Ayuntamiento de Palma de Mallorca

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Persona física

    Documentación exigida al inicio:

    • Solicitud residente ORA y/o ACIRE o solicitud general.
    • DNI, NIE y pasaporte o permiso de residencia del solicitante.
    • Permiso de circulación del vehículo.
    • En el caso de aparcamientos, acreditación de la existencia del mismo (escritura, licencia del vado o contrato de alquiler). Cuando se trate de personas que sólo tienen autorización de uso además de acreditar la existencia del aparcamiento tendrán que aportar autorización escrita del propietario y fotocopia del DNI del autorizante.
    • En casos excepcionales, acreditación del caso en particular.

    Documentación exigida en otras fases del procedimento:

    • RENOVACIÓN: si no se han producido cambios se tiene que devolver la autorización caducada (tarjeta) y se comprobará que sigue existiendo el motivo que justificó la autorización inicial (titularidad o nueva autorización de uso del aparcamiento o acreditación del caso en particular).
    • CAMBIO DE VEHICULO: Se tiene que devolver la tarjeta del vehículo antiguo y aportar el permiso de circulación del vehiculo nuevo.
    • BAIXA: el interesado tiene que devolver la autorización.

    Plazo de tramitación:

    • Si se tramita en el Negociado de ORA-ACIRE y se cumplen los requisitos para obtenerla, se entrega en el mismo momento que se solicita.
    • También es posible solicitar la tarjeta en cualquier OAC pero el interesado deberá ir a recogerla al Negociado de ORA-ACIRE y el plazo de tramitación puede ser de hasta 3 meses.

    Negociado de ORA-ACIRE
    Av. de Sant Ferran (esq. con c. de Son Dameto)
    Edificio de la Policía Local, en la entrada, dentro de la Oficina de Atención a la Ciudadanía
    Horario: de lunes a viernes, de 08:30 a 13:30h
    Tel. 971 22 55 22 , ext. 1766 y 1767
    A/e: oraacire@palma.es

    Cualquier OAC (Registro)

    • Ordenanza Municipal de Circulación (art. 24 a 27 ACIRE y art. 29 a 35 peatonales).

    Negociado de ORA-ACIRE

    A petición de la persona interesada
    • Ser titular (propietario), arrendatario o estar autoritzado para el uso de un aparcamiento situado en una zona ACIRE o una zona peatonal de Palma.
    • En casos excepcionales, estar autorizado por el motivo concreto.

    Negociado de ORA-ACIRE

    No existen tasas ni impuestos,
    La tarjeta ACIRE para acceso a aparcamientos y casos excepcionales sólo permite circular por la zona ACIRE en la que esté situada el aparcamiento o el motivo de la autorización excepcional.

    El plazo de validez de la tarjeta (autorización) es de 5 años si se trata de propietarios de aparcamiento y de 2 años para otros casos excepcionales.

    Que se considera un caso excepcional? El motivo específico que justifica la necesidad de circular por una zona ACIRE: padres que van a recoger a sus hijos a guarderías u otras instituciones educativas situadas en zona ACIRE, colegios profesionales, personas que necesitan asistencia ...

    Con la tarjeta ACIRE de acceso a aparcamiento o por casos excepcionales puedo estacionar en la zona ACIRE? No, esta tarjeta sólo permite circular por la zona ACIRE en la que se encuentra el aparcamiento o el motivo que justifica el acceso.

    ¿Y con la tarjeta de zonas peatonales para acceso a aparcamientos puedo estacionar en las vias de las mismas? No, en ningún caso.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud residente ORA y/o ACIRE

    Solicitud general exposición breve

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Persona física

    Documentación exigida en el inicio del procedimiento:

    • Solicitud residente ORA y/o ACIRE o solicitud general.
    • DNI, NIE y pasaporte o permiso de residencia del solicitante.
    • Permiso de circulación del vehículo a nombre del solicitante.

    Documentación exigida en otras fases del procedimiento:

    • RENOVACIÓN: si no se han producido cambios se debe devolver la autorización caducada (tarjeta), se comprobará que sigue empadronado en la zona y se emite la nueva autorización.
    • CAMBIO DE VEHÍCULO: se debe devolver la tarjeta del vehículo antiguo, aportar el permiso de circulación del vehículo nuevo, se comprobará que sigue empadronado en la zona y se emitirá una nueva autorización.
    • BAJA: el interesado debe devolver la autorización.

    Plazo de tramitación

    • Si se tramita en el negociado de ORA-ACIRE y se cumplen todos los requisitos para obtenerla se entrega en el mismo momento de su solicitud.
    • También es posible solicitar la tarjeta en cualquier OAC pero el interesado deberá ir a recogerla al Negociado de ORA-ACIRE y el plazo de tramitación puede ser de hasta 3 meses.
    • Negociado de ORA-ACIRE.
      Avda. Sant Ferran (esquina con c. Son Dameto)
      Edificio de la Policía Local, en la entrada, dentro de la Oficina de Atención a la Ciudanía
      Horario: de lunes a viernes de 08:30 a 13:30 h.
      Teléfono: 971 22 55 22 /00 - ext. 1766, 1767 y 1770
      E-mail: oraacire@palma.es

    • Cualquier OAC (Registro)

    • Ordenanza Municipal de Circulación (art. 24 a 27 ACIRE y a art. 29 a 35 peatonales).

    Negociado de ORA-ACIRE.

    A petición de la persona interesada
    Persona fisica empadronada en una zona ACIRE o en una zona peatonal de Palma.

    Negociado de ORA-ACIRE.

    No existen tasas ni impuestos.
    El plazo de validez de la tarjeta (autorización) es de 5 años.

    ¿Con la tarjeta ACIRE para residentes puedo estacionar en la zona ACIRE? Si, pero deberá tener en cuenta que si estaciona en zona ORA, deberá poner un ticket de la ORA en el vehículo o pedir la tarjeta anual de la ORA para residentes (ambas opciones, con coste económico), además de las otras restricciones de la ORA.

    ¿Y con la tarjeta de zona peatonal para residentes, puedo estacionar en las vias de la misma? No, en ningún caso y está sujeta, respecto a la circulación, a restricciones de uso (Horarios)

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud residente ORA y/o ACIRE

    Solicitud general exposición breve

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Persona física
    • Solicitud general indicando lo que se pide.
    • Dos (2) fotografías del adquirente (tamaño carnet).
    • Copia del correspondiente permiso de conducción de automóviles de la clase B (los aspirantes quedan eximidos de acreditar conocimientos nominalmente relacionados con el Código de la Circulación), según el Decreto núm 15355 de 10 septiembre de 2.014, publicado en el BOIB núm 127 de 20 de Septiembre de 2.014.
    • Certificado médico de no padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.
    • Acreditación del pago de la tasa.

    Presentar la solicitud en cualquier OAC (Registro)

    Recoger el Permiso en la Sección de Transportes.

    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa de examen fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso en el concepto 311,04

    Lugar de Pago en cualquier OAC o mediante autoliquidación expedida en el momento de formular la solicitud.

    • Reglamento municipal del servicio de transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal con conductor (Galeras).

    Sección de Transportes.
    Avda. Sant Ferran (angular con C/ Son Dameto).
    Edificio de la Policía Local.
    Teléfono: 971 22 55 22

    Fax: 971 28 25 65
    E-mail: transit@palma.es

    A petición de la persona interesada
    • Ser vecino de Palma, figurando en el Padrón.
    • No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni minusvalía que impida el ejercicio de la conducción, todo ello acreditado mediante certificación médica.
    • No haber sido sancionado con retirada de permiso de conducción o como consecuencia de la práctica de la conducción sin permiso habilitante, durante los cinco años anteriores.
    • El interesado debe someterse a una prueba de aptitud (examen) determinada en el art. 19 del vigente Reglamento municipal de Galeras.

    Sección de Transportes.
    Avda. Sant Ferran (angular con C/ Son Dameto).
    Edificio de la Policía Local.
    Teléfono: 971 22 55 22

    Fax: 971 28 25 65
    E-mail: transit@palma.es

    Desestimatorio
    La resolución pone fin a la vía administrativa
    Reposición potestativo y Contencioso Administrativo.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Solicitud general exposición larga

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Persona física

    Documentación exigida en el inicio:

    • Solicitud de tarjeta municipal de carga y descarga.
    • DNI del titular (en caso de persona física) o del representante de la entidad (en caso de persona jurídica).
    • Escritura en la que conste la representación (persona jurídica).
    • Permiso de circulación del vehículo.
    • Ficha técnica del vehículo por la dos caras, a fin de comprobar que está al corriente de la ITV (Inspección Técnica de Vehículos).
    • Último recibo del impuesto de circulación.
    • Recibo pagado del impuesto de actividades económicas (IAE) del último ejercicio; en caso de estar exento del pago del impuesto, se deberá presentar un certificado de Hacienda de estar de alta en el IAE para el ejercicio correspondiente o autorización para que el Ayuntamiento pueda consultar los datos fiscales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del ejercicio actual a efectos de la obtención de la tarjeta municipal de carga y descarga.
    • Contrato de renting/leasing específico, si el vehículo esta arrendado con este tipo de modalidades.

    Documentación exigida en otras fases del procedimiento:

    -RENOVACIÓN:

    Si no se han producido cambios, se tiene que devolver la autorización caducada (tarjeta), aportar el último recibo pagado del IAE; en caso de estar exento del pago del impuesto, el certificado del IAE del ejercicio en que tiene que renovarse o autorización para que el Ayuntamiento pueda consultar los datos fiscales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del ejercicio actual a efectos de la renovación de la tarjeta municipal de carga y descarga, el Impuesto de Circulación del ejercicio de la renovación y la ficha técnica con la revisión de la ITV actualizada.

    -CAMBIO DE VEHÍCULO:

    Se debe devolver la tarjeta del vehículo antiguo, aportar documentación del vehículo nuevo y el último recibo pagado del IAE; en caso de estar exento del pago del impuesto, el certificado del IAE del ejercicio en que tiene que se solicita el cambio o autorización para que el Ayuntamiento pueda consultar los datos fiscales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del ejercicio actual a efectos de la obtención de la tarjeta municipal de carga y descarga.

    -BAJA: El interesado debe devolver la autorización.

    Plazo de tramitación

    Si se tramita en el Negociado de ORA-ACIRE y se cumplen todos los requisitos para obtenerla se entrega en el mismo momento de su solicitud.
    También es posible solicitar la tarjeta en cualquier OAC pero el interesado deberá ir a recogerla al Negociado de ORA-ACIRE y el plazo de tramitación puede ser de hasta 3 meses.

    • Negociado de ORA-ACIRE
      Av. Sant Ferran (esquina con c. Son Dameto)
      Edificio de la Policía Local, en la entrada dentro de la Oficina de Atención a la Ciudadanía
      Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas
      Teléfonos: 971 22 55 22 / 00 - ext. 1765 y 1766
      Fax: 971 28 25 65
      Correo electrónico: oraacire@palma.es
    • Cualquier OAC (Registro)

    Ordenanza municipal de circulación (art. 44)

    Negociado de ORA-ACIRE
    A petición de la persona interesada

    Persona física o jurídica, titular de un vehículo de hasta 3500 kg de MMA o PMA catalogado para el transporte de mercancías, y que desarrolla una actividad económica que está en activo.

    Negociado de ORA-ACIRE

    Esta tarjeta está limitada a vehículos de hasta 3500 kgde MMA o PMA.

    A partir de 3501 kg tienen que solicitar la tarjeta en el Gobierno de las Islas Baleares

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud tarjeta municipal de carga y descarga

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Indiferente
    • Solicitud general.
    • Acreditación del pago de la tasa.
    Cualquier OAC (Registro)
    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa de servicio de señalización viaria fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso, Concepto 312-01
    Si la pintura se ha borrado por motivo de obras en la calle de EMAYA, GESA, etc... no paga tasa. Se puede solicitar el repintado por teléfono: 971 76 48 00 (SACOV - Servei d'Accessibilitat de Control d'Obres Viàries) o al 010.
    Sí se paga tasa cuando la pintura se ha borrado por el paso del tiempo.Se tiene que solicitar por escrito a Movilidad con el pago de la correspondiente tasa.
    Cuando solicitan cambio de placa de vado antigua (anterior al año 2002), por la de nuevo formato y al mismo tiempo también solicitan repintado, este repintatdo es gratuito (sólo en este caso).

    • Ordenanza Municipal de Circulación.
    • Ordenanza Municipal Fiscal.

    Sección de Circulación.
    Avda. Sant Ferran (angular con C/ Son Dameto).
    Edificio de la Policía Local (2ª planta).
    Teléfono: 971 22 55 22

    Fax: 971 28 25 65
    E-mail: mobilitat@palma.cat

    A petición de la persona interesada
    Titular de la licencia de vado

    Sección de Circulación.
    Avda. Sant Ferran (angular con C/ Son Dameto).
    Edificio de la Policía Local (2ª planta).
    Teléfono: 971 22 55 22

    Fax: 971 28 25 65
    E-mail: mobilitat@palma.cat

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Solicitud general exposición larga

  • Descripción

    ¿Dónde solicitarlo?

    Precio y forma de pago

    Requisitos

    Pago de expedientes de multas en el plazo de 20 días naturales desde la denuncia o desde la notificación con tarjeta de crédito o banca electrónica.

    Pago con boletines de denuncia manual de Policía Local clicar aquí

    Pago con boletines de ORA y multas notificadas clicar aquí

    Transcurridos quince días desde el pago, se puede pedir un justificante (certificado) del mismo para cualquier gestión en la siguiente oficina:

    • Sección de Recaudación Voluntaria, de la plaza de Santa Eulàlia, 9, 1º

    Se puede realizar el pago con cualquier tarjeta, de crédito o débito.

    ¿Hasta cuándo se puede pagar por Internet?

    Hasta 20 días naturales desde la fecha de la denuncia o desde la fecha de la notificación.

    Disponer de tarjeta bancaria

  • Descripción

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    Observaciones

    Aportar los datos del conductor responsable de una infracción de tráfico, obligación recogida en el artículo 11 de la Ley de tráfico

    Si el conductor identificado no consta inscrito en el registro de conductores de la DGT, debe aportar una copia de la autorización administrativa que le habilita a conducir en España.
    Si es una empresa de alquiler, debe aportar el contrato de alquiler.

    Por Internet

    1. Sin firma electrónica en este enlace: https://identificacioconductor.palma.cat

    2. Con firma electrónica en este enlace: Solicitud genérica, adjuntando el documento de solicitud de identificación del conductor

    El plazo de tramitación es de 20 días

    Artículo 11,1 a) del RDL 6/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley de tráfico.

    Trámite con/sin certificado

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud de identificación de conductor de un expediente por denuncia de tráfico

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    Más información

    La persona que sea la consumidora final del bien o servicio y sea residente en el municipio de Palma.

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas
    • Hoja de reclamación, denuncia o queja (rellenado).
    • Documento justificativo de la relación comercial (presupuesto, ticket, factura...).

    Presencial:

    OMIC (Oficina Municipal d'Informació al Consumidor)
    Plaça de l'Olivar, 4 (baixos). 07002 Palma

    Por Internet:

    Haz Clic aquí para iniciar la queja

    El plazo de tramitación es de 2 meses
    • Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
    • Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Islas Baleares (BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014)
    • Normativa específica según consulta.

    Oficina Municipal de Información al Consumidor
    Plaza del Olivar, 4

    Teléfono: 971 72 46 50

    Fax: 971 72 02 70
    Mail: omic@palma.es
    Web: http://omic.palma.es

    A petición de la persona interesada

    La petición de iniciación puede ser realizada por la persona que resulte ser el consumidor final del bien adquirido a una empresa o el servicio prestado por un profesional. El consumidor debe ser residente en Palma, y aportar los documentos justificativos de su queja, reclamación o denuncia.

    Oficina Municipal de Información al Consumidor
    Plaza del Olivar, 4

    Teléfono: 971 72 46 50

    Fax: 971 72 02 70
    Mail: omic@palma.es
    Web: http://omic.palma.es

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    Carta de compromisos

    Carta de compromisos de la OMIC

    Quiero poner una queja sobre una compra que realicé en Palma, pero resido en otro municipio, ¿puedo acudir a la OMIC de Palma? No, ya que la OMIC sólo puede atender a consumidores residentes en Palma, pero puede informar del organismo competente en cada caso.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Hoja de reclamación, denuncia o queja -OMIC-

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Persona física, persona jurídica, asociaciones...
    • Solicitud.
    • 2 copias del proyecto técnico básico (no es necesario que vayan visados), si procede
    • Cuestionario de estadística de la Edificación y Vivienda del Ministerio de Fomento.
    • Una fotografía de la izquierda y una de la derecha de la fachada del solar, en la cual aparezcan los edificios vecinos.
    • Ficha informativa
    • Documento original y fotocopia de la acreditación de representación (en caso necesario).
    • Autorizaciones previas vinculantes

    PARA OBRAS QUE NO REQUIEREN PROYECTO TÉCNICO:

    • Plano de situación
    • Presupuesto desglosado
    • ficha informativa
    Cualquier OAC (Registro).
    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO).
    La cuantía de la tasa y del impuesto está fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso Concepto 312-00 y Concepto 282-00

    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones.
    • Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística en la CAIB (BOIB nº 141 de 17/11/1990).
    • Ley 6/ 1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
    • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
    • Normas de Ordenación del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTM).
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • Planes directores sectoriales vigentes.
    • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre.
    • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
    • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
    • Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca (BOIB nº. 171 de fecha 15-11-2005).
    • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
    • Otra normativa aplicable según el caso.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada.

    Este procedimiento engloba las obras mayores de nueva construcción, de reforma o ampliación, de demolición y de modificación.

    En caso de no contestación por parte de la Administración, se puede pedir un certificado que acredite la obtención de la licencia por silencio administrativo.

    Sin perjuicio de lo que disponga la normativa sectorial, no se entenderán otorgadas por falta de resolución expresa las solicitudes de autorización o licencia el contenido de las cuales sea contrario al ordenamiento jurídico ni las relativas a la utilización o la ocupación de bienes del dominio público local.

    ¿Qué puedo hacer para conocer el estado de tramitación de mi expediente? Ponerse en contacto con el departamento de obras y calidad de la edificación (ver datos de contacto).

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud de licencia de obra (591 KB)

    Declaración responsable Técnico

    Nombramiento de empresa constructora

    Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )

    Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)

    Información pago fianza CIM (353 KB)

    Nuevas instrucciones depósito fianza y tasa CIM

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    El interesado
    • Solicitud.
    • Proyecto.
    Cualquier OAC (Registro).
    El plazo de tramitación es de 3 meses
    • Tasa de Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO).
    • Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso Concepto 312-00 y Concepto 282-00
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    • Ley 6/98, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones.
    • Ley 10/90, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística en la CAIB (BOIB nº 141 de 17/11/1990).
    • Ley 6/ 1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
    • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprovado por Decreto de 17 de junio de 1955.
    • Normas de Ordenación del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTM).
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre.
    • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
    • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
    • Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (BOE núm. 176, de 23-07-1960), modificada por Ley 8/1999 de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
    • Otra normativa aplicable según el caso.

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    A petición de la persona interesada
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    No aplica
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    Alzada
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