Urbanismo-Licencia de Obra-Edificación, Modificación Edificabilidad
Este es el Modelo de Solicitud de una Licencia de Obra que SI requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o Modificación de Volumen o Edificabilidad. Si la Licencia de Obras está relacionada con una o varias Licencias de Actividades, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea; con la indicación expresa de la relación entre ambas licencias (positiva o negativa) en la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad). En ningún caso podrán comenzarse las obras hasta que el Ayuntamiento haya aprobado el Proyecto de Ejecución. Cuando se haya obtenido licencia con arreglo a proyecto básico, el inicio de las obras quedará supeditado a la aprobación del proyecto de ejecución. Deberán solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuación (ocupación de suelo público, calas y acometidas, cortes de tráfico, etc.). |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación. Plazo de tramitación: 3 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver. |
La Solicitud de una Licencia de Obra que SI requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o Modificación por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la indicada en la solicitud, según sea el caso. |
Concejalía de Urbanismo. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible o el Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que presentó el solicitante. Abono de la Tasa: - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición: Se deposita posteriormente y tomará como base el Estudio de Gestión de los Residuos y el Informe del Técnico Municipal. Se comunicará el Importe de la Fianza por cualquier sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo. Realizado el Depósito de la Fianza en BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra. Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado. Construcción de Viviendas:
Construcción de Locales:
Tasa de Ocupación de Suelo Público: presentación después de tener Autorizada la Licencia de Obra.
Denegación de la Licencia: se reducirá un 50% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición Documentos. Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida: se reducirá un 75% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición Documentos. |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental. - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo. - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras. - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda. |
Urbanismo |
A petición del interesado |
Tipos de Obras: - Las obras de edificación, así como de construcción e implantación de instalaciones de toda clase de planta nueva. - Las obras de ampliación, reforma, modificación o rehabilitación de edificios, construcciones e instalaciones ya existentes, cualquiera que sea su alcance, finalidad o destino y que requiera proyecto técnico visado por el colegio respectivo. - Las obras de modificación o reforma que afecten a las estructuras de los edificios e instalaciones de todas clases existentes. - Modificación del aspecto exterior de edificios e instalaciones de todas clases existentes, si precisan proyecto técnico obras edificación. - Modificación de la disposición interior de los edificios, cualquiera que sea su uso, si precisan proyecto técnico de obras de edificación. - Las instalaciones que afecten al subsuelo: aparcamientos, actividades industriales, mercantiles o profesionales, servicios públicos o cualquier otro uso a que se destine, independientemente de su titularidad. - La apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación. - Los demás actos que señalen los instrumentos de planeamiento urbanístico. En el caso de que se permita la Autorización de esta Licencia de Edificación, posteriormente terminada la misma deberá solicitarse la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 902N de Declaración Catastral por Nueva Construcción, Ampliación, Reforma o Rehabilitación de Bienes Inmuebles. |
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. Las obras autorizadas deberán comenzar en el plazo de un año y finalizar en el de tres, pudiendo prorrogarse por una sola vez y por un plazo no superior al establecido. Transcurridos los plazos sin iniciarse o terminarse las obras, el Alcalde, previa audiencia, podrá declarar la caducidad de la licencia. |
Concejalía de Urbanismo |
Estimatorio |
La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la vía administrativa. Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polígonos industriales del municipio y reúna alguno de los dos requisitos siguientes: - En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período mínimo de 2 años. Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa: Hasta 46.277,94 (A), de 46.277,94 a 92.555,86 (B), más de 92.555,86 (C) El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de estos tipos de gravamen será de 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá con cedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada. |
Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbanística o ambiental, o relativas al dominio o servicio público. Sin perjuicio de lo anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos que autoricen: a) Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación. Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Registro Electrónico
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