Ayuntamiento de Palma de Mallorca

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    El interesado

    Para la solicitud del certificado de fin de obras que requieren proyecto técnico:

    • Impreso de solicitud
    • Certificado de final de obras y habitabilidad, original, expedido por la dirección facultativa, debidamente visado. (Art. 2, apartado b del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio).
    • Certificado de la Dirección Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de las Islas Baleares que acredite que se ha presentado en este organismo el boletín de instalación expedido por la empresa instaladora y/o, si procede, certificado del director de la obra que la instalación se ajusta al proyecto técnico (si procede).
    • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio (arte. 2.1 y 10.2 del Decreto 35/2001, de 9 de marzo, por el cual se establecen medidas reguladoras del uso y mantenimiento de los edificios) (si procede).
    • Fotografías en color del edificio, preferentemente en formato digital, o de medida 10 x 15 cm si son en papel; si el edificio tiene más de una fachada, fotografía de cada una.

    Para la solicitud del certificado de fin de obras que no requieren proyecto técnico:

    • Impreso de solicitud
    • Certificado del profesional de fin de obras
    • Fotografías en color del edificio, preferentemente en formato digital, o de medida 10 x 15 cm si son en papel; si el edificio tiene más de una fachada, fotografía de cada una.

    Presencialmente en cualquier OAC (Oficinas de Atención a la Ciudadanía)

    El plazo de tramitación es de 1 meses
    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.
    Alzada

    ¿Quién tramita la solicitud?
    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Av. de Gabriel Alomar, 18 baixos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8549

    Órgano resolutorio
    Consejo de Gerencia de Urbanismo

    Si la verificación por la Administración da como resultado que el formulario es incompleto o no se acompañan los documentos a los cuales se hace referencia expresa en la solicitud; conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se os formula requerimiento para qué en el plazo de 10 días se proceda a enmendar la carencia detectada o presentar los documentos señalados, con indicación de que no se iniciará la tramitación de la licencia de 1ª ocupación y/o utilización. Transcurrido el plazo otorgado sin que se cumplimente el requerimiento se procederá al archivo de la solicitud.

    Los datos de carácter personal que contiene el impreso pueden ser incluidas en un fichero para ser tratadas por parte de este órgano administrativo, como titular responsable de aquel, haciendo uso de las atribuciones propias con que cuenta y en el ámbito de sus competencias. Se informa, así mismo, de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; todo esto con arreglo a lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre).

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Licencia de primera ocupación

    Certificado del/de la profesional de fin de la obra

    Declaración responsable Técnico

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Interesado
    • Solicitud.
    • 4 copias del proyecto técnico
    • 1 estadística de la Edificación y Vivienda del Ministerio de Fomento.
    • 1 fotografía de la izquierda y 1 de la derecha de la fachada del solar, en la que aparezcan los edificios vecinos.
    • 1 presupuesto desglosado.
    • 1 ficha informativa.
    • Documento original y fotocopia de la acreditación de representación (en caso necesario).
    OAC (Registro).
    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa de Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO).
    Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso Concepto 312-00 y 282-00

    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Ley 6/ 1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
    • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955..
    • Normas de Ordenación del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTM).
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • Planes directores sectoriales vigentes.
    • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre.
    • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
    • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
    • Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Otra normativa aplicable según el caso.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada
    ¿Qué puede pasar si se llevan a cabo obras en situación de ilegalidad (sin licencia)? Se impondrán sanciones según la gravedad del incumplimiento normativo: demolición de las obras y restauración de la situación anterior, multas (éstas se calculan aplicando un porcentaje sobre el presupuesto que calculan los técnicos municipales en la inspección de las obras realizadas ilegalmente), o legalización en caso de que fuera posible.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud de licencia de obra (591 KB)

    Declaración responsable Técnico

    Nombramiento de empresa constructora

    Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )

    Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    El interesado
    • Solicitud.
    • Documentación explicativa de lo que se pretende pedir (fotomontaje, croquis, plano, fotografía).

    * También se pueden realizar consultas de forma presencial (sin aportar documentación en el Registro).

    Cualquier OAC (Registro).
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • Normativa general urbanística.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Cualquier persona.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada.
    Si la unidad técnica 'Centro Histórico' me contesta de manera positiva a la consulta que le he formulado, ¿el Ayuntamiento está obligado a otorgarme la licencia para la que solicité la consulta? No, ya que la resolución de 'Centro Histórico' no es vinculante, por lo que la respuesta afirmativa por su parte no implica la concesión de la licencia.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Declaración responsable Técnico

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    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    El interesado
    • Solicitud general.
    • Documentación acreditativa de la condición de interesado.
    Cualquier OAC (Registro)
    El plazo de tramitación es de 3 meses
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser interesados en el sentido del art. 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    Estimatorio
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada
    ¿En qué me puede beneficiar que se me considere 'interesado' en un procedimiento de concesión de licencia de obra? En que se le notificarán las resoluciones relacionadas con la concesión de la licencia y que podrá solicitar copia de los actos de trámite (informes técnicos, etc) relacionados con el procedimiento en cuestión.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Solicitud para participar en acciones formativas de PalmaActiva.
    Persona física

    La solicitud se hace electrónicamente. En el caso de ser necesario, un vez comprobada la información, se podrá solicitar al usuario, según el proyecto.

    Internet (sin certificado) a través de la página web de PalmaActiva

    Según el proyecto.
    • Reglamento de Régimen Interno: Organización y Funcionamiento.

    PalmaActiva. Centro de Formación
    C/ Gerreria, 8
    Teléfono de información: 900139138

    formacio@palmaactiva.com

    A petición de la persona interesada

    Edad laboral. Prioritariamente ciudadanos de Palma. Según el proyecto, otros requisitos.

    PalmaActiva. Centro de Formación
    C/ Gerreria, 8
    Teléfono de información: 900139138

    formacio@palmaactiva.com

    Desestimatorio
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    De reposición potestativo y contencioso administrativo.

    PalmaActiva realiza diferentes tipos de acciones formativas durante todo el año. Existen dos modalidades de solicitud de plaza en un curso: inscripciones directas y preinscripciones que precisan superar una selección.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Solicitud general exposición larga

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    PalmaActiva ofrece espacios municipales situados en el centro de Palma dirigidos a empresas de nueva creación o con menos de 3 años de alta fiscal.

    Se ofrecen 2 modalidades de espacios, cada una con unas dimensiones y unos precios propios:

    1. Locales a pie de calle, de 24m² a 70m², con precios que van desde 100€ y hasta 250€, con una bonificación del 50 % el primer año, 25 % al segundo año y 25 % potestativo al tercer año.

    2. Despachos en edificio de tres plantas, de 10m² a 18m², por precios que van desde 100 € hasta 175 €, con bonificación del 50 % el primer año, 25 % al segundo año y 25 % potestativo al tercer año.

    Encontraréis toda la información en la web de PalmaActiva

    Indiferente.

    PalmaActiva. Área Promoción Económica y Emprendedores. Servicio de Atención al Emprendedor

    C. Socors, 22

    Teléfono: 971 21 46 80

    Fax: 971 71 39 06

    Dirección electrónica: info@palmaactiva.com

    El plazo de tramitación es de 20 días

    Precio público aprobado por el Consejo Rector de PalmaActiva y ratificado por el Pleno municipal

    PalmaActiva
    A petición de la persona interesada

    Pueden acceder personas físicas o jurídicas con un plan de empresa, ya sean empresas de nueva creación como empresas que ya han iniciado la actividad con menos de 3 años de alta fiscal en el momento de presentación de la solicitud y que sus integrantes no hayan sido usuarios del centro de empresas.

    PalmaActiva
    Desestimatorio
    La resolución pone fin a la vía administrativa
    De reposición potestativo y contencioso administrativo

    Mediante este procedimiento se hace una cesión de espacio a cambio de un precio público.

    ¿Cual es el plazo de duración del contrato? La duración máxima de la cesión será de cinco años, tres de contrato y dos de prórroga.

    ¿Puede abandonar el emprendedor el local en cualquier momento antes de finalizar el contrato? Sí, con preaviso de un mes de antelación. Si no lo hiciera, se le descontaría la fianza constituida.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS:

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Más información

    Concurso de proyectos empresariales promovido por PalmaActiva que tiene como objetivos detectar nuevos proyectos empresariales y estimular su puesta en marcha, mejorar la capacitación de los futuros emprendedores/as, tutorizar y acompañar los proyectos participantes, fomentar el espíritu emprendedor y la cultura emprendedora a la ciudad de Palma.

    Encontraréis toda la información en la web de PalmaActiva

    Indiferente.

    Documentación exigida al inicio:

    • solicitud específica
    • DNI

    Documentación exigida en otras fases del procedimento:

    • plan de empresa (completo)

    PalmaActiva. Área Promoción Económica de Atención al Emprendedor

    Carrer Socors, 22

    Tel 971 21 46 80

    Dirección electrónica: sae@palmaactiva.com

    PalmaActiva. Área Promoción Económica de Atención al Emprendedor
    C. Socors, 22

    Dirección electrónica: sae@palmaactiva.com

    A petición de la persona interesada

    Pueden participar en el concurso las personas físicas mayores de edad siempre y cuando tengan residencia en Palma y prevean establecer en Palma su actividad.

    PalmaActiva. Área Promoción Económica de Atención al Emprendedor
    C. Socors, 22

    Dirección electrónica: sae@palmaactiva.com

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    ¿Además de presentar la documentación exigida para la convocatoria, es necesario algún otro requisito para poder optar al premio? Sí, es necesario asistir a unas jornadas de formación (mínimo de 80% de asistencia) relacionadas con la creacción de empresas. Estas jornadas son un complemento formativo, ya que posteriormente se tiene que entregar un plan de empresa.

    ¿Se puede presentar un proyecto que ya ha iniciado su actividad? Si, pueden participar aquellos proyectos iniciados como máximo durante los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

    ¿Cuando cobran el premio los ganadores? El 100% del premio se abonará en el momento de darse de alta como empresa, dentro de los seis meses siguientes a su otargamiento, a contar desde la fecha de la resolución, siempre que se demuestre la puesta en marcha efectiva del proyecto presentado con la declaración inicial de actividad fiscal y se acredite documentalmente tanto las titulaciones descritas en el CV como la experiencia profesional.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS:

    Plan de Empresa (modelo) y Plan económico-financiero.

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Concurso de ideas emprendedoras al ámbito de las TIC (base tecnológica) que promueve la Fundación Banesto dirigido a jóvenes entre 18 y 30 años. PalmaActiva es uno de los 33 centros YUZZ de ámbito local.

    Las personas seleccionadas dispondrán del apoyo necesario, así como el espacio y material adecuado durante el curso para el desarrollo de sus ideas o proyectos empresariales.

    Encontraréis toda la información en la web de PalmaActiva

    Jóvenes entre 18 y 30 años residentes en Palma con una idea de negocio de base tecnológica.

    Solicitud online

    PalmaActiva. Área Promoción Económica y Emprendedores. Servicio de Atención al Emprendedor.

    Carrer de Socors, 22

    Tel: 971 21 46 80

    Dirección electrónica: sae@palmaactiva.com

    Bases del programa

    Fundación Banesto y PalmaActiva. Área de Promoción Económica. Servicio de Atención al Emprendedor.

    A petición de la persona interesada

    Pueden participar en el concurso las personas físicas mayores de edad, hasta los 30 años, con residencia en Palma y cuando prevean establecer en Palma su actividad.

    Fundación Banesto y PalmaActiva. Área de Promoción Económica. Servicio de Atención al Emprendedor.

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    De reposición potestativo y contencioso administrativo.

    El jurado estará formado por miembros de la Fundación Banesto, Secot, Oficina Técnica y expertos del sector de las nuevas tecnologías. Los miembros del jurado valorarán todas las candidaturas presentadas y seleccionarán un máximo de 30 candidatos por convocatoria.

    Serán preseleccionados aquellos que obtengan la mayor puntuación en la valoración de los siguientes aspectos:

    Sobre el/la candidato/a:

    · Capacidad de comunicación y exposición de la idea.

    · Capacidad ejecutiva del candidato.

    · Trayectoria

    Sobre el proyecto:

    · Alto componente tecnológico e innovador.

    · Creatividad.

    · Potencial de crecimiento.

    · Oportunidad de mercado.

    Las persones candidatas que hayan sido preseleccionadas serán contactadas en el número de teléfono o e-mail que hayan indicado en el formulario de inscripción y se les convocará a una entrevista personal que permitirá al jurado seleccionar un máximo de 20 finalistas, según las ediciones del concurso. Los nombres de las persones finalistas serán publicados en la web del concurso http://www.yuzz.es/ y a estos se los comunicará de forma directa, por teléfono o email.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS:Solicitud online

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    PalmaActiva, con el objetivo de fomentar el empleo en Palma, pone al alcance de la ciudadanía una bolsa de trabajo que le permite el acceso a las ofertas de trabajo que se gestionan desde la Agencia de Colocación de esta entidad. El servicio de información y orientación laboral de PalmaActiva ofrece el asesoramiento y apoyo personalizado de un técnico de empleo a las personas que buscan trabajo.
    Persona física
    • Fotocopia del DNI.
    • Permiso de trabajo (si se requiere)

    La documentación se entregará en las oficinas de PalmaActiva

    C. del Socors, 22

    Tel. 900 139 138

    • Real Decreto 1796/2010, de 30 Diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación sin fines lucrativos y los servicios integrados para el empleo.

    PalmaActiva - Área de Ocupación.

    Oficinas:
    C/ Socors, 22

    Telèfon: 900 139 138
    Web: www.palmaactiva.es
    Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h. Lunes y miércoles de 8:30 a 17 h. (de 14:30 a 17 h nos encontrarás en el Centro de Recursos)
    Horario de verano (15 de junio a 15 de septiembre): de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h.

    A petición de la persona interesada
    Estar empadronado en Palma

    PalmaActiva - Área de Ocupación.

    Oficinas:
    C/ Socors, 22

    Telèfon: 900 139 138
    Web: www.palmaactiva.es
    Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h. Lunes y miércoles de 8:30 a 17 h. (de 14:30 a 17 h nos encontrarás en el Centro de Recursos)
    Horario de verano (15 de junio a 15 de septiembre): de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h.

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    Nueva inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
    Asociación
    • Solicitud específica.
    • Copia de los estatutos de la entidad adaptados a la ley 1/2002 o normas de funcionamiento vigentes.
    • Fotocopia del C.I.F.
    • Miembros y cargos de la Junta Directiva actual y teléfonos de contacto del presidente y secretario.
    • Certificado del secretario especificando el número de socios inscritos en el momento de hacer la solicitud.
    • Dirección social y teléfono de la entidad.
    • Dirección postal.
    • Memoria de Actividades (en caso de asociaciones que no sean de nueva creación).
    En cualquier OAC (Registro)
    El plazo de tramitación es de 1 meses
    UL>
  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • Reglamento orgánico de participación ciudadana, aprobado por acuerdo plenario de día 25 de noviembre de 2004 y publicado en el BOIB núm. 187 ext. de 31.12.04.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Participació Ciutadana.
    Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta).
    Tel: 971 22 59 02
    A petición de la persona interesada
    Asociación legalmente constituida y con los estatutos adaptados a la ley 1/2002 (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación).
    Participació Ciutadana.
    Pl. Sta Eulalia, 9 (3ª planta).
    Tel: 971 22 59 02
    Desestimatorio
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Reposición potestativo y Contencioso Administrativo
    En caso de que la entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas modifique sus datos (dirección, teléfono, miembros de la Junta...), deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Palma.
    • ¿Una asociación debe estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? La inscripción es voluntaria, pero comporta determinados beneficios.
    • ¿Para qué sirve la inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas? En primer lugar, la inscripción puede ser un requisito para poder optar a determinadas subvenciones. También permite la posibilidad de que la entidad inscrita participe en los Consejos de Distrito, en los Consejos de Área y en el Consejo Social de la Ciudad (órganos de participación ciudadana) siempre que tenga otorgada la declaración de utilidad publicomunicipal.
    • ¿La inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas es pernamente? No, la inscripción debe renovarse de forma anual.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud Nueva Inscripción RMEC 2019

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.