Vía Pública-Licencia de Obra-Establecer Rebajar Bordillo Vado

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

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¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Precio y forma de pago

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

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Más información

Se considerará Licencia de Obra Menor la obra de Ejecución o Reforma de Vado, así­ como la Supresión de Vado o Reposición de Bordillo, salvo que a criterio de los Departamentos Responsables, dada la entidad de la misma, requiera proyecto técnico.

La obra de ejecución o reforma de vado se realizará por el titular del vado para dar lugar al aprovechamiento especial de un bien de dominio público municipal, por la entrada y salida de vehí­culos a través de aceras, y/o ví­as públicas (Vado). Se deberá presentar, posteriormente, la licencia que autoriza la entrada de vehí­culos en edificios, cocheras particulares o aparcamientos individuales dentro de un aparcamiento general, entrada de garajes o locales para guarda, venta, exposición reparación de vehí­culos, engrase, lavado, etc., y entrada en locales comerciales o industriales para carga y descarga de mercancí­as, así­ como los accesos de emergencia (accesos para vehí­culos de bomberos, seguridad, protección civil, ambulancias, etc.).

Las autorizaciones de vado pueden ser:
- Con Vado Permanente: se concederán para todos los dí­as de la semana, en horario de 00:00 A 24:00 horas, y para Garajes o aparcamientos públicos o privados, Locales destinados a uso como garaje, Viviendas u Otras edificaciones o inmuebles.
Eventual y excepcionalmente podrá concederse para locales destinados a actividades que, por la í­ndole de las mismas, se requiera tener acceso libre permanentemente, debiendo aportar los justificantes que se consideren oportunos. La concesión de esa autorización será discrecional, previa valoración de la documentación aportada y dictamen de la Concejalí­a Delegada.
- Con Vado Temporal: se concederán para dí­as laborales, de lunes a sábados, en horario de 08:00 A 20:00 horas, quedando el espacio libre para uso público, durante el resto de las horas y en domingos y festivos y será para locales, en los que la í­ndole de la actividad que desarrollan, comerciales, mercantiles, industriales o de servicios, se requiera, necesariamente la entrada y salida de vehí­culos.

Los traslados serán considerados como otorgamiento de una nueva licencia de vado, sin perjuicio de abonar los gastos que ocasione la supresión del existente.

Las licencias para traslados y ampliaciones o reducciones, seguirán el mismo trámite que las de vados nuevos.

Dirigido a las personas fí­sicas y/o jurí­dicas, así­ como las entidades a que se refiere el artí­culo 33 de la L. G. Tributaria, que disfruten o vayan a disfrutar, utilicen o vayan a utilizar, aprovechen o vayan a aprovechar especialmente el dominio público en beneficio particular.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el momento que el interesado crea conveniente.

Esta solicitud de Licencia de Obra Menor por duplicado, cumplimentada y firmada.

- Documentación a aportar: la indicada en la solicitud, según su caso.

Concejalí­a de Obras en Ví­as Públicas.
Responsable: Carlos Gómez.
Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
Fax: 91.201.35.20.
Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurí­dicas.
- Las entidades sin personalidad jurí­dica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.
B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los sábados, domingos y los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.
En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 45 Dí­as

Tanto las Tasas, Impuestos, como las Fianzas de Reposición de Calzada y Gestión de Residuos, serán establecidas según los informes técnicos que adecuarán lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

Liquidación de Tasas, Impuestos y Fianzas:

A) Tasa de la Licencia de Obra Menor:

  • 3,66 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el anc6o de la cala-zanja no excede de 1 metro.
  • 7,32 € por cada metro lineal o fracción y por cada 4 dí­as de obra o fracción, si el ancho de la cala-zanja excede de 1 metro.

B) Impuesto de Construcción de la Licencia de Obra Menor:

  • 4 % del presupuesto sin IVA de los Derechos de Contratación.

C) Tasa de Expedición de Documentos: 7,41 €.

D) Fianzas de la obra por la Apertura de Cala: en base al Presupuesto de la Obra y el Informe del Técnico Municipal que adecuará lo más fielmente la base imponible a los gastos reales.

  • Por la Gestión de Residuos.
  • Por la Reposición de la Ví­a Pública.

No se liquidan en el momento de presentación de la documentación. Posteriormente, para el depósito de las Fianzas de Obra por la Gestión de Residuos y por la Reposición de la Ví­a Pública en Bankia se avisará por teléfono o cualquier otro sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo.

La Liquidación de la Cala se enviará por correo certificado.

Abono de la Tasa:
- Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
- En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
- En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

- Ley del Suelo.

- Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

- Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

- Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

- Ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid

- Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

- Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

- Ordenanza de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios.

- Ordenanza Municipal de Licencias de Reservas de Espacios de Entrada y Salida de Vehí­culos a través de Aceras y/o Ví­as Públicas.

Calas y Vados
A petición del interesado

A) Solicitar la Licencia de Obra Menor:

- Presentación de la solicitud y la documentación exigida en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano (SAC).

- Liquidación de las Fianzas, Tasas, Impuesto, Expedición de Documentos.

B) Depósito y Devolución de la Fianza de Gestión de Residuos de Construcción o Demolición:

- Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

- Terminada la obra, se solicitará en el SAC la devolución adjuntando original del ingreso bancario de la fianza y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos.

- Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

C) Depósito y Devolución de la Fianza de Reposición de Obras en Ví­as Públicas:

- Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra.

- Al año de terminada la obra - perí­odo de garantí­a fijado legalmente-, se solicitará en el SAC la devolución, adjuntando (1) Fotocopia del documento o documentos donde se refleje el resultado satisfactorio de los ensayos y control de calidad de compactación de suelos y resistencia a compresión de hormigón, según lo establecido en el Informe del Ingeniero Técnico Municipal de Obras en Ví­as Públicas, (2) Fotocopia del Certificado Final de Obra por el Técnico Autor del Proyecto de Obra y (3) Original del ingreso bancario de la fianza.

- Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado.

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Generalmente y según el tipo de obra y el Informe Técnico, salvo incidencias, la licencia tiene una vigencia de 6 meses desde el momento de la notificación de la autorización de la misma, con un plazo de ejecución de la obra de un mes.

Concejalí­a de Obras

Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

Descarga de documentos

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Ayuntamiento De Parla

P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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