Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
La Policía Local de Murcia pone en marcha un nuevo programa de intervención dirigido a las casas de huerta y campo con lo que se pretende mejorar la protección de las viviendas ubicadas en áreas diseminadas.
Podrá obtener información en el teléfono municipal de Información Ciudadana, 010 (si llama desde dentro del municipio de Murcia) o en el 968 35 86 00.
Personas físicas y jurídicas
Deberá presentar el formulario Casas de la huerta y campo Murcia debidamente cumplimentado.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
Opción 1: Descargar el formulario y abrirlo con un visor de documentos pdf, como Adobe Reader, rellenarlo y guardar los cambios, remitiendo una copia a la dirección de correo policia.atencionalciudadano@ayto-murcia.es. Atención: el formulario no puede cumplimentarse directamente en el navegador web.
Opción 2: Imprima y cumplimente el formulario y envíelo por fax al 968 358 786 o entréguelo en la dependencia policial más cercana.
Opción 3: En caso de no poder solicitar la inscripción por los canales indicados, podrá también realizarla directamente en cualquier dependencia de la Policía Local de Murcia.
A la mayor brevedad contactaremos con Ud. para la ejecución del trámite solicitado. Por ello, es fundamental que facilite, al menos, el teléfono o la dirección de correo electrónico en el impreso debidamente cumplimentado.
Este procedimiento no tiene coste para el ciudadano.
Este Programa será desarrollado por la Unidad de Descentralización de Policía Local.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
El ejercicio de la venta al por menor en Plazas de Abastos Municipales precisa de licencia de ocupación que es expedidas tras un procedimiento sometido a concurrencia competitiva regulada en las correspondientes bases de la convocatoria para la adjudicación de vacantes (Junta de Gobierno 11 de junio de 2014).
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Interesados en el ejercicio de la venta al por menor en Plazas de Abastos Municipales.
1. Proyecto memoria de la actividad empresarial y resto de la a baremar conforme a lo establecido en las bases de la convocatoria.
2. Adjudicada la vacante, en su caso, proyecto de obras de reforma.
3. Con carácter previo al inicio de la actividad:
Solicitud presentada por el interesado de cualquiera de las formas previstas por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de adjudicación de la vacante solicitada, tasa correspondiente a la licencia de ocupación y fianza por aplicación de la Ordenanza Fiscal reguladora de tasas por prestación del servicio de puestos y casetas en mercados y según condiciones de ocupación.
Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Negativo (Art. 24, Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Unidad tramitadora
Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.
Órgano de resolución
Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de abastos.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Ordenanza de Plazas y Mercados del Ayuntamiento de Murcia.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Objeto del procedimiento
Concesión de licencias de ocupación para la venta al por menor en locales de Plazas de Abastos Municipales.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Establece las bases, requisitos y procedimiento para la solicitud del subrogación del contrato de la vivienda municipal, en el supuesto de fallecimiento del titular.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas.
Solicitud debidamente cumplimentada, adjuntando la siguiente documentación.
Documentos específicos según circunstancias:
Ascendientes, descendientes o hermanos del titular:
Viudedad:
El procedimiento se iniciará a instancia del interesado mediante solicitud, que será presentada en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.
Reconocimiento de la deuda de alquiler de la vivienda, si existiera y aceptación de pago de la misma.
Seis meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre PACAP)
Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de octubre)
Unidad tramitadora
Servicio de vivienda.
Órgano de resolución
Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso potestativo de Reposición.
Recurso Contencioso-administrativo.
Órgano de interposición:
Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.
Plazo de presentación
Recurso de Reposición en 1 mes.
Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.
Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
RD Ley 31/1978 de 31 de octubre sobre política de vivienda de protección pública.
Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos.
Ley 4/2013, de 4 de junio, de Medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
Acuerdo de la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia de 3 de diciembre de 2008.
Objeto del procedimiento
Regular según la Ley de Arrendamientos Urbanos los contratos de arrendamientos de las viviendas municipales cuando ha fallecido el titular.
Requisitos de solicitud
Formulario de solicitud
Solicitud en modelo normalizado.
Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia (modelo normalizado).
Autorización firmada por todas las personas mayores de 16 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones (modelo normalizado).
Plazo de presentación
Tres meses desde la fecha del fallecimiento del arrendatario.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Procedimiento destinado a la limpieza y subsanación de condiciones higiénico-sanitarias en viviendas u otro tipo de inmuebles cuando su estado supone un riesgo para la salud pública con acumulación de basuras,enseres, (Síndrome de Diógenes) malos olores, insectos, etc. También cuando se acumulan animales en estos lugares (Síndrome de Noé)
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas o Entidades Jurídicas.
Se inicia por informe de Policía Local, Guardia Civil, Servicios Sociales, o denuncia de vecinos, que detectan el problema existente.
Inmediatamente se realiza una inspección sanitaria para determinar el alcance de lo denunciado.
Tres Meses (Art. 21 Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Negativo (Art. 24 Ley 39/2015.)
Unidad tramitadora
Administración de Sanidad /Servicios Municipales de Salud.
Órgano de resolución
Concejal-Delegado de Deportes y Salud.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Es el propietario u ocupante de la vivienda el obligado a realizar la limpieza, desratización y desinsectación de la misma. La intervención de Sanidad supone un requerimiento al obligado para que lo lleve a cabo en un plazo determinado. De no realizarlo, lo realizarán los Servicios Municipales. De Salud, en ejecución subsidiaria.
Cuando se actúa en ejecución subsidiaria, si la vivienda se encuentra ocupada, los Servicios Sociales colaboran haciéndose cargo de la persona ocupante, si es necesario, mientras se desarrollan las tareas de limpieza, desinsectación y desratización.
En cuanto a la acumulación de animales, puede requerirse la reducción de animales o su desalojo a juicio de los veterinarios municipales, según las molestias causadas y el riesgo para la salud pública existente, en aplicación de lo dispuesto en el art. 18 de la Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales de Compañía.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a aquellos proyectos tendentes a fomentar la participación ciudadana en el término municipal de Murcia.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas o Entidades Jurídicas.
El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro General del Ayuntamiento de Murcia u oficinas municipales descentralizadas del Municipio, o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Murcia; adjuntando a la misma la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.
Gratuito.
3 Meses, Art. 21 Ley 39/2015 P.A.C.
Negativo (Art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Unidad tramitadora
Área de Descentralización y Participación Ciudadana.
Órgano de resolución
Juntas Municipales de Barrios y Pedanías.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de Alzada.
Órgano de interposición:
Excmo. Sr. Alcalde de Murcia.
Plazo de presentación
1 Mes.
Objeto del procedimiento
Es objeto de este procedimiento según el (Art. 1 Bases Reguladoras y Convocatoria de Subvenciones 2016 de la Concejalía de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y Participación):
Requisitos de solicitud
Plazo de presentación
El plazo de presentación será de 20 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM. (Art. 7.2 Bases Reguladoras y Convocatoria de Subvenciones 2016 de la Concejalía de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y Participación).
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Concesión de subvenciones de carácter nominativo mediante Convenios de Colaboración formalizados por el Ayuntamiento de Murcia y Entidades sin ánimo de lucro en materia de Servicios Sociales que tengan por finalidad la realización de proyectos o actividades de intervención en los sectores de población citados.
A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.
A través del Teléfono municipal de Información Ciudadana, 010.
Podrán ser beneficiarios de subvenciones las entidades sin ánimo de lucro con establecimiento en el municipio de Murcia, que además de recoger en sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los colectivos que son objeto de intervención, cumplan los siguientes requisitos:
Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones, o cualquier otro de carácter público que corresponda según la naturaleza de la Entidad.
Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Murcia.
Para las Entidades que presenten proyectos referidos a alguno de los sectores de población que se contemplan en el art. 10 de la Ley 3/2003, de 10 de abril, Reguladora del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia, estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia, en el epígrafe correspondiente para el que soliciten subvención. Regulado mediante Decreto por el que se regula la autorización, acreditación, registro e inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece su tipología básica (BORM nº 21 de 27/01/2015).
Desarrollar sus actividades y tener sede abierta en el municipio de Murcia.
Acreditar un funcionamiento real y efectivo en el municipio de Murcia durante los últimos 2 años.
No perseguir fines de lucro ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas o de Administraciones Públicas.
Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con el ámbito competencial de los Servicios Sociales municipales.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
No ser deudora por ningún concepto a la Hacienda Municipal.
Haber presentado en el plazo establecido las justificaciones de otras subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento en ejercicios anteriores.
No estar incursa en ninguna causa de prohibición para ser considerada beneficiaria de subvenciones, según lo previsto en el art. 13 de la 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, cuando el proyecto para el que se solicita subvención vaya dirigido a menores o actividades de voluntariado, (art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor).
Junto con la instancia que se formalizará según el modelo de solicitud disponible en modelos para descargar, deberá adjuntarse:
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
A solicitud de las Entidades interesadas
Gratuito.
Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa. (tres meses desde la presentación de la solicitud si ésta es nominativa, o si es convocatoria seis meses desde su aprobación)
Negativo (art. 25.5, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)
Unidad tramitadora
Servicio de Administración de Bienestar Social.
Órgano de resolución
Junta de Gobierno Local.
Tipo de alegación o recurso:
Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art.125, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
Órgano de interposición:
Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución
Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Plazo de presentación del recurso
Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Solicita autorización para proceder a sustituir el vehículo adscrito a su licencia por otro.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Titulares de la licencia de taxi.
(*) Este requisito podrá aportarlo el particular o autorizar al Ayuntamiento para su obtención.
El procedimiento se iniciará con la solicitud por parte del interesado titular de licencia de taxi para la sustitución del vehículo adscrito a su licencia.
Tasa de expedición de documento público determinada en la Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento.
3 meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre)
Negativo (art. 24 Ley 39/2015 de 1 de octubre)
Unidad tramitadora
Servicio de Transportes
Órgano de resolución
Teniente de Alcalde Delegado de Fomento.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición.
Contencioso-administrativo.
Órgano de interposición:
Reposición: El órgano que dicto la resolución.
Contencioso: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo.
Plazo de presentación
Un mes para el recurso de reposición.
Dos meses para el recurso contencioso.
Objeto del procedimiento
El objeto del procedimiento es la autorización para proceder a sustituir el vehículo adscrito a su licencia por otro.
Requisitos de solicitud
Titular de la licencia de taxi.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Autorización para prestar servicio temporalmente con el vehículo adscrito a otra licencia de taxi, por avería o accidente.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Titulares de licencias de taxi.
El procedimiento se iniciará con la solicitud firmada por el peticionario y el titular propietario del vehículo con el que se solicita prestar servicio.
Gratuito.
3 meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre)
Negativo (Art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre)
Unidad tramitadora
Servicio de Transportes
Órgano de resolución
Teniente de Alcalde Delegado de Fomento.
Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó la resolución sancionadora (Teniente de Alcalde Delegado de Fomento).
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Objeto del procedimiento
El objeto del procedimiento es la emisión de autorización para realizar temporalmente el servicio de taxi con vehículo diferente al adscrito a su licencia.
Requisitos de solicitud
Titulares de ambas licencias de taxi.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Procedimiento en virtud del cual, un titular de licencia de ocupación de locales en Plazas de Abastos Municipales, cede su autorización a un tercero para el ejercicio de la venta al por menor en las mismas.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Titulares de licencia de ocupación de locales en Plazas de Abastos Municipales.
Cedente:
Certificado de no deudas con la administración municipal.
Cesionario:
Solicitud suscrita por el cedente y ratificada por el cesionario en cualquiera de las formas previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Negativo (Art. 24; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Unidad tramitadora
Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.
Órgano de resolución
Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Objeto del procedimiento
Cesión de los derechos concedidos por la licencia de ocupación para el ejercicio de la venta al por menor en Plazas de Abastos Municipales.
Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Las autorizaciones municipales serán transmisibles en el caso de cese voluntario de actividad del titular de la autorización, dentro de su periodo de vigencia, a otras personas físicas o jurídicas, previa solicitud del interesado.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Interesados en la transmisión de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria en los mercados semanales del término municipal de Murcia.
En caso de socios de cooperativas:
El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento adjuntando a la misma toda la documentación necesaria. Una vez presentada y examinada se concederá, en su caso, un plazo para su subsanación o mejora de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tasa correspondiente para la transmisión de la/s licencias municipales según lo establecido en las Ordenanzas Fiscales.
Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Unidad tramitadora
Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.
Órgano de resolución
Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Objeto del procedimiento
Transmisión de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria en los mercados semanales del término municipal de Murcia.
Requisitos de solicitud
Cese voluntario de actividad del titular de la autorización dentro de su período de vigencia.