Actividad-Comunicación Previa-Inicio de Actividad

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Precio y forma de pago

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

Esta es una Solicitud de Comunicación Previa de Inicio de una Actividad que NO requiere Proyecto Técnico Visado por el Colegio respectivo.

Actividades Incluidas: las que se relacionan más abajo y otras análogas, siempre que no superen o contengan los siguientes límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas:
1. Las anteriormente llamadas Inocuas menos las Alimenticias Con Manipulación de Alimentos, exceptuando Venta de Pan Precocinado.
2. Centros de Reconocimientos, Consultas Médicas y de Fisioterapia que no estén incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la CM.

Límites de carácter general:
- Aparatos de aire acondicionado hasta una potencia total de 6.000 frigorías/hora.
- Equipos informáticos que no precisen una instalación de aire acondicionado de potencia superior a 6.000 frigorías/hora.
- Hornos eléctricos hasta una potencia de 10 kw.
- Potencia instalada hasta 3 CV, incluidos.

Uso residencial:
- Garajes hasta 5 plazas.
- Residencias comunitarias, incluidas casas de huéspedes, hasta 150 m2.

Uso Industrial: No superar los 150 m2 de superficie útil, salvo indicación expresa.
- Almacenes de artículos de construcción, excepto madera, plástico, pintura, barniz.
- Almacenes de artículos de ferretería, excepto plásticos.
- Almacenes de electrodomésticos.
- Almacenes de peligrosidad baja de materias primas agrarias, productos alimenticios y bebidas.
- Almacenes de peligrosidad baja de textiles, confección, calzado y artículo de cuero.
- Talleres de armería (sin manipulación ni almacenamiento de productos explosivos o inflamables).
- Talleres de artículos de marroquinería y viaje.
- Talleres de confección de artículos textiles para el hogar.
- Talleres de encuadernación.
- Talleres de fabricación o reparación de aparatos eléctricos de medida, regulación, verificación y control.
- Talleres de fabricación o reparación de electrodomésticos.
- Talleres de máquinas de coser, máquinas de escribir y similares.
- Talleres de prendas de vestir (sastrería, camisería, guantería, sombrerería, zapatería, excepto calzado de goma, géneros de punto, bordados, peletería y similares).
- Talleres de relojería, bisutería, orfebrería y platería.
- Talleres de reparación de aparatos y utensilios eléctricos o electrónicos, ascensores y similares.
- Talleres de reparación de bicicletas y otros vehículos sin motor.
- Talleres de reparación de instrumentos musicales.
- Talleres de reparación de instrumentos ópticos y fotográficos.
- Talleres de reparación de juegos, juguetes y artículos de deporte.
- Talleres domésticos.
- Viveros de plantas y flores (sin limitación de superficie).

Comercios: No superar los 200 m2 de superficie.
- Anticuarios y almonedas.
- Alquiler de trajes y disfraces.
- Alquiler y venta de cintas de video (video-clubs).
- Despachos de lotería y apuestas.
- Estudios fotográficos sin laboratorio.
- Exposición o venta de motocicletas, bicicletas y sus accesorios.
- Farmacia sin manipulación o almacenamiento de productos inflamables.
- Ferreterías y venta de artículos de menaje.
- Herbolarios.
- Juguetería y venta de artículos de deporte.
- Lavanderías y tintorerías (sólo recogida y entrega de prendas, sin lavado o limpieza de las mismas).
- Mercerías.
- Reproducción de documentos (excepto copia de planos con amoniaco o similares).
- Salones de belleza.
- Venta de aparatos e instrumentos ópticos, médicos, ortopédicos y / o fotográficos.
- Venta de armas y munición (sin manipulación).
- Venta de artículos de cerámica, vidrio y materiales de construcción.
- Venta de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
- Venta de artículos de marroquinería y de viaje.
- Venta de artículos de regalo.
- Venta de artículos textiles para el hogar.
- Venta de electrodomésticos y material eléctrico.
- Venta de flores y plantas.
- Venta de libros, artículos de papelería y escritorio.
- Venta de material fonográfico y videográfico (discos, casetes de audio y video, etc.).
- Venta de muebles.
- Venta de prendas confeccionadas para vestido y adorno, incluidas zapaterías, bordados, bisutería y similares.
- Venta de productos alimenticios sin manipulación, bebidas y tabaco, excepto carnicerías, casquerías, pescaderías, bares y cafeterías.

Oficinas: No superar los 250 m2 de superficie.
- Agencias de viaje.
- Clínicas veterinarias (consulta), sin radiología.
- Consultorios médicos sin hospitalización, radiología ni medicina nuclear.
- Dentistas, sin radiología.
- Despachos profesionales domésticos.
- Oficinas de administración.
- Oficinas de entidades financieras, de seguros, inmobiliarias y similares.
- Oficinas para alquiler de bienes y servicios en general.
- Oficinas privadas en general.
- Oficinas profesionales domésticas.
- Sedes de partidos políticos, organizaciones sindicales, profesionales, patronales, regionales, religiosas y similares, sin dotación de hostelería.

Uso Dotacional: No superar los 200 m2 de superficie.
- Academias, salvo baile, danza y música.
- Autoescuelas sin guarda de vehículos.
- Centros de culto.
- Centros de investigación sin repercusión medioambiental.
- Policlínica sin hospitalización, quirófanos, radiología ni medicina nuclear.
- Salas de exposiciones.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el momento que el interesado crea conveniente.

- Esta solicitud de Comunicación Previa, por triplicado, cumplimentada y firmada.

- La documentación indicada en la solicitud.

Concejalía de Actividades.
Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
Teléfonos: 91.605.24.72.
Fax: 91.698.18.13.
Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 1 Mes

Liquidación de Tasa: revisada la Declaración de la Base Imponible presentada, se envía por correo certificado.
Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.

Por cada Comunicación Previa tramitada:

· Tasa Expedición de Documentos de 7,41 €.
· Tasa Actividad: suma de tarifas, teniendo como base imponible:

a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:Hasta 50 m2: 418,99 €
Exceso 50 m2 a 100 m2: 6,28 €/m²
Exceso 100 m2, por cada m2: 3,15 €/m²

Reducciones: PYME que realice su asentamiento en el municipio de Parla ó amplíe las ya existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo.
Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota:
Entre 1 y 5 trabajadores: 30%
Entre 6 y 10 trabajadores: 40%
Más de 10 trabajadores: 50%
Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

Ampliación, disminución o modificación: la cuota se determinará en función de la nueva superficie afectada de acuerdo con las tarifas, si la superficie afectada es inferior a 50 m2, se aplicará una tarifa de 8,38 €/m2, abonándose en todo caso una cuota mínima de 209,50 €.

- Ley del Suelo.

- Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

- Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

- Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

- Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

- Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

- Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

Actividades
A petición del interesado

Si esta Comunicación Previa de Inicio de Actividad está relacionada con una o varias Licencias de Obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, con carácter previo a la apertura del establecimiento para la prestación de servicios indicados, en base a la documentación aportada, el que suscribe aporta sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el inicio de la actividad y efectúa la siguiente COMUNICACIÓN:

1.- Que dicha actividad no se encuentra exceptuada del ámbito de aplicación de la Ley 17/2009 recogido en su artículo 2.2.

2.- Que dispongo de la documentación que acredita el emplazamiento de la actividad para su control e inspección, que adjunto.

3.- Que me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuida la Administración actuante.

4.- Que en este tipo de actividad no se admite ningún tipo de cambio de titular.

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Una vez aportada la documentación exigida, los técnicos municipales girarán visita de comprobación de actividad, debiendo obrar en el local los elementos y documentos siguientes:

  • Cuadro eléctrico que constará al menos de: Interruptor general, Diferencial para alumbrado, y Diferencial para tomas de corriente.
  • Botiquín y dotación del mismo.
  • Contrato/Certificado de Contenedor cerrado y especial en servicios de señoras, no de pedal (en los casos que proceda).

Se considerarán caducadas las licencias y las tasas abonadas por la expedición de las mismas si, después de concedidas transcurren más de seis meses sin haberse producido la apertura de locales o establecimientos, o si después de haberse abiertos éstos, se diesen de baja como sujetos pasivos de cualquier otro tributo local que les gravase como tales locales o establecimientos.

Concejalía de Actividades

Política de Privacidad

a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y telemáticamente con Certificado Electrónico por Registro Electrónico en esta Sede Electrónica.

Descarga de documentos

Actividad-Comunicación Previa

Registro Electrónico


Oficinas de la administración

Ayuntamiento De Parla

P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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