Ayuntamiento de La Coruña

  • Certificado de Nacimiento

    ¿En qué consiste?:

    El certificado de nacimiento es un documento expedido por el Registro Civil o Consular correspondiente, que da fe del hecho del nacimiento, fecha en que tuvo lugar, del sexo, y en su caso, de la hora en que se produjo el nacimiento y de la filiación del inscrito.

    ¿Dónde se hace?:

    El Certificado de Nacimiento se puede solicitar a través de tres vías:

    • Presencial: Registro Civil
    • Por correo postal.
    • On line: a través de la página web www.mjusticia.gob.es (con y sin certificado digital; sin certificado se realiza la solicitud y se indica la vía de entrega, presencial o por correo ordinario).

    Dirección

    Calle Emilia Pardo Bazán (Registro Civil) 24. 15005 A Coruña

    Horario:

    Lunes a viernes de 09:00 h. a 18:00 h. Sábado de 10:00 h. a 13:00 h. (de 14:00 h. a 18:00 h. sólo recogida y entrega de solicitudes, al igual que los sábados).

    Teléfono:

    981 185 100

    981 185 159

    981 185 169

    981 185 172

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    DOCUMENTACIÓN

    • Impreso de solicitud (se puede recoger en la Oficina del Registro Civil o descargar desde la página web: www.mjusticia.gob.es).
    • DNI de la persona que solicite el certificado.
    • Indicar el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento de la persona sobre la que se solicita el certificado.
    • Libro de familia (no es obligatorio, pero si conveniente).

    Internet

    Página web:

    www.mjusticia.gob.es

    Teléfono

    Más información:

    TIPOS DE CERTIFICADO

    Certificado Positivo

    Extracto: es un resumen de la información relativa al hecho del nacimiento que consta en el Registro Civil. Puede ser de distintos tipos:

    • Ordinario: es el expedido en lengua castellana para aquellas Comunidades Autónomas cuyo único idioma oficial sea el castellano.
    • Internacional o plurilingüe: es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del citado Convenio (España, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza, Turquía, Servia y Montenegro).
    • Bilingüe: siempre que se solicite un certificado en extracto en una Comunidad Autónoma que tenga su propio idioma oficial, éste será emitido en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma en el que se expida.

    Literal: es una copia literal de la inscripción de nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.

    Certificado Negativo

    Acreditan que una persona no está inscrita en ese Registro Civil.

    NORMATIVA
    Instrucción del 20 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia de recepción y despacho de solicitudes de certificaciones en los Registros Civiles por vía telemática, publicada en el BOE nº 85 del 2 de Abril de 2002.

    Resolución del 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se determinan los requisitos y condiciones para la tramitación electrónica y expedición automática de las certificaciones de nacimiento y matrimonio, publicada en el BOE nº 129 del 31 de mayo de 2011.

    Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, publicada en el BOE nº 175 del 22 de julio de 2011 (entra en vigor el 23 de julio de 2014).

  • ## Resumo Este trámite permite obter un certificado de empadroamento se dispós de certificado dixital. O certificado de empadroamento é un documento que acredita que estás rexistrado no Padrón municipal do Concello da Coruña. **Quen pode usar este servizo?** Calquera persoa que estea empadroada actualmente no Concello da Coruña e dispoña de certificado dixital. ## Lo que necesitas * Certificado dixital * Estar empadroado/a no Concello da Coruña * Non ten custo ## Cómo hacerlo 1. Accede á Tramitación telemática 2. Pulsa a opción "Tramitar en liña" 3. O sistema emitirá o certificado ao instante. ## Después de hacerlo * A resposta é inmediata e o documento solicítase ao instante. ## Ayuda * Como podo...? * Preguntas frecuentes * Requisitos técnicos * Soporte

  • ## Resumo Este trámite permite solicitar un certificado de empadroamento sen necesidade de usar un certificado dixital. **Quen pode usalo?** Calquera persoa que figure actualmente no padrón municipal. **Importante:** O certificado enviarase por correo postal ao domicilio que consta no padrón. ## Como facelo 1. Acceda á Tramitación telemática. 2. Cubra os datos solicitados. 3. O certificado será remitido por correo postal ao seu domicilio. ## Despois de facelo O certificado será enviado por correo postal nun prazo de dous días hábiles. ## Axuda * Como podo...?: Guías rápidas sobre o funcionamento da sede electrónica. * Preguntas frecuentes: Dúbidas comúns sobre a sede e os seus servizos. * Requisitos técnicos: Información sobre os requisitos técnicos para acceder á sede. * Soporte: Contacto cos servizos de soporte (teléfono, telemático ou presencial).

  • ## Resumen Este trámite permite obtener un certificado de empadronamiento utilizando un certificado digital. El certificado de empadronamiento es un documento que acredita que estás registrado en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de A Coruña. **¿Quién puede usar este servicio?** Cualquier persona que esté empadronada actualmente en el Ayuntamiento de A Coruña y disponga de un certificado digital. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** Estar empadronado actualmente en el Ayuntamiento de A Coruña. * **Documentación:** Ninguna. * **Coste:** Gratuito. ## Cómo hacerlo 1. **Accede a la tramitación telemática:** Pulsa en el enlace "Tramitar en línea": [Tramitación telemática](https://sede.coruna.gal/sta/CarpetaPrivate/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=DATOS_HABITANTE) 2. **Identifícate:** Utiliza tu certificado digital para acceder al servicio. 3. **Obtén el certificado:** El certificado se emitirá al instante. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** Inmediato. * **Resultado:** Obtendrás el certificado de empadronamiento al instante. ## Ayuda * **¿Cómo puedo ...?:** [¿Cómo puedo ...?](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/como-puedo) - Consulta guías rápidas sobre el funcionamiento de los servicios de la sede. * **Preguntas frecuentes:** [Preguntas frecuentes](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/preguntas-frecuentes) - Consulta las preguntas frecuentes sobre el funcionamiento de la sede y sus servicios. * **Requisitos técnicos:** [Requisitos técnicos](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/requisitos-tecnicos) - Consulta los requisitos técnicos de tu equipo, navegador, etc. * **Soporte:** [Soporte](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/soporte) - Si tienes algún problema puedes contactar con los servicios de soporte por vía telefónica, telemática o de forma presencial.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar un certificado de empadronamiento sin necesidad de usar un certificado digital. El certificado se enviará por correo postal a tu domicilio. **¿Quién puede usar este servicio?** Cualquier persona que figure actualmente en el padrón municipal de A Coruña. ## Lo que necesitas * Estar empadronado actualmente en A Coruña. * Tener un domicilio postal correcto para recibir el certificado. **Coste:** * Este trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo 1. Accede al trámite online a través del enlace: [Tramitación telemática](https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=62) 2. Completa la solicitud con tus datos. 3. El certificado se enviará por correo postal a tu domicilio. ## Después de hacerlo * Recibirás el certificado de empadronamiento en tu domicilio en un plazo de dos días hábiles. ## Ayuda * **¿Cómo puedo...?**: [Consulta guías rápidas](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/como-puedo) * **Preguntas frecuentes**: [Consulta las preguntas frecuentes](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/preguntas-frecuentes) * **Requisitos técnicos**: [Consulta los requisitos técnicos](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/requisitos-tecnicos) * **Soporte**: [Contacta con los servicios de soporte](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/soporte)

  • ¿En qué consiste?:

    Documento que acredita los datos que constan en el padrón municipal de habitantes como domicilio, fecha de nacimiento e identificación de las personas que figuran en ese domicilio.

    ¿Dónde se hace?:

    Registros Municipales

    Ayuntamiento
    Plaza de María Pita nº 1 CP: 15001
    Fórum Metropolitano
    Calle Río de Monelos nº 1 CP: 15006
    Centro Sociocultural Ágora
    Rúa Ágora s/n CP: 15010

    En las oficinas del Forum Metropolitano (c. Río Monelos nº 1) y Centro Sociocultural Ágora (c. Ágora s/n) únicamente se realizarán los siguientes trámites relacionados con el Padrón Municipal de Habitantes:

    • Expedición de certificados de padrón.
    • Confirmación de extranjeros.
    • Renovación de extranjeros.
    • Altas por nacimiento.
    • Modificación de datos personales (cambio del nivel de estudios, cambio de nacionalidad, inversión de apellidos, cambio de sexo, etc.)

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    Certificado digital o DNI

    Internet

    Página web:

    https://sede.coruna.gob.es/opensiac/action/tramitesinfo?method=enter&id=23

    Teléfono

  • Certificado inexistencia de deudas con el Ayuntamiento de A Coruña

    ¿En qué consiste?:

    Obtención de documento justificativo acreditativo de las deudas de derecho público pendientes que hayan sido objeto de providencia de apremio.

    ¿A quién va dirigido?:

    Están legitimadas para solicitar, bien por si mismas o por medio de representante, el certificado de de deudas, las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003.

    Plazo de presentación:

    Todo el año.

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    Impreso de solicitud general, en el caso de que actúe por medio de representante debe acompañarse documento de autorización y copia del NIF del sujeto pasivo.

    ¿Cómo se hace?:

    • De forma presencial en el Registro General. Direcciones:
      • Ayuntamiento de A Coruña. Plaza de María Pita nº 1. C.P. 15001 A Coruña.
      • Fórum Metropolitano. Calle Río de Monelos nº 1. C.P. 15006 A Coruña.
      • Centro Sociocultural Ágora. Rúa Ágora s/n. C.P. 15010 A Coruña.
      • Registro Área Económica. Calle de la Franja nº 21-22. C.P. 15001 A Coruña.
    • Por correo certificado dirigido al Registro General del ayuntamiento.
    • En los demás supuestos contemplados en el art 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

    Internet

    ¿Cómo se hace?:

    En la Oficina Virtual del Contribuyente, identificándose con DNI electrónico o certificado digital avanzado y reconocido, en la opción Generar Documentos. Una vez generado se archiva en el Buzón de Documentos de la OVC.

    En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Oficina Virtual del Contribuyente:

    a) Las personas jurídicas.

    b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

    c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

    d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

    Página web:

    Tramitación telemática

    Certificado digital:

    Si

    Teléfono

  • Cesión de bienes patrimoniales a entidades de carácter social

    ¿En qué consiste?:

    A instancia del interesado o por orden de la Concejalía Delegada de Sanidad y Servicios Sociales se formalizan cesiones de bienes inmuebles patrimoniales a entidades de carácter social, tales como pisos para viviendas tuteladas de personas con discapacidad, personas afectadas de VIH, etc.

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    Requisitos:

    • Persona física o jurídica válidamente constituida
    • Carecer de fines de lucro
    • Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con el Estado, el Ayuntamiento, y en sus obligaciones con la Seguridad Social.

    Documentación:

    • Instancia de solicitud de cesión del local, con indicación de su dirección completa. Se hará constar con claridad denominación de la entidad solicitante, representante, CIF, domicilio y número de teléfono de contacto.
    • Proyecto explicativo de las actividades a desarrollar por el interesado en el local, con especificación de sus responsables, objetivos y fines concretos a que se destinará.
    • Presupuesto de ingresos y gastos anuales de la actividad a desarrollar, con especificación de la financiación prevista, firmado por el Secretario con el VºBº del Presidente de la entidad.
    • Estatutos por los que se rige la entidad.
    • Certificación expedida por el Secretario de la entidad, con el Vº Bº de su Presidente acreditativa de los cargos representativos y domicilio social.
    • Fotocopia del código de identificación fiscal de la entidad (CIF).
    • Certificación de los datos bancarios de la entidad solicitante, con correspondencia exacta entre la denominación de la entidad, CIF y número de cuenta bancaria.
    • Certificaciones de los organismos competentes acreditativos de hallarse la entidad al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, el Estado y asimismo al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social.
    • Memoria firmada por el Secretario con el Vº Bº del Presidente de la entidad explicativa de las actividades llevadas a cabo durante los tres últimos años, con especificación del número de asociados, personas beneficiarias, presupuestos ejecutados, subvenciones percibidas, y asimismo cualesquiera otros datos considerados de interés para una mejor valoración de la solicitud presentada.

    Internet

    Teléfono

  • Cesión temporal de espacios en los centros cívicos municipales

    ¿En qué consiste?:

    Autorizar la utilización de espacios (aulas, salones de actos ....) de los centros cívicos municipales por entidades o personas físicas interesadas en la realización de actividades diversas.

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    Requistos:

    • Persona física o jurídica válidamente constituida
    • Carecer de fines de lucro.

    Documentos:

    • Instancia de solicitud de cesión del local, con indicación de su dirección completa. Se hará constar con claridad denominación de la entidad solicitante, representante, CIF, domicilio y número de teléfono de contacto.
    • Proyecto explicativo de las actividades a desarrollar por el interesado en el local, con especificación de sus responsables, objetivos y fines concretos a que se destinará.

    Internet

    Teléfono

  • ¿En qué consiste?:

    Puede realizar el pago de sus recibos, multas, liquidaciones, autoliquidaciones y demás deudas, de manera presencial o telemática (opción recomendada). El Ayuntamiento pone a su disposición las herramientas necesarias para que pueda efectuar el pago de deudas sin desplazamientos.

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    Para poder realizar el pago es necesario que disponga del documento de ingreso con el código de barras. Recibos de impuestos anuales (IBI, Vehículos, IAE, etc.), documentos de pago de autoliquidaciones (plusvalías, alta de vehiculos, tasas municipales y precios públicos), multas de tráfico, multas de la ORA, documentos de liquidaciones emitidos por los diferentes servicios municipales y demas ingresos de derecho público.

    ¿Cómo se hace?:

    Por ventanilla: En cualquier oficina de ABANCA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAIXABANK, BANCO PASTOR, BBVA. Horario: de lunes a viernes, de 8,30h a 14h.

    Excepciones:

    • Multas de Tráfico: En el caso de las multas de tráfico si el pago se realiza por entidad financiera unicamente podrá realizarse en ABANCA, BANCO PASTOR, SANTANDER y BBVA
    • Deuda en período ejecutivo: en el caso de deudas en período ejecutivo si el pago se realiza por entidad financiera unicamente podrá realizarse en ABANCA y CAIXABANK

    En cajeros automáticos: En las entidades ABANCA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAIXABANK, BANCO PASTOR y BBVA. Con las mimas excepciones indicadas anteriormente para las multas de tráfico y las deudas en ejecutiva.

    En caja municipal: El pago en la caja podrá hacerse en metálico o a través de cheque a nombre del Excmo. Ayuntamiento de A Coruña, conformado o certificado por la entidad bancaria, y a través de tarjetas de débito y crédito.

    Internet

    ¿Qué se necesita?:

    Esta es la opción más recomendada puesto que no hay limitación por el tipo de ingreso, pudiendo realizar el pago de cualquier deuda y con tarjeta de cualquier entidad bancaria, sin coste, evitando desplazamientos. Para poder realizar el pago es necesario contar con el documento de ingreso con el código de barras.

    ¿Cómo se hace?:

    DESDE EL MÓVIL: Para IOS o para ANDROID con tarjeta de cualquier entidad bancaria, sin coste.

    DESDE EL ORDENADOR:

    Sin certificado digital: Se podrá pagar con tarjetas de cualquier entidad bancaria, a través de las pasarelas de pago de ABANCA y CAIXABANK, sin coste.

    Con certificado digital: En la Oficina Virtual del Contribuyente

    Teléfono

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