Actividad-Licencia de Venta de Alcohol

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Precio y forma de pago

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

Con este impreso se solicita la Licencia Especí­fica de Venta de Bebidas Alcohólicas en establecimientos donde la venta, suministro o distribución de bebidas alcohólicas no está permitido su consumo inmediato.

Será preciso disponer de una licencia especí­fica que deberá estar expuesta en lugar visible para el público, cuya concesión corresponde a los Ayuntamientos, en su ámbito territorial. En los establecimientos que carezcan de esta licencia especí­fica, no se permitirá la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el momento que el interesado crea conveniente.

Esta solicitud de Licencia de Venta de Bebidas Alcohólicas, cumplimentada y firmada.

Documentación a presentar:

  • A) Solicitud en impreso normalizado, debidamente cumplimentado y firmado.
  • B) Localización exacta del establecimiento.
  • C) Copia del IAE en epí­grafe de actividad comercial compatible con la venta de bebidas alcohólicas.
  • D) Copia de la Licencia Municipal de Actividad, Funcionamiento o Apertura.

Concejalí­a de Actividades.
Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
Teléfonos: 91.605.24.72.
Fax: 91.698.18.13.
Horario: De 09:00 a 14:00 horas, de Lunes a Viernes.

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurí­dicas.
- Las entidades sin personalidad jurí­dica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 2 Meses

Por la expedición de Licencia de Venta de Bebidas Alcohólicas para consumo no
inmediato, de acuerdo con los preceptos de la ley 5/2002 de 27 de junio, sobre drogodependencia y otros trastornos adictivos: 390,78 €, no exigiendo su abono hasta que expresamente sea concedida la misma por la Concejalí­a de Actividades. La Tasa se enviará por correo certificado.

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

- Ley 5/2022 sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.

- Resolución de 29 de octubre de 2002, de la Directora General de Comercio.

Actividades
A petición del interesado

La tramitación de solicitudes se ajustará a los procedimientos siguientes:

A) Procedimiento abreviado: Se tramitarán por el procedimiento abreviado las solicitudes de licencia especí­fica de aquellos establecimientos comerciales que hasta la fecha de entrada en vigor de la Ley 5/2002, de 27 de junio, vendí­an bebidas alcohólicas.

B) Procedimiento normal: Se tramitarán mediante procedimiento normal aquellas solicitudes de licencia especí­fica para los nuevos establecimientos comerciales que vayan a vender bebidas alcohólicas, o aquellos que existí­an con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2002, de 27 de junio, pero que no vendí­an bebidas alcohólicas y pretendan ampliar su oferta y vender bebidas alcohólicas.

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Concejalí­a de Actividades

Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Electrónico por Registro Electrónico en esta Sede Electrónica.
Descarga de documentos

Oficinas de la administración

Ayuntamiento De Parla

P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado


Preguntas frecuentes

Licencia para venta de alcohol neutro de origen agricola
¿Qué permisos necesito para tener mi propio local en el que se hagan eventos y se haga venta de alcohol en ellos? Pudiendo ser este posible local en cualquier punto de la comunidad de Madrid.
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