Persona física |
Documentación exigida al inicio:
Documentación exigida en otras fases del procedimento:
Plazo de tramitación:
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Negociado de ORA-ACIRE Cualquier OAC (Registro) |
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Negociado de ORA-ACIRE |
A petición de la persona interesada |
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Negociado de ORA-ACIRE |
No existen tasas ni impuestos, El plazo de validez de la tarjeta (autorización) es de 5 años si se trata de propietarios de aparcamiento y de 2 años para otros casos excepcionales. |
Que se considera un caso excepcional? El motivo específico que justifica la necesidad de circular por una zona ACIRE: padres que van a recoger a sus hijos a guarderías u otras instituciones educativas situadas en zona ACIRE, colegios profesionales, personas que necesitan asistencia ... Con la tarjeta ACIRE de acceso a aparcamiento o por casos excepcionales puedo estacionar en la zona ACIRE? No, esta tarjeta sólo permite circular por la zona ACIRE en la que se encuentra el aparcamiento o el motivo que justifica el acceso. ¿Y con la tarjeta de zonas peatonales para acceso a aparcamientos puedo estacionar en las vias de las mismas? No, en ningún caso. |
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Solicitud residente ORA y/o ACIRE
Persona física |
Documentación exigida en el inicio del procedimiento:
Documentación exigida en otras fases del procedimiento:
Plazo de tramitación
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Negociado de ORA-ACIRE. |
A petición de la persona interesada |
Persona fisica empadronada en una zona ACIRE o en una zona peatonal de Palma. |
Negociado de ORA-ACIRE. |
No existen tasas ni impuestos. |
¿Con la tarjeta ACIRE para residentes puedo estacionar en la zona ACIRE? Si, pero deberá tener en cuenta que si estaciona en zona ORA, deberá poner un ticket de la ORA en el vehículo o pedir la tarjeta anual de la ORA para residentes (ambas opciones, con coste económico), además de las otras restricciones de la ORA. ¿Y con la tarjeta de zona peatonal para residentes, puedo estacionar en las vias de la misma? No, en ningún caso y está sujeta, respecto a la circulación, a restricciones de uso (Horarios) |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud residente ORA y/o ACIRE
Persona física |
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Presentar la solicitud en cualquier OAC (Registro) Recoger el Permiso en la Sección de Transportes. |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Tasa de examen fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso en el concepto 311,04 Lugar de Pago en cualquier OAC o mediante autoliquidación expedida en el momento de formular la solicitud. |
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Sección de Transportes. Fax: 971 28 25 65 |
A petición de la persona interesada |
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Sección de Transportes. Fax: 971 28 25 65 |
Desestimatorio |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Reposición potestativo y Contencioso Administrativo. |
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Solicitud general exposición breve
Persona física |
Documentación exigida en el inicio:
Documentación exigida en otras fases del procedimiento: -RENOVACIÓN: Si no se han producido cambios, se tiene que devolver la autorización caducada (tarjeta), aportar el último recibo pagado del IAE; en caso de estar exento del pago del impuesto, el certificado del IAE del ejercicio en que tiene que renovarse o autorización para que el Ayuntamiento pueda consultar los datos fiscales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del ejercicio actual a efectos de la renovación de la tarjeta municipal de carga y descarga, el Impuesto de Circulación del ejercicio de la renovación y la ficha técnica con la revisión de la ITV actualizada. -CAMBIO DE VEHÍCULO: Se debe devolver la tarjeta del vehículo antiguo, aportar documentación del vehículo nuevo y el último recibo pagado del IAE; en caso de estar exento del pago del impuesto, el certificado del IAE del ejercicio en que tiene que se solicita el cambio o autorización para que el Ayuntamiento pueda consultar los datos fiscales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) del ejercicio actual a efectos de la obtención de la tarjeta municipal de carga y descarga. -BAJA: El interesado debe devolver la autorización. Plazo de tramitación Si se tramita en el Negociado de ORA-ACIRE y se cumplen todos los requisitos para obtenerla se entrega en el mismo momento de su solicitud. |
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Ordenanza municipal de circulación (art. 44) |
Negociado de ORA-ACIRE |
A petición de la persona interesada |
Persona física o jurídica, titular de un vehículo de hasta 3500 kg de MMA o PMA catalogado para el transporte de mercancías, y que desarrolla una actividad económica que está en activo. |
Negociado de ORA-ACIRE |
Esta tarjeta está limitada a vehículos de hasta 3500 kgde MMA o PMA. A partir de 3501 kg tienen que solicitar la tarjeta en el Gobierno de las Islas Baleares |
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Indiferente |
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Cualquier OAC (Registro) |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Tasa de servicio de señalización viaria fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso, Concepto 312-01 |
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Sección de Circulación. Fax: 971 28 25 65 |
A petición de la persona interesada |
Titular de la licencia de vado |
Sección de Circulación. Fax: 971 28 25 65 |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
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Solicitud general exposición breve
Pago de expedientes de multas en el plazo de 20 días naturales desde la denuncia o desde la notificación con tarjeta de crédito o banca electrónica. Pago con boletines de denuncia manual de Policía Local clicar aquíPago con boletines de ORA y multas notificadas clicar aquí |
Transcurridos quince días desde el pago, se puede pedir un justificante (certificado) del mismo para cualquier gestión en la siguiente oficina:
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Se puede realizar el pago con cualquier tarjeta, de crédito o débito. ¿Hasta cuándo se puede pagar por Internet? Hasta 20 días naturales desde la fecha de la denuncia o desde la fecha de la notificación. |
Disponer de tarjeta bancaria |
Aportar los datos del conductor responsable de una infracción de tráfico, obligación recogida en el artículo 11 de la Ley de tráfico |
Si el conductor identificado no consta inscrito en el registro de conductores de la DGT, debe aportar una copia de la autorización administrativa que le habilita a conducir en España. |
Por Internet 1. Sin firma electrónica en este enlace: https://identificacioconductor.palma.cat 2. Con firma electrónica en este enlace: Solicitud genérica, adjuntando el documento de solicitud de identificación del conductor |
El plazo de tramitación es de 20 días |
Artículo 11,1 a) del RDL 6/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley de tráfico. |
Trámite con/sin certificado |
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Solicitud de identificación de conductor de un expediente por denuncia de tráfico
La persona que sea la consumidora final del bien o servicio y sea residente en el municipio de Palma. |
De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas |
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Presencial: OMIC (Oficina Municipal d'Informació al Consumidor) Por Internet: Haz Clic aquí para iniciar la queja |
El plazo de tramitación es de 2 meses |
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Oficina Municipal de Información al Consumidor Teléfono: 971 72 46 50 Fax: 971 72 02 70 |
A petición de la persona interesada |
La petición de iniciación puede ser realizada por la persona que resulte ser el consumidor final del bien adquirido a una empresa o el servicio prestado por un profesional. El consumidor debe ser residente en Palma, y aportar los documentos justificativos de su queja, reclamación o denuncia. |
Oficina Municipal de Información al Consumidor Teléfono: 971 72 46 50 Fax: 971 72 02 70 |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Carta de compromisos |
Quiero poner una queja sobre una compra que realicé en Palma, pero resido en otro municipio, ¿puedo acudir a la OMIC de Palma? No, ya que la OMIC sólo puede atender a consumidores residentes en Palma, pero puede informar del organismo competente en cada caso. |
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Persona física, persona jurídica, asociaciones... |
PARA OBRAS QUE NO REQUIEREN PROYECTO TÉCNICO:
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Cualquier OAC (Registro). |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO). |
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Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
A petición de la persona interesada |
Ser el representante, en caso de empresa o asociación. |
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Alzada. |
Este procedimiento engloba las obras mayores de nueva construcción, de reforma o ampliación, de demolición y de modificación. En caso de no contestación por parte de la Administración, se puede pedir un certificado que acredite la obtención de la licencia por silencio administrativo. Sin perjuicio de lo que disponga la normativa sectorial, no se entenderán otorgadas por falta de resolución expresa las solicitudes de autorización o licencia el contenido de las cuales sea contrario al ordenamiento jurídico ni las relativas a la utilización o la ocupación de bienes del dominio público local. ¿Qué puedo hacer para conocer el estado de tramitación de mi expediente? Ponerse en contacto con el departamento de obras y calidad de la edificación (ver datos de contacto). |
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Solicitud de licencia de obra (591 KB)
Declaración responsable Técnico
Nombramiento de empresa constructora
Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )
Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)
Información pago fianza CIM (353 KB)
El interesado |
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Cualquier OAC (Registro). |
El plazo de tramitación es de 3 meses |
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Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
A petición de la persona interesada |
Ser el representante, en caso de empresa o asociación. |
Departamento de Obras y Calidad de la Edificación |
No aplica |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Alzada |
Este procedimiento puede presentarse solo, con el proyecto de ejecución o con el proyecto básico. |
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Solicitud general exposición breve