón, según lo establecido en el Informe del Ingeniero Técnico Municipal de Obras en Vías Públicas, (2) Fotocopia del Certificado Final de Obra por el Técnico Autor del Proyecto de Obra y (3) Original del ingreso bancario de la fianza.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Generalmente y según el tipo de obra y el Informe Técnico, salvo incidencias, la licencia tiene una vigencia de 6 meses desde el momento de la notificación de la autorización de la misma, con un plazo de ejecución de la obra de un mes.

    Concejalía de Obras

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que solo se puede realizar Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud de Devolución de Fianza de la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición y de Reposición de la Calzada de Licencias de Obras en Vía Pública (Calas de Agua, Alcantarillado, Grandes Compañías de Suministros, Ejecución o Establecimiento de Bordillo).

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    A) Fianza por Reposición de Pavimento:Al año de terminada la obra - período de garantía fijado legalmente-, solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando la documentación solicitada.

    B) Fianza por la Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición:Terminada la obra, solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando la documentación solicitada.

    Solicitud de Devolución de Fianza de Licencia de Obra en Vía Pública por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a presentar: la indicada en la solicitud.

    Concejalía de Obras en Vías Públicas.
    Responsable: Carlos Gómez.
    Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
    Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
    Fax: 91.201.35.20.
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.
    Horario del Registro Electrónico de esta Sede Electrónica, a efectos de cómputo de plazos administrativos:
    - Lunes, Miércoles y Viernes: 08:00-14:30 horas.
    - Martes y Jueves: 08:00-20:00 horas.
    - Semana Santa, Verano y Navidad: Lunes a Viernes: 08:00-14:30 horas.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 15 Días

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    Calas y Vados
    A petición del interesado

    De acuerdo con Ley de Residuos de la Comunidad de Madrid y las Ordenanzas Municipales y con carácter previo al otorgamiento de la licencia o autorización de las obras, los Servicios Técnicos Municipales determinarán la cuantía definitiva de las fianzas.

    A) Fianza por Reposición de Pavimento:.
    Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.
    Al año de terminada la obra - período de garantía fijado legalmente-, solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando la documentación solicitada.

    B) Fianza por la Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición:
    Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.
    Terminada la obra, solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando la documentación solicitada.

    Si los informes técnicos son favorables, el Departamento de Tesorería procederá a la devolución del importe al interesado en la C/C indicada en la solicitud.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    La licencia es para válida para 6 meses, solicitándose una sola prórroga de otros 6 meses antes de la caducidad de la misma.

    Concejalía de Obras

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y telemáticamente con Certificado Electrónico por Registro Electrónico en esta Sede Electrónica.
    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Se considerará Licencia de Obra Menor la obra de Ejecución o Reforma de Vado, así­ como la Supresión de Vado o Reposición de Bordillo, salvo que a criterio de los Departamentos Responsables, dada la entidad de la misma, requiera proyecto técnico.

    La obra de ejecución o reforma de vado se realizará por el titular del vado para dar lugar al aprovechamiento especial de un bien de dominio público municipal, por la entrada y salida de vehí­culos a través de aceras, y/o ví­as públicas (Vado). Se deberá presentar, posteriormente, la licencia que autoriza la entrada de vehí­culos en edificios, cocheras particulares o aparcamientos individuales dentro de un aparcamiento general, entrada de garajes o locales para guarda, venta, exposición reparación de vehí­culos, engrase, lavado, etc., y entrada en locales comerciales o industriales para carga y descarga de mercancí­as, así­ como los accesos de emergencia (accesos para vehí­culos de bomberos, seguridad, protección civil, ambulancias, etc.).

    Las autorizaciones de vado pueden ser:
    - Con Vado Permanente: se concederán para todos los dí­as de la semana, en horario de 00:00 A 24:00 horas, y para Garajes o aparcamientos públicos o privados, Locales destinados a uso como garaje, Viviendas u Otras edificaciones o inmuebles.
    Eventual y excepcionalmente podrá concederse para locales destinados a actividades que, por la í­ndole de las mismas, se requiera tener acceso libre permanentemente, debiendo aportar los justificantes que se consideren oportunos. La concesión de esa autorización será discrecional, previa valoración de la documentación aportada y dictamen de la Concejalí­a Delegada.
    - Con Vado Temporal: se concederán para dí­as laborales, de lunes a sábados, en horario de 08:00 A 20:00 horas, quedando el espacio libre para uso público, durante el resto de las horas y en domingos y festivos y será para locales, en los que la í­ndole de la actividad que desarrollan, comerciales, mercantiles, industriales o de servicios, se requiera, necesariamente la entrada y salida de vehí­culos.

    Los traslados serán considerados como otorgamiento de una nueva licencia de vado, sin perjuicio de abonar los gastos que ocasione la supresión del existente.

    Las licencias para traslados y ampliaciones o reducciones, seguirán el mismo trámite que las de vados nuevos.

    Dirigido a las personas fí­sicas y/o jurí­dicas, así­ como las entidades a que se refiere el artí­culo 33 de la L. G. Tributaria, que disfruten o vayan a disfrutar, utilicen o vayan a utilizar, aprovechen o vayan a aprovechar especialmente el dominio público en beneficio particular.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Esta solicitud de Licencia de Obra Menor por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Documentación a aportar: la indicada en la solicitud, según su caso.

    Concejalí­a de Obras en Ví­as Públicas.
    Responsable: Carlos Gómez.
    Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
    Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
    Fax: 91.201.35.20.
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.
    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los sábados, domingos y los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.
    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 45 Dí­as

    Tanto las Tasas, Impuestos, como las Fianzas de Reposición de Calzada y Gestión de Residuos, serán establecidas según los informes técnicos que adecuarán lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    Liquidación de Tasas, Impuestos y Fianzas:

    A) Tasa de la Licencia de Obra Menor:

    • 3,66 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el anc6o de la cala-zanja no excede de 1 metro.
    • 7,32 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja excede de 1 metro.

    B) Impuesto de Construcción de la Licencia de Obra Menor:

    • 4 % del presupuesto sin IVA de los Derechos de Contratación.

    C) Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

    D) Fianzas de la obra por la Apertura de Cala: en base al Presupuesto de la Obra y el Informe del Técnico Municipal que adecuará lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

    • Por la Gestión de Residuos.
    • Por la Reposición de la Ví­a Pública.

    No se liquidan en el momento de presentación de la documentación. Posteriormente, para el depósito de las Fianzas de Obra por la Gestión de Residuos y por la Reposición de la Ví­a Pública en Bankia se avisará por teléfono o cualquier otro sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo.

    La Liquidación de la Cala se enviará por correo certificado.

    Abono de la Tasa:
    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    - Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

    - Ordenanza Municipal de Licencias de Reservas de Espacios de Entrada y Salida de Vehí­culos a través de Aceras y/o Ví­as Públicas.

    Calas y Vados
    A petición del interesado

    A) Solicitar la Licencia de Obra Menor:

    - Presentación de la solicitud y la documentación exigida en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

    - Liquidación de las Fianzas, Tasas, Impuesto, Expedición de Documentos.

    B) Depósito y Devolución de la Fianza de Gestión de Residuos de Construcción o Demolición:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Terminada la obra, se solicitará en el SAC la devolución adjuntando original del ingreso bancario de la fianza y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    C) Depósito y Devolución de la Fianza de Reposición de Obras en Ví­as Públicas:

    - Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

    - Al año de terminada la obra - perí­odo de garantí­a fijado legalmente-, se solicitará en el SAC la devolución, adjuntando (1) Fotocopia del documento o documentos donde se refleje el resultado satisfactorio de los ensayos y control de calidad de compactación de suelos y resistencia a compresión de hormigón, según lo establecido en el Informe del Ingeniero Técnico Municipal de Obras en Ví­as Públicas, (2) Fotocopia del Certificado Final de Obra por el Técnico Autor del Proyecto de Obra y (3) Original del ingreso bancario de la fianza.

    - Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Generalmente y según el tipo de obra y el Informe Técnico, salvo incidencias, la licencia tiene una vigencia de 6 meses desde el momento de la notificación de la autorización de la misma, con un plazo de ejecución de la obra de un mes.

    Concejalí­a de Obras

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Es una Solicitud de Autorización de Corte de Calle o Calles.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Se Registra de Entrada con UN MÍNIMO DE 72 HORAS HÁBILES DE ANTELACIÓN a su realización, salvo indicaciones de tiempo mayor, siempre con el VºBº de la Sección de Tráfico de la Jefatura de la Policí­a Local, computando todo el tramo afectado por la restricción total de uso para vehí­culos y/o peatones.

    La Solicitud de Autorización de Corte de Calle o Calles por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a aportar: la que se indica en la solicitud, según sea el caso.

    - Concejalí­a de Seguridad Ciudadana, Sección de Tráfico de la Jefatura de Policí­a Local.
    Calle Lago de Villafranca de los Caballeros, 4.
    Teléfono: 91.605.30.22
    Fax: 91.201.35.18
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    En las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

    El plazo de tramitación es de 3 Dí­as

    Liquidación de la Tasa: se emitirá en el momento de la presentación en las Oficinas del SAC.

    Abono de la Tasa:

    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    Por cada Autorización de Ocupación de Suelo Público tramitada se liquida:

    - Un contenedor: 3,35 € por M2/fracción de la ví­a ocupada, por cada 3 dí­as/fracción.
    - Andamio, valla: 10,01 €/mes cada M2 o fracción de la ví­a pública ocupada hasta 3 metros de altura, 3,35 €/mes cada M2 de ocupación exceso de 3 metros de altura. Si la obra se realiza en local Comercial-Mercantil, la tasa se multiplica por 3.
    - Grúa: 0,31 €/dí­a por cada M2 o fracción de la ví­a pública ocupada.
    - Corte al tráfico de la calle: 1,12 €/dí­a por metro lineal/fracción de ví­a ocupada.
    - Casetas: 0,28 €/dí­a por cada M2 o fracción de la ví­a pública ocupada.
    - Otros: 0,28 €/dí­a por cada M2 o fracción de la ví­a pública ocupada.
    - Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras.

    - Ordenanza Municipal de Fomento de la Rehabilitación de Edificios.

    Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    - Reglamento General de Circulación de la DGT.

    Tráfico y Circulación
    A petición del interesado

    Condiciones generales para solicitar el Corte de Calle o Calles:

    a) Se Registra de Entrada con UN MÍNIMO DE 72 HORAS HÁBILES DE ANTELACIÓN a su realización, salvo indicaciones de tiempo mayor, siempre con el VºBº de la Sección de Tráfico de la Jefatura de la Policí­a Local, computando todo el tramo afectado por la restricción total de uso para vehí­culos y/o peatones.

    b) La señalización de la ocupación es por cuenta del solicitante, debiendo señalizar la zona afectada con un mí­nimo de 48 horas hábiles de antelación mediante colocación de señales de prohibido estacionar, modelo R-308, junto con carteles informativos en los que se indique fecha, hora y motivo de la ocupación. Este plazo será tenido en cuenta desde la recepción del comunicado en la Unidad de Trafico de Policí­a Local a través de los medios indicados en el siguiente punto.

    c) Se realizaran fotografí­as de la zona de ocupación, de la señalización utilizada, de los carteles informativos y de las matrí­culas de los vehí­culos estacionados en el lugar, para su posterior remisión mediante e-mail a jefaturapolicia@ayuntamientoparla.es o entrega en papel en dependencias de Policí­a Local (Calle Lago de Villafranca de los Caballeros, 4).

    d) La seguridad de la ocupación es por cuenta del solicitante, debiendo aportar en esta solicitud, obligatoriamente, un número de teléfono de contacto.

    e) El incumplimiento de cualquiera de estos puntos, llevara aparejado que Policí­a Local no garantice el libre uso de la ocupación de la ví­a pública.

    Condiciones particulares para las obras, teniendo en cuenta lo anterior:

    • Licencias de Obra General y Licencias de Edificación: se solicita a partir del momento de la concesión de la licencia de obra.
    • Actos Comunicados: Se solicita 15 dí­as hábiles después de la comunicación de dicho Acto, si el Ayuntamiento no ha requerido documentación, ha comunicado defectos o ha denegado la licencia.

    La forma de concesión varí­a según el tipo de autorización que se solicita, generalmente se expide por decreto (ver especificaciones que se señalan en la solicitud).

    Sólo es válida la autorización para los dí­as-fechas-lugar indicados en solicitud o en decreto de concesión (según sea el caso).

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalí­a de Seguridad Ciudadana

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar sólo de forma presencial.

    Descarga de documentos

    Presencial

    • Oficina Parla Este (SAC)
      • Paseo República Dominicana, 9, Bloque 5, Post. entrada por Paseo Nicaragua
    • Oficina Dulce Chacón (SAC)
      • Calle Rosa Manzano, 3
    • Oficina Casa Consistorial (SAC)
      • Plaza de la Constitución, 1

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