Ayuntamiento de Parla

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Con este impreso se solicita la ampliación del plazo establecido para la presentación de documentación necesaria para el normal funcionamiento de una Actividad, ya sea para una nueva solicitud, de un requerimiento, de una subsanación de deficiencias o de una inspección por parte de esta administración.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente antes de la finalización del plazo establecido para la presentación de documentación.

    Esta solicitud de Ampliación de Plazo de Presentación de Documentación, cumplimentada, firmada y que deberá indicar:

    • Expediente de Actividades.
    • Tipo de Actividad.
    • Domicilio de la Actividad.
    • Motivo por el cual se solicita la ampliación del plazo.

    Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 1 Día

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Actividades
    A petición del interesado
    Concejalía de Actividades

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Actividad-Ampliación Plazo Presentación Documentación

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta solicitud es común para un Cambio de la Titularidad de una Autorización Previa.

    Son Autorizaciones Previas: las que no figuren expresamente en la relación de las Actividades que requieran Comunicación Previa o Declaración Responsable.
    1. Las incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la C. Madrid.
    2. Industriales en Edificios Exclusivos.
    3. Guarderías, Centros Educativos, Centros Asistenciales.
    4. Centros Religiosos.
    5. Residencial Público: Hoteles, Hostales, etc.
    6. Establecimientos Comerciales y de Oficinas en Edificios Exclusivos.
    7. Las Actividades incluidas en la Ley Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) de la C. de Madrid.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Esta solicitud de Cambio de Titular de Autorización Previa, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 1 Mes

    Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible presentada.
    Abono: en las Entidades Bancarias que figuren en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
    Por cada Cambio de Titular de Autorización Previa o Declaración Responsable:- Tasa de Expedición de Documentos de 7,41 € y
    -Tasa de la Actividad: 25% de la suma de tarifas, si no se amplía, disminuye o modifica la actividad, teniendo como base imponible:
    a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:
    Hasta 50 m2: 523,74 €.
    Exceso 50 a 100 m²: 12,57 €/m².
    Exceso 100 m² a 500 m²: 10,47 €/m².
    Exceso 500 m² a 2.000 m²: 6,28 €/m².
    Exceso 2.000 m²: 4,19 €/m².
    b) Potencia eléctrica: Expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
    Hasta 6 kw: 209,50 €.
    Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/kw.
    Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/kw.
    Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/kw.
    Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/kw.
    Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/kw.
    Exceso 750 kw: 3,15 €/kw.
    c) Depósitos de combustible:Hasta 1 m3: 62,85 €.
    Exceso 1 m3 a 5 m3: 125,70 €/ m3.
    Exceso 5 m3: 62,85 €/ m3.
    d) Potencia térmica:Hasta 100 Mcal/h: 64,94 €.
    Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h: 3,15 €/Mcal/h.
    Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h: 1,57 €/Mcal/h.
    Exceso 3.500 Mcal/h: 1,05 €/Mcal/h.
    e) Transmisión de datos en redes de telecomunicaciones:Nodo final (hasta 125 viviendas): 68,09 €.
    Nodo secundario (hasta 2.000 viviendas): 1.097,76 €.
    Nodo primario (más de 2.000 viviendas): 9.322,57 €.
    Coeficientes multiplicadores: a las cantidades obtenidas, se aplican coeficientes:
    Actividades financieras: bancos, cajas, oficinas de seguros, compra oro, etc.: 3,4-A
    Actividades de telecomunicaciones (nodos, antenas, etc.): 6-B
    Actividades de pública concurrencia incluidas catálogo CM: 1,5-C
    Bares especiales, locutorios: 2,3-D
    Garajes asociados a viviendas o similar: 1-F
    Garajes de rotación: 2,6-G
    Piscinas comunitarias asociadas a uso residencial: 1-F
    Actividades sometidas a procedimientos ambientales establecidos por la Ley de Evaluación Ambiental de la CM: 3,7-H
    Cajeros automáticos: 5-I
    Otras no incluidas en las anteriores: 1-F
    Reducciones: PYME que realice su asentamiento en Parla ó amplíe las existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo. Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota: entre 1 y 5 trabajadores: 30%; entre 6 y 10 trabajadores: 40%; más de 10 trabajadores: 50%. Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año, contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.
    Ampliación, disminución o modificación de una actividad: la cuota a abonar se determinará, con arreglo a las tarifas, elementos y cuadros anteriores. Si la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 m², la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/m², sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mínima de 261,87 €.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ley 30/1992 RJAP y del Procedimiento Administrativo.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

    - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    Actividades
    A petición del interesado

    Si esta actividad está relacionada con una o varias comunicaciones de obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea, debiendo cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Su vigencia será indefinida hasta su revisión, modificación, por cambio de titular o baja de la actividad.

    Concejalía de Actividades

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Actividad-Cambio Titular Declaración Responsable-Autorización Previa

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Es una solicitud que realiza el ciudadano para que el ayuntamiento emita un certificado de un tema que entienda la administración o las autoridades municipales.

    El órgano al cual debe dirigirse la solicitud es a la Secretaría General. Ésta emitirá un Certificado del punto del orden del día de la Junta de Gobierno en la cual fue concedida o aprobada la Autorización Previa de la Actividad, de la cual el solicitante es el titular.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Solicitud de la petición del Certificado por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante o Representante.

    - Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante.

    - Autoliquidación Abonada de la Tasa del Certificado solicitado.

    - Secretaría General.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza de la Constitución, 1 - planta 2ª.
    Teléfonos: 91.624.03.45 - 91.624.03.73
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    - Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 7 Días

    Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicia la actividad por parte de la administración con la recepción de la petición del documento.

    La Tasa debe estar abonada en el momento de presentación de los documentos que inicien el expediente del Certificado solicitado.

    - Certificaciones de Documentos y Acuerdos Municipales: 7,41 €.

    .

    Para realizar el trámite es necesario que siga uno de los siguientes pasos:

    .

    A) Con Certificado Electrónico, Registro Telemático por la Sede Electrónica:

    1. Generar la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado.
    2. Abono de la Tasa:
      - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
      - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
      - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.
    3. Presentación del trámite a través del Registro Electrónico, adjuntando la documentación digitalizada solicitada en el formulario.

    B) Presencialmente en las Oficinas del SAC:

    1. Descargar, Imprimir y cumplimentar la Solicitud y la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado que aparece en el pie de la información.
    2. Abono de la Tasa:
      - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
      - Con Tarjeta Bancaria en el momento de presentación de la solicitud.
    3. Presentación del trámite a través del SAC, adjuntando la documentación indicada en la solicitud.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    Secretaría General
    A petición del interesado

    Tipo de Certificado: se marcará el tipo de Certificaciones de Documentos y Acuerdos Municipales y su importe (Tasa de 7,41 €).

    Motivo de la solicitud, se harán constar con toda claridad:

    - La Fecha de la Junta de Gobierno en la que autorizó o concedió la actividad.

    - Si se autorizó la Instalación o el Funcionamiento de la Actividad.

    - El Expediente de la Actividad: Número/Año/Autorización Previa

    - Tipo de Actividad:

    - Domicilio de la Actividad:

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Secretaría General

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Actividad-Certificado Concesión de una Autorización Previa

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta es la solicitud de Autorización Previa de Licencia de Funcionamiento para la puesta en marcha de Actividades con Autorización Previa de Instalación y Actividades Catalogadas (las previstas en el Listado de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid).

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente, una vez concedida la Autorización Previa de Licencia de Instalación y antes de iniciar la actividad en el local. Tiene un periodo de 6 meses para presentar esta solicitud y los documentos que se exijan.

    - Esta solicitud de Autorización Previa Funcionamiento General, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 1 Mes

    La solicitud de Autorización Previa de Licencia de Funcionamiento no conlleva ninguna obligación tributaria si no se modifican las condiciones físicas del local, salvo la del Cartel Identificativo (Liquidación de 67,55 €) si es una Actividad Catalogada (las previstas en el Listado de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR de la Comunidad de Madrid).

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

    - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    Actividades
    A petición del interesado

    Una vez concedida la Autorización Previa de Licencia de Instalación y antes de iniciar la actividad en el local, se tiene un periodo de 6 meses para presentar esta solicitud y los documentos que se exijan.

    Si esta Autorización Previa de Licencia de Funcionamiento está relacionada con una o varias Licencias de Obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Se considerarán caducadas las Autorizaciones de Licencia de Funcionamiento y las tasas abonadas por la expedición de las mismas si, después de concedidas, transcurren más de seis meses sin haberse producido la apertura de locales o establecimientos, o si después de haberse abiertos éstos, se diesen de baja como sujetos pasivos de cualquier otro tributo local que les gravase como tales locales o establecimientos.

    Concejalía de Actividades

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Actividad-Autorización Previa Funcionamiento General

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta es la Solicitud de la Autorización Previa de Licencia de Funcionamiento que se exige a las Instalaciones Radioeléctricas, una vez concedida la Autorización Previa de Licencia de Instalación Radioeléctrica (en su caso la Licencia de Obra) y antes de iniciar la actividad.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Una vez concedida la Autorización Previa de Licencia de Instalación Radioeléctrica (en su caso la Licencia de Obra) y antes de iniciar la actividad, el interesado tiene un periodo de 6 meses para presentar esta solicitud y los documentos que se exijan.

    - Esta solicitud de Autorización Previa de Funcionamiento de Instalaciones Radioeléctricas, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalí­a de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 1 Mes

    La Autorización Previa de Licencia de Funcionamiento a las Instalaciones Radioeléctricas no conlleva ninguna obligación tributaria, si no se modifican las condiciones fí­sicas del local.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Infraestructuras Radioeléctricas.

    Actividades
    A petición del interesado

    Si esta Autorización Previa de Licencia de Funcionamiento de Instalación Radioeléctrica está relacionada con alguna Licencia de Obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea, debiendo cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Para estas actividades se girará visita de inspección por los técnicos municipales, para comprobar la adopción de las medidas correctoras o precautorias establecidas.

    Se considerarán caducadas las licencias y las tasas abonadas por la expedición de las mismas si, después de concedidas transcurren más de seis meses sin haberse producido la instalación.

    Concejalí­a de Actividades

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. 

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta es una solicitud de Autorización Previa de Licencia de Instalación para actividades que SI requieren Proyecto Técnico Visado por el colegio correspondiente.

    Es necesaria la Autorización Previa para las actividades que no figuren expresamente en la relación de las Actividades que requieran Comunicación Previa o Declaración Responsable y, en concreto:

    1. Las incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
    2. Industriales en Edificios Exclusivos.
    3. Guarderías, Centros Educativos, Centros Asistenciales.
    4. Centros Religiosos.
    5. Residencial Público: Hoteles, Hostales, etc.
    6. Establecimientos Comerciales y de Oficinas en Edificios Exclusivos.
    7. Las Actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) de la Comunidad de Madrid.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Esta solicitud de Autorización Previa de Instalación General, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 3 Meses

    Liquidación de Tasa: revisada la Declaración de la Base Imponible presentada, se envía por correo certificado.
    Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
    Por cada Autorización Previa Licencia de Instalación tramitada:· Tasa Expedición Documentos de 7,41 €.
    · Tasa de la Actividad: suma de tarifas y como base imponible:
    a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto parcela:
    Hasta 50 m²: 523,74 €.
    Exceso 50 m² a 100 m²: 12,57 €/m².
    Exceso 100 m² a 500 m²: 10,47 €/m².
    Exceso 500 m² a 2.000 m²: 6,28 €/m².
    Exceso 2.000 m²: 4,19 €/m².
    b) Potencia eléctrica: Expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
    Hasta 6 kw: 209,50 €.
    Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/kw.
    Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/kw.
    Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/kw.
    Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/kw.
    Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/kw.
    Exceso 750 kw: 3,15 €/kw.
    c) Depósitos de combustible:Hasta 1 m3: 62,85 €.
    Exceso 1 m3 a 5 m3: 125,70 €/ m3.
    Exceso 5 m3: 62,85 €/ m3.
    d) Potencia térmica:Hasta 100 Mcal/h: 64,94 €.
    Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h: 3,15 €/Mcal/h.
    Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h: 1,57 €/Mcal/h.
    Exceso 3.500 Mcal/h: 1,05 €/Mcal/h.
    e) Transmisión de datos en redes de telecomunicaciones:Nodo final (hasta 125 viviendas): 68,09 €.
    Nodo secundario (hasta 2.000 viviendas): 1.097,76 €.
    Nodo primario (más de 2.000 viviendas): 9.322,57 €.
    Coeficientes multiplicadores: a las cantidades obtenidas, estos coeficientes:
    Actividades financieras: bancos, cajas, oficinas de seguros, compra oro, etc.: 3,4-A
    Actividades de telecomunicaciones (nodos, antenas, etc..): 6-B
    Actividades de pública concurrencia incluidas catálogo CM: 1,5-C
    Bares especiales, locutorios: 2,3-D
    Garajes asociados a viviendas o similar: 1-F
    Garajes de rotación: 2,6-G
    Piscinas comunitarias asociadas a uso residencial: 1-F
    Actividades sometidas a procedimientos ambientales establecidos por la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la CM: 3,7-H
    Cajeros automáticos: 5-I
    Otras no incluidas en las anteriores: 1-F
    Reducciones: PYME que realice su asentamiento en Parla ó amplíe las existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo. Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota: Entre 1 y 5 trabajadores: 30%; entre 6 y 10 trabajadores: 40%; más de 10 trabajadores: 50%. Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la misma. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año, contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.
    Ampliación, disminución o modificación de una actividad: la cuota a abonar se determinará, con arreglo a las tarifas, elementos y cuadros anteriores. Si la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 m², la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/m², sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mínima de 261,87 €.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

    - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    Actividades
    A petición del interesado

    Si esta Autorización Previa de Licencia de Instalación de Actividad está relacionada con una o varias Licencias de Obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea, debiendo cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    La Vigencia será de 6 meses desde la notificación del otorgamiento de la Autorización Previa de la Licencia de Instalación para aportar Certificado Final y la Documentación de la Autorización Previa de la Licencia de Funcionamiento de la Actividad.

    Concejalía de Actividades

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Actividad-Autorización Previa Instalación General

    Actividad-Anexo II Autorización de Vertido

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta es una solicitud de Autorización Previa de Licencia de Actividad y de Obra de este tipo de Instalaciones que SI requieren Proyecto Técnico Visado por el colegio correspondiente.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Esta solicitud de Autorización Previa de Licencia de Actividad y de Obra, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalí­a de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 6 Meses

    Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, una vez revisada la Declaración de la Base Imponible presentada.
    Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
    Por cada Autorización Previa de Licencia de Actividad y de Obra tramitada:1).- Base Imponible Autorización Previa de Licencia de Instalación de Actividad:a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:
    Hasta 50 m2: 523,74 €.
    Exceso 50 m2 a 100 m2: 12,57 €/mË?.
    Exceso 100 m2 a 500 m2: 10,47 €/mË?.
    Exceso 500 m2 a 2.000 m2: 6,28 €/mË?.
    Exceso 2.000 m2: 4,19 €/mË?.
    b) Potencia eléctrica: Si está expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
    Hasta 6 kw: 209,50 €.
    Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/Kw.
    Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/Kw.
    Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/Kw.
    Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/Kw.
    Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/Kw.
    Exceso 750 kw: 3,15 €/Kw.
    c) Coeficiente multiplicador: a las cantidades obtenidas, se les aplicarán el coeficiente "6-B".
    d) Tasa Expedición de Documentos de 7,41 €.
    Ampliación, disminución o modificación: cuando la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 mË?, la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/mË?, sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mí­nima de 261,87 €.
    2).- Base Imponible de la Tasa e Impuesto de la Licencia de Obra:- Tasa: 1,00 % de la base imponible declarada o presupuesto total ejecución sin IVA.
    - Impuesto: 4% de la base imponible declarada o presupuesto total ejecución sin IVA.
    - Tasa Expedición de Documentos: 7,41 €.
    Si son Demoliciones o Derribos:- Tasa: 0,3220946 € por metro cúbico o fracción.
    - Impuesto: 4% de la base imponible declarada o presupuesto total ejecución sin IVA.
    - Tasa Expedición de Documentos: 7,41 €.
    Si son Obras de Relleno, Vaciado o Desmonte de Solares o Terrenos:- Tasa: 0,1744684 € por metro cúbico o fracción.
    - Impuesto: 4% de la base imponible declarada o presupuesto total ejecución sin IVA.
    - Tasa Expedición de Documentos: 7,41 €.
    Denegación de la Licencia de Obra: se reducirá un 50% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición de Documentos.
    Desistimiento de la Licencia de Obra: formulado por el solicitante, antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida, se reducirá un 75% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existiendo reducción por la Expedición de Documentos.
    3).- Tasa de Ocupación del Suelo Público en las Licencias de Obra:- Un contenedor: 3,35 € por M2/fracción de la ví­a ocupada, por cada 3 dí­as/fracción.
    - Andamio, valla: 10,01 €/mes cada M2 o fracción de la ví­a hasta 3 metros de altura, 3,35 €/mes cada M2 de ocupación exceso de 3 metros de altura. Si la obra se realiza en local Comercial-Mercantil, la tasa se multiplica por 3.
    - Grúa: 0,31 €/dí­a por cada M2 o fracción.
    - Corte al tráfico de la calle: 1,12 €/dí­a por cada metro lineal/fracción.
    - Casetas: 0,28 €/dí­a por cada M2 o fracción.
    - Otros: 0,28 €/dí­a por cada M2 o fracción.
    - Tasa Expedición de Documentos: 7,41 €.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

    - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ordenanza Municipal de Infraestructuras Radioeléctricas.

    Actividades
    A petición del interesado

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Vigencia: Seis meses desde la notificación del otorgamiento de la Autorización Previa para aportar Certificado Final y la Documentación de la Autorización Previa de Funcionamiento de la Instalación Radioeléctrica.

    Concejalí­a de Actividades

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. 

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Es una solicitud que realiza el ciudadano para que el ayuntamiento emita un certificado de un tema que entienda la administración o las autoridades municipales.

    El órgano al cual debe dirigirse la solicitud es a la Concejalí­a de Actividades. Ésta emitirá un Certificado del Decreto de Concesión o Aprobación la Comunicación Previa de la Actividad, de la que el solicitante es el titular.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Solicitud de la petición del Certificado por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante o Representante.

    - Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante.

    - Autoliquidación Abonada de la Tasa del Informe o Certificado marcado.

    Concejalí­a de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 7 Dí­as

    Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicia la actividad por parte de la administración con la recepción de la petición del documento.

    La Tasa debe estar abonada en el momento de presentación de los documentos que inicien el expediente del Certificado solicitado.

    - Certificado no Urbaní­stico excepto Empadronamiento: 18,27 €.

    .

    Para realizar el trámite es necesario que siga uno de los siguientes pasos:

    .

    A) Con Certificado Electrónico, Registro Telemático por la Sede Electrónica:

    1. Generar la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado.
    2. Abono de la Tasa:
      - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de esta Sede Electrónica, o
      - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
      - En las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.
    3. Presentación del trámite a través del Registro Electrónico, adjuntando la documentación digitalizada solicitada en el formulario.

    B) Presencialmente en las Oficinas del SAC:

    1. Descargar, Imprimir y cumplimentar la Solicitud y la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado que aparece en el pie de la información.
    2. Abono de la Tasa:
      - En las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
      - Con Tarjeta Bancaria en el momento de presentación de la solicitud.
    3. Presentación del trámite a través del SAC, adjuntando la documentación indicada en la solicitud.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    Actividades
    A petición del interesado

    Tipo de Certificado: se marcará el tipo de Certificado Genérico, no Urbaní­stico y su importe (Tasa de 18,27 €).

    Motivo de la solicitud, se harán constar con toda claridad:

    - El Expediente de la Actividad: Número/Año/Comunicación Previa

    - Tipo de Actividad:

    - Domicilio de la Actividad:

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalí­a de Actividades

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.
    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta es una Solicitud de Comunicación Previa de Inicio de una Actividad que NO requiere Proyecto Técnico Visado por el Colegio respectivo.

    Actividades Incluidas: las que se relacionan más abajo y otras análogas, siempre que no superen o contengan los siguientes límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas:
    1. Las anteriormente llamadas Inocuas menos las Alimenticias Con Manipulación de Alimentos, exceptuando Venta de Pan Precocinado.
    2. Centros de Reconocimientos, Consultas Médicas y de Fisioterapia que no estén incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la CM.

    Límites de carácter general:
    - Aparatos de aire acondicionado hasta una potencia total de 6.000 frigorías/hora.
    - Equipos informáticos que no precisen una instalación de aire acondicionado de potencia superior a 6.000 frigorías/hora.
    - Hornos eléctricos hasta una potencia de 10 kw.
    - Potencia instalada hasta 3 CV, incluidos.

    Uso residencial:
    - Garajes hasta 5 plazas.
    - Residencias comunitarias, incluidas casas de huéspedes, hasta 150 m2.

    Uso Industrial: No superar los 150 m2 de superficie útil, salvo indicación expresa.
    - Almacenes de artículos de construcción, excepto madera, plástico, pintura, barniz.
    - Almacenes de artículos de ferretería, excepto plásticos.
    - Almacenes de electrodomésticos.
    - Almacenes de peligrosidad baja de materias primas agrarias, productos alimenticios y bebidas.
    - Almacenes de peligrosidad baja de textiles, confección, calzado y artículo de cuero.
    - Talleres de armería (sin manipulación ni almacenamiento de productos explosivos o inflamables).
    - Talleres de artículos de marroquinería y viaje.
    - Talleres de confección de artículos textiles para el hogar.
    - Talleres de encuadernación.
    - Talleres de fabricación o reparación de aparatos eléctricos de medida, regulación, verificación y control.
    - Talleres de fabricación o reparación de electrodomésticos.
    - Talleres de máquinas de coser, máquinas de escribir y similares.
    - Talleres de prendas de vestir (sastrería, camisería, guantería, sombrerería, zapatería, excepto calzado de goma, géneros de punto, bordados, peletería y similares).
    - Talleres de relojería, bisutería, orfebrería y platería.
    - Talleres de reparación de aparatos y utensilios eléctricos o electrónicos, ascensores y similares.
    - Talleres de reparación de bicicletas y otros vehículos sin motor.
    - Talleres de reparación de instrumentos musicales.
    - Talleres de reparación de instrumentos ópticos y fotográficos.
    - Talleres de reparación de juegos, juguetes y artículos de deporte.
    - Talleres domésticos.
    - Viveros de plantas y flores (sin limitación de superficie).

    Comercios: No superar los 200 m2 de superficie.
    - Anticuarios y almonedas.
    - Alquiler de trajes y disfraces.
    - Alquiler y venta de cintas de video (video-clubs).
    - Despachos de lotería y apuestas.
    - Estudios fotográficos sin laboratorio.
    - Exposición o venta de motocicletas, bicicletas y sus accesorios.
    - Farmacia sin manipulación o almacenamiento de productos inflamables.
    - Ferreterías y venta de artículos de menaje.
    - Herbolarios.
    - Juguetería y venta de artículos de deporte.
    - Lavanderías y tintorerías (sólo recogida y entrega de prendas, sin lavado o limpieza de las mismas).
    - Mercerías.
    - Reproducción de documentos (excepto copia de planos con amoniaco o similares).
    - Salones de belleza.
    - Venta de aparatos e instrumentos ópticos, médicos, ortopédicos y / o fotográficos.
    - Venta de armas y munición (sin manipulación).
    - Venta de artículos de cerámica, vidrio y materiales de construcción.
    - Venta de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
    - Venta de artículos de marroquinería y de viaje.
    - Venta de artículos de regalo.
    - Venta de artículos textiles para el hogar.
    - Venta de electrodomésticos y material eléctrico.
    - Venta de flores y plantas.
    - Venta de libros, artículos de papelería y escritorio.
    - Venta de material fonográfico y videográfico (discos, casetes de audio y video, etc.).
    - Venta de muebles.
    - Venta de prendas confeccionadas para vestido y adorno, incluidas zapaterías, bordados, bisutería y similares.
    - Venta de productos alimenticios sin manipulación, bebidas y tabaco, excepto carnicerías, casquerías, pescaderías, bares y cafeterías.

    Oficinas: No superar los 250 m2 de superficie.
    - Agencias de viaje.
    - Clínicas veterinarias (consulta), sin radiología.
    - Consultorios médicos sin hospitalización, radiología ni medicina nuclear.
    - Dentistas, sin radiología.
    - Despachos profesionales domésticos.
    - Oficinas de administración.
    - Oficinas de entidades financieras, de seguros, inmobiliarias y similares.
    - Oficinas para alquiler de bienes y servicios en general.
    - Oficinas privadas en general.
    - Oficinas profesionales domésticas.
    - Sedes de partidos políticos, organizaciones sindicales, profesionales, patronales, regionales, religiosas y similares, sin dotación de hostelería.

    Uso Dotacional: No superar los 200 m2 de superficie.
    - Academias, salvo baile, danza y música.
    - Autoescuelas sin guarda de vehículos.
    - Centros de culto.
    - Centros de investigación sin repercusión medioambiental.
    - Policlínica sin hospitalización, quirófanos, radiología ni medicina nuclear.
    - Salas de exposiciones.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Esta solicitud de Comunicación Previa, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 1 Mes

    Liquidación de Tasa: revisada la Declaración de la Base Imponible presentada, se envía por correo certificado.
    Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.

    Por cada Comunicación Previa tramitada:

    · Tasa Expedición de Documentos de 7,41 €.
    · Tasa Actividad: suma de tarifas, teniendo como base imponible:

    a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:Hasta 50 m2: 418,99 €
    Exceso 50 m2 a 100 m2: 6,28 €/m²
    Exceso 100 m2, por cada m2: 3,15 €/m²

    Reducciones: PYME que realice su asentamiento en el municipio de Parla ó amplíe las ya existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo.
    Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota:
    Entre 1 y 5 trabajadores: 30%
    Entre 6 y 10 trabajadores: 40%
    Más de 10 trabajadores: 50%
    Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

    Ampliación, disminución o modificación: la cuota se determinará en función de la nueva superficie afectada de acuerdo con las tarifas, si la superficie afectada es inferior a 50 m2, se aplicará una tarifa de 8,38 €/m2, abonándose en todo caso una cuota mínima de 209,50 €.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

    - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    Actividades
    A petición del interesado

    Si esta Comunicación Previa de Inicio de Actividad está relacionada con una o varias Licencias de Obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, con carácter previo a la apertura del establecimiento para la prestación de servicios indicados, en base a la documentación aportada, el que suscribe aporta sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el inicio de la actividad y efectúa la siguiente COMUNICACIÓN:

    1.- Que dicha actividad no se encuentra exceptuada del ámbito de aplicación de la Ley 17/2009 recogido en su artículo 2.2.

    2.- Que dispongo de la documentación que acredita el emplazamiento de la actividad para su control e inspección, que adjunto.

    3.- Que me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuida la Administración actuante.

    4.- Que en este tipo de actividad no se admite ningún tipo de cambio de titular.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Una vez aportada la documentación exigida, los técnicos municipales girarán visita de comprobación de actividad, debiendo obrar en el local los elementos y documentos siguientes:

    • Cuadro eléctrico que constará al menos de: Interruptor general, Diferencial para alumbrado, y Diferencial para tomas de corriente.
    • Botiquín y dotación del mismo.
    • Contrato/Certificado de Contenedor cerrado y especial en servicios de señoras, no de pedal (en los casos que proceda).

    Se considerarán caducadas las licencias y las tasas abonadas por la expedición de las mismas si, después de concedidas transcurren más de seis meses sin haberse producido la apertura de locales o establecimientos, o si después de haberse abiertos éstos, se diesen de baja como sujetos pasivos de cualquier otro tributo local que les gravase como tales locales o establecimientos.

    Concejalía de Actividades

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y telemáticamente con Certificado Electrónico por Registro Electrónico en esta Sede Electrónica.

    Descarga de documentos

    Actividad-Comunicación Previa

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta solicitud es común para un Cambio de la Titularidad de una Declaración Responsable.

    Son Declaraciones Responsables:
    1. Las Alimenticias Con Manipulación de Alimentos.
    2. Todas las que figuran en la relación de Comunicaciones Previas de Inicio de Actividad que hayan superado los límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas.
    3. Industriales que no estén sometidas a Autorización Previa.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Esta solicitud de Cambio de Titular de Declaración Responsable, por triplicado, cumplimentada y firmada.

    - La documentación indicada en la solicitud.

    Concejalía de Actividades.
    Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
    Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
    Teléfonos: 91.605.24.72.
    Fax: 91.698.18.13.
    Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 1 Mes

    Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible presentada.
    Abono: en las Entidades Bancarias que figuren en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
    Por cada Cambio de Titular de Autorización Previa o Declaración Responsable:- Tasa de Expedición de Documentos de 7,41 € y
    -Tasa de la Actividad: 25% de la suma de tarifas, si no se amplía, disminuye o modifica la actividad, teniendo como base imponible:
    a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:
    Hasta 50 m2: 523,74 €.
    Exceso 50 a 100 m²: 12,57 €/m².
    Exceso 100 m² a 500 m²: 10,47 €/m².
    Exceso 500 m² a 2.000 m²: 6,28 €/m².
    Exceso 2.000 m²: 4,19 €/m².
    b) Potencia eléctrica: Expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
    Hasta 6 kw: 209,50 €.
    Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/kw.
    Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/kw.
    Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/kw.
    Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/kw.
    Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/kw.
    Exceso 750 kw: 3,15 €/kw.
    c) Depósitos de combustible:Hasta 1 m3: 62,85 €.
    Exceso 1 m3 a 5 m3: 125,70 €/ m3.
    Exceso 5 m3: 62,85 €/ m3.
    d) Potencia térmica:Hasta 100 Mcal/h: 64,94 €.
    Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h: 3,15 €/Mcal/h.
    Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h: 1,57 €/Mcal/h.
    Exceso 3.500 Mcal/h: 1,05 €/Mcal/h.
    e) Transmisión de datos en redes de telecomunicaciones:Nodo final (hasta 125 viviendas): 68,09 €.
    Nodo secundario (hasta 2.000 viviendas): 1.097,76 €.
    Nodo primario (más de 2.000 viviendas): 9.322,57 €.
    Coeficientes multiplicadores: a las cantidades obtenidas, se aplican coeficientes:
    Actividades financieras: bancos, cajas, oficinas de seguros, compra oro, etc.: 3,4-A
    Actividades de telecomunicaciones (nodos, antenas, etc.): 6-B
    Actividades de pública concurrencia incluidas catálogo CM: 1,5-C
    Bares especiales, locutorios: 2,3-D
    Garajes asociados a viviendas o similar: 1-F
    Garajes de rotación: 2,6-G
    Piscinas comunitarias asociadas a uso residencial: 1-F
    Actividades sometidas a procedimientos ambientales establecidos por la Ley de Evaluación Ambiental de la CM: 3,7-H
    Cajeros automáticos: 5-I
    Otras no incluidas en las anteriores: 1-F
    Reducciones: PYME que realice su asentamiento en Parla ó amplíe las existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo. Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota: entre 1 y 5 trabajadores: 30%; entre 6 y 10 trabajadores: 40%; más de 10 trabajadores: 50%. Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año, contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.
    Ampliación, disminución o modificación de una actividad: la cuota a abonar se determinará, con arreglo a las tarifas, elementos y cuadros anteriores. Si la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 m², la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/m², sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mínima de 261,87 €.

    - Ley del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

    - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

    - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

    - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

    Actividades
    A petición del interesado

    Si esta actividad está relacionada con una o varias comunicaciones de obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea, debiendo cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Su vigencia será indefinida hasta su revisión, modificación, por cambio de titular o baja de la actividad.

    Concejalía de Actividades

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Actividad-Cambio Titular Declaración Responsable-Autorización Previa

    Registro Electrónico

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