Ayuntamiento de Murcia

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    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Solicitud de Autorización de Libre Uso de Instalaciones Deportivas para entrenamientos y competiciones de Clubes deportivos en competiciones federadas de ámbito nacional

    Tramitación

    • Teléfono
    • Presencial

    A través del Teléfono municipal de Información Ciudadana, 010.

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Asociaciones y Clubes deportivos que participan en competiciones deportivas federadas de ámbito nacional.

    Documentación relacionada

    La expresamente indicada en las Bases establecidas a tal fin.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se inicia mediante solicitud de los interesados, a través del impreso confeccionado al efecto, acompañando la documentación que acredita el cumplimiento de todos y cada unos de los requisitos establecidos a tal fin.

    Plazo de presentación: En el plazo máximo de 3 meses desde el inicio de la temporada deportiva correspondiente.

    Coste y forma de pago

    Gratuito.

    Plazo de resolución

    3 meses, Art. 21.3 de la Ley 39/2015

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Unidad Administrativa/Servicio de Deportes.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Deportes y Salud.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    • Recurso de reposición.
    • Recurso contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    • Recurso de Reposición ante el órgano que dictó la Resolución.
    • Recurso contencioso-administrativo ante el Organo competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.


    Plazo de presentación

    • Recurso de reposición, en el plazo de 1 mes desde la notificación.
    • Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses desde la notificación

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Proporcionar "libre uso" de Instalaciones Deportivas a equipos para entrenamientos y disputa de competiciones federadas de ámbito nacional que acrediten el cumplimiento de los requisitos estipulados en las Bases establecidas al efecto por acuerdo de Junta de Gobierno de 25/10/2012.

    Requisitos de solicitud

    1. Tener la sede social de la Entidad en el término municipal de Murcia.
    2. Desarrollar la actividad deportiva en el término municipal de Murcia.
    3. Disponer de un espacio deportivo municipal de Murcia, adjudicado para la Temporada Deportiva mediante la Convocatoria Anual de Reserva de Instalaciones Deportivas.
    4. Acreditar que la Entidad beneficiaria mantiene equipo en competición federada regular de ámbito nacional.

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    Instancia General

    Se trata del ejercicio de la venta ambulante realizado fuera del establecimiento comercial permanente, los productos contemplados en el art. 2,1 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante, en las vías, parques, plazas públicas, previo informe técnico favorable que lo determine.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Interesados en el ejercicio de la venta ambulante realizado fuera del establecimiento comercial permanente.

    Documentación relacionada

    • Documento acreditativo de estar dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social.
    • Documento que acredite estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E.
    • En cuanto al personal manipulador de alimentos, disponer de la formación continuada anual, en materia de higiene alimentaria.
    • Justificante de ingreso de la tasa por expedición de documentación, según Ordenanza Fiscal reguladora, art. 1.1., a nombre del beneficiario, de 44,90 €.
    • Seguro de Responsabilidad Civil vigente.
    • Ficha técnica del vehículo remolque.
    • Autorización de la Dirección General de Salud de la Comunidad Autónoma certificado de idoneidad de las instalaciones destinadas a la venta (Decreto 172/95, de 22 noviembre, BORM 7/12/95)

    Forma de inicio

    Solicitud presentada por el interesado de cualquiera de las formas contempladas en el Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Coste y forma de pago

    Tasa por expedición de documentos administrativos y tasa correspondiente por aplicación al art. 22.2.2 y 3 de la ordenanza fiscal por el que se impone el sistema de autoliquidación mediante carta de pago.

    Plazo de resolución

    Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24, Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos

    Órgano de resolución

    Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de abastos

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
    Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes.
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ordenanza de Plazas y Mercados del Ayuntamiento de Murcia.
    • Ley 3/2014 de 2 de julio de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Concesión de venta ambulante en la vía pública.

    Requisitos de solicitud

    Temporal: ante la acción mínima de un mes con respecto a la fecha prevista para la actividad.
    Las actividades de venta ambulante adoptarán las modalidades reguladas en el art. 2,11 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante en el Término Municipal de Murcia.

    Plazo de presentación

    Las solicitudes deberán presentarse con una antelación mínima suficiente y nunca inferior a un mes del comienzo de la activida.

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    Instancia General

    Solicitud para la Baja y/o Cese como miembro de la Agrupación de voluntariado de Protección Civil del Ayuntamiento de Murcia.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas.

    Documentación relacionada

    Hoja de solicitud debidamente firmada y fechada, con indicación de Baja Temporal o Cese Definitivo y causa.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se inicia por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento.
    Una vez presentada la solicitud, el Servicio de protección Civil la tramitará a la Agrupación de Voluntariado que acordará la Baja o Temporal o Cese definitivo y notificará al interesado.
    Acordada la baja y notificada al interesado, éste procederá a la devolución de la documentación de identidad, distintivos, uniformidad, equipo y material que le haya sido entregado.

    Coste y forma de pago

    Gratuito.

    Plazo de resolución

    Tres meses (Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 Ley 39/2015 de 1 de octubre)

    Órganos Competentes

    Servicio de Protección Civil.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
    Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes.
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • “Normas de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Excmo. Ayuntamiento de Murcia” aprobadas en Comisión de Gobierno el 26 de junio de 2002 publicadas en el BORM nº 167 de 20 de julio de 2002.
    • Ley 5/2004, de 22 de octubre, del voluntariado en la Región de Murcia.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre de PAC.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    El objeto de la Solicitud de Baja o Cese en el Voluntariado de Protección Civil es realizar la petición expresa y escrita por el interesado para dejar de formar parte de la Agrupación de Voluntariado de Protección Civil del Ayuntamiento de Murcia, bien sea por un tiempo indeterminado o bien sea cese de forma permanente.

    Requisitos de solicitud

    Indicación expresa de solicitud de “Baja temporal” o “Cese definitivo”.
    Indicación de la causa por la que solicita la Baja.

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    Instancia General

    Normas Reguladoras del Precio Público por prestación de servicios y alquiler de Instalaciones Deportivas Municipales.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Usuarios de instalaciones y/o servicios deportivos

    Documentación relacionada

    La expresamente indicada al efecto en las Normas Reguladoras del Precio Público.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se inicia mediante solicitud de los interesados, a través del impreso confeccionado al efecto, acompañando los documentos acreditativos, en su caso.

    Coste y forma de pago

    La diferencia de precio público correspondiente previamente abonado, si procede (Tarifas BORM de 15/11/2012)

    Plazo de resolución

    3 meses (Art. 21.3. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Deportes.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Deportes y Salud.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición.
    Reclamación económico-administrativa.
    Recurso contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición ante la Agencia Municipal Tributaria.

    Reclamación económico-administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo.

    Recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


    Plazo de presentación

    • Recurso de reposición, en el plazo de 1 mes desde la notificación.
    • Reclamación económico-administrativa, previa al Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 1 mes desde la notificación.
    • Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses desde la notificación.

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Normas Reguladoras del Precio Público por prestación de servicios y alquiler de Instalaciones Deportivas Municipales de Murcia.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Devolución de precios abonados por usuarios por diferentes razones de cambio de actividad, horario, turno o instalación deportiva, o por no continuar haciendo uso de las instalaciones y/o servicios deportivos por los que abonó el precio público estipulado.

    Requisitos de solicitud

    1. Solicitud de devolución.
    2. Motivación de la petición.
    3. Código IBAN para la eventual devolución que corresponda mediante transferencia bancaria.

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    Instancia General

    Informe por la intervención del servicio de Bomberos.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas y Entidades Jurídicas

    Forma de inicio

    Por medio de una solicitud dirigida al Registro General de Entrada de esta Ayuntamiento.

    Coste y forma de pago

    Tasa municipal 1.1. Ordenza de por expedición de documentos administrativo Informes solicitados por los particulares al Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (Art. 10)

    Plazo de resolución

    3 meses. Artículo 21.3 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (S.E.I.S.)

    Órgano de resolución

    Teniente de Alcalde Delegada de Tráfico, Seguridad y Protección Ciudadana.

    Ordenanza del Ayuntamiento de Murcia reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos y participación en procesos selectivos. Artículo 10.- Epígrafe 3º.- Emisión de informes por la Policía Local o el Servicio de Extinción de Incendios.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Obtener información sobre las intervenciones del servicio de Bomberos.

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    Instancia General

    Bases del programa municipal de Deportes en Edad Escolar durante el Curso docente

    Tramitación

    • Teléfono
    • Presencial

    A través del Teléfono municipal de Información Ciudadana, 010.

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Centros docentes o Entidades del término municipal de Murcia.

    Documentación relacionada

    La expresamente indicada en las Bases establecidas a tal fin.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se inicia de oficio, por acuerdo del órgano competente, estableciendo las Bases para la admisión de solicitudes de las Entidades interesadas en participar en el programa municipal de Deporte en Edad Escolar.

    Coste y forma de pago

    Gratuito.

    Plazo de resolución

    3 meses, Art. 21.3 de la Ley 39/2015.

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Deportes.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Deportes y Salud.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición.
    Recurso contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Recurso de Reposición ante el órgano que dictó la Resolución.
    Recurso contencioso-administrativo ante el Organo competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.


    Plazo de presentación:

    Recurso de reposición, en el plazo de 1 mes desde la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses desde la notificación.

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Bases de la Convocatoria del Programa Municipal de Deporte en Edad Escolar en cada Curso docente.
    • Bases de la Convocatoria regional del Programa de Deporte en Edad escolar en el Curso docente correspondiente.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Participación en el programa municipal orientado a alumnos de centros docentes y deportistas en edad escolar de clubes deportivos del término municipal de Murcia.

    Requisitos de solicitud

    1. Centro docente o Entidad del término municipal de Murcia.
    2. Cumplimentar el impreso de participación en las actividades del programa municipal de Deporte en Edad Escolar.

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    Instancia General

    Bases del programa municipal de Natación Escolar durante el Curso docente.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Centro docente del término municipal de Murcia.

    Documentación relacionada

    La expresamente indicada en las Bases establecidas a tal fin.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se inicia de oficio, por acuerdo del órgano competente, estableciendo las Bases para la admisión de solicitudes de las Entidades interesadas en participar en el programa municipal de Natación Escolar.

    Coste y forma de pago

    Precios Públicos por prestación de servicios y alquiler de instalaciones deportivas municipales de Murcia. Actividades Acuáticas-Código K.1. Natación Escolar, 1 sesión/semana por alumno 3,30 € (BORM de 15/11/2012)

    Plazo de resolución

    El establecido en las Bases de la Convocatoria.

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Deportes.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Deportes y Salud.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición.
    Recurso contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Recurso de Reposición ante el órgano que dictó la Resolución.
    Recurso contencioso-administrativo ante el Organo competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia.


    Plazo de presentación:

    Recurso de reposición, en el plazo de 1 mes desde la notificación.
    Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses desde la notificación.

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Bases de la Convocatoria del Programa Municipal de Natación Escolar en cada Curso docente.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Participación en el programa municipal de Natación Escolar orientado a alumnos de centros docentes del término municipal de Murcia.

    Requisitos de solicitud

    1. Centro docente del término municipal de Murcia.
    2. Cumplimentar el impreso de solicitud para la obtención de reserva en el Programa de Natación Escolar.

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    Instancia General

    La concesión y explotación de los Huertos de Ocio municipales para cultivos sin ánimo de lucro, conjugando los beneficios sociales de este tipo de huertos, con los beneficios ambientales y patrimoniales que representa la conservación de variedades locales en peligro de extinción y mantenimiento de un agroecosistema de gran interés como es la Huerta Antigua de Murcia, siendo los objetivos generales, la utilización de espacios agrícolas municipales como huertos sociales, bajo sistemas de producción ecológica y tradicional, la recuperación y conservación de variedades locales de la Huerta de Murcia y el desarrollo de un aprovechamiento educativo, formativo y de divulgación.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas y Entidades Ciudadanas.

    Documentación relacionada

    G.1.- Personas físicas:

    • Fotocopia del D.N.I.
    • Certificado de empadronamiento en el municipio de Murcia.
    • Documentación que, en su caso, acredite la condicioón de jubilado o prejubilado del solicitante (bien documento o notificación expedida por el órgano competente-Seguridad Social o mutualidad que corresponda- bien mediante copia de pensión recibida o mediante cualquier otro documento que acredite dicha condición) o la condición de desempleado (documento acreditativo del SEF).
    • Declaración responsable y autorización para obtener certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Hacienda Local y Seguridad Social.
    • Declaración Jurada de que el solicitante se encuentra en condiciones físicas adecuadas para realizar las tareas propias del aprovechamiento y uso de parcela.

    G.2.- Entidades ciudadanas:

    • Fotocopia del CIF.
    • Acreditación de estar inscrita en el Registro de entidades ciudadanas sin ánimo de lucro.
    • Memoria general de la actividad (anexo IV).
    • Memoria explicativa del proyecto sobre el huerto para el que se solicitan autorización de uso (anexo V).
    • Certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Hacienda Local y Seguridad Social.

    Modelos para descargar

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    Forma de inicio

    Se iniciará por solicitud del interesado a la que se acompañará la documentación que se indique en la convocatoria correspondiente.

    Coste y forma de pago

    Fianza de 50 € para reponder del cumplimiento de las normas reguladoras de los huertos de ocio y de los daños y perjuicios.

    Plazo de resolución

    Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015 de 26 de noviembre)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 Ley 39/2015, de 26 de noviembre)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Medio Ambiente/Huertos de ocio.

    Órgano de resolución

    Teniente Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta.

    Recursos

    Recurso potestativo de reposición en 1 mes desde la recepción de la notificación contra la exclusión del procedimiento por no cumplir los requisitos.

    • Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, en especial su capítulo I del Título V, que regula los bienes de las Entidades Locales.
    • Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • RDLeg. 781/1986, que aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local, en especial el Cap. I del Título VI.
    • Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en aquellos preceptos que según su Disposición Final 2º son básicos o de aplicación general.
    • Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por RD 1372/1986.

    "Normas generales de uso relativas a la ocupación de terrenos municipales destinados a huertos de ocio en el municipio de Murcia", aprobadas por la Junta de Gobierno con fecha 22 de febrero de 2012, modificadas según acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de junio de 2014, y 2 de diciembre de 2016.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Autorizar el uso y cultivo de las parcelas de huertos de ocio por los adjudicatarios mediante el procedimiento establecido en la convocatoria. La utilización de los Huertos de Ocio Municipales debe calificarse de uso común especial de los bienes de dominio público, según establece el artículo 75.1.b) del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por RD 1372/1986, por lo que deberá someterse a licencia, debiendo ésta concederse meidante sorte, ya que el número de parcelas o bancales es limitado y todos los autorizados deben reunir las mismas condiciones, aunque se priorice a quienes estén jubilados o prejubilados. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92.1 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Púlbicas y 77.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
    Las autorizaciones se concederán siempre en precario y estarán sujetas a las modificaciones que puedan introducir el Ayuntamiento, pudiendo acordarse el cese de esta actividad de Huertos de Ocio total o parcialmente, por razones de intéres público, lo que podría conllevar la revocación de todas o algunas de las autorizaciones de uso, todo ello de acuerdo con el artículo 92.3 de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

    Requisitos de solicitud

    Cumplir los requisitos de la convocatoria de parcelas de huertos de ocio, y se establecen preferencias para jubilados, prejubilados y desempleados.

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    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    La Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta del Ayuntamiento de Murcia, como medida de fomento en el ámbito de sus competencias, convoca subvenciones en régimen de CONCURRENCIA COMPETITIVA, para aquellas iniciativas que tengan como finalidad fomentar el uso racional de la energía, incrementar la eficiencia energética, fomentar el uso de energías renovables, aplicar medidas que contribuyan a disminuir los efectos de la contaminación acústica en el municipio de Murcia, y otras medidas de sostenibilidad.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas o Entidades Jurídicas.

    Documentación relacionada

    Documentación justificativa de los requisitos señalados en la convocatoria de la subvención de medio ambiente, y en todo caso los señalados en art. 11 Ordenanza Municipal de Subvenciones.

    Ver en el apartado "Forma de Inicio - Requisitos de la solicitud"

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    Se iniciará de oficio con la convocatoria de la subvención y su publicación en la BDNS y en extracto en el BORM, en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes por parte de los interesados acompañando la documentación justificativa de los requisitos de la convocatoria.

    Plazo de presentación

    El que se establezca en la convocatoria concreta de la subvención.

    Requisitos de solicitud

    La solicitud debe contener la justificación del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria de la subvención, y al menos debe acompañar (art. 11 Ordenanza municipal de subvenciones):
    1. Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención solicitada.
    2. Memoria de las actividades para las que solicita subvención, con presupuesto detallado por actividades y partidas.
    3. Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad.
    4. Cualquier otra documentación o justificación que a efectos de comprobación o concreción de datos pueda acordarse en las respectivas convocatorias de concesión de las subvenciones.
    Además debe justificar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (certificados de no tener deudas o autorización para su obtención por el Ayuntamiento)

    Coste y forma de pago

    Una vez aprobada la concesión de la subvención y su justificación se ingresará al adjudicatario por transferencia bancaria el importe aprobado.

    Plazo de resolución

    Seis meses desde la publicación de la Convocatoria de la subvención (Art. 16 Ordenanza municipal de Subvenciones)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (art. 25 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones)

    Órganos Competentes

    Servicio de Medio Ambiente.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso potestativo de reposición contra la desestimación de solicitud de subvención.


    Órgano de interposición:

    Servicio de Medio Ambiente.


    Plazo de presentación

    1 mes desde la recepción de la notificación.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    La concesión de subvenciones, a los particulares y entidades que cumplan los requisitos de la convocatoria, por parte de la Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta del Ayuntamiento de Murcia, en régimen de CONCURRENCIA COMPETITIVA, para aquellas iniciativas que tengan como finalidad fomentar el uso racional de la energía, incrementar la eficiencia energética, fomentar el uso de energías renovables, aplicar medidas que contribuyan a disminuir los efectos de la contaminación acústica en el municipio de Murcia, y otras medidas de sostenibilidad.
    La concesión y gestión de las subvenciones atenderá a los siguientes principios:

    a.- publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

    b.- eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Corporación.

    c.- eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Además el otorgamiento de las subvenciones tendrá carácter voluntario y eventual, no será invocable como precedente y no será exigible aumento o revisión de la subvención.

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    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Obtención de autorización para la adquisición de tarjeta de residente para estacionamiento en la zona delimitada por la ORA.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Podrán solicitarla personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos.

    Documentación relacionada

    EMPLEADOS DE ORGANISMOS PÚBLICOS:

    • Fotocopia D.N.I.
    • Fotocopia última nómina.
    • Fotocopia Permiso Circulación del vehículo.
    • Autorización de la máxima autoridad del Organismo Público para el uso de una de las dos tarjetas a que tiene derecho especificando persona y vehículo autorizados.

    RESIDENTES CON VEHÍCULO DE RENTING, LEASING O CESION DE USO

    • Fotocopia D.N.I.
    • (*) Certificado de empadronamiento.
    • Fotocopia Permiso Circulación del vehículo.
    • “Acta de manifestación ante Notario”, donde se especificará la cesión de uso del vehículo por el titular del contrato de Leasing, Renting o Arrendamiento al conductor, señalando el periodo de cesión del vehículo.

    (*) Este requisito podrá aportarlo el particular o autorizar al Ayuntamiento para su obtención

    Forma de inicio

    El procedimiento se iniciará con la solicitud por parte del interesado de la tarjeta de residente.

    Coste y forma de pago

    Tasa determinada en la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento.

    Plazo de resolución

    3 meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24 Ley 39/2015 de 1 de octubre)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Tráfico.

    Órgano de resolución

    Teniente de Alcalde Delegada de Tráfico, Seguridad y Protección Ciudadana.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición.
    Contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Reposición: El órgano que dicto la resolución.
    Contencioso: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo.


    Plazo de presentación

    Un mes para el recurso de reposición.
    Dos meses para el recurso contencioso-administrativo.

    • Ordenanza del Servicio de regulación del estacionamiento en diversas vías publicas de la ciudad de Murcia aprobado por Acuerdo de Pleno de 28 de septiembre de 2000 (B.O.R.M. 25/10/2000).
    • Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

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