Licencia de Pesca Marítima de Recreo en Superficie

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Licencia de Pesca Marítima de Recreo en Superficie

¿En qué consiste?:

Licencia de pesca marítima de recreo en superficie.

¿Dónde se hace?:

Presencial:

Online: www.xunta.es

La solicitud por primera vez sólo se puede realizar con certificado digital y la renovación con y sin certificado.

Presencial

¿Qué se necesita?:

REQUISITOS

  • Tener cumplidos los 16 años.
    Los menores de 16 años quedan exentos, debiendo acreditar tal circunstancia documentalmente en caso de ser requerido.

 

SOLICITUD Y RENOVACIÓN (ANUAL)

La licencia podrá renovarse con una antelación máxima de 2 meses.

Internet

Teléfono

Más información:

TITULARIDAD: Consellería del Medio Rural y del Mar

 

NORMATIVA

Decreto 211/1999, del 17 de junio, por el que se regula la pesca marítima de recreo, publicado en en DOG nº 139 del 21 de julio de 1999.

Orden del 13 de agosto de 1999 por la que se desarrolla el Decreto 211/1999, del 17 de junio, por el que se regula la pesca marítima de recreo, publicada en el DOG nº 161 del 20 de agosto de 1999.

Orden del 17 de septiembre de 2009 por la que se desarrolla el Decreto 211/2009, del 17 de junio, por el que se regula la pesca marítima de recreo, publicada en el DOG nº 188 del 24 de septiembre de 2009.

Orden de 16 de diciembre de 2013 por la que se establecen las normas de pesca en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada 2014, publicada en el DOG nº 248 del 30 de diciembre de 2013.

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