Subvenciones a entidades sociales sin fin de lucro para actividades de prevencion, insercion y promoción social dirigidas a personas con discapacidad, familias y menores e inmigrantes así como para actividades de atención a personas sin recursos 2016
Convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades sociales sin fin de lucro que desarrollen actividades que coadyuven o complementen las actividades municipales de dicha Concejalía en el ámbito de la discapacidad, de la familia y menor y de la población inmigrante, así como en el ámbito de la atención a personas sin recursos. |
Entidades privadas sin fin de lucro que desarrollen actividades de prevención, inserción y promoción social dirigidas a las personas con discapacidad, así como a los colectivos de inmigrantes, familias y menores, así como para la atención a personas sin recursos. |
Horario de Registro General del Ayuntamiento: de lunes a jueves de 9.00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas, viernes de 9:00 a 14:00 horas y sábados de 10:00 a 13:00 horas |
DOCUMENTACION QUE DEBE ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD:
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Presencial |
En el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común |
El plazo de tramitación es de 20 Días |
Ordenanza General de concesión de Subvenciones. Ayuntamiento de Getafe Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio. |
Servicios Sociales |
A petición del interesado |
Requisitos generales:Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas sin fin de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y que además:
Los requisitos específicos de esta convocatoria serán : Que en sus estatutos figure como uno de sus fines el desarrollo de actividades en pro del colectivo para el que solicita la subvención . |
Si el escrito de solicitud no reuniera los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la entidad, no se aportasen los documentos que deban acompañarse o éstos estuvieran incompletos, se le requerirá a los efectos de que subsane la falta en el plazo de 10 días hábiles, en consonancia con el artículo 71 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP y PAC) con la advertencia de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución en los términos del artículo 42 de la misma disposición.Las asociaciones o entidades solicitantes a estos efectos deberán indicar en el anexo I de solicitud una dirección de correo electrónico que servirá para que la Administración se pueda dirigir a los efectos de notificar cualquier aspecto relacionado con esta convocatoria, tanto para subsanar defectos como para notificar la concesión de la subvención y aspectos referidos a la cuenta justificativa. |
Junta de Gobierno |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de publicación en el tablón de anuncios o directamente recurso contencioso administrativo de conformidad con la legislación de la jurisdicción contencioso administrativa |
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES. A los efectos de la convocatoria se consideran subvencionables los gastos corrientes (y por tanto no inventariables) que correspondan a: -Gastos de personal. -Material de oficina. -Material didáctico -Material de talleres -Publicidad y propaganda. -Alojamiento y transportes que estén directamente relacionados con el proyecto subvencionado. Dentro de estos conceptos sólo se subvencionarán los gastos siguientes:
-Gastos pólizas de seguro del personal voluntario. -Servicios profesionales. -Gastos de gestión. -Pólizas de seguro de responsabilidad civil específico contratado para la realización de la actividad susceptible de ser subvencionada. -Cualquier otro gasto se entenderá subvencionable siempre y cuando, por su naturaleza y acreditada su necesidad, sea así informado favorablemente como gasto directamente relacionado con el proyecto subvencionado por el técnico responsable de la Unidad administrativa de Servicios Sociales, debiendo estar dicho gasto expresamente incluido en el presupuesto del proyecto para el que solicita la subvención. -Quedan expresamente excluidos de la presente convocatoria, los gastos relativos a alquileres de sedes o locales, obras de reparación, combustible de vehículo, suministros ( agua, luz, telefóno, fax¿..),gastos de comunidad, gastos de mantenimiento de sedes, gastos de comida y restaurantes (salvo que el proyecto subvencionado lo sea para cubrir necesidades de alimentación de personas sin recursos). |
PROYECTOS SUBVENCIONABLESSerán subvencionables los proyectos que se indican a continuación, siempre y cuando se desarrollen íntegramente en el Municipio de Getafe: PROYECTOS DIRIGIDOS A GRUPOS DE PERSONAS O COLECTIVOS DE PERSONAS CON ESCLEROSIS MÚLTIPLE,DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA, PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL, PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL,PERSONAS SORDAS Y PERSONAS CON ENFERMEDAD DE ALZHEIMER:Dichos proyectos han de contemplar una o varias de las siguientes actividades: PARA PROYECTOS DIRIGIDOS A FAMILIAS Y MENORES:Dichos proyectos han de contemplar una o varias de las siguientes actividades: PARA PROYECTOS DE INTERCULTURALIDAD:Dichos proyectos han de contemplar una o varias de las siguientes actividades: PARA PROYECTOS DIRIGIDOS A CUBRIR NECESIDADES DE ALIMENTACIÓN DE PERSONAS SIN RECURSOS.Dichos proyectos habrán de contemplar actividades de comedor social, en instalaciones de la entidad debidamente autorizadas para dicha actividad, a personas necesitadas del Municipio de Getafe. Sólo se puede solicitar subvención para un único proyecto |
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe
C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905
Tel. 916654400
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3
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Tel. 916826111
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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Tel. 912027963
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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Tel. 913019657
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento De Getafe
Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901
Tel. 912027900
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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